Solicitamos a la Convocante puedan facilitarnos las planillas de cantidades del proyecto con el fin de unificar los criterios para la cotización de las ofertas, a modo de utilizarlos como referencia y también de esta manera que todos los oferentes puedan cotizar en las mismas condiciones. Rogamos tener en cuenta este pedido.
Solicitamos a la Convocante puedan facilitarnos las planillas de cantidades del proyecto con el fin de unificar los criterios para la cotización de las ofertas, a modo de utilizarlos como referencia y también de esta manera que todos los oferentes puedan cotizar en las mismas condiciones. Rogamos tener en cuenta este pedido.
Cada oferente deberá presentar sus respectivas ofertas económicas de acuerdo a su propuesta técnica, cubriendo todas las actividades y componentes del Diseño más Construcción, que garanticen efectiva ejecución de las obras.
182
Acuerdo de intención - facultad del firmante de la oferta
Cuando el acuerdo de intención se haya instrumentado por escritura pública, es suficiente para acreditar la facultad del FIRMANTE DE LA OFERTA una cláusula especial - en dicho acuerdo - en la que se le otorgue la facultad de comprometer al oferente (consorcio) firmando la oferta. Es correcto el entendimiento?
25-09-2024
03-10-2024
Acuerdo de intención - facultad del firmante de la oferta
Cuando el acuerdo de intención se haya instrumentado por escritura pública, es suficiente para acreditar la facultad del FIRMANTE DE LA OFERTA una cláusula especial - en dicho acuerdo - en la que se le otorgue la facultad de comprometer al oferente (consorcio) firmando la oferta. Es correcto el entendimiento?
Efectivamente es así, siempre y cuando que el firmante esté debidamente autorizado por el / los representantes acreditados para tal acto administrativo legal.
184
Solicitud de prorroga
Se solicita una prórroga en el plazo de presentación de la licitación ya que, hasta la fecha, aún no hemos recibido respuesta a las consultas realizadas, lo cual dificulta la elaboración de un anteproyecto que cumpla con las mejores especificaciones técnicas y económicas
Se solicita una prórroga en el plazo de presentación de la licitación ya que, hasta la fecha, aún no hemos recibido respuesta a las consultas realizadas, lo cual dificulta la elaboración de un anteproyecto que cumpla con las mejores especificaciones técnicas y económicas
Le informamos que ya ha sido emitida una prórroga para la presentación de ofertas para el 08 de octubre, 2024, la cual fue debidamente comunicada mediante el SICP
185
Personal requerido - ESPECIALISTA SOCIAL
Atendiendo que el requisito establece: Deberá ser Sociólogo, Trabajador Social u otro afín; con experiencia en proyectos de desarrollo social. Se consulta a la Convocante ¿Podría considerarse como afín, a un profesional Abogado?
Atendiendo que el requisito establece: Deberá ser Sociólogo, Trabajador Social u otro afín; con experiencia en proyectos de desarrollo social. Se consulta a la Convocante ¿Podría considerarse como afín, a un profesional Abogado?
Se considera que un Abogado profesional podría ser aceptado bajo la categoría de "afín", siempre y cuando cumpla con los requisitos de experiencia establecidos en el PBC.
186
Criterios de Evaluación y Calificación - Personal Clave
En el ítem 3. Personal Clave de la sección III – Criterios de Evaluación y Calificación; define que el Director de Proyecto debe presentar al menos DOS – 2 – Contratos FIDIC (en cualquiera de sus modalidades) como requisito de Experiencia Profesional Específica, ante esto consultamos, si podrían aclarar y definir formalmente cuál es la justificación técnica para establecer un requisito que en el Paraguay no es aplicado y el cual se contrapone con lo dispuesto en la Ley 2051/03; CAPÍTULO SEGUNDO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA; Artículo 20.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA; numeral W, donde establece claramente que la convocante se abstendrá de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley.
25-09-2024
03-10-2024
Criterios de Evaluación y Calificación - Personal Clave
En el ítem 3. Personal Clave de la sección III – Criterios de Evaluación y Calificación; define que el Director de Proyecto debe presentar al menos DOS – 2 – Contratos FIDIC (en cualquiera de sus modalidades) como requisito de Experiencia Profesional Específica, ante esto consultamos, si podrían aclarar y definir formalmente cuál es la justificación técnica para establecer un requisito que en el Paraguay no es aplicado y el cual se contrapone con lo dispuesto en la Ley 2051/03; CAPÍTULO SEGUNDO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA; Artículo 20.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA; numeral W, donde establece claramente que la convocante se abstendrá de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley.
