Se solicita a bien considerar una prorroga de 20 días en la fecha de presentación de las Propuestas en atención a los pedidos de aclaraciones solicitados. Teniendo en cuenta la complejidad del llamado.
Se solicita a bien considerar una prorroga de 20 días en la fecha de presentación de las Propuestas en atención a los pedidos de aclaraciones solicitados. Teniendo en cuenta la complejidad del llamado.
Al respecto,favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, las fechas establecidas en el Portal de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).
32
EXPERIENCIAS DEL OFERENTE
En el PBC se observa que los criterios de evaluación de la Experiencia General y Específica de la Empresa (puntos 1 y 2 del Sobre 1) no exigen que las experiencias correspondan a obras o servicios del ámbito eléctrico o electromecánico.
Dado que el objeto del presente llamado es la fiscalización de obras eléctricas de alta complejidad, que involucran manipulación de redes energizadas, detección de fraudes y regularización de suministros, la ausencia de una exigencia de experiencia específica en proyectos eléctricos podría permitir la participación de empresas sin la competencia técnica necesaria para supervisar este tipo de trabajos.
Cabe citar que en el llamado correspondiente a la Contratista de Obra, la Consulta N° 52 (fecha 09/10/2025) y su Respuesta del 10/10/2025 de la ANDE reconocen expresamente que las exigencias de experiencia específica del oferente se definieron “en función de la magnitud, complejidad y nivel de especialización de los trabajos a ejecutar, que incluyen la manipulación de redes energizadas, detección de fraudes y regularización de suministros eléctricos”.
En coherencia con dicho criterio, se solicita aclarar si el Comité Evaluador prevé una revisión del PBC para incluir este requisito, a fin de asegurar la idoneidad técnica y la coherencia con el objeto contractual, o en su defecto, proveer de respuesta sobre el criterio que se utilizó para definir las exigencias de Experiencia Especifica del Oferente.
En el PBC se observa que los criterios de evaluación de la Experiencia General y Específica de la Empresa (puntos 1 y 2 del Sobre 1) no exigen que las experiencias correspondan a obras o servicios del ámbito eléctrico o electromecánico.
Dado que el objeto del presente llamado es la fiscalización de obras eléctricas de alta complejidad, que involucran manipulación de redes energizadas, detección de fraudes y regularización de suministros, la ausencia de una exigencia de experiencia específica en proyectos eléctricos podría permitir la participación de empresas sin la competencia técnica necesaria para supervisar este tipo de trabajos.
Cabe citar que en el llamado correspondiente a la Contratista de Obra, la Consulta N° 52 (fecha 09/10/2025) y su Respuesta del 10/10/2025 de la ANDE reconocen expresamente que las exigencias de experiencia específica del oferente se definieron “en función de la magnitud, complejidad y nivel de especialización de los trabajos a ejecutar, que incluyen la manipulación de redes energizadas, detección de fraudes y regularización de suministros eléctricos”.
En coherencia con dicho criterio, se solicita aclarar si el Comité Evaluador prevé una revisión del PBC para incluir este requisito, a fin de asegurar la idoneidad técnica y la coherencia con el objeto contractual, o en su defecto, proveer de respuesta sobre el criterio que se utilizó para definir las exigencias de Experiencia Especifica del Oferente.
Al respecto, favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas que en relación a la observación presentada sobre la ausencia de una exigencia explícita de experiencia en obras o servicios del ámbito eléctrico o electromecánico dentro de los criterios de evaluación de la Experiencia General y Específica de la Empresa (puntos 1 y 2 del Sobre N° 1 del PBC), se aclara cuanto sigue:
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), los criterios de Experiencia General y Experiencia Específica fueron definidos atendiendo a la naturaleza integral del servicio a contratar y a la necesidad de valorar tanto la capacidad técnica como la de gestión de los oferentes.
En lo que respecta a la Experiencia General, el criterio principal considerado es el volumen en monto de los contratos ejecutados, el cual constituye un indicador objetivo de la capacidad operativa, administrativa y financiera de la empresa para asumir proyectos de magnitud similar al objeto del presente llamado.
