Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Uniforme y equipamiento
Los requerimientos en cuanto a implementos de seguridad serán los siguientes:
- Carné Identificatorio: el personal asignado para la prestación del servicio deberá portar, en todo momento, el carné identificatorio otorgado por la empresa, el cual es de portación obligatoria.
- Armas: Cada guardia deberá portar en su turno un Arma de Fuego de uso civil, con proyectiles para la recarga en caso de necesidad, a ser provistas por la empresa. El arsenal del oferente deberá estar compuesto de la siguiente manera: el 75%, calibre 38 y el resto calibre 12 y 22 en buenas condiciones de uso. El Proveedor bajo su responsabilidad dará cumplimiento estricto a la Ley N°4.036/10 De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines y todas las legislaciones vigentes relacionadas a armas, licencias, etc. Conforme a la mencionada legislación, el Agente de seguridad que porte arma de fuego deberá llevar consigo: a) Credencial de identificación vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece. b) Copia del permiso de tenencia del arma de fuego otorgado a la empresa a la cual pertenece para uso de su personal, autenticada por escribano y notario público. c) Parar los servicios de guardaespaldas, necesitara la autorización de portación de armas expedido por la autoridad pertinente (DIMABEL) y vigentes al momento de presentación de ofertas. La portación de armas de fuego se limitará exclusivamente al espacio geográfico privado de la Institución donde el vigilante desarrolle sus actividades laborales.
- Uniforme: Se exige que los agentes presten los servicios en condiciones óptimas de presencia, vestir el uniforme, y distintivos declarados ante el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas Privadas y Afines de la Policía Nacional.
La empresa prestadora deberá proveer a cada guardia al menos dos conjuntos completos del uniforme adecuado, incluyendo el calzado, sin costo alguno para el mismo, así como la credencial vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece, éste costo debe ser absorbido por la empresa.
- Sistemas de comunicación: Para la realización del servicio dentro de la Institución cada personal de guardia deberá contar con un sistema de comunicación con equipos de radio comunicación con permiso para operar frecuencia de radiocomunicación o contrato celebrado con concesionaria autorizada, al menos uno, (y en la medida de lo posible con audífonos a fin de que los mismos tengan la posibilidad de manos libres o para la utilización de las armas reglamentarias). Aparato tipo celular con saldo disponible, a los efectos de que los directivos puedan comunicarse en cualquier momento con el personal de turno. En estos casos la Empresa contratista dispondrá de planes corporativos de telefonía móvil asumiendo el costo de la comunicación por el uso con fines laborales de los teléfonos por los agentes (reporte de entrada y salida de guardia, emergencias, etc.) bajo ningún concepto el costo de las comunicaciones serán descontados a los agentes de seguridad. Atendiendo a que la Convocante es un Hospital Público que trabaja las 24 horas todos los días, se deberá instar todos los mecanismos necesarios para mantenerse siempre disponibles y con saldo para llamadas de urgencia, con el fin de que los directivos puedan comunicarse en cualquier momento y horario con el personal de turno las 24 horas. Asimismo, Los agentes, deberán contar con el equipo necesario que les permita comunicarse entre sí. La empresa prestadora deberá reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio.
5. Accesorios: Cada guardia de seguridad deberá portar en su turno al menos con un (01) cantidad de cada accesorio:
Ejemplos:
tonfa (cachiporra),
picanas, gas pimienta, silbatos, linternas de mano, (de luz blanca, con tecnología alógenas o led), instalación de detectores de metales, espejos para inspección inferior de vehículos, etc.
La Empresa Contratada deberá proveer a su personal de:
Los útiles de escritorio, tales como cuadernos, lapiceros, tablillas, marcadores, libros de apuntes y otros necesarios para el servicio, deberán ser proporcionados por el proveedor, sin costo alguno para los agentes de seguridad.
Uniforme y equipamiento
Los requerimientos en cuanto a implementos de seguridad serán los siguientes:
- Carné Identificatorio: el personal asignado para la prestación del servicio deberá portar, en todo momento, el carné identificatorio otorgado por la empresa, el cual es de portación obligatoria.
