En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Cada UPS deberá contar con un tablero de Bypass para los casos en que la misma presente inconvenientes. Dicho tablero deberá ser de la misma marca que la UPS ofertada.
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea eliminado el requisito de que dicho tablero deberá ser de la misma marca que la UPS ofertada, o en su defecto sea indicada como opcional, teniendo en cuenta que dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Cada UPS deberá contar con un tablero de Bypass para los casos en que la misma presente inconvenientes. Dicho tablero deberá ser de la misma marca que la UPS ofertada.
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea eliminado el requisito de que dicho tablero deberá ser de la misma marca que la UPS ofertada, o en su defecto sea indicada como opcional, teniendo en cuenta que dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: Primeramente en la UPS de 3KVA no se pide tablero de Bypass en el PBC y no se hace referencia al modelo SRT3000XLI. La convocante busca asegurar que el tablero de Bypass cumpla con los requerimientos y compatibilidad con la UPS de la marca ofertada, para los demás lotes vemos que existen otras marcas de fabricantes cuentan con el requisito solicitado.
Panel de mantenimiento:
https://www.tripplite.com/ups-maintenance-bypass-panel-for-svt10kx-3-breakers~su10kmbpkx
https://www.eaton.com/content/dam/eaton/products/backup-power-ups-surge-it-power- distribution/power-distribution-for-it-equipment/eaton-bypass-power-module/eaton-bypass-power-module-user-guide-manual-p-1640006282.pdf
https://www.vertiv.com/49a350/globalassets/products/critical-power/uninterruptible-power-supplies-ups/maintenance-bypass-cabinet-for-nfinity-and-gxt-10kva.pdf. Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
42
*-Lote 2. UPS de 6KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Cada UPS deberá contar con un tablero de Bypass para los casos en que la misma presente inconvenientes. Dicho tablero deberá ser de la misma marca que la UPS ofertada.
Al respecto, solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptado el Tablero de Bypass externo de fabricación nacional, teniendo en cuenta que el diseño e implementación de los mismos no implica ninguna complejidad ni dificultad, máxime de potencias pequeñas de 6KVA y 10KVA como las que son objeto del presente llamado, y teniendo en cuenta además la amplia experiencia y capacidad de empresas de nuestro medio del rubro de tecnología con múltiples implementaciones de sistemas de energía, que igualmente proporcionarán la calidad y confiabilidad de las instalaciones, y así también, cabe señalar que dicha especificación técnica del PBC se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Cada UPS deberá contar con un tablero de Bypass para los casos en que la misma presente inconvenientes. Dicho tablero deberá ser de la misma marca que la UPS ofertada.
Al respecto, solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptado el Tablero de Bypass externo de fabricación nacional, teniendo en cuenta que el diseño e implementación de los mismos no implica ninguna complejidad ni dificultad, máxime de potencias pequeñas de 6KVA y 10KVA como las que son objeto del presente llamado, y teniendo en cuenta además la amplia experiencia y capacidad de empresas de nuestro medio del rubro de tecnología con múltiples implementaciones de sistemas de energía, que igualmente proporcionarán la calidad y confiabilidad de las instalaciones, y así también, cabe señalar que dicha especificación técnica del PBC se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: La convocante busca asegurar que el tablero de Bypass cumpla con los requerimientos y compatibilidad con la UPS de la marca ofertada. Vemos que existen otras marcas que cuentan con el requisito solicitado y el mismo puede verse en:
https://www.tripplite.com/ups-maintenance-bypass-panel-for-svt10kx-3-breakers~su10kmbpkx
https://www.eaton.com/content/dam/eaton/products/backup-power-ups-surge-it-power- distribution/power-distribution-for-it-equipment/eaton-bypass-power-module/eaton-bypass-power-module-user-guide-manual-p-1640006282.pdf
https://www.vertiv.com/49a350/globalassets/products/critical-power/uninterruptible-power-supplies-ups/maintenance-bypass-cabinet-for-nfinity-and-gxt-10kva.pdf. Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
43
*-Lote 2. UPS de 6KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Protección y Filtro contra Picos de Voltaje: 480 Julios.
Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea indicado como opcional, teniendo en cuenta que normalmente no es un parámetro publicado por los fabricantes en su documentación técnica, y además dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT6000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Protección y Filtro contra Picos de Voltaje: 480 Julios.
Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea indicado como opcional, teniendo en cuenta que normalmente no es un parámetro publicado por los fabricantes en su documentación técnica, y además dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT6000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: Serán admitidos UPS que cuenten con una protección mínima de 300 julios. Este requerimiento, es sumamente importante para la protección de los equipos electrónicos contra los picos de voltaje que la convocante desea proteger, debido a la envergadura del proyecto, al mismo tiempo también observamos que 5 grandes fabricantes de UPS cumplen con esta normativa. Remitirse a la adenda enumerada.