Por su parte, en la Experiencia Específica, el PBC contempla tres ejes de evaluación que reflejan las competencias requeridas para la correcta ejecución del servicio: Experiencia en servicios de apoyo técnico y gerenciamiento de proyectos de inversión público/privada, que involucren la provisión y gestión de recursos humanos asignados, Experiencia en implementación de soluciones tecnológicas, incluyendo software, soporte técnico y sistemas de control o monitoreo y la experiencia en servicios de fiscalización y/o implementación de proyectos, montaje y/o puesta en operación de sistemas de control o supervisión.
Asimismo, el Pliego establece expresamente que el oferente deberá acreditar que su giro comercial corresponde al procedimiento de contratación ofertado, mediante la presentación de la documentación que respalde su actividad comercial, industrial o de servicios vinculada al objeto del contrato.
En tal sentido, la definición de los criterios busca mantener un equilibrio entre la amplitud de participación y la garantía de idoneidad técnica, permitiendo la concurrencia de empresas con capacidad comprobada en áreas afines a la fiscalización técnica, la gestión de proyectos y la integración tecnológica, elementos fundamentales para la ejecución efectiva y segura del servicio objeto del llamado.
Finalmente, es importante mencionar que entre los requisitos puntuables de la "Propuesta de Implementación de la Solución", se calificará la "Interpretación de los Términos de Referencia", y otros aspectos que requieren un entendimiento pormenorizado de los trabajos requeridos tanto en la LP1927-25 HHP5, como en el presente llamado.
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COHERENCIA ENTRE EXIGENCIAS DEL CONTRATISTA Y DEL CONSULTOR
En el PBC del llamado con ID DNCP N° 469978 – ANDE Lp1927-25 (de la Contratista), la Convocante (ANDE) justificó que la exigencia de experiencia en modalidades HHP0 a HHP5 responde a la “naturaleza, complejidad y riesgos inherentes a los trabajos objeto del llamado”. Sin embargo, en el presente proceso de selección del consultor fiscalizador, no se solicita experiencia equivalente o relacionada en el sector eléctrico.
Se solicita aclarar cómo se asegura la coherencia técnica entre ambos procesos, considerando que el fiscalizador debe poseer un grado de especialización en el sector eléctrico al menos igual o superior al contratista que supervisará.
14-10-2025
20-10-2025
COHERENCIA ENTRE EXIGENCIAS DEL CONTRATISTA Y DEL CONSULTOR
En el PBC del llamado con ID DNCP N° 469978 – ANDE Lp1927-25 (de la Contratista), la Convocante (ANDE) justificó que la exigencia de experiencia en modalidades HHP0 a HHP5 responde a la “naturaleza, complejidad y riesgos inherentes a los trabajos objeto del llamado”. Sin embargo, en el presente proceso de selección del consultor fiscalizador, no se solicita experiencia equivalente o relacionada en el sector eléctrico.
Se solicita aclarar cómo se asegura la coherencia técnica entre ambos procesos, considerando que el fiscalizador debe poseer un grado de especialización en el sector eléctrico al menos igual o superior al contratista que supervisará.
Al respecto, favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas que en relación a la observación presentada sobre la supuesta falta de correspondencia entre los requisitos exigidos al Contratista del llamado ID N° 469978 - ANDE Lp N° 1927/25 y los establecidos en el presente proceso de selección del Consultor Fiscalizador, se aclara cuanto sigue:
Los criterios de idoneidad técnica definidos para cada proceso responden a objetos contractuales distintos.
En el caso del Contratista, el servicio implica la ejecución directa de los trabajos, incluyendo actividades de instalación, manipulación y conexión de las redes de distribución, motivo por el cual se exigió experiencia en las modalidades HHP0 a HHP5, atendiendo a la naturaleza, complejidad y riesgos inherentes a los trabajos a ejecutar.
