ITEM 43 – Sonda Vesical: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 8.800 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
ITEM 43 – Sonda Vesical: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 8.800 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
Se procedió a la verificación del precio realizado en el Análisis de Precio de fecha 16 de setiembre del 2024 y que lo actuado en dicho análisis se encuentra acorde a lo establecido en la Resolución DNCP N° 454/24, como así también, a lo relacionado en el Art. 4 de la ley 7021/03, en la cual se establece los Principios de Economía, Eficacia y Eficiencia según los cuales las necesidades públicas deben ser satisfechas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria y que se encuentran respaldada en el Dictamen DOC N° 163/2024, se ratifican y mantienen iguales.
32
*-ITEM 44 – Tubo endotraqueal:
ITEM 44 – Tubo endotraqueal: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 16.500 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
ITEM 44 – Tubo endotraqueal: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 16.500 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
Se procedió a la verificación del precio realizado en el Análisis de Precio de fecha 16 de setiembre del 2024 y que lo actuado en dicho análisis se encuentra acorde a lo establecido en la Resolución DNCP N° 454/24, como así también, a lo relacionado en el Art. 4 de la ley 7021/03, en la cual se establece los Principios de Economía, Eficacia y Eficiencia según los cuales las necesidades públicas deben ser satisfechas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria y que se encuentran respaldada en el Dictamen DOC N° 163/2024, se ratifican y mantienen iguales.
33
*-ITEM 48 – Colector / contenedor de orina
ITEM 48 – Colector / contenedor de orina: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 38.500 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
ITEM 48 – Colector / contenedor de orina: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 38.500 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
Se procedió a la verificación del precio realizado en el Análisis de Precio de fecha 16 de setiembre del 2024 y que lo actuado en dicho análisis se encuentra acorde a lo establecido en la Resolución DNCP N° 454/24, como así también, a lo relacionado en el Art. 4 de la ley 7021/03, en la cual se establece los Principios de Economía, Eficacia y Eficiencia según los cuales las necesidades públicas deben ser satisfechas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria y que se encuentran respaldada en el Dictamen DOC N° 163/2024, se ratifican y mantienen iguales.
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*-ITEM 50 – Venda enyesada:
ITEM 50 – Venda enyesada: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 16.500 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
ITEM 50 – Venda enyesada: Solicitamos a la convocante reajustar el precio unitario a Gs. 16.500 debido a que el precio referencial estipulado en el SICP no se ajusta al costo del producto en el mercado.
Se procedió a la verificación del precio realizado en el Análisis de Precio de fecha 16 de setiembre del 2024 y que lo actuado en dicho análisis se encuentra acorde a lo establecido en la Resolución DNCP N° 454/24, como así también, a lo relacionado en el Art. 4 de la ley 7021/03, en la cual se establece los Principios de Economía, Eficacia y Eficiencia según los cuales las necesidades públicas deben ser satisfechas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria y que se encuentran respaldada en el Dictamen DOC N° 163/2024, se ratifican y mantienen iguales.
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*-ITEM 4 – Aguja Raquidea:
ITEM 4 – Aguja Raquidea: Solicitamos amablemente a la convocante que la presentación de entrega sea modificada de modo que la aguja y el introductor se encuentren en envases individuales dentro de un mismo empaque con el fin de garantizar la esterilidad en la manipulación del producto cotizado.
ITEM 4 – Aguja Raquidea: Solicitamos amablemente a la convocante que la presentación de entrega sea modificada de modo que la aguja y el introductor se encuentren en envases individuales dentro de un mismo empaque con el fin de garantizar la esterilidad en la manipulación del producto cotizado.
ITEM 4 – Aguja Raquidea: Solicitamos amablemente a la convocante que la presentación de entrega sea modificada de modo que la aguja y el introductor se encuentren en envases individuales dentro de un mismo empaque con el fin de garantizar la esterilidad en la manipulación del producto cotizado.
