Secciones
Versión 2
Versión 3
Diferencias entre las versiones 2 y 3
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
San Miguel Misiones, 6 de enero de 2025.
LICITACION DE MENOR CUANTÍA NACIONAL N° 1/2025 AD REFERÉNDUM PARA DEMOLICION DE DOS AULAS Y UN SANITARIO, CON TECHO DE TEJAS EN LA ESCUELA BASICA N° 5334 HERMANA MARIA MERCEDES MAINERO ID Nº 459783.
ADENDA N° 1/2025
La Convocante emite la presente Adenda Nº 1 al Pliego de Bases y Condiciones del llamado de referencia, que será parte integral de los documentos del llamado, conforme puede apreciarse más abajo:
Punto 1
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
DONDE DICE:
Otros criterios que la convocante requiera
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
Se aplicará lo establecido en la Circular DNCP N° 9/2024. El mismo corresponde a la etapa de adjudicación.
DEBE DECIR:
Otros criterios que la convocante requiera
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
Se aplicará lo establecido en la Circular DNCP N° 9/2024.
Los demás aspectos de la convocatoria permanecen sin modificaciones.
Atentamente,
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Otros criterios que la convocante requiera
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/459783-demolicion-dos-aulas-sanitario-techo-tejas-escuela-basica-n-5334-hermana-maria-merce/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
San Miguel Misiones, 9 de enero de 2025.
LICITACION DE MENOR CUANTÍA NACIONAL N° 1/2025 AD REFERÉNDUM PARA DEMOLICION DE DOS AULAS Y UN SANITARIO, CON TECHO DE TEJAS EN LA ESCUELA BASICA N° 5334 HERMANA MARIA MERCEDES MAINERO ID Nº 459783.
ADENDA N° 2/2025
La Convocante emite la presente Adenda Nº 2 al Pliego de Bases y Condiciones del llamado de referencia, que será parte integral de los documentos del llamado, conforme puede apreciarse más abajo:
Punto 1
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Otros criterios que la convocante requiera:
Se excluye del Pliego de Bases y Condiciones: Otros criterios que la convocante requiera.
Punto 2
CONDICIONES CONTRACTUALES
Formas y condiciones de pago
DONDE DICE:
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
La forma de pago será contra certificado, con la presentación y aprobación del certificado único de obra, la que deberá ser entregada conjuntamente con las demás documentaciones mencionadas.
Plazo de pago: Dentro de los 30 días, desde la aprobación del certificado de obra y la presentación de la factura, con las demás documentaciones mencionadas en este apartado.
Sobre el monto de la factura a ser pagada al contratista, se retendrá el 0,5 % (cero coma cinco por ciento) en concepto de contribución sobre contratos suscriptos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 277 de la Ley 7228/2023 "QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024", que expone cuanto sigue:
"Artículo 277: Durante el Ejercicio Fiscal del año 2024, la tasa fijada en el Artículo 63 de la Ley Nº 7021/2022 "DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PUBLICAS" el 0,4% (cero coma cuatro por ciento), para la contribución de la implementación de las Contrataciones Públicas (SICP), se fijará en 0,5% (cero coma cinco por ciento). La recaudación correspondiente a la diferencia del 0,1% (cero coma uno por ciento), se destinará la financiamiento del presupuesto del Ministerio de la Defensa Pública y del Ministerio de Justicia. Los montos resultantes de 0,1% (cero coma uno por ciento), que sean retenidos por las contratantes en el concepto señalado en el párrafo anterior, deberán ser depositados en la cuenta habilitada a tal efecto a nombre del Ministerio de la Defensa Pública y el Ministerio de Justicia, en el Banco Central del Paraguay (BCP), dentro del plazo de tres días hábiles de efectuada la retención, para las Organismos y Entidades de la Administración Central y Descentralizada, y en el plazo de treinta días calendario para los municipios, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 1535/1999 "DE ADMINISTRACION FINANCIERA DEL ESTADO"".
DEBE DECIR:
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
La forma de pago será contra certificado, con la presentación y aprobación del certificado único de obra, la que deberá ser entregada conjuntamente con las demás documentaciones mencionadas.
Plazo de pago: Dentro de los 30 días, desde la aprobación del certificado de obra y la presentación de la factura, con las demás documentaciones mencionadas en este apartado.
Sobre el monto de la factura a ser pagada al contratista deducidos los impuestos correspondientes, se retendrá el 0,4 % (cero coma cuatro por ciento) en concepto de contribución sobre contratos suscriptos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 63º de la Ley Nº 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Públicas".
