Datos de la Verificación
Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
05-03-2022 - 15:34
Fecha de Fin
10-03-2022 - 14:08
Estado
Retenido
Comentarios Adicionales
1) Conforme a lo dispuesto en la Circular DNCP N.º 14/ 2021, solicitamos a la convocante la remitir en una archivo independiente el Acuerdo y Sentencia donde se visualiza la remisión del acto administrativo de proclamación de dichas autoridades.//
2) REGISTRO DE FIRMAS: En el módulo REGISTRO DE FIRMAS del sistema, los responsables de firmar el CDP, no se encuentran aún registrados con los cargos indicados en el mencionado documento. A fin de dar cumplimiento a la normativa vigente, la convocante debe dar seguimiento del trámite de registrar las firmas, por la vía correspondiente (mesa de entrada manual). Art. 116 del Decreto N° 2992/19, en concordancia con los Art. 2 y 3 de la Resolución DNCP N° 5695/19. //
3) CDP: No se ajusta a la normativa vigente. Solicitamos la remisión del CDP (formulario B-02-04) debidamente ajustado a la normativa vigente, Art. 341 del Decreto N° 6581/2022. //
4) PBC - AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE: Indican (CAMIONETA DOBLE CABINA). El punto no fue llenado asi como el instructivo. //
5) PBC- PERIODO DE VALIDEZ DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Indican (90 dias). Solicitamos establecer a partir de que acto o hecho se computaría el periodo de validez garantía de cumplimiento de contrato. //
6) PBC - COBERTURA DE SEGURO DE LOS BIENES: Indican (SEGURO INCLUIDO POR 1 A). El punto no fue llenado así como el instructivo, recordamos a la convocante el punto [Indicar en caso de requerir algún tipo de cobertura especial a los bienes requeridos, siempre y cuando para esta contratación se aplique Incoterms. En caso contrario, se deberá establecer: No Aplica].
7) PBC - PLAZO DE REPOSICIÓN DE BIENES: La convocante indica (30 dias), solicitamos aclarar si es en horas o días.//
8) PBC - COBERTURA DE SEGURO DE LOS BIENES: El punto no fue llenado asi como el instructivo. //
9) PBC - SISTEMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS: El punto no fue llenado asi como el instructivo. Considerando que el objeto del llamado BIENES y no consultoría, se solicita subsanar el punto. //
10) PBC- MARGEN DE PREFERENCIA LOCAL: solicitamos a la convocante sustituir el párrafo e indicar lo previsto en la Ley Nº 4838/12, Art. 9, “Que establece la Política Automotriz Nacional”. //
11) PBC- CAPACIDAD TECNICA: En el PBC, indican NO APLICA. Se consulta a la convocante porque no requiere dicha capacidad. //
12) PBC – OTRAS FORMAS Y CONDICIONES DE PAGO: Observamos en el SICP CONTRAENTREGA, lo indicado difiere de lo establecido en el PBC. Se solicita indicar el plazo, considerando que a partir de ese dato se estarían computando el % (porcentaje) indicado para las multas. //
13) PBC – REAJUSTE: El punto se encuentra incompleto. Se solicita a la convocante indicar la fórmula y las condiciones que deben darse para la aplicación del reajuste al contrato., teniendo en cuenta que es un derecho del proveedor contemplado en la Ley de Contrataciones Públicas. //
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Mencionan NO APLICA a criterios en cuanto a la capacidad técnica
Descripción
Consultamos a la convocante el motivo por el cual no estiman necesaria la evaluacion de dicha capacidad, atendiendo a la naturaleza y las caracteristicas del proceso.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta remisión de resolución que aprueba el llamado
Descripción
Del análisis de los documentos remitidos a través del SICP, se verifica que no ha sido remitido el
acto administrativo de la autoridad competente de la Convocante que aprueba el llamado. Se solicita tal omisión sea subsanada, para la publicación del llamado.
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34
inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo.
Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante.
Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio,
debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.