Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
- Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
- La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
- REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
- Certificado de Cumplimiento Tributario;
- Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
- Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS).
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
Los pagos se realizarán en guaraníes. El proveedor deberá presentar su solicitud de pago con los documentos citados en el listado de documentos genéricos, y el documento de nota de remisión es reemplazado por el informe, aprobado por el administrador del contrato, además deberán presentar el formulario FIP, por Mesa de Entrada de la DNCP u otro mecanismo que vaya a ser implementado por la Contratante, el cual será previa y debidamente comunicado por medio fehaciente (correo electrónico, nota u otros). En la solicitud de pedido se deberá indicar un contacto de comunicación, así como un número telefónico o celular y datos de la Cuenta Bancaria, en caso de contar con la misma, a fin de proceder al pago por vía de transferencia bancaria.
La factura deberá estar debidamente completada en todos sus campos, sin tachaduras ni enmiendas, asimismo deberá individualizar el nombre del llamado, el ID, la descripción, Número de Contrato, N° de informe. En caso de constatarse alguna deficiencia en la documentación presentada, la Coordinación de Recursos Administrativos reclamará al proveedor a través del correo electrónico (e mail) indicado en su oferta y el plazo para el pago será computado desde la presentación del último documento satisfactorio.
Los pagos se efectuarán en guaraníes, por TESORERÍA INSTITUCIONAL o por transferencia bancaria, dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la presentación de la documentación indicada más arriba, a satisfacción de la Coordinación de Recursos Administrativos. Los documentos legales deberán estar vigentes en la fecha de la presentación de la solicitud, y para el momento del pago. En el caso del vencimiento de los documentos, el pago estará sujeto a la presentación de la documentación vigente, dentro del plazo de la intimidación para presentación de documentos actualizados, realizada por la DNCP; en caso de incumplimiento a la intimación, se procederá a la devolución de su solicitud de pago.
De la factura presentada se retendrá el equivalente al 0,5% (cero punto cinco por ciento) sobre el importe de la misma, deducido los impuestos correspondientes, conforme a lo establecido en la legislación presupuestaria vigente.
Por tratarse de una contratación Plurianual, la partida presupuestaria correspondiente a los ejercicios fiscales 2025 y 2026 estarán sujetas a la aprobación de la Ley del Presupuesto General de la Nación correspondiente.
A partir del 20 de diciembre, el mes de Enero y la quincena de Febrero, al no contar con plan financiero, la presentación de facturas que corresponden a los efectos del pago, podrán presentarse en la segunda quincena del mes de Febrero, siempre y cuando la entidad cuente con las reglamentaciones presupuestarias.
Por lo tanto, en estas fechas no corresponde la aplicación de intereses a las facturas
Circular DAF Nº 02/2024
Se aclara que aquellas documentaciones que no cumplan con las condiciones establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones (PBCs) del llamado licitatorio, no serán validados por la Coordinación de Recursos Administrativos, para su presentación por Mesa de Entrada de la DNCP; asimismo, en caso de que se detectaré posteriormente alguna disconformidad o algún documento tenga vencimiento dentro del plazo previsto para el pago, éste quedará sujeto a la regularización del/los mismo/s, previa solicitud por la Coordinación de Recursos Financieros dependiente de la Dirección de Administración y Finanzas de la DNCP |
Item 1 - Servicio de Digitalización certificada de documentos por página |
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Producto Entregable |
Descripción |
Porcentaje sobre el valor total del Ítem |
|
|
20% |
1 (uno) |
|
10% |
2 (dos) |
|
10% |
3 (tres) |
|
10%
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4 (cuatro) |
|
10%
|
5 (cinco) |
|
10% |
6 (seis) |
|
10% |
7 (siete) |
|
10% |
8 (ocho) |
|
10% |
Total |
100% |
2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
- Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
- La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
- REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
- Certificado de Cumplimiento Tributario;
- Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
- Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS).