- Armas: Cada guardia deberá portar en su turno un Arma de Fuego de uso civil, con proyectiles para la recarga en caso de necesidad, a ser provistas por la empresa. El arsenal del oferente deberá estar compuesto de la siguiente manera: el 75%, calibre 38 y el resto calibre 12 y 22 en buenas condiciones de uso. El Proveedor bajo su responsabilidad dará cumplimiento estricto a la Ley N°4.036/10 De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines y todas las legislaciones vigentes relacionadas a armas, licencias, etc. Conforme a la mencionada legislación, el Agente de seguridad que porte arma de fuego deberá llevar consigo: a) Credencial de identificación vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece. b) Copia del permiso de tenencia del arma de fuego otorgado a la empresa a la cual pertenece para uso de su personal, autenticada por escribano y notario público. c) Parar los servicios de guardaespaldas, necesitara la autorización de portación de armas expedido por la autoridad pertinente (DIMABEL) y vigentes al momento de presentación de ofertas. La portación de armas de fuego se limitará exclusivamente al espacio geográfico privado de la Institución donde el vigilante desarrolle sus actividades laborales.
- Uniforme: Se exige que los agentes presten los servicios en condiciones óptimas de presencia, vestir el uniforme, y distintivos declarados ante el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas Privadas y Afines de la Policía Nacional.
La empresa prestadora deberá proveer a cada guardia al menos dos conjuntos completos del uniforme adecuado, incluyendo el calzado, sin costo alguno para el mismo, así como la credencial vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece, éste costo debe ser absorbido por la empresa.
- Sistemas de comunicación: Para la realización del servicio dentro de la Institución cada personal de guardia deberá contar con un sistema de comunicación con equipos de radio comunicación con permiso para operar frecuencia de radiocomunicación o contrato celebrado con concesionaria autorizada, al menos uno, (y en la medida de lo posible con audífonos a fin de que los mismos tengan la posibilidad de manos libres o para la utilización de las armas reglamentarias). Aparato tipo celular con saldo disponible, a los efectos de que los directivos puedan comunicarse en cualquier momento con el personal de turno. En estos casos la Empresa contratista dispondrá de planes corporativos de telefonía móvil asumiendo el costo de la comunicación por el uso con fines laborales de los teléfonos por los agentes (reporte de entrada y salida de guardia, emergencias, etc.) bajo ningún concepto el costo de las comunicaciones serán descontados a los agentes de seguridad. Atendiendo a que la Convocante es un Hospital Público que trabaja las 24 horas todos los días, se deberá instar todos los mecanismos necesarios para mantenerse siempre disponibles y con saldo para llamadas de urgencia, con el fin de que los directivos puedan comunicarse en cualquier momento y horario con el personal de turno las 24 horas. Asimismo, Los agentes, deberán contar con el equipo necesario que les permita comunicarse entre sí. La empresa prestadora deberá reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio.
Dispositivo de control de ronda para la vigilancia y el patrullaje del personal de guardia, que además será utilizado para la recolección de datos como la identificación del personal, ubicación geográfica en tiempo real, inicio/ fin de patrullaje y eventos de emergencia en tiempo real. No se aceptarán teléfonos celulares o smartphones como dispositivos de control de rondas, a efectos de evitar la distracción de guardias.
El dispositivo de control de ronda deberá cumplir mínimamente con los siguientes requisitos:
- Debe incorporar un módulo GSM/GPS/RFID en un solo dispositivo.
- Envío de eventos y ubicación geográfica a la central de monitoreo del oferente.
- Alerta por sabotaje, intento de apertura o apagado al sacar la batería.
- Tecnología A-GPS, para posibilitar su uso tanto en el exterior como en el interior.
- Debe incorporar un acelerómetro para el envío de alerta en tiempo real a la central de monitoreo del oferente y a un celular en caso de caer al piso o que lo tiren (Man Down o Hombre Caído)
- Poseer batería interna con duración mínima de 30 hs.
- Funciones de Geocerca (Perímetro), alarma automática si el usuario cruzara la frontera de la zona determinada. - Capacidad de memoria interna de 1.500 eventos o mayor.
- Posibilidad de recibir llamadas y realizar llamadas a números autorizados, altavoz y micrófono interno.
- Botón de pánico/emergencia con posibilidad de realizar llamadas y envío de SMS a un número autorizado. Además, debe ser visualizado como alerta en la central de monitoreo.
