Datos de la Verificación
Usuario Verificador
grojas
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
27-10-2021 - 11:10
Fecha de Fin
29-10-2021 - 12:04
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
Experiencia específica en obras, Completar los Formulario N° 2, adecuar al PBC estándar vigente de Obras.
**Cualquier modificación/ajuste que considere realizar la convocante, favor realizar por medio de Adenda.
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LOS CONSORCIOS/COASEGUROS
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
La suma de los porcentajes establecidos no reproduce el 100%
Descripción
En los criterios de evaluación para consorcios, los porcentajes establecidos para cada integrante del consorcio no reproduce el 100%, se solicita su adecuación
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34
inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo.
Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante.
Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio,
debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.