Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación e inicio de la etapa competitiva, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N.° 1
SEÑORES
OFERENTES
PRESENTE:
El Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad a lo establecido en la Ley 7021/2022, procede a emitir la siguiente Adenda al Pliego de Bases y Condiciones de la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N.° 09/2024 SERVICIO DE INTERNET REDUNDANTE PARA EL MEF PLURIANUAL - ID N.° 446.678.
La presente enmienda, formará parte del Pliego de Bases y Condiciones y, por consiguiente, será de observación y aplicación obligatoria por parte de los oferentes.
ENMIENDA 1:
Dentro de la CAPACIDAD FINANCIERA, se realiza enmienda en el punto referido al Endeudamiento, quedando de la siguiente manera:
- CONTRIBUYENTES DE IRACIS: Deberán cumplir los siguientes parámetros:
Endeudamiento: pasivo total/activo total. No deberá ser mayor a 0,93 el promedio de los tres últimos años.
Los demás puntos, que no han sido mencionados en esta adenda, quedan invariables y vigentes.
Abog. Andrés Soria COORDINADOR COORDINACIÓN UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIÓN
|
Jorge Luis Vega Pineda DIRECTOR GENERAL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS |
Horacio Codas Gómez Nuñez
MÁXIMA AUTORIDAD INSTITUCIONAL
delegación según Res. MEF 99/2024
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación e inicio de la etapa competitiva, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N.° 1
SEÑORES
OFERENTES
PRESENTE:
El Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad a lo establecido en la Ley 7021/2022, procede a emitir la siguiente Adenda al Pliego de Bases y Condiciones de la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N.° 09/2024 SERVICIO DE INTERNET REDUNDANTE PARA EL MEF PLURIANUAL - ID N.° 446.678.
La presente enmienda, formará parte del Pliego de Bases y Condiciones y, por consiguiente, será de observación y aplicación obligatoria por parte de los oferentes.
ENMIENDA 1:
Dentro de la CAPACIDAD FINANCIERA, se realiza enmienda en el punto referido al Endeudamiento, quedando de la siguiente manera:
- CONTRIBUYENTES DE IRACIS: Deberán cumplir los siguientes parámetros:
Endeudamiento: pasivo total/activo total. No deberá ser mayor a 0,93 el promedio de los tres últimos años.
Los demás puntos, que no han sido mencionados en esta adenda, quedan invariables y vigentes.
Abog. Andrés Soria COORDINADOR COORDINACIÓN UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIÓN
| Jorge Luis Vega Pineda DIRECTOR GENERAL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS |
Horacio Codas Gómez Nuñez
MÁXIMA AUTORIDAD INSTITUCIONAL
delegación según Res. MEF 99/2024
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación e inicio de la etapa competitiva, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.