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
Los pagos se realizarán en guaraníes. El proveedor deberá presentar su solicitud de pago con los documentos citados en el listado de documentos genéricos, y el documento de nota de remisión es reemplazado por el informe, aprobado por el administrador del contrato, además deberán presentar el formulario FIP, por Mesa de Entrada de la DNCP u otro mecanismo que vaya a ser implementado por la Contratante, el cual será previa y debidamente comunicado por medio fehaciente (correo electrónico, nota u otros). En la solicitud de pedido se deberá indicar un contacto de comunicación, así como un número telefónico o celular y datos de la Cuenta Bancaria, en caso de contar con la misma, a fin de proceder al pago por vía de transferencia bancaria.
La factura deberá estar debidamente completada en todos sus campos, sin tachaduras ni enmiendas, asimismo deberá individualizar el nombre del llamado, el ID, la descripción, Número de Contrato, N° de informe. En caso de constatarse alguna deficiencia en la documentación presentada, la Coordinación de Recursos Administrativos reclamará al proveedor a través del correo electrónico (e mail) indicado en su oferta y el plazo para el pago será computado desde la presentación del último documento satisfactorio.
Los pagos se efectuarán en guaraníes, por TESORERÍA INSTITUCIONAL o por transferencia bancaria, dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la presentación de la documentación indicada más arriba, a satisfacción de la Coordinación de Recursos Administrativos. Los documentos legales deberán estar vigentes en la fecha de la presentación de la solicitud, y para el momento del pago. En el caso del vencimiento de los documentos, el pago estará sujeto a la presentación de la documentación vigente, dentro del plazo de la intimidación para presentación de documentos actualizados, realizada por la DNCP; en caso de incumplimiento a la intimación, se procederá a la devolución de su solicitud de pago.
De la factura presentada se retendrá el equivalente al 0,5% (cero punto cinco por ciento) sobre el importe de la misma, deducido los impuestos correspondientes, conforme a lo establecido en la legislación presupuestaria vigente.
Por tratarse de una contratación Plurianual, la partida presupuestaria correspondiente a los ejercicios fiscales 2025 y 2026 estarán sujetas a la aprobación de la Ley del Presupuesto General de la Nación correspondiente.
A partir del 20 de diciembre, el mes de Enero y la quincena de Febrero, al no contar con plan financiero, la presentación de facturas que corresponden a los efectos del pago, podrán presentarse en la segunda quincena del mes de Febrero, siempre y cuando la entidad cuente con las reglamentaciones presupuestarias.
Por lo tanto, en estas fechas no corresponde la aplicación de intereses a las facturas
Circular DAF Nº 02/2024
Se aclara que aquellas documentaciones que no cumplan con las condiciones establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones (PBCs) del llamado licitatorio, no serán validados por la Coordinación de Recursos Administrativos, para su presentación por Mesa de Entrada de la DNCP; asimismo, en caso de que se detectaré posteriormente alguna disconformidad o algún documento tenga vencimiento dentro del plazo previsto para el pago, éste quedará sujeto a la regularización del/los mismo/s, previa solicitud por la Coordinación de Recursos Financieros dependiente de la Dirección de Administración y Finanzas de la DNCP |
El saldo pendiente del pago, se abonara conforme al siguiente cronograma:
Item 1 - Servicio de Digitalización certificada de documentos por página |
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Producto Entregable |
Descripción |
Porcentaje sobre el valor total del Ítem |
|
|
15% |
1 (uno) |
|
12,5% |
2 (dos) |
|
12,5% |
3 (tres) |
|
12,5%
|
4 (cuatro) |
|
12,5%
|
5 (cinco) |
|
12,5% |
6 (seis) |
|
12,5% |
7 (siete) |
|
12,5% |
8 (ocho) |
|
12,5% |
Total |
100% |
2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
- Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
- La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
- REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
- Certificado de Cumplimiento Tributario;
- Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
- Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS).
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
Los pagos se realizarán en guaraníes. El proveedor deberá presentar su solicitud de pago con los documentos citados en el listado de documentos genéricos, y el documento de nota de remisión es reemplazado por el informe, aprobado por el administrador del contrato, además deberán presentar el formulario FIP, por Mesa de Entrada de la DNCP u otro mecanismo que vaya a ser implementado por la Contratante, el cual será previa y debidamente comunicado por medio fehaciente (correo electrónico, nota u otros). En la solicitud de pedido se deberá indicar un contacto de comunicación, así como un número telefónico o celular y datos de la Cuenta Bancaria, en caso de contar con la misma, a fin de proceder al pago por vía de transferencia bancaria.
