En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Puertos de comunicación: RJ-45 10/100 Base-T, RJ-45 Serial, Smart-Slot, USB.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptado el puerto de comunicación Serial RS232 con puerto DB9, teniendo en cuenta que se trata del mismo protocolo serial, con un tipo de conector diferente al RJ-45 indicado, que técnicamente cumple con las mismas funciones de conexión para monitoreo y/o gestión, y además dicha especificación técnica, requerida en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Puertos de comunicación: RJ-45 10/100 Base-T, RJ-45 Serial, Smart-Slot, USB.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptado el puerto de comunicación Serial RS232 con puerto DB9, teniendo en cuenta que se trata del mismo protocolo serial, con un tipo de conector diferente al RJ-45 indicado, que técnicamente cumple con las mismas funciones de conexión para monitoreo y/o gestión, y además dicha especificación técnica, requerida en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: Serán admitidos UPS's que cumplan con al menos USB, Smart-Slot y Puerto RJ-45 en Tarjeta SNMP como métodos de comunicación. Estos corresponden al estándar de comunicación de cualquier equipo, por lo que se excluye el RJ-45 Serial, mayormente utilizado en ambientes industriales; que por lo general no se encuentra presente en la mayoría de los equipos en el mercado actual que se ajusten a las normas EN/IEC 62040-1 y EN/IEC 62040-2. Quedará de la sgte. forma: USB, Smart-Slot y Puerto RJ-45 en Tarjeta SNMP como métodos de comunicación. Se requiere tarjeta de comunicación web y snmp debido a que son standars básicos de monitoreo de equipamiento, esta necesidad obedece a que ciertos equipos estarán a cierta distancia que requerirán intervención y monitoreo remoto. Remitirse a la adenda enumerada.
52
*-Lote 2. UPS de 6KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Protección class: IP 20.
Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea indicado como opcional, considerando que no es un parámetro normalmente publicado por los fabricantes en su documentación técnica, y además dicha especificación técnica, en los términos del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT6000XLI de la marca Schneider-APC, restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Protección class: IP 20.
Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea indicado como opcional, considerando que no es un parámetro normalmente publicado por los fabricantes en su documentación técnica, y además dicha especificación técnica, en los términos del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT6000XLI de la marca Schneider-APC, restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: La convocante necesita ciertos niveles de protección para las UPS debido a que estarán instalados en las Sucursales del BNF en diferentes lugares, al mismo tiempo observamos que existen equipos de otros fabricantes que cumplen con este requerimiento, favor ver:
https://www.riello-ups.com/uploads/file/556/2556/0MNSTW5K0RUESUB__MAN_STW_5000-10000_ES_.pdf
https://www.vertiv.com/4acaed/globalassets/products/critical-power/uninterruptible-power-supplies-ups/liebert-gxt4-ups-6000va-208v-guide-specifications.docx
https://www.vertiv.com/globalassets/shared/liebert-ups-catalogue-en.pdf
https://www.eaton.com/content/dam/eaton/products/backup-power-ups-surge-it-power-distribution/au-products/eaton-9px/5-11kva/Eaton_9PX_5-11kVA_tech_specs_Rev_5.pdf
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
53
*-Lote 2. UPS de 6KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Certificaciones de la Marca: CE, Marcado CE, EAC, EN/IEC 62040-1, EN/IEC 62040-2, IRAM, RCM, VDE.
Al respecto solicitamos a la Convocante que las certificaciones EAC, IRAM, RCM, VDE, sean indicados como opcionales, teniendo en cuenta que las mismas no aplican a nuestro país, como IRAM que es una certificación para la Argentina, y que sean aceptadas las certificaciones de calidad de la marca ofertada, tales como ISO9001 e ISO14001, que avalan la calidad de los productos a ser ofertados, y además dicha especificación técnica requerida en los términos actuales del PBC se encuentra orientada al modelo SRT6000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Certificaciones de la Marca: CE, Marcado CE, EAC, EN/IEC 62040-1, EN/IEC 62040-2, IRAM, RCM, VDE.
