Capacidad Técnica - Punto 7- 1.4. Para fármacos Inmunosupresores
Respecto a los estudios de bioequivalencia y de acuerdo a la interpretación, es válido el emitido por cualquiera de los países que integran el Mercosur, es correcto?
13-01-2025
26-02-2025
Capacidad Técnica - Punto 7- 1.4. Para fármacos Inmunosupresores
Respecto a los estudios de bioequivalencia y de acuerdo a la interpretación, es válido el emitido por cualquiera de los países que integran el Mercosur, es correcto?
Se aclara que en el PBC no se establece el país que debe emitir dicho estudio, por lo que el Oferente deberá ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
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ABASTECIMIENTO SIMULTANEO
Solicitamos considerare establecer el sistema de ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO al menos en el ítem 10 "Enzalutamida", con el reducir las posibilidades de desabastecimiento del producto recayendo la provisión en un solo proveedor. Es necesario recordar que este sistema ha ayudado a la entidad a mantener una provisión continua en ocasiones anteriores.
Solicitamos considerare establecer el sistema de ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO al menos en el ítem 10 "Enzalutamida", con el reducir las posibilidades de desabastecimiento del producto recayendo la provisión en un solo proveedor. Es necesario recordar que este sistema ha ayudado a la entidad a mantener una provisión continua en ocasiones anteriores.
El Oferente deberá ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Última Versión.
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Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
1.3.Para fármacos inhibidores de la tirosina quinasa y terapias dirigidas a blancos moleculares.
Punto b-:...Los productos farmacéuticos multifuente (según definición OMS) deberán presentar sus estudios de demostración de equivalencia terapéutica con el producto de
referencia original.
Solicitamos a la convocante aceptar el CERTIFICADO DE BIOEQUIVALENCIA emitido por la DINAVISA en reemplazo del estudio de demostración de equivalencia terapéutica.
13-01-2025
26-02-2025
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
1.3.Para fármacos inhibidores de la tirosina quinasa y terapias dirigidas a blancos moleculares.
Punto b-:...Los productos farmacéuticos multifuente (según definición OMS) deberán presentar sus estudios de demostración de equivalencia terapéutica con el producto de
referencia original.
Solicitamos a la convocante aceptar el CERTIFICADO DE BIOEQUIVALENCIA emitido por la DINAVISA en reemplazo del estudio de demostración de equivalencia terapéutica.
El Oferente deberá ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Dice: Los documentos de los productos importados ofertados, deberán estar debidamente legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Paraguay o apostillados.
Se solicita a la convocante poder presentar en copias autenticadas por escribanía y poder presentar su correspondiente legalización/apostillado al momento de firmar el contrato en caso de ser adjudicado.
13-01-2025
26-02-2025
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Dice: Los documentos de los productos importados ofertados, deberán estar debidamente legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Paraguay o apostillados.
Se solicita a la convocante poder presentar en copias autenticadas por escribanía y poder presentar su correspondiente legalización/apostillado al momento de firmar el contrato en caso de ser adjudicado.
El Oferente deberá ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Precio referencial - Item 8
Se solicita a la convocante subir el precio referencial del producto solicitado en el item 8 - tacrolimus. El precio establecido se encuentra considerablemente por debajo del precio del mercado actual, estoy podría desembocar en un impedimento a la hora de ejecutar el contrato de provisión afectando a la misma entidad.
Se solicita a la convocante subir el precio referencial del producto solicitado en el item 8 - tacrolimus. El precio establecido se encuentra considerablemente por debajo del precio del mercado actual, estoy podría desembocar en un impedimento a la hora de ejecutar el contrato de provisión afectando a la misma entidad.
El Oferente deberá ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Última Versión.
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Abastecimiento simultaneo
Considerando las Convocatorias anteriores de la misma convocante se solicita modificar el Sistema de adjudicación a ABASTECIMIENTO SIMULTANEO. Dicha modificación solicitada se debe a que la convocante contará con más proveedores adjudicados lo que garantizara el stock permanente para satisfacer eficientemente la necesidad del producto.
Considerando las Convocatorias anteriores de la misma convocante se solicita modificar el Sistema de adjudicación a ABASTECIMIENTO SIMULTANEO. Dicha modificación solicitada se debe a que la convocante contará con más proveedores adjudicados lo que garantizara el stock permanente para satisfacer eficientemente la necesidad del producto.
