Datos de la Verificación
Usuario Verificador
amanzur
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
12-10-2022 - 13:06
Fecha de Fin
17-10-2022 - 18:14
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Se indica "...Debe contar con mínimamente un (1) analistas y 1 (un) jefe de equipo, cada uno debe contar con al menos un título universitario en las áreas de Economía, Administración, Contabilidad e Ingeniería Comercial. Así mismo, experiencia profesional del analista y jefe de equipo en al menos 3 (tres) trabajos de Calificación de Riesgos comprendidos entre los Años: 2010 al 2021, pudiendo acreditar dicha experiencia...", se solicita una explicación del por qué el requisito resulta técnicamente indispensable para participar en el procedimiento de contratación. * Se indica "...El servicio de Calificación ofrecido debe ajustase a la Ley y las reglamentaciones vigentes dictadas por la Comisión Nacional de Valores y el Banco Central del Paraguay...", "...El servicio de Calificación ofrecido debe ajustase a la Ley y las reglamentaciones vigentes dictadas por la Comisión Nacional de Valores y el Banco Central del Paraguay. 3. La Empresa Calificadora debe cumplir lo establecido en el inciso c) de la Resolución N° 2 Acta 57 de fecha 17 de agosto de 2010 del
Directorio del Banco Central del Paraguay, en el sentido de que la evaluación incluirá la calificación de los instrumentos financieros de captación, tales como Certificados de Depósito de Ahorro (CDAs), Cajas de Ahorros y otros, al igual que las emisiones de otros títulos valores de oferta pública, previa actualización de la calificación. 4. La empresa calificadora deberá contar con la correspondiente habilitación a efectos de operar en el mercado nacional, conforme a la normativa. 5. La Empresa Calificadora debe incluir en su página web la calificación del Banco y la metodología utilizada, conforme a lo establecido en los Art. 4° y 5° de la Resolución N° 57 del 17 de agosto de 2010 del Directorio del Banco Central del Paraguay..." los criterios establecidos no guardan relacion con el objeto del llamado.
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Se indica "...El oferente deberá demostrar la experiencia en la provisión de kits de primeros auxilios con contratos, facturas, y/o recepciones finales correspondientes a los últimos 3 (tres) años (2019, 2020, 2021) por un monto equivalente al 25% (veinticinco por ciento) como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación...", atendiendo al sistema de adjudicación utilizado, verificar la pertinencia de la experiencia solicitada.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia entre SICP y PBC/Carta de Invitación
Descripción
Se verifica la existencia de discrepancia entre condiciones/requisitos establecidos en el PBC/Carta de Invitación y datos cargados en el SICP. Se solicita subsanar.
Comentario
Se solicita verificar las cantidades de todos los ítems.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.