Al respecto solicitamos a la Convocante que las certificaciones EAC, IRAM, RCM, VDE, sean indicados como opcionales, teniendo en cuenta que las mismas no aplican a nuestro país, como IRAM que es una certificación para la Argentina, y que sean aceptadas las certificaciones de calidad de la marca ofertada, tales como ISO9001 e ISO14001, que avalan la calidad de los productos a ser ofertados, y además dicha especificación técnica requerida en los términos actuales del PBC se encuentra orientada al modelo SRT6000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: Se aceptarán mínimamente las siguientes certificaciones: Certificaciones del CE, IEC/EN. La convocante especifica las normas que se tendrán en cuenta en razón de facilitar una mayor participación de los oferentes se aceptarán mínimamente las siguientes certificaciones CE/EN/IEC. Remitirse a la adenda enumerada.
54
*-Lote 3. UPS de 10KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 3. UPS de 10KVA, se solicita:
Cada UPS deberá contar con un tablero de Bypass para los casos en que la misma presente inconvenientes. Dicho tablero deberá ser de la misma marca que la UPS ofertada.
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea eliminado el requisito de que dicho tablero deberá ser de la misma marca que la UPS ofertada, o en su defecto sea indicada como opcional, teniendo en cuenta que dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT10KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT10KXLI/apc-smart-ups-srt-10000va-230v/ , favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 3. UPS de 10KVA, se solicita:
Cada UPS deberá contar con un tablero de Bypass para los casos en que la misma presente inconvenientes. Dicho tablero deberá ser de la misma marca que la UPS ofertada.
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea eliminado el requisito de que dicho tablero deberá ser de la misma marca que la UPS ofertada, o en su defecto sea indicada como opcional, teniendo en cuenta que dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT10KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT10KXLI/apc-smart-ups-srt-10000va-230v/ , favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: La convocante busca asegurar que el tablero de Bypass cumpla con los requerimientos y compatibilidad con la UPS de la marca ofertada, en ese sentido vemos que existen otras marcas que cuentan con el requisito solicitado y puede verse en:
https://www.tripplite.com/ups-maintenance-bypass-panel-for-svt10kx-3-breakers~su10kmbpkx
https://www.eaton.com/content/dam/eaton/products/backup-power-ups-surge-it-power-distribution/power-distribution-for-it-equipment/eaton-bypass-power-module/eaton-bypass-power-module-user-guide-manual-p-1640006282.pdf
https://www.vertiv.com/49a350/globalassets/products/critical-power/uninterruptible-power-supplies-ups/maintenance-bypass-cabinet-for-nfinity-and-gxt-10kva.pdf. Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
55
*-Lote 3. UPS de 10KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 3. UPS de 10KVA, se solicita:
Cada UPS deberá contar con un tablero de Bypass para los casos en que la misma presente inconvenientes. Dicho tablero deberá ser de la misma marca que la UPS ofertada.
Al respecto, solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptado el Tablero de Bypass externo de fabricación nacional, teniendo en cuenta que el diseño e implementación de los mismos no implica ninguna complejidad ni dificultad, máxime de potencias pequeñas de 6KVA y 10KVA como las que son objeto del presente llamado, y teniendo en cuenta además la amplia experiencia y capacidad de empresas de nuestro medio del rubro de tecnología con múltiples implementaciones de sistemas de energía, que igualmente proporcionarán la calidad y confiabilidad de las instalaciones, y así también, considerando en los términos actuales del PBC que dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT10KXLI/apc-smart-ups-srt-10000va-230v/ , favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 3. UPS de 10KVA, se solicita:
Cada UPS deberá contar con un tablero de Bypass para los casos en que la misma presente inconvenientes. Dicho tablero deberá ser de la misma marca que la UPS ofertada.
Al respecto, solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptado el Tablero de Bypass externo de fabricación nacional, teniendo en cuenta que el diseño e implementación de los mismos no implica ninguna complejidad ni dificultad, máxime de potencias pequeñas de 6KVA y 10KVA como las que son objeto del presente llamado, y teniendo en cuenta además la amplia experiencia y capacidad de empresas de nuestro medio del rubro de tecnología con múltiples implementaciones de sistemas de energía, que igualmente proporcionarán la calidad y confiabilidad de las instalaciones, y así también, considerando en los términos actuales del PBC que dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT10KXLI/apc-smart-ups-srt-10000va-230v/ , favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: La convocante busca asegurar que el tablero de Bypass cumpla con los requerimientos y compatibilidad con la UPS de la marca ofertada, al mismo tiempo vemos que existen otras marcas que cuentan con el requisito solicitado y pueden verse en:
https://www.tripplite.com/ups-maintenance-bypass-panel-for-svt10kx-3-breakers~su10kmbpkx
https://www.eaton.com/content/dam/eaton/products/backup-power-ups-surge-it-power- distribution/power-distribution-for-it-equipment/eaton-bypass-power-module/eaton-bypass-power-module-user-guide-manual-p-1640006282.pdf
https://www.vertiv.com/49a350/globalassets/products/critical-power/uninterruptible-power-supplies-ups/maintenance-bypass-cabinet-for-nfinity-and-gxt-10kva.pdf. Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
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*-Lote 3. UPS de 10KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 3. UPS de 10KVA, se solicita:
Protección y Filtro contra Picos de Voltaje: 480 Julios.
Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea indicado como opcional, teniendo en cuenta que no es un parámetro habitualmente publicado por los fabricantes en su documentación técnica, y además dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT10KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT10KXLI/apc-smart-ups-srt-10000va-230v/ , favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 3. UPS de 10KVA, se solicita:
Protección y Filtro contra Picos de Voltaje: 480 Julios.
Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea indicado como opcional, teniendo en cuenta que no es un parámetro habitualmente publicado por los fabricantes en su documentación técnica, y además dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT10KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT10KXLI/apc-smart-ups-srt-10000va-230v/ , favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: Serán admitidos UPS que cuenten con una protección mínima de 300 julios. Este requerimiento, es sumamente importante para la protección de los equipos electrónicos contra los picos de voltaje que la convocante desea proteger, debido a la envergadura del proyecto, al mismo tiempo también observamos que 5 grandes fabricantes de UPS cumplen con esta normativa. Remitirse a la adenda enumerada.
57
*-Lote 3. UPS de 10KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 3. UPS de 10KVA, se solicita:
Distorsión de tensión de salida: < 2%
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la distorsión de tensión de salida ≤ 3%, considerando que es el valor distintivo y estandarizado de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT10KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT10KXLI/apc-smart-ups-srt-10000va-230v/ , favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 3. UPS de 10KVA, se solicita:
Distorsión de tensión de salida: < 2%
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la distorsión de tensión de salida ≤ 3%, considerando que es el valor distintivo y estandarizado de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT10KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT10KXLI/apc-smart-ups-srt-10000va-230v/ , favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: Se Mantiene la distorsión de la tensión de salida en <2%, ya que por lo menos 5 (cinco) principales fabricantes de UPS's del mercado (APC By Schneider, EATON, Vertiv, INVT, Riello) cumplen con esta especificación. VER:
Riello Sentinel 10KVA
https://www.riello-ups.com/uploads/file/870/1870/DATSDUA1Y20CRES.pdf
Eaton - 9SX 11Ki
http://powerquality.eaton.com/9PX11KiBP.aspxcx=7
TrippLite SU10KRT3UHV
https://www.tripplite.com/sistema-ups-doble-conversi%C3%B3n-en-l%C3%ADnea-hot-swap-10kva-9u-rack-torre-208v-120v-240v-120v-conexi%C3%B3n-con-cableado-permanente~SU10KRT3UHV. Hemos verificado que por lo menos 5 grandes fabricantes de UPS cumplen con este requerimiento, lo que la convocante busca en el mayor rendimiento y mayor calidad de la energía entregada por la UPS, ya que existen equipos de comunicaciones que necesitan cierta estabilidad en el voltaje suministrado, por la envergadura del proyecto. Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
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*-Lote 3. UPS de 10KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 3. UPS de 10KVA, se solicita:
Eficiencia de modo Normal: 94%
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la eficiencia de 93%, considerando que es el valor distintivo y estandarizado de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además que la diferencia es mínima respecto al valor requerido, y considerando que en los términos actuales del PBC que dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT10KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT10KXLI/apc-smart-ups-srt-10000va-230v/ , favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 3. UPS de 10KVA, se solicita:
Eficiencia de modo Normal: 94%
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la eficiencia de 93%, considerando que es el valor distintivo y estandarizado de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además que la diferencia es mínima respecto al valor requerido, y considerando que en los términos actuales del PBC que dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT10KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT10KXLI/apc-smart-ups-srt-10000va-230v/ , favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: Se mantiene Eficiencia de modo Normal 94%, a mayor porcentaje mayor eficiencia en el rendimiento de la UPS. En el mercado existen otros fabricantes que pueden cumplir con este requisito Ver Riello Sentinel 10KVA