- Capacidad de realizar llamadas silenciosas.
* El OFERENTE deberá proporcionar un dispositivo de control de rondas por cada puesto de guardia, es decir un dispositivo por turno diurno/nocturno y correr con todos los gastos que impliquen costos de comunicación entre el dispositivo de control de rondas y el centro de monitoreo, bajo ningún concepto el costo de las comunicaciones será descontados a los Guardias de Seguridad.
* El oferente deberá estar avalado y autorizado directamente por el fabricante del equipo de Control de Rondas, para ofertar, instalar y realizar configuraciones. Para acreditar este requisito, deberá presentar una nota de autorización del fabricante, donde se designe al oferente para realizar la oferta, instalación y configuración de los equipos.
* Asimismo, la Empresa prestadora deberá contar con equipos de emergencia para reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio. Los agentes destacados en las instalaciones de la Entidad, deberán contar con el equipo necesario que les permita comunicarse entre sí.
5. Accesorios: Cada guardia de seguridad deberá portar en su turno al menos con un (01) cantidad de cada accesorio:
Ejemplos:
tonfa (cachiporra),picanas, gas pimienta, silbatos, linternas de mano, (de luz blanca, con tecnología alógenas o led), instalación de detectores de metales, espejos para inspección inferior de vehículos, etc.
La Empresa Contratada deberá proveer a su personal de:
Los útiles de escritorio, tales como cuadernos, lapiceros, tablillas, marcadores, libros de apuntes y otros necesarios para el servicio, deberán ser proporcionados por el proveedor, sin costo alguno para los agentes de seguridad.
Uniforme y equipamiento
Los requerimientos en cuanto a implementos de seguridad serán los siguientes:
- Carné Identificatorio: el personal asignado para la prestación del servicio deberá portar, en todo momento, el carné identificatorio otorgado por la empresa, el cual es de portación obligatoria.
- Armas: Cada guardia deberá portar en su turno un Arma de Fuego de uso civil, con proyectiles para la recarga en caso de necesidad, a ser provistas por la empresa. El arsenal del oferente deberá estar compuesto de la siguiente manera: el 75%, calibre 38 y el resto calibre 12 y 22 en buenas condiciones de uso. El Proveedor bajo su responsabilidad dará cumplimiento estricto a la Ley N°4.036/10 De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines y todas las legislaciones vigentes relacionadas a armas, licencias, etc. Conforme a la mencionada legislación, el Agente de seguridad que porte arma de fuego deberá llevar consigo: a) Credencial de identificación vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece. b) Copia del permiso de tenencia del arma de fuego otorgado a la empresa a la cual pertenece para uso de su personal, autenticada por escribano y notario público. c) Parar los servicios de guardaespaldas, necesitara la autorización de portación de armas expedido por la autoridad pertinente (DIMABEL) y vigentes al momento de presentación de ofertas. La portación de armas de fuego se limitará exclusivamente al espacio geográfico privado de la Institución donde el vigilante desarrolle sus actividades laborales.
- Uniforme: Se exige que los agentes presten los servicios en condiciones óptimas de presencia, vestir el uniforme, y distintivos declarados ante el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas Privadas y Afines de la Policía Nacional.
La empresa prestadora deberá proveer a cada guardia al menos dos conjuntos completos del uniforme adecuado, incluyendo el calzado, sin costo alguno para el mismo, así como la credencial vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece, éste costo debe ser absorbido por la empresa.
- Sistemas de comunicación: Para la realización del servicio dentro de la Institución cada personal de guardia deberá contar con un sistema de comunicación con equipos de radio comunicación con permiso para operar frecuencia de radiocomunicación o contrato celebrado con concesionaria autorizada, al menos uno, (y en la medida de lo posible con audífonos a fin de que los mismos tengan la posibilidad de manos libres o para la utilización de las armas reglamentarias). Aparato tipo celular con saldo disponible, a los efectos de que los directivos puedan comunicarse en cualquier momento con el personal de turno. En estos casos la Empresa contratista dispondrá de planes corporativos de telefonía móvil asumiendo el costo de la comunicación por el uso con fines laborales de los teléfonos por los agentes (reporte de entrada y salida de guardia, emergencias, etc.) bajo ningún concepto el costo de las comunicaciones serán descontados a los agentes de seguridad. Atendiendo a que la Convocante es un Hospital Público que trabaja las 24 horas todos los días, se deberá instar todos los mecanismos necesarios para mantenerse siempre disponibles y con saldo para llamadas de urgencia, con el fin de que los directivos puedan comunicarse en cualquier momento y horario con el personal de turno las 24 horas. Asimismo, Los agentes, deberán contar con el equipo necesario que les permita comunicarse entre sí. La empresa prestadora deberá reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio.
