Datos de la Verificación
Usuario Verificador
uurunaga
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
20-08-2021 - 14:34
Fecha de Fin
26-08-2021 - 16:48
Estado
Retenido
Comentarios Adicionales
1. En el SICP no se ha tildado el inciso correspondiente a la acreditación del supuesto de excepción aplicado al proceso de referencia.
2. No se ha remitido íntegramente el Informe de Tasación del inmueble.
3. No se ha remitido el Informe de Condiciones de Dominio.
4. No se ha remitido el Informe de la Dirección Nacional de Catastro.
5. No se ha remitido la resolución de Loteamiento.
6. No se ha justificado el motivo por el cual no se procedió a la expropiación.
7. Se observa la inclusión de un Anexo N° 6 que no se halla dentro de los formularios estándar.
8. En atención a las siguientes normativas: Ley N° 294/93 Art. 7; Decreto N° 14281/96 Art. 5 Anexos 1 y 2; solicitamos remitir el Estudio de Impacto Ambiental o parecer técnico de la misma sobre la viabilidad o no del proyecto.
9. No se ha remitido en caso de persona física: documento de identidad; en caso de personas jurídicas: escritura de constitución, estatutos sociales, acta de asamblea, acta de directorio, o en caso de apoderado: fotocopia de poder especial.
10. Recordamos a la Convocante dar cumplimiento a la Resolución DNCP N° 1890/20 "POR LA CUAL SE REGULA LA ESTIMACION DE PRECIOS Y SU PUBLICIDAD EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS EN EL MARCO DE LA LEY 2051/03". En este sentido, se deberá remitir los precios referenciales, documentos respaldatorios respectivos y un dictamen firmado por el Encargado de UOC, en el que se detalle la metodología utilizada para la obtención de los Precios de Referencia y cualquier otra característica del mercado, de la producción, la comercialización o distribución de bienes y servicios que puedan afectar el precio de referencia, así como la inclusión del Art. 4°, en donde se establece la aprobación del criterio de evaluación aplicable al análisis de los precios de referencia.
11. En la proforma del Contrato – Clausula 4ta se indica: “…se retendrá el equivalente al cero punto cuatro por ciento (0,4%) sobre el importe de cada factura…” (sic) solicitamos replantear el porcentaje indicado de 0,4% por 0,5%.
12. Requerimos a la Convocante la inclusión de una cláusula adicional a la proforma del contrato: Constancia de Presentación de Declaración Jurada. El adjudicado deberá, en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos, ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Considerando lo establecido en la "LEY DE CONTRATACIONES PUBLICAS", se solicita remitir la documentación correspondiente