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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Comunicación de Adenda
Fecha de Solicitud
12-11-2021 - 07:04
Fecha de Fin
12-11-2021 - 09:18
Estado
Impugnado Totalmente sin Suspensión
Comentarios Adicionales
1) Solicitamos a la convocante completar o rectificar el Dictamen sobre precios referenciales, por el siguiente motivo: a) En la planilla de precios que forma parte del dictamen se visualiza discrepancia en los datos consignados en el mismo, Ver documentos respaldatorio, (Empresa F.V construcciones, se observa que los Ítems Número 216( 61.200Gs se visualiza en el documento respaldatorio y ,255 ( 0.8%), no se ajusta a lo indicado en planilla que forma parte del dictamen. Por lo expuesto, solicitamos verificar detalladamente las informaciones consignadas en el dictamen y la planilla que forma parte del mismo, y conforme a dichas informaciones adjuntar los documentos de respaldo, identificando además los ítems o sub ítems utilizados de dichos documentos.// 2) Observamos discrepancia en los datos asentados en la adenda N° 6 y los datos del modulo de etapas y plazos, (Ver los horarios consignados para la fecha de entrega y apertura de ofertas).// 3) Solicitamos realizar los cambios correspondientes en el punto que hace referencia a Indicadores de cumplimiento contractual, considerando la modificación del plazo de ejecución hecha en la adenda N° 6.//

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Los precios referenciales cargados en el SICP no se ajustan al Dictamen de precios remitido, se solicita su adecuación.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Las modificaciones realizadas en el SICP no se ajustan a la adenda.
Descripción
Se verifica discrepancia entre lo establecido en la adenda remitida y el SICP. Se solicita subsanar.

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.