5. Accesorios: Cada guardia de seguridad deberá portar en su turno al menos con un (01) cantidad de cada accesorio:Ejemplos:tonfa (cachiporra),picanas, gas pimienta, silbatos, linternas de mano, (de luz blanca, con tecnología alógenas o led), instalación de detectores de metales, espejos para inspección inferior de vehículos, etc.La Empresa Contratada deberá proveer a su personal de:Los útiles de escritorio, tales como cuadernos, lapiceros, tablillas, marcadores, libros de apuntes y otros necesarios para el servicio, deberán ser proporcionados por el proveedor, sin costo alguno para los agentes de seguridad.
Dispositivo de control de ronda para la vigilancia y el patrullaje del personal de guardia, que además será utilizado para la recolección de datos como la identificación del personal, ubicación geográfica en tiempo real, inicio/ fin de patrullaje y eventos de emergencia en tiempo real. No se aceptarán teléfonos celulares o smartphones como dispositivos de control de rondas, a efectos de evitar la distracción de guardias.
El dispositivo de control de ronda deberá cumplir mínimamente con los siguientes requisitos:
- Debe incorporar un módulo GSM/GPS/RFID en un solo dispositivo.
- Envío de eventos y ubicación geográfica a la central de monitoreo del oferente.
- Alerta por sabotaje, intento de apertura o apagado al sacar la batería.
- Tecnología A-GPS, para posibilitar su uso tanto en el exterior como en el interior.
- Debe incorporar un acelerómetro para el envío de alerta en tiempo real a la central de monitoreo del oferente y a un celular en caso de caer al piso o que lo tiren (Man Down o Hombre Caído)
- Poseer batería interna con duración mínima de 30 hs.
- Funciones de Geocerca (Perímetro), alarma automática si el usuario cruzara la frontera de la zona determinada. - Capacidad de memoria interna de 1.500 eventos o mayor.
- Posibilidad de recibir llamadas y realizar llamadas a números autorizados, altavoz y micrófono interno.
- Botón de pánico/emergencia con posibilidad de realizar llamadas y envío de SMS a un número autorizado. Además, debe ser visualizado como alerta en la central de monitoreo.
- Capacidad de realizar llamadas silenciosas.
* El OFERENTE deberá proporcionar un dispositivo de control de rondas por cada puesto de guardia, es decir un dispositivo por turno diurno/nocturno y correr con todos los gastos que impliquen costos de comunicación entre el dispositivo de control de rondas y el centro de monitoreo, bajo ningún concepto el costo de las comunicaciones será descontados a los Guardias de Seguridad.
* El oferente deberá estar avalado y autorizado directamente por el fabricante del equipo de Control de Rondas, para ofertar, instalar y realizar configuraciones. Para acreditar este requisito, deberá presentar una nota de autorización del fabricante, donde se designe al oferente para realizar la oferta, instalación y configuración de los equipos.
* Asimismo, la Empresa prestadora deberá contar con equipos de emergencia para reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio. Los agentes destacados en las instalaciones de la Entidad, deberán contar con el equipo necesario que les permita comunicarse entre sí.
5. Accesorios: Cada guardia de seguridad deberá portar en su turno al menos con un (01) cantidad de cada accesorio:
Ejemplos:
tonfa (cachiporra),picanas, gas pimienta, silbatos, linternas de mano, (de luz blanca, con tecnología alógenas o led), instalación de detectores de metales, espejos para inspección inferior de vehículos, etc.
La Empresa Contratada deberá proveer a su personal de:
Los útiles de escritorio, tales como cuadernos, lapiceros, tablillas, marcadores, libros de apuntes y otros necesarios para el servicio, deberán ser proporcionados por el proveedor, sin costo alguno para los agentes de seguridad.