Los demás aspectos de la convocatoria permanecen sin modificaciones.
Atentamente,
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Otros criterios que la convocante requiera
Sección: Condiciones contractuales
- Formas y condiciones de pago
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/459783-demolicion-dos-aulas-sanitario-techo-tejas-escuela-basica-n-5334-hermana-maria-merce/pliego/3/diferencias/2.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
San Miguel Misiones, 69 de enero de 2025.
LICITACION DE MENOR CUANTÍA NACIONAL N° 1/2025 AD REFERÉNDUM PARA DEMOLICION DE DOS AULAS Y UN SANITARIO, CON TECHO DE TEJAS EN LA ESCUELA BASICA N° 5334 HERMANA MARIA MERCEDES MAINERO ID Nº 459783.
ADENDA N° 12/2025
La Convocante emite la presente Adenda Nº 12 al Pliego de Bases y Condiciones del llamado de referencia, que será parte integral de los documentos del llamado, conforme puede apreciarse más abajo:
Punto 1
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
DONDE DICEOtros criterios que la convocante requiera::
Otros criterios que la convocante requiera
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
Se aplicará lo establecido en la Circular DNCP N° 9/2024. El mismo corresponde a la etapaexcluye del Pliego de adjudicaciónBases y Condiciones: Otros criterios que la convocante requiera.
DEBE DECIR:Punto 2
Otros criterios que la convocante requieraCONDICIONES CONTRACTUALES
Otros criteriosFormas y condiciones de pago
DONDE DICE:
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
La forma de pago será contra certificado, con la presentación y aprobación del certificado único de obra, la que deberá ser entregada conjuntamente con las demás documentaciones mencionadas.
Plazo de pago: Dentro de los 30 días, desde la aprobación del certificado de obra y la presentación de la factura, con las demás documentaciones mencionadas en este apartado.
Sobre el monto de la factura a ser pagada al contratista, se retendrá el 0,5 % (cero coma cinco por ciento) en concepto de contribución sobre contratos suscriptos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 277 de la Ley 7228/2023 "QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024", que expone cuanto sigue:
"Artículo 277: Durante el Ejercicio Fiscal del año 2024, la tasa fijada en el Artículo 63 de la Ley Nº 7021/2022 "DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PUBLICAS" el 0,4% (cero coma cuatro por ciento), para la evaluacióncontribución de la implementación de las ofertasContrataciones Públicas (SICP), se fijará en 0,5% (cero coma cinco por ciento). La recaudación correspondiente a ser consideradosla diferencia del 0,1% (cero coma uno por ciento), se destinará la financiamiento del presupuesto del Ministerio de la Defensa Pública y del Ministerio de Justicia. Los montos resultantes de 0,1% (cero coma uno por ciento), que sean retenidos por las contratantes en ésta contratación serán:
Se aplicaráel concepto señalado en el párrafo anterior, deberán ser depositados en la cuenta habilitada a tal efecto a nombre del Ministerio de la Defensa Pública y el Ministerio de Justicia, en el Banco Central del Paraguay (BCP), dentro del plazo de tres días hábiles de efectuada la retención, para las Organismos y Entidades de la Administración Central y Descentralizada, y en el plazo de treinta días calendario para los municipios, de conformidad a lo establecido en la Circular DNCP N° 9Ley Nº 1535/20241999 "DE ADMINISTRACION FINANCIERA DEL ESTADO"".
DEBE DECIR:
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
La forma de pago será contra certificado, con la presentación y aprobación del certificado único de obra, la que deberá ser entregada conjuntamente con las demás documentaciones mencionadas.
Plazo de pago: Dentro de los 30 días, desde la aprobación del certificado de obra y la presentación de la factura, con las demás documentaciones mencionadas en este apartado.
Sobre el monto de la factura a ser pagada al contratista deducidos los impuestos correspondientes, se retendrá el 0,4 % (cero coma cuatro por ciento) en concepto de contribución sobre contratos suscriptos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 63º de la Ley Nº 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Públicas".
Los demás aspectos de la convocatoria permanecen sin modificaciones.
Atentamente,
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Otros criterios que la convocante requiera
Sección: Condiciones contractuales
Otros criterios que la convocante requiera- Formas y condiciones de pago
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/459783-demolicion-dos-aulas-sanitario-techo-tejas-escuela-basica-n-5334-hermana-maria-merce/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adendahttps://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/459783-demolicion-dos-aulas-sanitario-techo-tejas-escuela-basica-n-5334-hermana-maria-merce/pliego/3/diferencias/2.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