La factura deberá estar debidamente completada en todos sus campos, sin tachaduras ni enmiendas, asimismo deberá individualizar el nombre del llamado, el ID, la descripción, Número de Contrato, N° de informe. En caso de constatarse alguna deficiencia en la documentación presentada, la Coordinación de Recursos Administrativos reclamará al proveedor a través del correo electrónico (e mail) indicado en su oferta y el plazo para el pago será computado desde la presentación del último documento satisfactorio.
Los pagos se efectuarán en guaraníes, por TESORERÍA INSTITUCIONAL o por transferencia bancaria, dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la presentación de la documentación indicada más arriba, a satisfacción de la Coordinación de Recursos Administrativos. Los documentos legales deberán estar vigentes en la fecha de la presentación de la solicitud, y para el momento del pago. En el caso del vencimiento de los documentos, el pago estará sujeto a la presentación de la documentación vigente, dentro del plazo de la intimidación para presentación de documentos actualizados, realizada por la DNCP; en caso de incumplimiento a la intimación, se procederá a la devolución de su solicitud de pago.
De la factura presentada se retendrá el equivalente al 0,5% (cero punto cinco por ciento) sobre el importe de la misma, deducido los impuestos correspondientes, conforme a lo establecido en la legislación presupuestaria vigente.
Por tratarse de una contratación Plurianual, la partida presupuestaria correspondiente a los ejercicios fiscales 2025 y 2026 estarán sujetas a la aprobación de la Ley del Presupuesto General de la Nación correspondiente.
A partir del 20 de diciembre, el mes de Enero y la quincena de Febrero, al no contar con plan financiero, la presentación de facturas que corresponden a los efectos del pago, podrán presentarse en la segunda quincena del mes de Febrero, siempre y cuando la entidad cuente con las reglamentaciones presupuestarias.
Por lo tanto, en estas fechas no corresponde la aplicación de intereses a las facturas
Circular DAF Nº 02/2024
Se aclara que aquellas documentaciones que no cumplan con las condiciones establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones (PBCs) del llamado licitatorio, no serán validados por la Coordinación de Recursos Administrativos, para su presentación por Mesa de Entrada de la DNCP; asimismo, en caso de que se detectaré posteriormente alguna disconformidad o algún documento tenga vencimiento dentro del plazo previsto para el pago, éste quedará sujeto a la regularización del/los mismo/s, previa solicitud por la Coordinación de Recursos Financieros dependiente de la Dirección de Administración y Finanzas de la DNCP |
El saldo pendiente del pago, se abonara conforme al siguiente cronograma:
Item 1 - Servicio de Digitalización certificada de documentos por página | ||
Producto Entregable | Descripción | Porcentaje sobre el valor total del Ítem |
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1 (uno) |
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2 (dos) |
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3 (tres) |
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4 (cuatro) |
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5 (cinco) |
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6 (seis) |
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7 (siete) |
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8 (ocho) |
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Total | 100% |
2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
Solicitud de Pago de Anticipo
El plazo dentro del cual se solicitará el anticipo será (en días corridos) de:
Contrato abierto |
15 % del monto del contrato |
|
|
||
Forma de Amortización: |
% máximo del pago de la Factura pendiente |
|
2,5% de cada factura se deducirá el mismo porcentaje del cobro del anticipo hasta la amortización total. |
||
Garantía del Anticipo: |
Póliza o Garantía Bancaria por 100% del monto del Anticipo |
|
Vigencia de la Garantía: |
Conforme a los plazos establecidos para la Garantía de Fiel Cumplimiento |
|
Documentos presentados con la solicitud |
- Nota de solicitud de pago - Plan de inversión, previamente aprobado por el administrador del contrato. - Póliza de anticipo - Certificado de cumplimiento con el IPS. - Certificado de cumplimiento tributario CCT - REPSE (registro de prestadores de servicios - Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS) |
|
Plazo de solicitud |
El pedido de pago deberá ser presentado en el plazo de 5 (cinco) días hábiles, contado desde el día siguiente de la firma del contrato, caso contrario, será rechazado el pedido.
