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Publicada jueves, 24 de septiembre de 2020 - 14:55

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La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas haciendo uso de sus atribuciones, ha procedido en la publicación de la Resolución N° 4272/2020, por la cual reglamenta el Artículo 2 inciso d, de la Ley N° 6603, de apoyo y asistencia a las ollas populares organizadas por diversas comunidades en todo el territorio nacional, en marco a la pandemia declarada a causa del COVID-19.


La resolución emitida por la DNCP contempla que las entidades convocantes deberán comunicar sus procedimientos de contratación a través del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas, te​​niendo en cuanta todo lo dispuesto en la Resolución 1697/2020, por la cual se reglamentó los procedimientos de compras por vía de la excepción por urgencia impostergable. 

Todo esto ayudará no solo a agilizar la compra de los insumos alimenticios, sino que permitirá generar un procedimiento acorde a lo estipulado en materia de excepciones. 

Cabe mencionar que los insumos alimenticios serán adquiridos y distribuidos por la Secretaría de Emergencia Nacional, por el Ministerio de Desarrollo Social y por el Instituto Paraguayo del Indígena, cumpliendo con todas las normativas vigentes y aplicados a cada programa, además estos productos deben cubrir las necesidades de desarrollo físico y mental de las personas, priorizando la adquisición de alimentos de la Agricultura Familiar. 

El apoyo y la asistencia a las ollas populares será financiado por la Secretaría de Emergencia Nacional, mediante la utilización del saldo no ejecutado de la línea de crédito autorizada en la Ley de emergencia nacional. 

Para acceder a la Resolución N° 4272/2020 de la DNCP, ingresar al portal en el apartado de marco legal o descargarla directamente aquí.