En la estimación de precio, se consideran participaciones de los Residentes para cada lote, de los siguientes valores: 48, 24, 32 y 36 respectivamente; mientras que para los Especialistas sanitarios para cada lote, se considera participación de 48 meses para todos los lotes; y para los Ingenieros Junior, participaciones de 30 meses para todos los lotes. Favor aclarar el criterio adoptado para esta distribución irregular.
En la estimación de precio, se consideran participaciones de los Residentes para cada lote, de los siguientes valores: 48, 24, 32 y 36 respectivamente; mientras que para los Especialistas sanitarios para cada lote, se considera participación de 48 meses para todos los lotes; y para los Ingenieros Junior, participaciones de 30 meses para todos los lotes. Favor aclarar el criterio adoptado para esta distribución irregular.
Lo indicado en los antecedentes de la referencia es como su nombre indica referenciales, dependerá de la propuesta técnica y metodológica que oferte la empresa para disponer de la mejor forma posible al personal y en relación directa con la ejecución de la obra
112
Pedido de Prórroga
Atendiendo la gran cantidad de consultas, debido a dudas al proceso, se solicita una prórroga que permita la correcta atención a las respuestas.
Forma de pago en caso de ampliación de plazo de las obras
Por favor, aclarar cuál será la forma de pago en caso de que se produzca una ampliación del plazo de las obras. En caso de ampliación de plazo de las obras, ¿se habilitará una ampliación del presupuesto de la fiscalización por el tiempo ampliado?
28-02-2025
14-04-2025
Forma de pago en caso de ampliación de plazo de las obras
Por favor, aclarar cuál será la forma de pago en caso de que se produzca una ampliación del plazo de las obras. En caso de ampliación de plazo de las obras, ¿se habilitará una ampliación del presupuesto de la fiscalización por el tiempo ampliado?
Se deberá en su oportunidad evaluar la ampliación del contrato de Fiscalización si fuere necesario siguiendo las reglas de modificación contractual establecida en la legislación nacional vigente
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Aumento de presupuesto de la obra contratada
En caso de que se dé una ampliación del presupuesto de obra del contratista, ¿cómo se ajustará la parte del pago asociada al avance de obra? En ese caso, ¿se habilitaría una ampliación del presupuesto de la fiscalización en relación al mayor importe de obra a ejecutar?
En caso de que se dé una ampliación del presupuesto de obra del contratista, ¿cómo se ajustará la parte del pago asociada al avance de obra? En ese caso, ¿se habilitaría una ampliación del presupuesto de la fiscalización en relación al mayor importe de obra a ejecutar?
Se deberá en su oportunidad evaluar la aplicabilidad de la modificación del contrato de Fiscalización si fuere necesario siguiendo las reglas de modificación contractual establecida en la legislación nacional vigente
115
Trabajos de topografía
En los Términos de Referencia, punto j) del numeral 4, se indica que "La fiscalización debe realizar los levantamientos topográficos a lo largo del trazado de las redes de alcantarillado sanitario para la ciudad afectada, partiendo de un mojón previamente verificado y aprobado por la supervisión". Entendemos que se trata de una errata y que todos los trabajos de levantamiento topográfico serán responsabilidad del Contratista, mientras que la responsabilidad de la fiscalización se centrará exclusivamente en la verificación y comprobación de los trabajos de topografía realizados por el contratista.
En los Términos de Referencia, punto j) del numeral 4, se indica que "La fiscalización debe realizar los levantamientos topográficos a lo largo del trazado de las redes de alcantarillado sanitario para la ciudad afectada, partiendo de un mojón previamente verificado y aprobado por la supervisión". Entendemos que se trata de una errata y que todos los trabajos de levantamiento topográfico serán responsabilidad del Contratista, mientras que la responsabilidad de la fiscalización se centrará exclusivamente en la verificación y comprobación de los trabajos de topografía realizados por el contratista.
La fiscalización deberá de realizar todos los relevamientos y tener la información precisa es decir los niveles topográficos, cruces y curvas de nivel, para corroborar y corregir si hubiera falta a los niveles relevados por la contratista puesto que deben de aprobar y ratificar el proyecto diseñado por la empresa
116
Fotografías dron
En los Términos de Referencia, punto l) del numeral 6.3, se indica que en los informes mensuales se deben incluir entre 20 y 45 fotografías aéreas georreferenciadas tomadas por dron con una frecuencia de adquisición de quince días. Por favor, aclarar si la toma de fotografías aéreas es una actividad a ser ejecutada por la fiscalización o por el contratista.
