Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Subcontratación
El porcentaje permitido para la subcontratación será de:
La subcontratación del contrato deberá ser realizada conforme a las disposiciones contenidas en la Ley, el Decreto Reglamentario y la reglamentación que emita para el efecto la DNCP.
Subcontratación
El porcentaje permitido para la subcontratación será de:
Hasta 50% (cincuenta por ciento)
- El proveedor que resultare adjudicado podrá subcontratar a empresas con base en los lotes adjudicados, conforme a los parámetros establecidos en la Ley 7021/22. Deberá informar a la contratante previamente al inicio de la provisión de los servicios adjuntando el contrato suscripto entre las partes y las documentaciones que establezcan el cumplimiento de los requisitos y capacidades técnicas establecidas según la modalidad y servicio a ser proveída.
- Todas las empresas subcontratas deberán cumplir con los requisitos y capacidades técnicas según la modalidad y servicio por la cual fueron subcontratadas.
- En caso de modificación de la empresa subcontratada, el proveedor adjudicado deberá contar con la aprobación de la entidad convocante y esta a su vez deberá comunicar a la DNCP a los efectos de su publicación a través del portal público de contrataciones públicas.
La subcontratación del contrato deberá ser realizada conforme a las disposiciones contenidas en la Ley, el Decreto Reglamentario y la reglamentación que emita para el efecto la DNCP.
Subcontratación
El porcentaje permitido para la subcontratación será de:
Hasta 50% (cincuenta por ciento)
- El proveedor que resultare adjudicado podrá subcontratar a empresas con base en los lotes adjudicados, conforme a los parámetros establecidos en la Ley 7021/22. Deberá informar a la contratante previamente al inicio de la provisión de los servicios adjuntando el contrato suscripto entre las partes y las documentaciones que establezcan el cumplimiento de los requisitos y capacidades técnicas establecidas según la modalidad y servicio a ser proveída.
- Todas las empresas subcontratas deberán cumplir con los requisitos y capacidades técnicas según la modalidad y servicio por la cual fueron subcontratadas.
- En caso de modificación de la empresa subcontratada, el proveedor adjudicado deberá contar con la aprobación de la entidad convocante y esta a su vez deberá comunicar a la DNCP a los efectos de su publicación a través del portal público de contrataciones públicas.
La subcontratación del contrato deberá ser realizada conforme a las disposiciones contenidas en la Ley, el Decreto Reglamentario y la reglamentación que emita para el efecto la DNCP.
Formas y condiciones de pago
Las formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
1. Documentos Genéricos:
- Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
- La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
- REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
- Certificado de Cumplimiento Tributario;
- Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
- Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).
2. Documentos Específicos a la presente convocatoria:
-
Documentos específicos a la presente convocatoria:
- Copias legibles de las facturas expedidas por los productores, o autofacturas en su caso, que instrumenten la transacción entre el proveedor y el productor, salvo que en dicho periodo no se haya realizado transacción alguna con los productores. Sin embargo, para la finalización del contrato el proveedor deberá demostrar haber cumplido con el porcentaje comprometido.
- Actas de recepción de los platos servidos, debidamente firmadas por el Director o responsable designado por el mismo.
- El reporte de la carga de la nómina del personal en el FIP, asignado a los servicios contratados o la actualización en su caso.
- La declaración jurada del salario expedida por el Instituto de Previsión Social a fin de corroborar el cumplimiento efectivo de las cargas sociales.
- El extracto de las acreditaciones de pago de salarios al personal asignado, realizadas a través de Red Bancaria.
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
[A plazos].
3. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
4. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
Formas y condiciones de pago
Las formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
1. Documentos Genéricos:
- Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
- La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
- REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
- Certificado de Cumplimiento Tributario;
- Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
- Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).
2. Documentos Específicos a la presente convocatoria:
-
Documentos específicos a la presente convocatoria:
- Copias legibles de las facturas expedidas por los productores, o autofacturas en su caso, que instrumenten la transacción entre el proveedor y el productor, salvo que en dicho periodo no se haya realizado transacción alguna con los productores. Sin embargo, para la finalización del contrato el proveedor deberá demostrar haber cumplido con el porcentaje comprometido.
- Actas de recepción de los platos servidos, debidamente firmadas por el Director o responsable designado por el mismo.
- El reporte de la carga de la nómina del personal en el FIP, asignado a los servicios contratados o la actualización en su caso.
- La declaración jurada del salario expedida por el Instituto de Previsión Social a fin de corroborar el cumplimiento efectivo de las cargas sociales.
- El extracto de las acreditaciones de pago de salarios al personal asignado, realizadas a través de Red Bancaria.
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
[A plazos].
Consideraciones presupuestarias: [Plurianual 2024 - 2027].
Los pagos correspondientes a los Ejercicios Fiscales 2.024 - 2.025 - 2.026 y 2.027 quedaran supeditadas a la aprobación de la partida presupuestaria correspondiente.
3. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
4. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
Formas y condiciones de pago
Las formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
1. Documentos Genéricos:
- Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
- La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
- REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
- Certificado de Cumplimiento Tributario;
- Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
- Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).
2. Documentos Específicos a la presente convocatoria:
-
Documentos específicos a la presente convocatoria:
- Copias legibles de las facturas expedidas por los productores, o autofacturas en su caso, que instrumenten la transacción entre el proveedor y el productor, salvo que en dicho periodo no se haya realizado transacción alguna con los productores. Sin embargo, para la finalización del contrato el proveedor deberá demostrar haber cumplido con el porcentaje comprometido.
- Actas de recepción de los platos servidos, debidamente firmadas por el Director o responsable designado por el mismo.
- El reporte de la carga de la nómina del personal en el FIP, asignado a los servicios contratados o la actualización en su caso.
- La declaración jurada del salario expedida por el Instituto de Previsión Social a fin de corroborar el cumplimiento efectivo de las cargas sociales.
- El extracto de las acreditaciones de pago de salarios al personal asignado, realizadas a través de Red Bancaria.
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
[A plazos].
Consideraciones presupuestarias: [Plurianual 2024 - 2027].
Los pagos correspondientes a los Ejercicios Fiscales 2.024 - 2.025 - 2.026 y 2.027 quedaran supeditadas a la aprobación de la partida presupuestaria correspondiente.
3. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
4. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).