Datos de la Verificación
                                    Usuario Verificador
                            
            scubilla
        
                                    Tipo de Verificación
                            
            Primera Comunicación
        
                                    Fecha de Solicitud
                            
            19-10-2023 - 14:34
        
                                    Fecha de Fin
                            
            23-10-2023 - 13:32
        
                                    Estado
                            
            Publicado
        Observaciones
                                            Tema
                                    
                CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
            
                            
                                            Sección
                                    
                Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
            
        
                                                Situación
                                        
                Mencionan NO APLICA a criterios en cuanto a la capacidad técnica
            
                                                Descripción
                                        
                Consultamos a la convocante el motivo por el cual no estiman necesaria la evaluacion de dicha capacidad, atendiendo a la naturaleza y las caracteristicas del proceso.
            
                                                Comentario
                                        
                
            
                                            Tema
                                    
                CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
            
                            
                                            Sección
                                    
                Condiciones Contractuales
            
        
                                                Situación
                                        
                Anticipo para las MIPYMES
            
                                                Descripción
                                        
                El art. 188 de la Ley de presupuesto 7050/23 menciona que “En las contrataciones de bienes, obras, servicios y/o consultorías,
			las convocantes deberán prever que en caso de que una MIPYMES (Micro, Pequeña y Mediana Empresas), 
			resultare adjudicada o beneficiada con una orden de compra o servicio en la tienda virtual, 
			deberán realizar el pago de un anticipo a la misma, salvo que hubiere justificado al momento de la comunicación del llamado
			que el anticipo no resulta aplicable a ningún adjudicado”, por lo que se solicita establecer en el PBC el porcentaje 
			que será aplicado o en caso de no aplicar, se solicita remitir la justificación correspondiente.
            
                                                Comentario
                                        
                Considerando que no se aplica el anticipo, se solicita a la convocante remitir el documento donde se realice la justificación correspondiente.
            
                                            Tema
                                    
                RECORDATORIO
            
                            
                                            Sección
                                    
                General
            
        
                                                Situación
                                        
                Responsabilidad de la Convocante
            
                                                Descripción
                                        
                La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía  resolución,  es  quien  autoriza  cada  etapa  del  procedimiento  de  contratación. Consideración Normativa: 
	     Art.  28,  30,  33,  34  inc.  c)  de  la  Ley  N°  2051/03;  Art.  11,  33,  81,  84,  98  del  Decreto  N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
            
                                            Tema
                                    
                RECORDATORIO
            
                            
                                            Sección
                                    
                General
            
        
                                                Situación
                                        
                Responsabilidad de la Convocante
            
                                                Descripción
                                        
                La  verificación  que  realiza  la  DNCP  sobre  el  proceso  de  contratación,  en  sus  distintas  etapas,  no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los  términos
             y  condiciones  dadas,  es  exclusiva  responsabilidad  de  la  convocante.  Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
            
                                            Tema
                                    
                RECORDATORIO
            
                            
                                            Sección
                                    
                General
            
        
                                                Situación
                                        
                Responsabilidad de la Convocante
            
                                                Descripción
                                        
                La  Convocante  es  la  responsable  de  los  precios  obtenidos  y  ejecutados  en  las  distintas  etapas  del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
	     sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a)  de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
             Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
            
                                            Tema
                                    
                RECORDATORIO
            
                            
                                            Sección
                                    
                General
            
        
                                                Situación
                                        
                Responsabilidad de la Convocante
            
                                                Descripción
                                        
                La  verificación  que  realiza  la  DNCP  sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
             Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
            