Experiencia Requerida - Procedencia de los vehículos.
En la sección "Recursos: Transporte y movilidad", se especifica que los vehículos (camionetas y SUV) deben ser "de procedencia japonesa o americana" o "japonesa, coreana o americana". Esta restricción de origen es innecesaria y direccionada, violando el principio de libre competencia e igualdad. El mercado automotriz ofrece vehículos de diversas procedencias (europea, china, etc.) que cumplen con los mismos o superiores estándares de calidad, durabilidad y desempeño. La especificación técnica relevante debe ser el tipo de vehículo, año, kilometraje y equipamiento, no su país de fabricación. Esta cláusula limita las opciones de los oferentes y puede encarecer la propuesta sin un beneficio técnico justificado o bien podría estar direccionando a una empresa con vehiculos de esta procedencia. Solicitamos se elimine la restricción de procedencia y se definan los requisitos en función de las características técnicas y de rendimiento del vehículo.
09-10-2025
20-10-2025
Experiencia Requerida - Procedencia de los vehículos.
En la sección "Recursos: Transporte y movilidad", se especifica que los vehículos (camionetas y SUV) deben ser "de procedencia japonesa o americana" o "japonesa, coreana o americana". Esta restricción de origen es innecesaria y direccionada, violando el principio de libre competencia e igualdad. El mercado automotriz ofrece vehículos de diversas procedencias (europea, china, etc.) que cumplen con los mismos o superiores estándares de calidad, durabilidad y desempeño. La especificación técnica relevante debe ser el tipo de vehículo, año, kilometraje y equipamiento, no su país de fabricación. Esta cláusula limita las opciones de los oferentes y puede encarecer la propuesta sin un beneficio técnico justificado o bien podría estar direccionando a una empresa con vehiculos de esta procedencia. Solicitamos se elimine la restricción de procedencia y se definan los requisitos en función de las características técnicas y de rendimiento del vehículo.
Al respecto, favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo establecido en los Términos de Referencia del presente llamado a licitación.
12
Aclaración sobre el Alcance de la "Asistencia Jurídica".
El objeto del servicio, descrito en los Términos de Referencia, incluye la prestación de "asistencia jurídica para programación, supervisión y control de trabajos". Este término es amplio y puede dar lugar a interpretaciones diversas. A fin de que los oferentes puedan dimensionar adecuadamente los recursos profesionales necesarios y presentar una propuesta precisa, se solicita a la Convocante aclarar el alcance específico de la "asistencia jurídica". Se ruega detallar si esta asistencia se limita a la interpretación de cláusulas contractuales y normativas internas de la ANDE, o si abarca también la elaboración de dictámenes, la gestión de reclamos de terceros, la preparación de informes para sumarios administrativos, o la representación en instancias de mediación o arbitraje. Una definición clara de estas responsabilidades es fundamental para evitar ambigüedades durante la ejecución del contrato.
09-10-2025
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Aclaración sobre el Alcance de la "Asistencia Jurídica".
El objeto del servicio, descrito en los Términos de Referencia, incluye la prestación de "asistencia jurídica para programación, supervisión y control de trabajos". Este término es amplio y puede dar lugar a interpretaciones diversas. A fin de que los oferentes puedan dimensionar adecuadamente los recursos profesionales necesarios y presentar una propuesta precisa, se solicita a la Convocante aclarar el alcance específico de la "asistencia jurídica". Se ruega detallar si esta asistencia se limita a la interpretación de cláusulas contractuales y normativas internas de la ANDE, o si abarca también la elaboración de dictámenes, la gestión de reclamos de terceros, la preparación de informes para sumarios administrativos, o la representación en instancias de mediación o arbitraje. Una definición clara de estas responsabilidades es fundamental para evitar ambigüedades durante la ejecución del contrato.
Al respecto, favor remitirse al punto 5.1.7, del apartado 5. Alcance, de los Términos de Referencia.
13
Sistema y Equipos de Monitoreo de Cuadrillas - Plataforma del mismo fabricante que las cámaras.