Conforme a la LPN N° 02-2022 - ID 405762.
ITEM 4 – Aguja Raquidea: Solicitamos amablemente a la convocante que la presentación de entrega sea modificada de modo que la aguja y el introductor se encuentren en envases individuales dentro de un mismo empaque con el fin de garantizar la esterilidad en la manipulación del producto cotizado.
Conforme a la LPN N° 02-2022 - ID 405762.
Solicitamos a la convocante la revisión del precio referencial del ítem 4 “Aguja para anestesia raquídea” ya que difiere considerablemente del precio actual del mercado.
Solicitamos modificar a Gs. 60.000
Solicitamos a la convocante la revisión del precio referencial del ítem 4 “Aguja para anestesia raquídea” ya que difiere considerablemente del precio actual del mercado.
Solicitamos modificar a Gs. 60.000
Se procedió a la verificación del precio realizado en el Análisis de Precio de fecha 16 de setiembre del 2024 y que lo actuado en dicho análisis se encuentra acorde a lo establecido en la Resolución DNCP N° 454/24, como así también, a lo relacionado en el Art. 4 de la ley 7021/03, en la cual se establece los Principios de Economía, Eficacia y Eficiencia según los cuales las necesidades públicas deben ser satisfechas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria y que se encuentran respaldada en el Dictamen DOC N° 163/2024, se ratifican y mantienen iguales.
38
ITEM 19
DONDE DICE:Con capacidad de 13 litros. Cartón prensadso con bolsa colectora en su interior, de polietileno resistente, con simbolo universal de riesgo biológico en ambas caras. Descartable.
Consulta: Solicitamos respetuosamente a la convocante la aclaración de la solicitud es de cartones armados con bolsas en su interior o por partes para el armado posterior.
DONDE DICE:Con capacidad de 13 litros. Cartón prensadso con bolsa colectora en su interior, de polietileno resistente, con simbolo universal de riesgo biológico en ambas caras. Descartable.
Consulta: Solicitamos respetuosamente a la convocante la aclaración de la solicitud es de cartones armados con bolsas en su interior o por partes para el armado posterior.
El oferente ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
Se aclara que el Cartón prensado y la bolsa colectora son para armado posterior.
39
CAPACIDAD TECNICA
DONDE DICE: El oferente deberá presentar copia del Certificado de Registro Sanitario Vigente, emitido por Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria.
CONSULTA: Solicitamos respetuosamente a la convocante la aclaración de los insumos que solicitan con registro sanitario, ya que la mayoria de insumos de laboratorio no lo aplican, a no ser que esten compuestos de algun quimico o algun reactivo
DONDE DICE: El oferente deberá presentar copia del Certificado de Registro Sanitario Vigente, emitido por Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria.
CONSULTA: Solicitamos respetuosamente a la convocante la aclaración de los insumos que solicitan con registro sanitario, ya que la mayoria de insumos de laboratorio no lo aplican, a no ser que esten compuestos de algun quimico o algun reactivo
El oferente ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
Se aclara que en el llamado en cuestión no se visualiza producto de laboratorio.
40
Especificacion del Item 26
La especificación técnica establecida para el Ítem 26 refiere: Apósito protector de carboximetil celulosa. 15x 20 cm (+ - 2). Oclusivo. Esta es una especificación técnicamente innecesaria y que beneficia a unos pocos oferentes. Solicitamos que sea aceptados o se exprese en rangos de manera a que califiquen también el producto de 15x15cm
La especificación técnica establecida para el Ítem 26 refiere: Apósito protector de carboximetil celulosa. 15x 20 cm (+ - 2). Oclusivo. Esta es una especificación técnicamente innecesaria y que beneficia a unos pocos oferentes. Solicitamos que sea aceptados o se exprese en rangos de manera a que califiquen también el producto de 15x15cm
El oferente ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
Se aclara que las especificaciones técnicas son elaboradas de acuerdo a la necesidad de los Servicios.