44
*-Lote 2. UPS de 6KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Distorsión de tensión de salida: < 2%
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la distorsión de tensión de salida ≤ 3%, considerando que es el valor distintivo y estandarizado de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT6000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Distorsión de tensión de salida: < 2%
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la distorsión de tensión de salida ≤ 3%, considerando que es el valor distintivo y estandarizado de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT6000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: Se mantiene la distorsión de salida de <2%, ya que por lo menos 5 (cinco) principales fabricantes de UPS's del mercado (APC By Schneider, EATON, Vertiv, INVT, Riello) cumplen con esta especificación. Ver:
http://powerquality.eaton.com/9PX6KiBP.aspxcx=7&GUID=E6BBC6C5-5BFD-4E31-8191-1FCD1DA22087
1%
https://www.riello-ups.es/products/1-sai/117-sentinel-dual-sdu
1%
https://www.tripplite.com/220-230-240v-6000va-6000w-on-line-ups-hardwire-input-hardwire-c13-c19-output-3u~SU6KRT3UX. Hemos verificado que por lo menos 5 grandes fabricantes de UPS cumplen con este requerimiento, lo que la convocante busca en el mayor rendimiento y mayor calidad de la energía entregada por la UPS, ya que existen equipos de comunicaciones que necesitan cierta estabilidad en el voltaje suministrado, por la envergadura del proyecto. Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
45
*-Lote 2. UPS de 6KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Eficiencia de modo Normal: 94%
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la eficiencia de 93%, considerando que es el valor distintivo y estandarizado de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además que la diferencia es mínima respecto al valor requerido, y así también, se resalta que dicha especificación técnica, en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT6000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Eficiencia de modo Normal: 94%
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la eficiencia de 93%, considerando que es el valor distintivo y estandarizado de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además que la diferencia es mínima respecto al valor requerido, y así también, se resalta que dicha especificación técnica, en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT6000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: Se mantiene Eficiencia de modo Normal 94%, a mayor porcentaje mayor eficiencia en el rendimiento de la UPS. En el mercado existen otros fabricantes que pueden cumplir con este requisito.
Ver: https://www.vertiv.com/499833/globalassets/products/critical-power/uninterruptible-power-supplies-ups/liebert-ita-2-ups/liebert-ita2-br-sl-latam-ap-ups-ita-v1-0517.pdf
https://www.tripplite.com/220-230-240v-6000va-6000w-on-line-ups-hardwire-input-hardwire-c13-c19-output-3u~SU6KRT3UX
http://powerquality.eaton.com/9PX6KiBP.aspxcx=7&GUID=E6BBC6C5-5BFD-4E31-8191-1FCD1DA22087. Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
46
*-Lote 2. UPS de 6KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Tiempo de recarga: 2 horas máx.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el tiempo de recarga de 8 horas máx, considerando que es el valor típico de tiempo de recarga de los equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT6000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Tiempo de recarga: 2 horas máx.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el tiempo de recarga de 8 horas máx, considerando que es el valor típico de tiempo de recarga de los equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo SRT6000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: Serán admitidos UPS's que cumplan con al menos 1A de Corriente de Carga, 4 horas máximo, considerando el tipo de baterías exigidos en las Especificaciones Técnicas suministradas del Pliego de Bases y Condiciones. 1A es el estándar en la industria para el tipo de batería solicitado, el tiempo de carga debe ser 4 horas máximo, ya que las baterías VRLA utilizan un tercio de su capacidad nominal de descarga como la máxima corriente de carga admisible. Cargas rápidas con corrientes mayores esta producen erosión a corto plazo; acortando la vida útil de las baterías y produciendo vapores nocivos para el ambiente y los seres humanos. Quedando en UPS's que cumplan con al menos 1A de Corriente de Carga, 4 horas máx., considerando el tipo de baterías exigidos en las Especificaciones Técnicas suministradas del Pliego de Bases y Condiciones. Solo se puede establecer el tiempo de recarga requerido mínimo, debido a las condiciones de corte y restablecimiento, al ser muy amplio el tiempo se arriesga la integridad del equipo como así también la autonomía mínima a plena carga, pudiendo quedar desprotegida la carga. El valor de corriente de carga de las baterías depende de cada marca. Solo debe mantener el tiempo de recarga en igual o menor a 4horas solicitado. Remitirse a la adenda enumerada.
47
*-Lote 2. UPS de 6KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Tiempo de autonomía: 8,7 minutos a media carga o 2,5 minutos a plena carga.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el tiempo de autonomía de 6 minutos a media carga o 1,5 minutos a plena carga, teniendo en cuenta que es la autonomía estándar de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica, en los términos originales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Tiempo de autonomía: 8,7 minutos a media carga o 2,5 minutos a plena carga.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el tiempo de autonomía de 6 minutos a media carga o 1,5 minutos a plena carga, teniendo en cuenta que es la autonomía estándar de equipos UPS de este tipo y capacidad, y además dicha especificación técnica, en los términos originales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: Vemos que en el mercado se comercializan distintas marcas que pueden cumplir con lo solicitado por el PBC, ver:
https://www.tripplite.com/products/load-runtime-toolsmid=SU6KRT3UX
http://powerquality.eaton.com/Products-services/Backup-Power-UPS/9PX.aspx#documentationtab
https://www.vertiv.com/en-us/support/tools-applications/vertiv-ups-interactive-runtime-tools/liebert-gxt5-ups-3000-10000-va-runtime-tool/liebert-gxt5-6000mvrt4uxln-runtime-tool/. Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
48
*-Lote 2. UPS de 6KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Conexiones de salida: (6) IEC 320 C13, (4) IEC 320 C19, hardwire threewire (1 fase + Neutro + Tierra).