En el punto 5.2.5.1 sobre "Cámaras corporales (Bodycam)", se establece como condición general que la "Plataforma del mismo fabricante que las cámaras" y que la "Compatibilidad certificada". Este es un requisito de "marca atada" que restringe severamente la competencia. Obliga al oferente a adquirir una solución integral de un único fabricante, impidiendo la integración de componentes de diferentes proveedores que podrían ofrecer una mejor relación costo-beneficio. El estándar de la industria promueve la interoperabilidad (ej. ONVIF para video). Se debe permitir que los oferentes propongan soluciones integradas con componentes de distintos fabricantes, siempre que demuestren la compatibilidad y funcionalidad total del sistema. Solicitamos se elimine la exigencia de un único fabricante y se priorice la interoperabilidad y el cumplimiento de estándares abiertos.
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Sistema y Equipos de Monitoreo de Cuadrillas - Plataforma del mismo fabricante que las cámaras.
En el punto 5.2.5.1 sobre "Cámaras corporales (Bodycam)", se establece como condición general que la "Plataforma del mismo fabricante que las cámaras" y que la "Compatibilidad certificada". Este es un requisito de "marca atada" que restringe severamente la competencia. Obliga al oferente a adquirir una solución integral de un único fabricante, impidiendo la integración de componentes de diferentes proveedores que podrían ofrecer una mejor relación costo-beneficio. El estándar de la industria promueve la interoperabilidad (ej. ONVIF para video). Se debe permitir que los oferentes propongan soluciones integradas con componentes de distintos fabricantes, siempre que demuestren la compatibilidad y funcionalidad total del sistema. Solicitamos se elimine la exigencia de un único fabricante y se priorice la interoperabilidad y el cumplimiento de estándares abiertos.
Al respecto, favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo establecido en los Términos de Referencia del presente llamado a licitación.
14
Procedimiento y Criterios para la Sustitución de Personal Clave.
El TDR establece los perfiles y la experiencia requerida para el personal clave del proyecto. Sin embargo, no se detalla con claridad el procedimiento, los plazos y los criterios objetivos que la ANDE utilizará para aprobar la sustitución de dicho personal en caso de renuncia, enfermedad o cualquier otra circunstancia imprevista durante la vigencia del contrato. Para garantizar la continuidad del servicio y evitar retrasos o rechazos discrecionales, se solicita especificar el plazo máximo que tendrá la Convocante para aprobar o rechazar un reemplazo, y detallar si la evaluación se basará únicamente en el cumplimiento del perfil exigido en el TDR o si se considerarán otros factores. Esta aclaración es vital para la planificación de los recursos humanos por parte del adjudicatario.
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Procedimiento y Criterios para la Sustitución de Personal Clave.
El TDR establece los perfiles y la experiencia requerida para el personal clave del proyecto. Sin embargo, no se detalla con claridad el procedimiento, los plazos y los criterios objetivos que la ANDE utilizará para aprobar la sustitución de dicho personal en caso de renuncia, enfermedad o cualquier otra circunstancia imprevista durante la vigencia del contrato. Para garantizar la continuidad del servicio y evitar retrasos o rechazos discrecionales, se solicita especificar el plazo máximo que tendrá la Convocante para aprobar o rechazar un reemplazo, y detallar si la evaluación se basará únicamente en el cumplimiento del perfil exigido en el TDR o si se considerarán otros factores. Esta aclaración es vital para la planificación de los recursos humanos por parte del adjudicatario.
Al respecto, favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas que la evaluación y aprobación de cualquier personal propuesto por el oferente se basará únicamente en los requisitos exigidos en los Términos de Referencia.
15
Definición Objetiva de Incumplimientos para Aplicación de Multas.
La sección 8 de los TDR establece un régimen de multas y sanciones ante diversos incumplimientos. Algunas de las causales son de carácter general, como el "Incumplimiento de las instrucciones impartidas por la UAC (Unidad Administradora del Contrato)". Para salvaguardar el principio de legalidad y evitar la aplicación de sanciones de manera discrecional, se solicita definir de forma más precisa qué se considerará una "instrucción" formal (ej. orden de servicio por escrito, minuta de reunión firmada) y establecer un procedimiento claro para su comunicación y acuse de recibo. Determinar criterios objetivos para la configuración de los incumplimientos es esencial para la seguridad jurídica de las partes.
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Definición Objetiva de Incumplimientos para Aplicación de Multas.