Esta disposición por la cual ampara su consulta fue sustituida por la Ley 7021/22, sin embargo en el marco del Proyecto que rige a esta licitación en particular, les comunicamos que el Convenio de Préstamo, determina implementar los procedimientos establecidos en las políticas para la Adquisición de bienes y obras Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-15, lo cual nos conduce a implementar documentos estándares de adquisiciones para estas características de contrataciones.
187
Experiencia Profesional Específica para el Director de Proyecto
En la sección III – Criterios de Evaluación y Calificación; ítem 3. Personal Clave, donde se definen los perfiles claves mínimos requeridos, en el cual para los Requerimientos de Experiencia en el numeral b.) Experiencia Profesional Específica para el Director de Proyecto; solicitan al menos DOS – 2 – Contratos FIDIC (en cualquiera de sus modalidades), ante esto, consultamos la posibilidad de eliminar este requerimiento de experiencia profesional, atendiendo a que el mismo es de carácter limitante ya que no resulta técnicamente indispensable y solo limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas con la capacidad de atender el presente llamado, en el cual la Convocante debe abstenerse de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación acorde a lo dispuesto en el numeral W; Artículo 20.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA; CAPÍTULO SEGUNDO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA; Ley 2051/03.
25-09-2024
03-10-2024
Experiencia Profesional Específica para el Director de Proyecto
En la sección III – Criterios de Evaluación y Calificación; ítem 3. Personal Clave, donde se definen los perfiles claves mínimos requeridos, en el cual para los Requerimientos de Experiencia en el numeral b.) Experiencia Profesional Específica para el Director de Proyecto; solicitan al menos DOS – 2 – Contratos FIDIC (en cualquiera de sus modalidades), ante esto, consultamos la posibilidad de eliminar este requerimiento de experiencia profesional, atendiendo a que el mismo es de carácter limitante ya que no resulta técnicamente indispensable y solo limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas con la capacidad de atender el presente llamado, en el cual la Convocante debe abstenerse de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación acorde a lo dispuesto en el numeral W; Artículo 20.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA; CAPÍTULO SEGUNDO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA; Ley 2051/03.
Esta disposición por la cual ampara su consulta fue sustituida por la Ley 7021/22, sin embargo en el marco del Proyecto que rige a esta licitación en particular, les comunicamos que el Convenio de Préstamo, determina implementar los procedimientos establecidos en las políticas para la Adquisición de bienes y obras Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-15, lo cual nos conduce a implementar documentos estándares de adquisiciones para estas características de contrataciones.
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Aclaración sobre requerimiento de Experiencia Profesional Especifica
En el ítem 3. Personal Clave de la sección III – Criterios de Evaluación y Calificación; define que el Director de Proyecto debe presentar al menos DOS – 2 – Contratos FIDIC (en cualquiera de sus modalidades) como requisito de Experiencia Profesional Específica, ante esto consultamos, si podrían aclarar y definir formalmente cuál es la justificación técnica para establecer un requisito que en el Paraguay no es aplicado y el cual se contrapone con lo dispuesto en la Ley 7021/22; Artículo 45.- Pliegos de Bases y Condiciones; ultimo párrafo, donde establece claramente que la convocante se abstendrá de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley.
26-09-2024
16-10-2024
Aclaración sobre requerimiento de Experiencia Profesional Especifica
En el ítem 3. Personal Clave de la sección III – Criterios de Evaluación y Calificación; define que el Director de Proyecto debe presentar al menos DOS – 2 – Contratos FIDIC (en cualquiera de sus modalidades) como requisito de Experiencia Profesional Específica, ante esto consultamos, si podrían aclarar y definir formalmente cuál es la justificación técnica para establecer un requisito que en el Paraguay no es aplicado y el cual se contrapone con lo dispuesto en la Ley 7021/22; Artículo 45.- Pliegos de Bases y Condiciones; ultimo párrafo, donde establece claramente que la convocante se abstendrá de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley.