Por su parte, en el presente proceso licitatorio, el servicio corresponde a la verificación técnica, operativa y administrativa de dichos trabajos, requiriendo competencias en supervisión, control, planificación y gestión de calidad, en el cual, el Consultor deberá realizar la dirección y supervisión del proyecto, la coordinación de trabajos en zona con uso de tecnología, la planificación y análisis de datos, la asistencia administrativa y monitoreo de cuadrillas, el apoyo técnico en proyectos eléctricos, la evaluación del desempeño, logística y seguridad, el catastro y regularización de suministros irregulares, y el apoyo jurídico en caso necesario. En este sentido, los criterios de experiencia establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) del presente proceso valoran la capacidad integral del consultor en gestión técnica, tecnológica, administrativa y de supervisión, más allá de la ejecución operativa de los trabajos (propia de la licitación de HHP5), lo que permite garantizar una supervisión especializada, imparcial y con respaldo multidisciplinario.
De esta forma, se asegura la coherencia técnica y funcional entre ambos procesos licitatorios, manteniendo la consistencia con el nivel de complejidad del servicio, y garantizando que la empresa adjudicataria cuente con la idoneidad, experiencia y estructura técnica necesarias para cumplir con las responsabilidades asignadas.
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Falta de Requisito de Experiencia del Oferente en el Sector Eléctrico
El Pliego no requiere que la empresa consultora (ni sus socios) acredite experiencia institucional previa en obras o servicios eléctricos, pese a que fiscalizará trabajos de manipulación de redes energizadas y adecuación de medidores.
Se solicita aclarar si esta omisión es intencional y cómo se garantizará que el consultor posea la idoneidad institucional y técnica necesaria para supervisar obras eléctricas de alta complejidad y riesgo operativo.
14-10-2025
20-10-2025
Falta de Requisito de Experiencia del Oferente en el Sector Eléctrico
El Pliego no requiere que la empresa consultora (ni sus socios) acredite experiencia institucional previa en obras o servicios eléctricos, pese a que fiscalizará trabajos de manipulación de redes energizadas y adecuación de medidores.
Se solicita aclarar si esta omisión es intencional y cómo se garantizará que el consultor posea la idoneidad institucional y técnica necesaria para supervisar obras eléctricas de alta complejidad y riesgo operativo.
Al respecto, favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas que la definición de los requisitos de experiencia en el Pliego de Bases y Condiciones responde a la naturaleza del servicio a contratar, orientado a la fiscalización técnica, operativa y administrativa de los trabajos ejecutados en HHP5, y no a su ejecución directa.
Por tal motivo, el Pliego valora la experiencia en servicios de apoyo técnico, gerenciamiento de proyectos, implementación de soluciones tecnológicas y fiscalización de obras o sistemas de control y monitoreo, competencias esenciales para el cumplimiento de las funciones del consultor, los cuales son valorados en la experiencia especifica del consultor.
Asimismo, se exige que el oferente acredite un giro comercial compatible con el objeto del contrato, lo que garantiza que la empresa cuente con estructura y capacidad institucional vinculada al ámbito eléctrico o técnico, y que entre los requisitos puntuables de la "Propuesta de Implementación de la Solución", se calificará la "Interpretación de los Términos de Referencia", y otros aspectos que requieren un entendimiento pormenorizado le los trabajos requeridos tanto en la LP1927-25 HHP5, como en el presente llamado.
Es importante mencionar que entre los requisitos puntuables de la "Propuesta de Implementación de la Solución", se calificará la "Interpretación de los Términos de Referencia", y otros aspectos que requieren un entendimiento pormenorizado le los trabajos requeridos tanto en la LP1927-25 HHP5, como en el presente llamado.
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Falta de Correspondencia entre la Complejidad Técnica y el Sistema de Puntaje
El PBC, en cuanto a experiencias en el sector eléctrico (objeto de este llamado), asigna puntaje solo por la experiencia individual del Ingeniero Eléctrico/Electromecánico (5 puntos), sin valorar la experiencia del oferente o del Director del Proyecto en proyectos o fiscalizaciones eléctricas.
Considerando la magnitud técnica de las tareas a fiscalizar, solicitamos se reevalúe la proporcionalidad del sistema de puntaje, de manera que la experiencia específica en proyectos eléctricos tenga un peso real acorde al riesgo y especialización del objeto contractual.
