Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
DONDE DICE:
Autorización del Fabricante
Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación:
No Aplica
DEBE DECIR:
Autorización del Fabricante
Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación:
El Oferente deberá estar debidamente autorizado por el fabricante o representante para la distribución autorizada de productos de las marcas ofertadas. El cumplimiento se verificará con la presentación de una Constancia y/o Certificación del Fabricante o Representante o Distribuidor, para los Ítems 2, 3, 4 y 5.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Datos de la convocatoria
- Autorización del Fabricante
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/456327-adquisicion-equipos-tecnologicos-comunicacion/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
DONDE DICE:
Autorización del Fabricante
Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación:
No Aplica
DEBE DECIR:
Autorización del Fabricante
Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación:
El Oferente deberá estar debidamente autorizado por el fabricante o representante para la distribución autorizada de productos de las marcas ofertadas. El cumplimiento se verificará con la presentación de una Constancia y/o Certificación del Fabricante o Representante o Distribuidor, para los Ítems 2, 3, 4 y 5.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Datos de la convocatoria
- Autorización del Fabricante
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/456327-adquisicion-equipos-tecnologicos-comunicacion/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