Al respecto solicitamos a la Convocante que sea eliminado este requisito de (6) IEC 320 C13, (4) IEC 320 C19, teniendo en cuenta que para esta potencia, los equipos UPS disponen de manera estandarizada de borneras para las conexiones de salida, y además dicha especificación técnica, en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Conexiones de salida: (6) IEC 320 C13, (4) IEC 320 C19, hardwire threewire (1 fase + Neutro + Tierra).
Al respecto solicitamos a la Convocante que sea eliminado este requisito de (6) IEC 320 C13, (4) IEC 320 C19, teniendo en cuenta que para esta potencia, los equipos UPS disponen de manera estandarizada de borneras para las conexiones de salida, y además dicha especificación técnica, en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: Serán admitidos UPS's que cumplan por lo menos con (6) IEC 320 C13 + (1) IEC 320 C19 + Hardwire three-wire (1 fase + Neutro + Tierra) en el sistema de salida. De acuerdo a la potencia y en cumplimiento con la norma EN/IEC 62040-2, el cuál es requerido por la convocante; siendo también el estándar para los 5 (cinco) principales fabricantes de UPS's del mercado (APC By Schneider, EATON, Vertiv, INVT, Riello). Se modifica a fin de dar una mayor participación a los oferentes y adecuarnos a las norma EN/IEC 62040-2, que es la que estable la cantidad de TOMAS STANDARD quedando en 6) IEC 320 C13 + (1) IEC 320 C19 + Hardwire three-wire (1 fase + Neutro + Tierra) en el sistema de salida. Las cantidades de conexiones nos establecen la cantidad de equipamiento que podremos conectar de forma segura directamente a la UPS, como así también la salida c19 que nos provee una única conexión para circuito seguro de mayor capacidad. Remitirse a la adenda enumerada.
49
*-Lote 2. UPS de 6KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Lenguaje del display LCD: español e inglés.
Al respecto solicitamos a la Convocante que el requisito de lenguaje español del display sea indicado como opcional, teniendo en cuenta que los distintos fabricantes técnicamente utilizan el lenguaje inglés como estándar, y normalmente no incluyen el lenguaje español en el panel de control display de los equipos UPS considerando el manejo del inglés por el personal técnico que manipula o repara dichos equipos, y además dicha especificación técnica, en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Lenguaje del display LCD: español e inglés.
Al respecto solicitamos a la Convocante que el requisito de lenguaje español del display sea indicado como opcional, teniendo en cuenta que los distintos fabricantes técnicamente utilizan el lenguaje inglés como estándar, y normalmente no incluyen el lenguaje español en el panel de control display de los equipos UPS considerando el manejo del inglés por el personal técnico que manipula o repara dichos equipos, y además dicha especificación técnica, en los términos actuales del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: Serán admitidos UPS's cuyo lenguaje del display LCD sea Inglés y/o Español. Remitirse a la adenda enumerada.
50
*-Lote 2. UPS de 6KVA
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Encendido / Apagado: En la parte frontal deberá poseer un botón de Encendido y botón de Apagado único.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptado el Encendido / Apagado mediante un botón de Encendido y otro botón distinto de Apagado, teniendo en cuenta que igualmente proporcionará las mismas funciones de apagado y encendido del UPS, mejorando la seguridad al prevenir maniobras accidentales por parte de los diferentes usuarios, y además dicha especificación técnica, en los términos del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el PBC, sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, Lote 2. UPS de 6KVA, se solicita:
Encendido / Apagado: En la parte frontal deberá poseer un botón de Encendido y botón de Apagado único.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptado el Encendido / Apagado mediante un botón de Encendido y otro botón distinto de Apagado, teniendo en cuenta que igualmente proporcionará las mismas funciones de apagado y encendido del UPS, mejorando la seguridad al prevenir maniobras accidentales por parte de los diferentes usuarios, y además dicha especificación técnica, en los términos del PBC, se encuentra orientada al modelo SRT3000XLI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.se.com/ww/en/product/SRT6KXLI/apc-smart-ups-srt-6000va-230v/, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición informamos que: Existen equipos de otros fabricantes que cumplen con este requerimiento, por lo tanto no están direccionados a ninguna marca, favor ver:
https://www.tripplite.com/220-230-240v-6000va-6000w-on-line-ups-hardwire-input-hardwire-c13-c19-output-3u~SU6KRT3UX
https://www.riello-ups.es/products/1-sai/117-sentinel-dual-sdu
https://www.vertiv.com/499833/globalassets/products/critical-power/uninterruptible-power-supplies-ups/liebert-ita-2-ups/liebert-ita2-br-sl-latam-ap-ups-ita-v1-0517.pdf
https://www.eaton.com/us/en-us/skuPage.9PX6KP2.specifications.html. Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.