Datos de la Verificación
Usuario Verificador
uurunaga
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
03-08-2021 - 10:48
Fecha de Fin
06-08-2021 - 19:22
Estado
Retenido
Comentarios Adicionales
1. Se ha tomado lectura del contenido del Dictamen UOC/ANDE/N°176/2021 de fecha 05/07/21 y al respecto, independientemente a todo el argumento desarrollado, el proceso no cumple con los puntos exigidos en el art 72 del Decreto N° 2992/19, específicamente en lo concerniente a: “b) Que la necesidad de la Convocante no pueda ser satisfecha igualmente con otros artículos, objetos o productos de distinta clase” la observación es realizada en atención a que del citado dictamen -si bien se ofrece características técnicas del bien- no se desprende de que el citado software sea el único que podría dar cumplimiento con lo que se requiere en el presente llamado, o el riesgo que supondría, para tal efecto adquirir otro, o que no exista en el mercado.
En tal sentido, se le recuerda que no solamente se debe demostrar el carácter legal de la exclusividad de un bien, sino también se debe justificar técnicamente, como la contratación no puede ser satisfecha por otro producto u oferente. Consideración Normativa: Decreto N° 2992/19 Art. 72.-
2. Hemos observado en el SICP y en la NOTA UOC/DCO/ANDE/N° 77/2021, que se pretende realizar la operación en “Dólares”, al respecto solicitamos replantearlo, en atención a que no existen méritos suficientes para proceder en la citada moneda. Consideración Normativa: Ley N° 2051/03 Art. 20 inc. “e” y Decreto N° 2992/19 Art. 47. -
3. Se observa que las documentaciones emitidas por las firmas DISEGNO SOFT, y SOLIDWORKS tienen las siguientes fechas de emisión: “…17 de abril de 2020…”; “…12 de Noviembre de 2020…” y “…1 de junio 2020…” (sic) respectivamente, solicitamos remitir unas más actualizadas, que correspondan al menos al ejercicio fiscal en curso. Consideramos oportuno solicitar que dichas documentaciones fueran actualizadas, con el objeto de corroborar fehacientemente, que la adquisición del llamado de referencia se encuentre aún amparada legalmente. Consideración Normativa: Decreto N° 2992/19 Art. 17 inc. “a” numeral “5”.-
4. En el PBC – Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación – 7) Capacidad Financiera: “…No Aplica…” (sic) Solicitamos una justificación razonable de la cual se permita colegir por que la convocante no considera pertinente establecer criterios de evaluación relacionados a la capacidad financiera. Consideración Normativa: Resolución DNCP N° 5695/19 Art. 16.-
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Mencionan NO APLICA a criterios en cuanto a la capacidad financiera
Descripción
Consultamos a la convocante el motivo por el cual no estiman necesaria la evaluacion de dicha capacidad, atendiendo a la naturaleza y las caracteristicas del proceso.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Considerando lo establecido en la "LEY DE CONTRATACIONES PUBLICAS", se solicita remitir la documentación correspondiente
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
Se solicita ampliar las justificaciones del supuesto expuesto en el dictamen remitido.