La sección 8 de los TDR establece un régimen de multas y sanciones ante diversos incumplimientos. Algunas de las causales son de carácter general, como el "Incumplimiento de las instrucciones impartidas por la UAC (Unidad Administradora del Contrato)". Para salvaguardar el principio de legalidad y evitar la aplicación de sanciones de manera discrecional, se solicita definir de forma más precisa qué se considerará una "instrucción" formal (ej. orden de servicio por escrito, minuta de reunión firmada) y establecer un procedimiento claro para su comunicación y acuse de recibo. Determinar criterios objetivos para la configuración de los incumplimientos es esencial para la seguridad jurídica de las partes.
Al respecto, favor remitirse al "ANEXO - INDICADORES DE CUMPLIMIENTO MENSUAL DE SERVICIO", del documento Formularios, actualizado a través de la ADENDA N° 1.
16
Aclaración sobre Formato y Contenido de Informes Entregables.
Los TDR mencionan la obligación de presentar "informes mensuales de gestión" y otros entregables. Con el fin de asegurar que dichos informes cumplan con las expectativas de la Convocante y para estandarizar su presentación, se solicita que se provea una plantilla o un detalle del formato y contenido mínimo requerido para cada tipo de informe. Esto debería incluir los indicadores de gestión (KPIs) específicos a reportar, la estructura de los datos, y los formatos de archivo a utilizar. Esta aclaración facilitará la labor del adjudicatario y garantizará que la ANDE reciba la información de manera útil, consistente, previsible y uniforme entre los potenciales oferentes..
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Aclaración sobre Formato y Contenido de Informes Entregables.
Los TDR mencionan la obligación de presentar "informes mensuales de gestión" y otros entregables. Con el fin de asegurar que dichos informes cumplan con las expectativas de la Convocante y para estandarizar su presentación, se solicita que se provea una plantilla o un detalle del formato y contenido mínimo requerido para cada tipo de informe. Esto debería incluir los indicadores de gestión (KPIs) específicos a reportar, la estructura de los datos, y los formatos de archivo a utilizar. Esta aclaración facilitará la labor del adjudicatario y garantizará que la ANDE reciba la información de manera útil, consistente, previsible y uniforme entre los potenciales oferentes..
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas el "ANEXO - INDICADORES DE CUMPLIMIENTO MENSUAL DE SERVICIO", del documento Formularios, actualizado a través de la ADENDA N° 1.El formato y contenido de los informes serán desarrollados y adaptados en conjunto durante la ejecución del proyecto.
17
Propiedad Intelectual de Desarrollos.
El TDR no especifica el régimen de propiedad intelectual aplicable a los informes, metodologías de trabajo, configuraciones de software o cualquier otro producto intelectual que pudiera desarrollarse específicamente en el marco de la ejecución del contrato. Se solicita aclarar si la propiedad intelectual de dichos desarrollos corresponderá a la ANDE, al contratista, o si será compartida. Esta definición es importante para establecer los derechos y obligaciones de las partes sobre los productos generados.
El TDR no especifica el régimen de propiedad intelectual aplicable a los informes, metodologías de trabajo, configuraciones de software o cualquier otro producto intelectual que pudiera desarrollarse específicamente en el marco de la ejecución del contrato. Se solicita aclarar si la propiedad intelectual de dichos desarrollos corresponderá a la ANDE, al contratista, o si será compartida. Esta definición es importante para establecer los derechos y obligaciones de las partes sobre los productos generados.
Al respecto, favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas que todos los productos generados en el marco del contrato, incluyendo informes, metodologías, bases de datos, configuraciones y desarrollos informáticos, serán de propiedad exclusiva de la ANDE, en su carácter de entidad contratante. El proveedor no podrá reproducir ni divulgar dichos materiales sin autorización expresa y escrita de la ANDE.
Esta disposición se sustenta en los principios de eficacia, eficiencia y transparencia establecidos en el TDR, así como en la Ley N° 7021/22 de Contrataciones Públicas. No obstante, se reconocen los derechos morales del autor conforme a la legislación vigente.
18
Antigüedad de la Certificación ISO 9001.
En la sección "Requisitos Puntuables", se asignan puntos por contar con la Certificación ISO 9001, exigiendo que la misma tenga "al menos 1 (un) año de antigüedad". Este requisito de antigüedad resulta restrictivo y no necesariamente refleja una mayor calidad. Una empresa puede haber obtenido la certificación recientemente tras un riguroso proceso de implementación. La validez y vigencia de la certificación, auditada por un ente acreditado, es la garantía de cumplimiento del estándar, no su antigüedad. Se solicita eliminar el requisito de antigüedad de la certificación y otorgar el puntaje a todas las empresas que presenten un certificado ISO 9001 válido y vigente al momento de la oferta.