14-10-2025
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Falta de Correspondencia entre la Complejidad Técnica y el Sistema de Puntaje
El PBC, en cuanto a experiencias en el sector eléctrico (objeto de este llamado), asigna puntaje solo por la experiencia individual del Ingeniero Eléctrico/Electromecánico (5 puntos), sin valorar la experiencia del oferente o del Director del Proyecto en proyectos o fiscalizaciones eléctricas.
Considerando la magnitud técnica de las tareas a fiscalizar, solicitamos se reevalúe la proporcionalidad del sistema de puntaje, de manera que la experiencia específica en proyectos eléctricos tenga un peso real acorde al riesgo y especialización del objeto contractual.
Al respecto, favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas que tanto la experiencia del Oferente como la del Director del proyecto si son valoradas, favor remitirse al PUNTO 1 "Experiencia General de la Empresa (10 Puntos):", y PUNTO 2 "Experiencia Específica de la Empresa (45 puntos):" del apartado "Experiencia Requerida", correspondiente al "Sobre 1: Propuesta Técnica", y al PUNTO 2.1.1. "Experiencia del Director del Proyecto (9 puntos)", del apartado "2.Requisitos Puntuables de Capacidad Técnica".
36
VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DEL SECTOR ELÉCTRICO
En las respuestas a las Consultas N°49, 52, 56, 73 y 85 del llamado Lp1927-25 (Contratista), la ANDE señaló que los Oferentes deben garantizar, mediante la experiencia del Oferente, el conocimiento de los procedimientos técnicos, administrativos y de seguridad propios de la institución.
Se solicita aclarar si el consultor fiscalizador deberá verificar el cumplimiento de dichas normas y, en caso afirmativo, cómo podrá hacerlo sin exigencias de experiencia institucional o antecedentes en la aplicación de los procedimientos técnicos en el sector eléctrico.
14-10-2025
20-10-2025
VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DEL SECTOR ELÉCTRICO
En las respuestas a las Consultas N°49, 52, 56, 73 y 85 del llamado Lp1927-25 (Contratista), la ANDE señaló que los Oferentes deben garantizar, mediante la experiencia del Oferente, el conocimiento de los procedimientos técnicos, administrativos y de seguridad propios de la institución.
Se solicita aclarar si el consultor fiscalizador deberá verificar el cumplimiento de dichas normas y, en caso afirmativo, cómo podrá hacerlo sin exigencias de experiencia institucional o antecedentes en la aplicación de los procedimientos técnicos en el sector eléctrico.
Sí, el fiscalizador deberá verificar el cumplimiento de dichas normas, podrá hacerlo a través de los Profesionales Electricistas con los que contará y cuyas capacidades técnicas requeridas se encuentran descritas en los Términos de Referencia. Cabe señalar que dichas capacidades son las mismas requeridas para los profesionales electricistas que ejecutarán los trabajos con la LP1927-25 HHP5.
Asimismo, el Oferente deberá presentar en su propuesta técnica, la Propuesta de Implementación de la Solución, entre los cuales como requisito puntuable se especifica el Plan de Seguridad Laboral a ser implementado.
37
Ajuste recomendado a los requisitos de experiencia
Considerando el principio de correspondencia técnica entre el objeto del contrato y la capacidad del oferente, se sugiere evaluar la incorporación de un requisito mínimo de experiencia específica del consultor (al menos un socio) en obras o fiscalizaciones del sector eléctrico, o bien en la supervisión de proyectos de distribución de redes.
Esto permitiría mantener la coherencia del concurso sin afectar la idoneidad técnica que requiere el objeto de la consultoría.
14-10-2025
20-10-2025
Ajuste recomendado a los requisitos de experiencia
Considerando el principio de correspondencia técnica entre el objeto del contrato y la capacidad del oferente, se sugiere evaluar la incorporación de un requisito mínimo de experiencia específica del consultor (al menos un socio) en obras o fiscalizaciones del sector eléctrico, o bien en la supervisión de proyectos de distribución de redes.
Esto permitiría mantener la coherencia del concurso sin afectar la idoneidad técnica que requiere el objeto de la consultoría.
Al respecto, favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la licitación de referencia.
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Riesgos inherentes por no exigir experiencia en el sector eléctrico
Las obras a fiscalizar incluyen la manipulación directa de redes energizadas, detección de fraudes y adecuación de medidores, actividades que requieren estricto cumplimiento de normas de seguridad eléctrica.