|
|
Lugar de Presentación |
Mesa de Entrada de la DNCP, previa verificación documental por la coordinación de recursos administrativos de la DNCP, del cumplimiento de los requisitos. |
|
Plazo en que se abonará el anticipo |
20 (veinte) días hábiles posteriores de recepcionada la solicitud. |
|
|
|
|
Generalidades:
|
|
1. El anticipo es la suma de dinero que se entrega al proveedor, consultor o contratista destinada al financiamiento de los costos en que éste debe incurrir para iniciar la ejecución del objeto contractual. El mismo no constituye un pago por adelantado; debe estar amparado con una garantía correspondiente al cien por ciento de su valor y deberá ser amortizado durante la ejecución del contrato y durante la ejecución de contrato demostrar el debido uso. La Garantía de Anticipo deberá mantener su vigencia hasta su total amortización.
Los recursos entregados en calidad de anticipo no podrán destinarse a fines distintos a los relacionados con el objeto del contrato.
El proveedor, consultor o contratista que reciba pagos en concepto de anticipo estará obligado a informar a la contratante sobre el destino y la forma de aplicación del mismo, que en todos los casos estará relacionado al efectivo cumplimiento del contrato.
En caso de extensión de la Garantía de Anticipo, la misma deberá cubrir el saldo pendiente de amortización.
2. Si se establece en el SICP el otorgamiento de anticipos, no podrá superar en ningún caso el porcentaje establecido en la legislación vigente.
3. La solicitud de pago del anticipo deberá ser presentada por escrito, con la factura, el plan de inversiones y la Garantía de Anticipo.
4. El proveedor podrá remitir una comunicación por escrito a la contratante, en la cual informe que rechaza el anticipo previsto en el PBC. La falta de solicitud de anticipo en el plazo previsto en el PBC será considerada como un rechazo del mismo. En estos casos podrá darse inicio al cómputo de la ejecución contractual en las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.
5. El Pago del Anticipo debe ser total. En el caso que se realizare el pago de un porcentaje inferior al 100% del mismo, el proveedor podrá rechazarlo en el plazo de cinco (5) días hábiles mediante una nota de reclamo remitida a la Contratante. Transcurrido dicho plazo, se considerará que el Anticipo ha sido aceptado por el proveedor y podrá darse inicio al cronograma de ejecución contractual en las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.
6. En el caso de que el proveedor haya solicitado el anticipo en las condiciones establecidas en la presente clausula y la convocante no ha procedido al pago, el oferente no está obligado a iniciar la ejecución del contrato hasta tanto el pago se haya efectuado de forma total o de acuerdo a lo dispuesto en el punto 5.
7. La amortización del anticipo se realizará de acuerdo con lo establecido en el contrato, en la proporción que éste indique.
8. Para la ejecución de esta garantía, especialmente cuando sea instrumentada a través de Póliza de Seguro de caución, será requisito que previamente el proveedor sea notificado del incumplimiento y la intimación de que se hará efectiva la ejecución del monto asegurado.
9. A menos que se indique otra cosa en este apartado, la Garantía de Anticipo será liberada por la contratante y devuelta al proveedor, a requerimiento de parte, a más tardar treinta (30) días contados a partir de la fecha de cumplimiento de las obligaciones del proveedor en virtud del contrato, pudiendo ajustarse por el saldo adeudado.
10. En el caso de rescisión o terminación anticipada del contrato, los proveedores o contratistas deberán reintegrar a la contratante el saldo por amortizar
Solicitud de Pago de Anticipo
El plazo dentro del cual se solicitará el anticipo será (en días corridos) de:
Contrato abierto |
15 % del monto del contrato |
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Forma de Amortización: |
% máximo del pago de la Factura pendiente |
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los pagos se realizan conforme a lo dispuesto en el cronograma de pagos, que ademas contempla el pago del anticipo. |
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Garantía del Anticipo: |
Póliza o Garantía Bancaria por 100% del monto del Anticipo |
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Vigencia de la Garantía: |
Conforme a los plazos establecidos para la Garantía de Fiel Cumplimiento |
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Documentos presentados con la solicitud |
- Nota de solicitud de pago - Plan de inversión, previamente aprobado por el administrador del contrato. - Póliza de anticipo - Certificado de cumplimiento con el IPS. - Certificado de cumplimiento tributario CCT - REPSE (registro de prestadores de servicios - Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS) |
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Plazo de solicitud |
El pedido de pago deberá ser presentado en el plazo de 5 (cinco) días hábiles, contado desde el día siguiente de la firma del contrato, caso contrario, será rechazado el pedido.