En la sección "Requisitos Puntuables", se asignan puntos por contar con la Certificación ISO 9001, exigiendo que la misma tenga "al menos 1 (un) año de antigüedad". Este requisito de antigüedad resulta restrictivo y no necesariamente refleja una mayor calidad. Una empresa puede haber obtenido la certificación recientemente tras un riguroso proceso de implementación. La validez y vigencia de la certificación, auditada por un ente acreditado, es la garantía de cumplimiento del estándar, no su antigüedad. Se solicita eliminar el requisito de antigüedad de la certificación y otorgar el puntaje a todas las empresas que presenten un certificado ISO 9001 válido y vigente al momento de la oferta.
Al respecto, favor tener en cuenta que tanto en el Pliego de Bases y Condiciones como en los Términos de Referencia, no se hace mención a la Certificación ISO 9001.
19
Criterios de Evaluación para "Calidad de la Metodología de Trabajo".
Dentro de la tabla de evaluación de ofertas, se asigna un puntaje a la "Calidad de la Metodología de Trabajo". Este es un criterio subjetivo si no se acompaña de parámetros claros de evaluación. Se solicita a la Convocante que detalle los aspectos específicos que serán valorados dentro de la metodología propuesta. Por ejemplo: ¿se puntuará la claridad del plan de trabajo, la asignación de recursos, el plan de gestión de riesgos, la inclusión de herramientas tecnológicas para el seguimiento, etc.? Desglosar los sub-criterios permitirá a los oferentes enfocar sus propuestas y garantizará una evaluación más objetiva y transparente por parte del Comité de Evaluación.
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Criterios de Evaluación para "Calidad de la Metodología de Trabajo".
Dentro de la tabla de evaluación de ofertas, se asigna un puntaje a la "Calidad de la Metodología de Trabajo". Este es un criterio subjetivo si no se acompaña de parámetros claros de evaluación. Se solicita a la Convocante que detalle los aspectos específicos que serán valorados dentro de la metodología propuesta. Por ejemplo: ¿se puntuará la claridad del plan de trabajo, la asignación de recursos, el plan de gestión de riesgos, la inclusión de herramientas tecnológicas para el seguimiento, etc.? Desglosar los sub-criterios permitirá a los oferentes enfocar sus propuestas y garantizará una evaluación más objetiva y transparente por parte del Comité de Evaluación.
Al respecto,favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo detallado en el punto "Sistemas de puntuación de los criterios establecidos", "Otros criterios que la convocante requiera", del apartado "Experiencia Requerida".
20
Cuantificación del Alcance de la Capacitación y Transferencia de Conocimiento.
El punto 5.2.7 del TDR obliga al adjudicatario a realizar la "Capacitación y transferencia de conocimiento" al personal de la ANDE. No obstante, no se cuantifica el alcance de esta obligación. Para poder estimar los costos asociados, se solicita detallar: la cantidad de funcionarios de la ANDE a ser capacitados, el número total de horas de capacitación requeridas, las sedes o localidades donde se deberá impartir, y si el adjudicatario deberá proveer materiales, equipos o plataformas para dicha formación. La falta de esta información impide valorar correctamente este ítem del servicio.
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Cuantificación del Alcance de la Capacitación y Transferencia de Conocimiento.
El punto 5.2.7 del TDR obliga al adjudicatario a realizar la "Capacitación y transferencia de conocimiento" al personal de la ANDE. No obstante, no se cuantifica el alcance de esta obligación. Para poder estimar los costos asociados, se solicita detallar: la cantidad de funcionarios de la ANDE a ser capacitados, el número total de horas de capacitación requeridas, las sedes o localidades donde se deberá impartir, y si el adjudicatario deberá proveer materiales, equipos o plataformas para dicha formación. La falta de esta información impide valorar correctamente este ítem del servicio.
Al respecto, favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas que la Capacitación a la que se hace referencia en los Términos de Referencia, es para el personal con el que el oferente deberá contar para la ejecución de los trabajos previstos.