Se solicita justificar cómo la ANDE asegurará que el consultor fiscalizador, sin exigencia formal de experiencia en obras eléctricas o en fiscalización de trabajos similares, pueda garantizar la correcta aplicación de tales normas y protocolos.
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Riesgos inherentes por no exigir experiencia en el sector eléctrico
Las obras a fiscalizar incluyen la manipulación directa de redes energizadas, detección de fraudes y adecuación de medidores, actividades que requieren estricto cumplimiento de normas de seguridad eléctrica.
Se solicita justificar cómo la ANDE asegurará que el consultor fiscalizador, sin exigencia formal de experiencia en obras eléctricas o en fiscalización de trabajos similares, pueda garantizar la correcta aplicación de tales normas y protocolos.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas que el Consultor implementador del Proyecto deberá verificar el cumplimiento de las normas, así como asegurar que los entregables del proyecto cumplan con los estándares requeridos por la ANDE, para el cual se establecen perfiles en diferentes áreas de supervisión e implementación, entre los cuales se encuentran los Profesionales Electricistas con los que contará y cuyas capacidades técnicas requeridas se encuentran descritas en los Términos de Referencia. Cabe señalar que dichas capacidades son las mismas requeridas para los profesionales electricistas que ejecutarán los trabajos con la LP1927-25 HHP5, cabe destacar que tanto la LP1927/25 y la LP1960/25 no contemplan la detección de fraudes.
Asimismo, el consultor deberá garantizar la dirección, coordinación, monitoreo de cuadrillas, apoyo técnico y cumplimiento de normas de seguridad eléctrica, asegurando la correcta fiscalización y mitigación de riesgos operativos. Finalmente, se exige que el oferente acredite un giro comercial compatible con el objeto del contrato, y en los criterios puntuables de la "Propuesta de Implementación de la Solución" se evaluará la interpretación de los Términos de Referencia y otros aspectos que requieren un entendimiento detallado de los trabajos requeridos, tanto en la LP1927-25 HHP5 como en el presente llamado.
39
RIESGO DERIVADO DE LA AUSENCIA DE REQUISITOS ESPECÍFICOS DE EXPERIENCIA EN EL SECTOR ELÉCTRICO
El PBC solo otorga puntaje por la experiencia en el sector eléctrico del Ingeniero Eléctrico/Electromecánico (hasta 5 puntos), sin requerir ni valorar experiencia en dicho sector para el Director del Proyecto ni para el oferente (empresa o consorcio).
Además, el pliego no especifica qué tipo de experiencias eléctricas serán aceptadas para el Ingeniero Eléctrico/Electromecánico (p. ej. construcción, fiscalización, mantenimiento, distribución, etc.), lo que genera un alto grado de ambigüedad y discrecionalidad en la evaluación, es decir, que el profesional propuesto puede no tener experiencia en obras de esta magnitud ni complejidad, pero por tener experiencia GENERAL o AÑOS DE ANTIGÜEDAD en el ejercicio de su profesión podría acreditar la experiencia de un oferente.
Dada la magnitud del presente llamado —uno de los procesos de consultoría más grandes promovidos por la ANDE en los últimos años—, esta situación constituye un riesgo técnico significativo, pudiendo derivar en la adjudicación a un oferente sin experiencia comprobada en fiscalización de obras eléctricas, y aún mas grave, sin que el equipo técnico cuente ningún tipo de experiencia relevante que permita acreditar la capacidad de llevar a cabo satisfactoriamente un trabajo de tal magnitud y complejidad.
Se solicita aclarar si esta ausencia es intencional y si la ANDE considera introducir mecanismos de valoración o ajuste que aseguren la idoneidad técnica del consultor respecto al objeto de la contratación.
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20-10-2025
RIESGO DERIVADO DE LA AUSENCIA DE REQUISITOS ESPECÍFICOS DE EXPERIENCIA EN EL SECTOR ELÉCTRICO
El PBC solo otorga puntaje por la experiencia en el sector eléctrico del Ingeniero Eléctrico/Electromecánico (hasta 5 puntos), sin requerir ni valorar experiencia en dicho sector para el Director del Proyecto ni para el oferente (empresa o consorcio).
