Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N° 01
Señores
OFERENTES
Presente
La Unidad Operativa de Contrataciones de la Municipalidad de Itá, de conformidad al Art 48 de la Ley 7021/22 procede a efectuar Modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones.
MODIFICACIÓN:
Modifiquese en el PBC, en la Sección Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación, Apartado Experiencia específica en obras
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Experiencia específica en obras
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/453530-construccion-empedrado-zonas-ciudad-ita-construccion-cuneta-pbc-cnia-piedras/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N° 01
Señores
OFERENTES
Presente
La Unidad Operativa de Contrataciones de la Municipalidad de Itá, de conformidad al Art 48 de la Ley 7021/22 procede a efectuar Modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones.
MODIFICACIÓN:
Modifiquese en el PBC, en la Sección Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación, Apartado Experiencia específica en obras
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Experiencia específica en obras
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/453530-construccion-empedrado-zonas-ciudad-ita-construccion-cuneta-pbc-cnia-piedras/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.