Planificación y Registro de ID

Artículo 21. Elaboración de PAC. Para la elaboración del PAC, las convocantes deberán tener como base lo establecido en el Proyecto Anual de Contrataciones o Pre-Pac, teniendo en cuenta las disposiciones en materia de MIPYMES y demás normativas legales vigentes, de acuerdo a lo establecido en la Guía de procedimientos de contratación. En casos excepcionales, el PAC podrá no coincidir con el Pre-Pac cuando las mismas se deban a modificaciones presupuestarias, surgimiento de nuevas necesidades, cambio de prioridades o ajuste de las condiciones del mercado, requiriendo este último la actualización del estudio del mercado. En todos los casos, la convocante deberá remitir la justificación respectiva con la aprobación del PAC.
COMUNICACIÓN DEL PAC
La comunicación del PAC se realizará a través del Módulo de Planificación del SICP, teniendo como base lo establecido en el Pre-PAC de conformidad a los lineamientos emitidos por el MEF, para el efecto, los Programas operativos institucionales, necesidades de las dependencias de la institución, así como aquellos análisis previos para el estudio del mercado y demás requerimientos a ser considerados para la elaboración de los mismos.
Para los casos excepcionales en que el PAC no coincida con el Pre-Pac cuando se deban a:
- Modificaciones Presupuestarias;
- Surgimiento de nuevas necesidades;
- Cambio de prioridades;
- Ajuste de las condiciones del mercado.
La convocante deberá adjuntar en el Registro de ID respectivo la justificación pertinente, ingresando en “Documentos”, y en acciones “Subir Documento”.

Cuando la modificación se deba a ajustes en las condiciones del mercado, se deberá adjuntar la actualización del estudio del mercado en el campo respectivo.
Además, se deberá adjuntar la Resolución de la Máxima Autoridad Institucional por la cual se aprueba el PAC, se deberá tener en cuenta la fecha tope de comunicación establecida en el Art. 23 de la Res. DNCP Nº 230/25.
La convocante podrá realizar modificaciones al registro de lD o PAC a través del módulo del SICP, hasta la fecha tope prevista para la comunicación del PAC o hasta que se haya comunicado una convocatoria, lo que suceda rimero.
Una vez que el Registro de ID cuente con una convocatoria comunicada, precluye la etapa de planificación de dicho procedimiento. En caso de contar con una convocatoria publicada, aún cuando no se haya cumplido la fecha tope de comunicación de PAC – 31 de marzo – el sistema arrojará el siguiente mensaje “No se puede editar una planificación publicada cuando ya se cuenta con convocatoria”.

Modificación al Registro de ID planificado:
Las entidades conectadas al SIAF solo podrán realizar modificaciones al Registro de ID planificado, serán realizadas a través del Formulario de PAC en el SIAF, los cuales se reflejarán en los Certificados de Disponibilidad Presupuestaria que serán comunicados en la etapa del procedimiento que correspondiente.

Las modificaciones en el SIAF, según corresponda, podrán ser introducidas hasta antes de la suscripción del contrato.
Las entidades no conectadas al SIAF, deberán realizar las modificaciones en el CDP manual y comunicar a través del SICP.
El Anexo B-02-04 se encuentra disponible en el marco legal del Portal Público, facilitando la búsqueda estableciendo en el campo “Nro/Texto”, las siglas “CDP”.

En todos los casos, la convocante deberá remitir la justificación respectiva de las modificaciones introducidas en la etapa del procedimiento en el que se encuentre, a través de una nota firmada por el encargado de UOC.
CAMBIO DEL TIPO DE MODALIDAD O TIPO DE PROCEDIMIENTO
En la etapa de convocatoria, cuando la modificación implique el cambio de tipo de modalidad o tipo de procedimiento, podrán ser realizadas hasta antes de la publicación de la convocatoria, para el efecto, deberán gestionar la cancelación interna del proceso en el SICP, pudiendo utilizar el mismo Registro de ID para la nueva modalidad del procedimiento.
MIGRACIÓN DE PAC
Cuando el procedimiento de contratación requiera de la migración del PAC, de conformidad con las disposiciones que la DNCP emita para el efecto, la misma deberá realizarse directamente a través del SICP, ingresando desde su usuario al menú de Licitaciones, buscando el registro de ID del ejercicio fiscal anterior, e ingresando en la opción “Migrar convocatoria”.

Una vez migrada la convocatoria, el SICP mostrará el siguiente mensaje:

No se podrá realizar la migración del PAC de los procedimientos que se encuentren en estado Planificado.