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Lugar de Presentación |
Mesa de Entrada de la DNCP, previa verificación documental por la coordinación de recursos administrativos de la DNCP, del cumplimiento de los requisitos. |
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Plazo en que se abonará el anticipo |
20 (veinte) días hábiles posteriores de recepcionada la solicitud. |
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Generalidades:
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1. El anticipo es la suma de dinero que se entrega al proveedor, consultor o contratista destinada al financiamiento de los costos en que éste debe incurrir para iniciar la ejecución del objeto contractual. El mismo no constituye un pago por adelantado; debe estar amparado con una garantía correspondiente al cien por ciento de su valor y deberá ser amortizado durante la ejecución del contrato y durante la ejecución de contrato demostrar el debido uso. La Garantía de Anticipo deberá mantener su vigencia hasta su total amortización.
Los recursos entregados en calidad de anticipo no podrán destinarse a fines distintos a los relacionados con el objeto del contrato.
El proveedor, consultor o contratista que reciba pagos en concepto de anticipo estará obligado a informar a la contratante sobre el destino y la forma de aplicación del mismo, que en todos los casos estará relacionado al efectivo cumplimiento del contrato.
En caso de extensión de la Garantía de Anticipo, la misma deberá cubrir el saldo pendiente de amortización.
2. Si se establece en el SICP el otorgamiento de anticipos, no podrá superar en ningún caso el porcentaje establecido en la legislación vigente.
3. La solicitud de pago del anticipo deberá ser presentada por escrito, con la factura, el plan de inversiones y la Garantía de Anticipo.
4. El proveedor podrá remitir una comunicación por escrito a la contratante, en la cual informe que rechaza el anticipo previsto en el PBC. La falta de solicitud de anticipo en el plazo previsto en el PBC será considerada como un rechazo del mismo. En estos casos podrá darse inicio al cómputo de la ejecución contractual en las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.
5. El Pago del Anticipo debe ser total. En el caso que se realizare el pago de un porcentaje inferior al 100% del mismo, el proveedor podrá rechazarlo en el plazo de cinco (5) días hábiles mediante una nota de reclamo remitida a la Contratante. Transcurrido dicho plazo, se considerará que el Anticipo ha sido aceptado por el proveedor y podrá darse inicio al cronograma de ejecución contractual en las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.
6. En el caso de que el proveedor haya solicitado el anticipo en las condiciones establecidas en la presente clausula y la convocante no ha procedido al pago, el oferente no está obligado a iniciar la ejecución del contrato hasta tanto el pago se haya efectuado de forma total o de acuerdo a lo dispuesto en el punto 5.
7. La amortización del anticipo se realizará de acuerdo con lo establecido en el contrato, en la proporción que éste indique.
8. Para la ejecución de esta garantía, especialmente cuando sea instrumentada a través de Póliza de Seguro de caución, será requisito que previamente el proveedor sea notificado del incumplimiento y la intimación de que se hará efectiva la ejecución del monto asegurado.
9. A menos que se indique otra cosa en este apartado, la Garantía de Anticipo será liberada por la contratante y devuelta al proveedor, a requerimiento de parte, a más tardar treinta (30) días contados a partir de la fecha de cumplimiento de las obligaciones del proveedor en virtud del contrato, pudiendo ajustarse por el saldo adeudado.