Además, el pliego no especifica qué tipo de experiencias eléctricas serán aceptadas para el Ingeniero Eléctrico/Electromecánico (p. ej. construcción, fiscalización, mantenimiento, distribución, etc.), lo que genera un alto grado de ambigüedad y discrecionalidad en la evaluación, es decir, que el profesional propuesto puede no tener experiencia en obras de esta magnitud ni complejidad, pero por tener experiencia GENERAL o AÑOS DE ANTIGÜEDAD en el ejercicio de su profesión podría acreditar la experiencia de un oferente.
Dada la magnitud del presente llamado —uno de los procesos de consultoría más grandes promovidos por la ANDE en los últimos años—, esta situación constituye un riesgo técnico significativo, pudiendo derivar en la adjudicación a un oferente sin experiencia comprobada en fiscalización de obras eléctricas, y aún mas grave, sin que el equipo técnico cuente ningún tipo de experiencia relevante que permita acreditar la capacidad de llevar a cabo satisfactoriamente un trabajo de tal magnitud y complejidad.
Se solicita aclarar si esta ausencia es intencional y si la ANDE considera introducir mecanismos de valoración o ajuste que aseguren la idoneidad técnica del consultor respecto al objeto de la contratación.
Al respecto, favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas que la experiencia del Director del proyecto si es valorada, favor remitirse al Punto 2.1.1. "Experiencia del Director del Proyecto (9 puntos)", del apartado "2.Requisitos Puntuables de Capacidad Técnica".
Se aclara que la idoneidad técnica de los oferentes se encuentra asegurada no sólo a través de la Experiencia General y Específica exigida a la empresa, sino también a través de los requisitos exigidos a diferentes profesionales requeridos para este llamado. Cabe señalar que la Asistencia y Apoyo Técnico para el control de los trabajos ejecutados con la LP1927-25 HHP5 - ID N° 469978, es sólo uno de los aspectos contemplados en el presente llamado.
40
Necesidad de exigir experiencia mínima del oferente en el sector eléctrico
Si bien podría interpretarse que la ANDE, mediante el presente llamado, busca ampliar el universo de oferentes permitiendo la participación de empresas consultoras sin experiencia directa en obras eléctricas, resulta imprescindible mantener un nivel mínimo de exigencia técnica que asegure la idoneidad profesional del fiscalizador.
En el llamado del contratista (Licitación Pública ANDE Lp1927-25, con ID N° 469978), la ANDE fundamentó la exigencia de antecedentes en modalidades HHP0 a HHP5 precisamente para garantizar el know-how institucional y la familiaridad con los procedimientos técnicos y de seguridad propios del sistema eléctrico.
Por tanto, se solicita considerar la inclusión de un requerimiento similar en el presente proceso, estableciendo que al menos uno de los socios o integrantes del consorcio acredite experiencia institucional en proyectos eléctricos de naturaleza y complejidad comparable, de modo que se preserve la coherencia técnica y el estándar de calidad esperado.
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Necesidad de exigir experiencia mínima del oferente en el sector eléctrico
Si bien podría interpretarse que la ANDE, mediante el presente llamado, busca ampliar el universo de oferentes permitiendo la participación de empresas consultoras sin experiencia directa en obras eléctricas, resulta imprescindible mantener un nivel mínimo de exigencia técnica que asegure la idoneidad profesional del fiscalizador.
En el llamado del contratista (Licitación Pública ANDE Lp1927-25, con ID N° 469978), la ANDE fundamentó la exigencia de antecedentes en modalidades HHP0 a HHP5 precisamente para garantizar el know-how institucional y la familiaridad con los procedimientos técnicos y de seguridad propios del sistema eléctrico.
Por tanto, se solicita considerar la inclusión de un requerimiento similar en el presente proceso, estableciendo que al menos uno de los socios o integrantes del consorcio acredite experiencia institucional en proyectos eléctricos de naturaleza y complejidad comparable, de modo que se preserve la coherencia técnica y el estándar de calidad esperado.
Al respecto, favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la licitación de referencia.