Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA Nº 01
REF.: ADQUISICION DE COMBUSTIBLES PARA USO INSTITUCIONAL - ID Nº 460853
Villa Curuguaty, 05 de febrero de 2025.
Se remite la correspondiente Adenda al PBC, quedando redactada de la siguiente manera:
Datos de la Licitación:
Formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes: A Plazos y en Guaraníes
Mediante una nota dirigida al Señor Intendente Municipal, en Mesa de Entrada de la Institución acompañada de la Factura correspondiente; Nota de Remisión con el detalle de las cantidades de litros y tipos de combustibles efectivamente expedidas por el proveedor a satisfacción de la contratante; Certificado de Cumplimiento Tributario. Por cada pago se aplicara lo establecido en el Art. 277 de la Ley 7228/23 y el Art. 63 de la Ley 7021/22.
Datos del SICP:
Se realiza la activación de las plantillas correspondientes del producto en el SICP.
Atte.
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA Nº 01
REF.: ADQUISICION DE COMBUSTIBLES PARA USO INSTITUCIONAL - ID Nº 460853
Villa Curuguaty, 05 de febrero de 2025.
Se remite la correspondiente Adenda al PBC, quedando redactada de la siguiente manera:
Datos de la Licitación:
Formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes: A Plazos y en Guaraníes
Mediante una nota dirigida al Señor Intendente Municipal, en Mesa de Entrada de la Institución acompañada de la Factura correspondiente; Nota de Remisión con el detalle de las cantidades de litros y tipos de combustibles efectivamente expedidas por el proveedor a satisfacción de la contratante; Certificado de Cumplimiento Tributario. Por cada pago se aplicara lo establecido en el Art. 277 de la Ley 7228/23 y el Art. 63 de la Ley 7021/22.
Datos del SICP:
Se realiza la activación de las plantillas correspondientes del producto en el SICP.
Atte.
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.