En los Términos de Referencia, punto l) del numeral 6.3, se indica que en los informes mensuales se deben incluir entre 20 y 45 fotografías aéreas georreferenciadas tomadas por dron con una frecuencia de adquisición de quince días. Por favor, aclarar si la toma de fotografías aéreas es una actividad a ser ejecutada por la fiscalización o por el contratista.
La toma de fotografías aéreas mediante dron, con la frecuencia de adquisición de quince días y su inclusión en los informes mensuales, es una actividad que debe ser gestionada y entregada por la FISCALIZACIÓN
117
Ensayos de obra
En los alcances requeridos a la fiscalización (numeral 4 de los Términos de Referencia) no se incluye la realización de ensayos de obra y de laboratorio. Asimismo, en el punto 22 del numeral 7 (Actividades de la fiscalización) se cita que "La fiscalización deberá exigir que se realicen los ensayos de laboratorio indicados en las Especificaciones Técnicas, y otros que razonablemente sean necesarios para garantizar y certificar la calidad de los materiales a ser utilizados en obra". Entendemos que la realización de los ensayos de obra y de laboratorio es, exclusivamente, responsabilidad del contratista y que la fiscalización no deberá realizar ensayos por su parte para contrastar los resultados presentados por el contratista. ¿Es así?
En los alcances requeridos a la fiscalización (numeral 4 de los Términos de Referencia) no se incluye la realización de ensayos de obra y de laboratorio. Asimismo, en el punto 22 del numeral 7 (Actividades de la fiscalización) se cita que "La fiscalización deberá exigir que se realicen los ensayos de laboratorio indicados en las Especificaciones Técnicas, y otros que razonablemente sean necesarios para garantizar y certificar la calidad de los materiales a ser utilizados en obra". Entendemos que la realización de los ensayos de obra y de laboratorio es, exclusivamente, responsabilidad del contratista y que la fiscalización no deberá realizar ensayos por su parte para contrastar los resultados presentados por el contratista. ¿Es así?
Es correcta su interpretación por eso indica que la fiscalización debe exigir y acompañar a la contratista durante el proceso de elaboración de los ensayos de laboratorio para los respectivos controles de calidad durante la ejecución de la obras, y deberá de realizar los ensayos para corroborar los resultados de la contratista si hubiera dudas razonables de estos
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Paralización total de la obra
En las Cláusulas Especiales del Contrato 19.1 (CEC 19.1) se cita que "En caso de paralización total de la obra, el servicio queda suspendido, previa comunicación del contratante al consultor, sin percibir el consultor el pago mensual por el servicio". Cabe destacar que, mientras el servicio quede suspendido, la fiscalización seguirá generando costos, como el mantenimiento de la oficina, los vehículos -incluyendo el vehículo a ceder a al UEP, gastos administrativos, financieros, mantenimiento de seguros y garantías, etc. además del mantenimiento del equipo de fiscalización contra el riesgo de perder dicho equipo. Solicitamos que se elimine este párrafo y se establezcan mecanismos de pago en caso de paralización de la obra que permitan a la fiscalización hacer frente a los gastos que se puedan generar durante una posible paralización de las obras y asegurar el mantenimiento del equipo de fiscalización hasta que se reinicien los trabajos.
En las Cláusulas Especiales del Contrato 19.1 (CEC 19.1) se cita que "En caso de paralización total de la obra, el servicio queda suspendido, previa comunicación del contratante al consultor, sin percibir el consultor el pago mensual por el servicio". Cabe destacar que, mientras el servicio quede suspendido, la fiscalización seguirá generando costos, como el mantenimiento de la oficina, los vehículos -incluyendo el vehículo a ceder a al UEP, gastos administrativos, financieros, mantenimiento de seguros y garantías, etc. además del mantenimiento del equipo de fiscalización contra el riesgo de perder dicho equipo. Solicitamos que se elimine este párrafo y se establezcan mecanismos de pago en caso de paralización de la obra que permitan a la fiscalización hacer frente a los gastos que se puedan generar durante una posible paralización de las obras y asegurar el mantenimiento del equipo de fiscalización hasta que se reinicien los trabajos.
