
Convocatoria
- TOPE DE CONSULTA: Cuando se prorrogue el plazo de consultas debido a una adenda que modifica el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), la convocante solo deberá analizar las consultas que se refieran específicamente al contenido de la adenda. Las consultas podrán realizarse hasta las 12:00 pm. Si durante ese plazo se reciben consultas sobre aspectos del PBC que no fueron modificados, la convocante no está obligada a analizarlas. Sin embargo, deberá responder indicando que el oferente debe remitirse a lo ya establecido en el PBC.
- CONSULTAS Y RESPUESTAS: la aclaración será considerada parte integrante del documento cuyo contenido aclare. Las aclaraciones se realizarán hasta las 12:00 pm
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Identificación del consultante en consultas electrónicas
En los procedimientos de contratación convencionales, especiales y excepcionales con difusión previa de carácter nacional, r, se requerirá la identificación previa del consultante de conformidad a lo dispuesto en la Resolución DNCP N.º 1039/26 “POR LA CUAL SE REGLAMENTAN DISPOSICIONES APLICABLES A LA FORMULACIÓN DE CONSULTAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN CONVENCIONALES, ESPECIALES Y EXCEPCIONALES”
- Carácter público de la consulta
La identificación del consultante será de carácter público y comprenderá:
- Inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado: nombre, apellido y empresa correspondiente
- Identidad Electrónica-MITIC: nombre y apellido acompañado de la identificación de “ciudadano”
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Procedimiento conforme apartado anterior
Desde la convocatoria de su interés se debe dar click al botón “Enviar una Consulta”, el cual estará habilitado cuando el procedimiento aún cuente con el plazo para realizar consultas.

Una vez que se haya dado click en el botón de “Enviar una Consulta”, el SICP dirigirá la página para el acceso respectivo, el cuál podrá ser con el login al Registro de Proveedores del Estado, completando los campos de Usuario y contraseña o, a través de la Identidad Electrónica del MITIC, dando click en el acceso correspondiente.

Al ingresar se desplegará una ventana con los datos de la convocatoria y se deberá dar click en la pestaña de “Nueva Consulta”![]()

Una vez clicada la pestaña NUEVA CONSULTA se desplegará la pestaña de crear consulta, debiendo el consultante insertar el TITULO y el contenido de la CONSULTA propiamente.

Al proceder GUARDAR la consulta el sistema generará un borrador de consulta, visualizando que el borrador de la consulta se ha guardado exitosamente.

Obs: Contar con un borrador guardado no significa la publicación automática de la consulta, la misma requiere de ser “Publicada” por parte del consultante.
Para proceder a la publicación de la consulta realizada, el usuario deberá localizar su consulta y clicar sobre el título de su consulta de manera a que se despliegue la opción “PUBLICAR”.

Al dar la orden de PUBLICAR el sistema generará una alerta de PUBLICAR LA CONSULTA, donde deberá confirmar o no la presentación de la consulta. En el caso de confirmar la presentación el sistema le arrojara un aviso de presentación exitosa.

