ITEM 27 – Aguja Raquidea: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 27.500 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
ITEM 27 – Aguja Raquidea: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 27.500 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
Se procedió a la verificación del precio realizado en el Análisis de Precio de fecha 16 de setiembre del 2024 y que lo actuado en dicho análisis se encuentra acorde a lo establecido en la Resolución DNCP N° 454/24, como así también, a lo relacionado en el Art. 4 de la ley 7021/03, en la cual se establece los Principios de Economía, Eficacia y Eficiencia según los cuales las necesidades públicas deben ser satisfechas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria y que se encuentran respaldada en el Dictamen DOC N° 163/2024, se ratifican y mantienen iguales.
22
*-ITEM 28 – Sonda transpilorica
ITEM 28 – Sonda transpilorica: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 220.000 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
ITEM 28 – Sonda transpilorica: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 220.000 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
Se procedió a la verificación del precio realizado en el Análisis de Precio de fecha 16 de setiembre del 2024 y que lo actuado en dicho análisis se encuentra acorde a lo establecido en la Resolución DNCP N° 454/24, como así también, a lo relacionado en el Art. 4 de la ley 7021/03, en la cual se establece los Principios de Economía, Eficacia y Eficiencia según los cuales las necesidades públicas deben ser satisfechas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria y que se encuentran respaldada en el Dictamen DOC N° 163/2024, se ratifican y mantienen iguales.
23
*-ITEM 30 – Hilo para sutura poliglactina
ITEM 30 – Hilo para sutura poliglactina: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 16.500 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
ITEM 30 – Hilo para sutura poliglactina: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 16.500 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
Se procedió a la verificación del precio realizado en el Análisis de Precio de fecha 16 de setiembre del 2024 y que lo actuado en dicho análisis se encuentra acorde a lo establecido en la Resolución DNCP N° 454/24, como así también, a lo relacionado en el Art. 4 de la ley 7021/03, en la cual se establece los Principios de Economía, Eficacia y Eficiencia según los cuales las necesidades públicas deben ser satisfechas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria y que se encuentran respaldada en el Dictamen DOC N° 163/2024, se ratifican y mantienen iguales.
24
*-ITEM 31 – Hilo para sutura poliglactina:
ITEM 31 – Hilo para sutura poliglactina: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 16.500 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
ITEM 31 – Hilo para sutura poliglactina: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 16.500 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
Se procedió a la verificación del precio realizado en el Análisis de Precio de fecha 16 de setiembre del 2024 y que lo actuado en dicho análisis se encuentra acorde a lo establecido en la Resolución DNCP N° 454/24, como así también, a lo relacionado en el Art. 4 de la ley 7021/03, en la cual se establece los Principios de Economía, Eficacia y Eficiencia según los cuales las necesidades públicas deben ser satisfechas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria y que se encuentran respaldada en el Dictamen DOC N° 163/2024, se ratifican y mantienen iguales.
25
*-ITEM 32 – Hilo para sutura poliamida
ITEM 32 – Hilo para sutura poliamida: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 7.700 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
ITEM 32 – Hilo para sutura poliamida: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 7.700 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
Se procedió a la verificación del precio realizado en el Análisis de Precio de fecha 16 de setiembre del 2024 y que lo actuado en dicho análisis se encuentra acorde a lo establecido en la Resolución DNCP N° 454/24, como así también, a lo relacionado en el Art. 4 de la ley 7021/03, en la cual se establece los Principios de Economía, Eficacia y Eficiencia según los cuales las necesidades públicas deben ser satisfechas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria y que se encuentran respaldada en el Dictamen DOC N° 163/2024, se ratifican y mantienen iguales.
26
*-ITEM 34 – Filtro para Ventilador Pulmonar
ITEM 34 – Filtro para Ventilador Pulmonar: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 22.000 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
ITEM 34 – Filtro para Ventilador Pulmonar: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 22.000 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
Se procedió a la verificación del precio realizado en el Análisis de Precio de fecha 16 de setiembre del 2024 y que lo actuado en dicho análisis se encuentra acorde a lo establecido en la Resolución DNCP N° 454/24, como así también, a lo relacionado en el Art. 4 de la ley 7021/03, en la cual se establece los Principios de Economía, Eficacia y Eficiencia según los cuales las necesidades públicas deben ser satisfechas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria y que se encuentran respaldada en el Dictamen DOC N° 163/2024, se ratifican y mantienen iguales.
27
*-ITEM 37 – Bolsa de papel con indicador quimico
ITEM 37 – Bolsa de papel con indicador quimico: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 2.750 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
ITEM 37 – Bolsa de papel con indicador quimico: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 2.750 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
Se procedió a la verificación del precio realizado en el Análisis de Precio de fecha 16 de setiembre del 2024 y que lo actuado en dicho análisis se encuentra acorde a lo establecido en la Resolución DNCP N° 454/24, como así también, a lo relacionado en el Art. 4 de la ley 7021/03, en la cual se establece los Principios de Economía, Eficacia y Eficiencia según los cuales las necesidades públicas deben ser satisfechas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria y que se encuentran respaldada en el Dictamen DOC N° 163/2024, se ratifican y mantienen iguales.
28
*-ITEM 38 – Bolsa de papel con indicador quimico
ITEM 38 – Bolsa de papel con indicador quimico: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 880 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
ITEM 38 – Bolsa de papel con indicador quimico: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 880 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
Se procedió a la verificación del precio realizado en el Análisis de Precio de fecha 16 de setiembre del 2024 y que lo actuado en dicho análisis se encuentra acorde a lo establecido en la Resolución DNCP N° 454/24, como así también, a lo relacionado en el Art. 4 de la ley 7021/03, en la cual se establece los Principios de Economía, Eficacia y Eficiencia según los cuales las necesidades públicas deben ser satisfechas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria y que se encuentran respaldada en el Dictamen DOC N° 163/2024, se ratifican y mantienen iguales.
29
*-ITEM 39 – Llave de tres vias:
ITEM 39 – Llave de tres vias: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 1.950 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
ITEM 39 – Llave de tres vias: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 1.950 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
Se procedió a la verificación del precio realizado en el Análisis de Precio de fecha 16 de setiembre del 2024 y que lo actuado en dicho análisis se encuentra acorde a lo establecido en la Resolución DNCP N° 454/24, como así también, a lo relacionado en el Art. 4 de la ley 7021/03, en la cual se establece los Principios de Economía, Eficacia y Eficiencia según los cuales las necesidades públicas deben ser satisfechas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria y que se encuentran respaldada en el Dictamen DOC N° 163/2024, se ratifican y mantienen iguales.
30
*-ITEM 42 – Papel para Ecografo
ITEM 42 – Papel para Ecografo: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 135.000 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
ITEM 42 – Papel para Ecografo: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 135.000 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
Se procedió a la verificación del precio realizado en el Análisis de Precio de fecha 16 de setiembre del 2024 y que lo actuado en dicho análisis se encuentra acorde a lo establecido en la Resolución DNCP N° 454/24, como así también, a lo relacionado en el Art. 4 de la ley 7021/03, en la cual se establece los Principios de Economía, Eficacia y Eficiencia según los cuales las necesidades públicas deben ser satisfechas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria y que se encuentran respaldada en el Dictamen DOC N° 163/2024, se ratifican y mantienen iguales.