Las Condiciones Especiales del Contrato (CEC), en su cláusula 19.1 Pág 122 del PBC, detallan el tratamiento en caso de paralización de las obras. Es importante destacar que la CEC 19.1 sí prevé un mecanismo para la paralización parcial, donde se define una estructura mínima de fiscalización para el pago, lo que podría permitir al Consultor mantener una parte de su equipo. Sin embargo, para la paralización total, la falta de una disposición similar sugiere que el riesgo de pérdida de personal durante una suspensión recae en el Consultor, a menos que se llegue a un acuerdo específico con el MOPC fuera de los términos contractuales actuales
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Director de Fiscalización
Solicitamos amablemente la siguiente aclaración respecto a los requisitos de calificación para el Director de Fiscalización:
En el apartado "Competencia para el Trabajo" para el Director de Fiscalización, se solicita que el profesional acredite experiencia en proyectos de alcantarillado sanitario convencional. Sin embargo, quisiéramos consultar si se podría considerar como válida la experiencia en alcantarillado condominial, teniendo en cuenta que ambos sistemas comparten principios técnicos y operativos fundamentales.
El sistema de alcantarillado condominial se basa en los mismos criterios hidráulicos, constructivos y de operación que el alcantarillado convencional, con la diferencia de que el diseño se adapta a la topografía y disposición de los terrenos para optimizar costos y facilitar la cobertura en zonas de difícil acceso. Por lo tanto, la experiencia en la fiscalización de redes condominiales implica el manejo de las mismas disciplinas técnicas, incluyendo:
- Supervisión de redes de colectores de aguas residuales por gravedad.
- Verificación de cálculos hidráulicos de caudales y pendientes.
- Control de especificaciones para materiales y accesorios.
- Inspección de la construcción y pruebas de estanqueidad.
- Interconexión con redes principales y estaciones de bombeo, cuando corresponda.
Dado que ambas tipologías de alcantarillado se rigen por las mismas normativas y principios, consideramos que la experiencia en alcantarillado condominial es plenamente relevante para cumplir con los objetivos del servicio.
Solicitamos amablemente la siguiente aclaración respecto a los requisitos de calificación para el Director de Fiscalización:
En el apartado "Competencia para el Trabajo" para el Director de Fiscalización, se solicita que el profesional acredite experiencia en proyectos de alcantarillado sanitario convencional. Sin embargo, quisiéramos consultar si se podría considerar como válida la experiencia en alcantarillado condominial, teniendo en cuenta que ambos sistemas comparten principios técnicos y operativos fundamentales.
El sistema de alcantarillado condominial se basa en los mismos criterios hidráulicos, constructivos y de operación que el alcantarillado convencional, con la diferencia de que el diseño se adapta a la topografía y disposición de los terrenos para optimizar costos y facilitar la cobertura en zonas de difícil acceso. Por lo tanto, la experiencia en la fiscalización de redes condominiales implica el manejo de las mismas disciplinas técnicas, incluyendo:
- Supervisión de redes de colectores de aguas residuales por gravedad.
- Verificación de cálculos hidráulicos de caudales y pendientes.
- Control de especificaciones para materiales y accesorios.
- Inspección de la construcción y pruebas de estanqueidad.
- Interconexión con redes principales y estaciones de bombeo, cuando corresponda.
Dado que ambas tipologías de alcantarillado se rigen por las mismas normativas y principios, consideramos que la experiencia en alcantarillado condominial es plenamente relevante para cumplir con los objetivos del servicio.
Se considerara solo si han trabajado en proyectos convencionales, según las longitudes y características descritas en el pbc
120
Experiencia Específica
Solicitamos a la convocante, puedan disminur la cantidad de contratos requeridos para el cumplimiento de puntaje maximo de 20 puntos. Para así, dar oportunidad a empresas interesadas a participar en el llamado.
Solicitamos a la convocante, puedan disminur la cantidad de contratos requeridos para el cumplimiento de puntaje maximo de 20 puntos. Para así, dar oportunidad a empresas interesadas a participar en el llamado.