Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
31 Especificaciones Tecnicas - Storage En el punto “Eficiencia y seguridad de los datos: El sistema debe contar con la capacidad de realizar deduplicación de los datos en línea.” Solicitamos a la institución excluir este requerimiento y/o considerarlo como opcional, de mantenerse lo solicitado se estaría limitando la participación de potenciales oferentes y fabricantes. 14-07-2022 20-07-2022
32 Especificaciones Tecnicas - Storage Donde dice en el punto Sistemas operativos de hosts compatibles: AIX” Solicitamos a la institución excluir este requerimiento considerando que esto direcciona a una única marca la cual es IBM, de mantenerse lo solicitado se estaría limitando la participación de potenciales oferentes y fabricantes contraviniendo los principios de la Ley 2051/03 . 14-07-2022 20-07-2022 20-07-2022
33 Especificaciones Tecnicas - Sistema de Energia Ininterrumpida En el punto Temperatura de almacenamiento dice -15° a -45°C, consultamos a la convocante aceptar rangos de operacion de -15° a +40°. En el punto de frecuencia sea 40 a 70Hz puedan ser aceptados rango de frecuencia de 40 a 60 Hz. Solicitamos a la convocante sea aceptados estos cambios a fin de dar una mayor cantidad de ofertas evaluables tecnica y economica. 14-07-2022 20-07-2022 20-07-2022
34 Plazos de Entrega Donde que establecido el Plan de entrega de los bienes para los ítems 1, 2, 3 y 4 se establecen: 45 (cuarenta y cinco) días posteriores a la orden de compra. Solicitamos la extensión del plazo de entrega de todos los ítems a 120 días, teniendo en cuenta los plazos de de fabricación de los bienes requeridos, los cuales son de 10 a 12 semanas y posterior a ellos toda la logistica de importación, además de considerar situación actual afectada por los efectos de la pandemia. Lo solicitado lo fundamos en el Art. 20 de la Ley N° 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS”, modificado por el Art. 1° de la Ley N° 3439/07, el cual, en uno de sus párrafos, establece: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante 14-07-2022 20-07-2022
35 *-Plan de Entrega de Bienes Según el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES, Plan de entrega de Bienes, se solicita: “Provisión de equipo: 45 (cuarenta y cinco) días posteriores a la orden de compra” Al respecto, solicitamos respetuosamente al convocante que los plazos de entrega sean de 90 (noventa) días a partir de la firma del contrato, como mínimo, considerando los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos que no se fabrican en nuestro país y requieren una configuración especifica según la necesidad de la convocante, y atendiendo además a que continua vigente la situación de restricciones ante la persistencia de la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, a lo que se suma la situación de las medidas sanitarias adoptadas en China –principal país productor de componentes electrónicos e informáticos- y los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania con la afectación internacional que ello conlleva, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se están viendo significativamente afectados por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas haciéndose eco. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 14-07-2022 20-07-2022
36 *-ESPECIFICACIONES TECNICAS, ÍTEM 1 Según el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ÍTEM 1 - SISTEMA DE ALMACENAMIENTO, Protocolos Front- End Soportados por el equipo., se solicita: “FC 16 Gbps” Sobre este punto, se solicita a la convocante que sean aceptadas a su vez controladoras FC de 32 Gbps con auto negociación a 16 Gbps, esto teniendo en cuenta que los Storages actuales cuentan con esta funcionalidad, además es técnicamente indispensable en cuanto a la escalabilidad de las comunicaciones entre los servidores y el storages, en atención a que esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes y la presentación de ofertas adecuadas para satisfacer los intereses de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 14-07-2022 20-07-2022
37 *- ESPECIFICACIONES TECNICAS, ÍTEM 1 Según el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ÍTEM 1 - SISTEMA DE ALMACENAMIENTO, Detalles del sistema de almacenamiento, se solicita: “Cada controladora debe ser capaz de poder escalar hasta 32 GB de caché.” Sobre este punto, se solicita a la convocante que este requerimiento sea considerado opcional teniendo en cuenta que el cache inicial corresponde al estándar del mercado y manteniendo el requisito elevaría los costos innecesariamente, se menciona que escalar hasta 32 GB de caché no es un punto técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo, en atención a que esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes y la presentación de ofertas adecuadas para satisfacer los intereses de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 14-07-2022 20-07-2022
38 *- ESPECIFICACIONES TECNICAS, ÍTEM 1 Según el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ÍTEM 1 - SISTEMA DE ALMACENAMIENTO, Niveles de RAID, se solicita: “El sistema de almacenamiento debe incluir la capacidad de definir arreglos de discos magnéticos de tipo RAID 1, 5 y 6 (serán aceptados niveles de RAID que sean derivados de los mencionados aquí).” Sobre este punto, se solicita a la convocante que sean aceptadas a su vez soluciones que admitan tecnologías similares a arreglos de discos magnéticos RAID según los estándares de la industria ya que el término “arreglos de discos magnéticos de tipo RAID 1, 5 y 6” es una terminología utilizada en sistemas de almacenamiento mecánicos y los sistemas del tipo NVMe-Ready end to end según lo solicitado, utilizan diferentes estándares de la industria para aprovisionar espacio de almacenamiento. Esta modificación no afectará las funcionalidades del equipamiento, y por el contrario, permitirá un mejor dimensionamiento de la solución y a su vez los Oferentes podrán ofertar equipamientos de la última generación disponible, en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 14-07-2022 20-07-2022
39 *-ESPECIFICACIONES TECNICAS, ÍTEM 1 Según el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ÍTEM 1 - SISTEMA DE ALMACENAMIENTO, Escalabilidad, se solicita: “El equipo debe tener la posibilidad de crecer hasta 500 discos a futuro.” Sobre este punto, se solicita a la convocante que este requerimiento sea considerado opcional y en cambio sean aceptados a su vez equipos con capacidad de 1 PB de almacenamiento efectivos como mínimo, la mayoría de los fabricantes caracterizan sus equipos de almacenamiento según la capacidad total brindada y no según la cantidad de discos ya que utilizan tecnologías que permiten provisionar más espacio de almacenamiento utilizando menos discos. Esta modificación no afectará las funcionalidades del equipamiento, y por el contrario, permitirá un mejor dimensionamiento de la solución y a su vez los Oferentes podrán ofertar equipamientos de la última generación disponible, en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 14-07-2022 20-07-2022
40 Capacidad Técnica Donde dice, El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica: Para el Ítem Nro. 1: Contar con 2 (dos) técnicos certificados por el fabricante del equipo ofertado y los mismos deberán contar con seguro de IPS. Demostrar experiencia de al menos una instalación de equipo de características similares en infraestructuras críticas dentro del territorio nacional. Demostrar experiencia de al menos una migración de soluciones de almacenamiento empresarial de ambientes virtuales. Solicitamos a la convocante si podrán ser considerados documentación de personal técnico del fabricante , demostrando la experiencia para implementación de similar complejidad. Este requisito lo fundamos en el Art. 20 de la Ley N° 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS”, modificado por el Art. 1° de la Ley N° 3439/07, el cual, en uno de sus párrafos, establece: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante 14-07-2022 20-07-2022
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