10. En el caso de rescisión o terminación anticipada del contrato, los proveedores o contratistas deberán reintegrar a la contratante el saldo por amortizar
Solicitud de Pago de Anticipo
El plazo dentro del cual se solicitará el anticipo será (en días corridos) de:
Contrato abierto | 15 % del monto del contrato | |
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Forma de Amortización: | % máximo del pago de la Factura pendiente | |
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Garantía del Anticipo: | Póliza o Garantía Bancaria por 100% del monto del Anticipo | |
Vigencia de la Garantía: | Conforme a los plazos establecidos para la Garantía de Fiel Cumplimiento | |
Documentos presentados con la solicitud | - Nota de solicitud de pago - Plan de inversión, previamente aprobado por el administrador del contrato. - Póliza de anticipo - Certificado de cumplimiento con el IPS. - Certificado de cumplimiento tributario CCT - REPSE (registro de prestadores de servicios - Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS) | |
Plazo de solicitud | El pedido de pago deberá ser presentado en el plazo de 5 (cinco) días hábiles, contado desde el día siguiente de la firma del contrato, caso contrario, será rechazado el pedido.
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Lugar de Presentación | Mesa de Entrada de la DNCP, previa verificación documental por la coordinación de recursos administrativos de la DNCP, del cumplimiento de los requisitos. | |
Plazo en que se abonará el anticipo | 20 (veinte) días hábiles posteriores de recepcionada la solicitud. | |
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Generalidades:
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1. El anticipo es la suma de dinero que se entrega al proveedor, consultor o contratista destinada al financiamiento de los costos en que éste debe incurrir para iniciar la ejecución del objeto contractual. El mismo no constituye un pago por adelantado; debe estar amparado con una garantía correspondiente al cien por ciento de su valor y deberá ser amortizado durante la ejecución del contrato y durante la ejecución de contrato demostrar el debido uso. La Garantía de Anticipo deberá mantener su vigencia hasta su total amortización.
Los recursos entregados en calidad de anticipo no podrán destinarse a fines distintos a los relacionados con el objeto del contrato.
El proveedor, consultor o contratista que reciba pagos en concepto de anticipo estará obligado a informar a la contratante sobre el destino y la forma de aplicación del mismo, que en todos los casos estará relacionado al efectivo cumplimiento del contrato.
En caso de extensión de la Garantía de Anticipo, la misma deberá cubrir el saldo pendiente de amortización.
2. Si se establece en el SICP el otorgamiento de anticipos, no podrá superar en ningún caso el porcentaje establecido en la legislación vigente.
3. La solicitud de pago del anticipo deberá ser presentada por escrito, con la factura, el plan de inversiones y la Garantía de Anticipo.
4. El proveedor podrá remitir una comunicación por escrito a la contratante, en la cual informe que rechaza el anticipo previsto en el PBC. La falta de solicitud de anticipo en el plazo previsto en el PBC será considerada como un rechazo del mismo. En estos casos podrá darse inicio al cómputo de la ejecución contractual en las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.
5. El Pago del Anticipo debe ser total. En el caso que se realizare el pago de un porcentaje inferior al 100% del mismo, el proveedor podrá rechazarlo en el plazo de cinco (5) días hábiles mediante una nota de reclamo remitida a la Contratante. Transcurrido dicho plazo, se considerará que el Anticipo ha sido aceptado por el proveedor y podrá darse inicio al cronograma de ejecución contractual en las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.
6. En el caso de que el proveedor haya solicitado el anticipo en las condiciones establecidas en la presente clausula y la convocante no ha procedido al pago, el oferente no está obligado a iniciar la ejecución del contrato hasta tanto el pago se haya efectuado de forma total o de acuerdo a lo dispuesto en el punto 5.
7. La amortización del anticipo se realizará de acuerdo con lo establecido en el contrato, en la proporción que éste indique.
8. Para la ejecución de esta garantía, especialmente cuando sea instrumentada a través de Póliza de Seguro de caución, será requisito que previamente el proveedor sea notificado del incumplimiento y la intimación de que se hará efectiva la ejecución del monto asegurado.
9. A menos que se indique otra cosa en este apartado, la Garantía de Anticipo será liberada por la contratante y devuelta al proveedor, a requerimiento de parte, a más tardar treinta (30) días contados a partir de la fecha de cumplimiento de las obligaciones del proveedor en virtud del contrato, pudiendo ajustarse por el saldo adeudado.
10. En el caso de rescisión o terminación anticipada del contrato, los proveedores o contratistas deberán reintegrar a la contratante el saldo por amortizar