https://www.riello-ups.com/uploads/file/870/1870/DATSDUA1Y20CRES.p
Liebert - GXT5-10KIRT5UXLN
https://www.vertiv.com/4a7969/globalassets/products/critical-power/uninterruptible-power-supplies-ups/liebert-gxt5-5-10kva-brochure-sl-70532-sp-spanish-latam.pdf
Eaton - 9SX 11Ki
http://lit.powerware.com/ll_download.aspfile=Eaton+9SX+5-11KVA_LR.110.pdf&ctry=7
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
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*-Lote 3. UPS de 10KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 3. UPS de 10KVA, se solicita:
Tiempo de recarga: 2 horas máx.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el tiempo de recarga de 8 horas máx, considerando que es el valor típico de tiempo de recarga de los equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica del PBC se encuentra orientada al modelo SRT10KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT10KXLI/apc-smart-ups-srt-10000va-230v/ , favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 3. UPS de 10KVA, se solicita:
Tiempo de recarga: 2 horas máx.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el tiempo de recarga de 8 horas máx, considerando que es el valor típico de tiempo de recarga de los equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica del PBC se encuentra orientada al modelo SRT10KXLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT10KXLI/apc-smart-ups-srt-10000va-230v/ , favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: Serán admitidos UPS's que cumplan con al menos 1A de Corriente de Carga, 4 horas máx., considerando el tipo de baterías exigidos en las Especificaciones Técnicas suministradas del Pliego de Bases y Condiciones. 1A es el estándar en la industria para el tipo de batería solicitado, el tiempo de carga debe ser 4 horas máx., ya que las baterías VRLA utilizan un tercio de su capacidad nominal de descarga como la máxima corriente de carga admisible. Cargas rápidas con corrientes mayores esta producen erosión a corto plazo; acortando la vida útil de las baterías y produciendo vapores nocivos para el ambiente y los seres humanos. Quedando en UPS's que cumplan con al menos 1A de Corriente de Carga, 4 horas máx., considerando el tipo de baterías exigidos en las Especificaciones Técnicas suministradas del Pliego de Bases y Condiciones. Solo se puede establecer el tiempo de recarga requerido mínimo, debido a las condiciones de corte y restablecimiento, al ser muy amplio el tiempo se arriesga la integridad del equipo como así también la autonomía mínima a plena carga, pudiendo quedar desprotegida la carga. El valor de corriente de carga de las baterías depende de cada marca. Solo debe mantener el tiempo de recarga en igual o menor a 4horas solicitado. Remitirse a la adenda enumerada.
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*-Lote 3. UPS de 10KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 3. UPS de 10KVA, se solicita:
Tiempo de autonomía: 11 minutos a media carga o 3 minutos a plena carga.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el tiempo de autonomía de 6 minutos a media carga o 2 minutos a plena carga, teniendo en cuenta que es la autonomía estándar de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica del PBC se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT10KXLI/apc-smart-ups-srt-10000va-230v/ , favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 3. UPS de 10KVA, se solicita:
Tiempo de autonomía: 11 minutos a media carga o 3 minutos a plena carga.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el tiempo de autonomía de 6 minutos a media carga o 2 minutos a plena carga, teniendo en cuenta que es la autonomía estándar de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica del PBC se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT10KXLI/apc-smart-ups-srt-10000va-230v/ , favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: Vemos que existen otros fabricantes que pueden cumplir lo solicitado y no es exclusiva de un solo fabricante.
Liebert - GXT5-10KIRT5UXLN
https://www.vertiv.com/en-us/support/tools-applications/vertiv-ups-interactive-runtime-tools/liebert-gxt5-ups-3000-10000-va-runtime-tool/liebert-gxt5-10khvrt5uxln-runtime-tool/
https://www.vertiv.com/4a7969/globalassets/products/critical-power/uninterruptible-power-supplies-ups/liebert-gxt5-5-10kva-brochure-sl-70532-sp-spanish-latam.pdf
TrippLite - SU10000RT3UG
https://www.tripplite.com/products/load-runtime-toolsmid=SU10000RT3UG
https://www.tripplite.com/sistema-ups-doble-conversi%C3%B3n-en-l%C3%ADnea-6kva-6u-rack-torre-tomacorrientes-c19-200v-240v~SU10000RT3UG
Eaton - 9SX 11Ki
http://powerquality.eaton.com/Products-services/Backup-Power-UPS/9SX.aspxcx=7. Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.