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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
18-05-2022 - 09:29
Fecha de Fin
23-05-2022 - 11:13
Estado
Retenido
Comentarios Adicionales
1)Fecha tope de consultas: Lo establecido no se ajusta a los 3 días hábiles, indicados en la normativa vigente (art. 24 Resolución DNCP 5695/19).// 2) INFORME CUATRIMESTRAL: Considerando lo dispuesto en la Resolucion DNCP Nº 286/22, solicitamos a la convocante remitir el Dictamen de UOC, referente al informe cuatrimestral. // 3) PBC - VISITA AL SITIO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Indican ( Hora: Se recibirá a los potenciales oferentes o sus representantes hasta las 07:30 Horas de la fecha citada más arriba, no se podrán recepcionar a otros oferentes que se presenten pasado el plazo de hora fijado en este enunciado. Procedimiento: Los potenciales oferentes o sus representantes, debidamente acreditados con poder por escribanía pública indicando el nombre y apellido, y el I.D. del llamado, acompañando la copia autenticada de cedula de identidad, podrán acercarse al local de la Municipalidad de Villa del Rosario en la fecha y hora establecidas más arriba y serán acompañados por el funcionario designado al sitio donde se encuentran las instituciones educativas que serán beneficiadas con el Almuerzo escolar. El autorizado deberá indefectiblemente formar parte del plantel de trabajadores de la empresa del oferente, debiendo los mismos estar inscriptos en el seguro social y encontrarse al día, por parte de sus contratantes, en el cumplimiento con sus obligaciones sociales para con el Instituto de Previsión Social. Al finalizar la visita se labrará un acta con los potenciales oferentes participantes…)Lo indicado podía resultar limitante. // 4) PBC – CAPACIDAD FINANCIERA: Observamos (Los oferentes al efecto de lo anteriormente señalado deberán presentar los documentos que se indican en el Anexo. Los oferentes deberán demostrar que cuentan con Activo Liquido: Rubro Disponibilidades (excluidos los fondos bancarios a plazo, fondos retenidos, recaudación a depositar, y/o similares) según último balance cerrado y presentado ante la SET del periodo fiscal 2020; que cubra la totalidad de su oferta demostrando la solvencia para ejecutar el presente contrato. En el caso de consorcios, el socio líder deberá cumplir el presente requisito), consultamos a la convocante a que Anexo se refiere?, siendo que el PBC no posee anexos. // 5) PBC- FORMAS Y CONDICIONES DE PAGO: En otras formas de pago, observamos (Los pagos se realizarán en forma MENSUAL …). Lo indicado difiere de lo establecido en el sistema (A PLAZOS), se solicita unificar forma de pago. // 6) PBC- REAJUSTE: Solicitamos aclarar en el procedimiento, cuáles serían las condiciones que deben darse para aplicarse el reajuste?, es decir, si será a través de nota de solicitud por parte del adjudicado, o que tendrá en cuenta la convocante para otorgar el reajuste. //

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad finaciera podria resultar limitante/excluyente.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
En cuanto al informe cuatrimestral, no remiten el Dictamen correspondiente.
Descripción
Se verifica que se adjunta un documento distinto al requerido en la reglamentacion vigente, se solicita remitir la documentacion correspondiente. Res. DNCP N° 286/22.

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.