Como una información general a los interesados a esta convocatoria en particular u otros procesos en general en el marco de este Proyecto, les comunicamos que el Convenio de Préstamo, determina implementar los procedimientos establecidos en las políticas para Selección y Contratación de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-15, lo cual nos conduce a implementar documentos estándares de adquisiciones para estas características de contrataciones. Adicionalmente favor remitirse a la Adenda N° 5.
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Experiencia Profesional Especifica de Personal Clave
En la sección III – Criterios de Evaluación y Calificación; ítem 3. Personal Clave, donde se definen los perfiles claves mínimos requeridos, en el cual para los Requerimientos de Experiencia en el numeral b.) Experiencia Profesional Específica para el Director de Proyecto; solicitan al menos DOS – 2 – Contratos FIDIC (en cualquiera de sus modalidades), ante esto, consultamos la posibilidad de eliminar este requerimiento de experiencia profesional, atendiendo a que el mismo es de carácter limitante ya que no resulta técnicamente indispensable y solo limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas con la capacidad de atender el presente llamado, en el cual la Convocante debe abstenerse de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación acorde a lo dispuesto en la Ley 7021/22; Artículo 45.- Pliegos de Bases y Condiciones; último párrafo.
26-09-2024
16-10-2024
Experiencia Profesional Especifica de Personal Clave
En la sección III – Criterios de Evaluación y Calificación; ítem 3. Personal Clave, donde se definen los perfiles claves mínimos requeridos, en el cual para los Requerimientos de Experiencia en el numeral b.) Experiencia Profesional Específica para el Director de Proyecto; solicitan al menos DOS – 2 – Contratos FIDIC (en cualquiera de sus modalidades), ante esto, consultamos la posibilidad de eliminar este requerimiento de experiencia profesional, atendiendo a que el mismo es de carácter limitante ya que no resulta técnicamente indispensable y solo limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas con la capacidad de atender el presente llamado, en el cual la Convocante debe abstenerse de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación acorde a lo dispuesto en la Ley 7021/22; Artículo 45.- Pliegos de Bases y Condiciones; último párrafo.
Como una información general a los interesados a esta convocatoria en particular u otros procesos en general en el marco de este Proyecto, les comunicamos que el Convenio de Préstamo, determina implementar los procedimientos establecidos en las políticas para Selección y Contratación de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-15, lo cual nos conduce a implementar documentos estándares de adquisiciones para estas características de contrataciones. Adicionalmente favor remitirse a la Adenda N° 5.
190
GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
En el PBC IAO 20.8 dice "Si APCA no se hubiera constituido formalmente como entidad jurídica al momento de presentar la Oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se emitirán a nombre de todos los futuros miembros que figuren en la carta de intención mencionada en la IAO 12.5" sin embargo, la respuesta dada por la Convocante a la consulta 45, se menciona que ésta debe estar a nombre del líder. Entendemos que se debería emitir una adenda para que modifique la cláusula mencionada ya que el pliego determina las condiciones y no así una aclaratoria. Favor confirmar.
En el PBC IAO 20.8 dice "Si APCA no se hubiera constituido formalmente como entidad jurídica al momento de presentar la Oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se emitirán a nombre de todos los futuros miembros que figuren en la carta de intención mencionada en la IAO 12.5" sin embargo, la respuesta dada por la Convocante a la consulta 45, se menciona que ésta debe estar a nombre del líder. Entendemos que se debería emitir una adenda para que modifique la cláusula mencionada ya que el pliego determina las condiciones y no así una aclaratoria. Favor confirmar.
Se rectifica lo informado. Efectivamente se aplica lo establecido en la IAO 20.8 , La garantía emitida como documento válido para el mantenimiento de oferta, deberá ser emitida a nombre del consorcio o APCA . En caso que el consorcio se encuentre en formación , deberá ser emitida a nombre de todos los miembros de dicha asociación en formación, comprometiéndose mancomunadamente en la presentación de la oferta y en las condiciones previstas en el PBC .
191
4.2 (a) Experiencia especifica en diseño de obras similares
Consultamos si los contratos deben estar terminados con Recepción Provisoria o Definitiva. Favor aclarar.
27-09-2024
16-10-2024
4.2 (a) Experiencia especifica en diseño de obras similares