El Oferente deberá ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Última Versión.
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COPIA DE LA OFERTA
"En la sección ´´Datos de la Convocatoria´´, específicamente en el apartado ´´Copia de la Oferta´´ (página 6 del Pliego de Bases y Condiciones), la Convocante estableció que no solicitará copia de la oferta. Quisiera confirmar si esta disposición es correcta?
"En la sección ´´Datos de la Convocatoria´´, específicamente en el apartado ´´Copia de la Oferta´´ (página 6 del Pliego de Bases y Condiciones), la Convocante estableció que no solicitará copia de la oferta. Quisiera confirmar si esta disposición es correcta?
El Oferente deberá remitirse al Pliego Última Versión.
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MUESTRAS
En la página 09 del PBC, apartado Muestras menciona lo siguiente:
"Con las muestras se verificarán si el producto ofertado corresponde al producto licitado en cuanto a especificaciones técnicas indicadas en la Sección III. Asimismo, serán verificados la presentación, marca, origen, procedencia y fabricante, los cuales deberán estar impresos en el embalaje primario, que deberá estar de acuerdo a los documentos obrantes DINAVISA y en el Formulario de la Lista de Precios. En caso de detectarse discrepancia entre la Planilla de Precios, Planilla de Muestras presentadas y Planilla de Datos Garantizados, prevalecerá la Planilla de Precios."
Proponemos que se acepte, además, muestras que se encuentren impresas y/o etiquetadas, ya que esta medida no limitaría la participación de potenciales oferentes y evitaría el direccionamiento hacia determinadas marcas.
Asimismo, recordamos que, según el principio de libre competencia consagrado en el artículo 4 de la Ley Nº 7021, se debe garantizar la igualdad de oportunidades para todos los participantes. Cabe destacar, por otro lado, que DINAVISA ya acepta productos que se encuentren impresos o etiquetados, lo que confirma el cumplimiento de los requisitos de seguridad, trazabilidad y normativa vigente.
Agradecemos la reconsideración de este requisito para promover una competencia más equitativa y eficiente.
En la página 09 del PBC, apartado Muestras menciona lo siguiente:
"Con las muestras se verificarán si el producto ofertado corresponde al producto licitado en cuanto a especificaciones técnicas indicadas en la Sección III. Asimismo, serán verificados la presentación, marca, origen, procedencia y fabricante, los cuales deberán estar impresos en el embalaje primario, que deberá estar de acuerdo a los documentos obrantes DINAVISA y en el Formulario de la Lista de Precios. En caso de detectarse discrepancia entre la Planilla de Precios, Planilla de Muestras presentadas y Planilla de Datos Garantizados, prevalecerá la Planilla de Precios."
Proponemos que se acepte, además, muestras que se encuentren impresas y/o etiquetadas, ya que esta medida no limitaría la participación de potenciales oferentes y evitaría el direccionamiento hacia determinadas marcas.
Asimismo, recordamos que, según el principio de libre competencia consagrado en el artículo 4 de la Ley Nº 7021, se debe garantizar la igualdad de oportunidades para todos los participantes. Cabe destacar, por otro lado, que DINAVISA ya acepta productos que se encuentren impresos o etiquetados, lo que confirma el cumplimiento de los requisitos de seguridad, trazabilidad y normativa vigente.
Agradecemos la reconsideración de este requisito para promover una competencia más equitativa y eficiente.
Se aclara que las muestras serán aceptadas tal cual como se encuentran aprobadas para su comercialización en el país por el ente regulador de la Republica de Paraguay. Por lo que no vemos en qué punto puede haber alguna transgresión de la Ley N° 7021. Se recuerda que existen normativas en cuanto a los requisitos mínimos para envases primarios y secundarios de medicamentos los cuales son aprobados por la DINAVISA. Según MERCOSUR/GMC/RES Nº 23/95 una de las normativas por la cual se rige el ente regulador para aprobar un producto para ser comercializado en el país. Además, se aclara que ningún requisito del apartado de muestra se requiere más de lo que establecen las normativas, por lo que el Oferente deberá ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.