Se informa que, para el presente proceso internacional regido por las políticas del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), no se requiere la presentación de garantía de seriedad de la propuesta, ya sea en forma de garantía bancaria o póliza, como parte de los requisitos para la participación o presentación de la oferta.
Si bien en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP) puede visualizarse un porcentaje asignado (5% para este caso) como campo obligatorio de carga en la plataforma, dicha información no resulta aplicable a este llamado, ya que el mismo no se encuentra sujeto a las exigencias formales de la normativa nacional, al tratarse de un proceso financiado por un organismo internacional.
En este sentido, el artículo 6 de la Ley N° 7021/2023 establece expresamente que:
"Los procedimientos de contratación financiados total o parcialmente por organismos internacionales se regirán por los respectivos convenios, acuerdos o contratos de préstamo, quedando excluidos del cumplimiento de las disposiciones de la presente ley y su reglamentación, salvo que se indique expresamente lo contrario en dichos instrumentos."
Por tanto, rige exclusivamente lo establecido en la Solicitud de Propuestas (SDP) N° 21/2025, la cual no contempla en ninguna de sus secciones la exigencia de una garantía de mantenimiento de oferta.
2
Formulario para experiencia
Se entiende que el formualrio TEC2 es para declarar la experiencia especifica .
Favor aclarar el punto 2 donde dice " 2-Hacer una lista únicamente de los trabajos para los que el consultor haya sido contratado......."
Es un solo cuadro para toda la experiencia tanto general como específica?
Se entiende que el formualrio TEC2 es para declarar la experiencia especifica .
Favor aclarar el punto 2 donde dice " 2-Hacer una lista únicamente de los trabajos para los que el consultor haya sido contratado......."
Es un solo cuadro para toda la experiencia tanto general como específica?
Se aclara que el Formulario TEC-2: "Organización y experiencia del consultor", ubicado en la Sección IV de la Solicitud de Propuestas, en la página 51 y 52, debe ser utilizado para declarar tanto la experiencia general como la experiencia específica de la firma, según corresponda al objeto del contrato.
Los consultores deberán listar, en un único cuadro, los contratos que consideren más relevantes para acreditar su experiencia relacionada con los servicios solicitados, conforme a lo requerido en los Términos de Referencia y la Hoja de Datos.
3
Declaracion Jurada Ley 7021/23
En la Hoja de datos , IAC 10.2 se que los oferentes deben presentar la Declaración jurada de no encontrarse comprendido en las Prohibiciones y limitaciones ......" etc.
Favor indicar donde se puede ubicar en el pliego esa declaración jurada.
En la Hoja de datos , IAC 10.2 se que los oferentes deben presentar la Declaración jurada de no encontrarse comprendido en las Prohibiciones y limitaciones ......" etc.
Favor indicar donde se puede ubicar en el pliego esa declaración jurada.
Se informa que el modelo de Declaración Jurada conforme a la Ley N° 7021/23 se encuentra disponible en el formulario estándar publicado por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).
Dado que no forma parte de los formularios del pliego, los oferentes deberán descargarla directamente del portal www.contrataciones.gov.py, completarla, firmarla y presentarla junto con su propuesta.
4
Director de Proyecto
Se entiende que para completar y obtener el mayor puntaje , para la experiencia de este profesional , los contratos pueden estar en forma separada, es decir puede ser un contrato de "Diseño" de 1.500 m por sistema de tonelería y otro contrato de "Construcción" de colectores principales por gravedad..... etc.
Es correcta la interpretación?
Se entiende que para completar y obtener el mayor puntaje , para la experiencia de este profesional , los contratos pueden estar en forma separada, es decir puede ser un contrato de "Diseño" de 1.500 m por sistema de tonelería y otro contrato de "Construcción" de colectores principales por gravedad..... etc.
Es correcta la interpretación?
Puede presentar las experiencias indicadas a través de contratos diferentes, siempre que el mismo se haya celebrado bajo la modalidad de Diseño y Construcción
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Especialista Social
En la puntuación para el Especialista Social se indica que debe tener maestría relevante al cargo con una puntuación de 0,5 , sin embargo en el perfil requerido para dicho profesional no indica que debe tener maestría.
Favor aclarar este punto.
En la puntuación para el Especialista Social se indica que debe tener maestría relevante al cargo con una puntuación de 0,5 , sin embargo en el perfil requerido para dicho profesional no indica que debe tener maestría.
Favor aclarar este punto.
Se aclara que la maestría no constituye un requisito obligatorio para el perfil del Especialista Social. El perfil mínimo exigido contempla título de grado y la experiencia profesional establecida en los Términos de Referencia. No obstante, de conformidad con lo indicado en la Sección III - Hoja de Datos, la formación de maestría relevante será considerada como un criterio adicional de evaluación, otorgando puntaje técnico adicional en el subcriterio "Competencia para el trabajo". En consecuencia, la ausencia de maestría no invalida la postulación del candidato, pero su presentación permitirá la asignación de puntaje extra conforme al sistema de calificación previsto
6
Transferencia de tecnología
En Transferencia de tecnología. Pag 113 se señala “El Contratante asignará al equipo de la Unidad Coordinadora de Proyecto PR-L 1172, a sus ingenieros y otro personal clave que crea pertinente como personal de la Contraparte para trabajar con el equipo del Ingeniero y de Contratista. Los designados por la UCP trabajarán estrechamente con el Ingeniero en las fases de trabajo de revisión del diseño, construcción y otras fases con el fin de aprovechar la oportunidad de transferencia de tecnología. Sin embargo, los asuntos administrativos de selección y contratación de funcionarios de la Contratante (permanentes, contratados o consultores) a disposición de la Unidad Coordinadora ele Proyecto (UCP) y los pagos de los mismos son responsabilidad del Contratante o del que él mismo designe como responsable de dichos pagos”
Se entiende que el personal es designado por la UCP y que los pagos hacia este personal, estará a cargo del Contratante. Se entiende que por “pagos”, se incluyen todos los gastos que este personal genere o requiera.
Asimismo, se entiende que:
a. El Ingeniero, no dará equipamiento ni dispondrá de lugar físico de trabajo para este personal.
b. El personal designado, tendrá un coordinador general de la UCP, que mantenga el dialogo con el Representante del Ingeniero durante el desarrollo de las actividades.
c. El Ingeniero, NO coordinará el trabajo del personal designado por la UCP, ni llevará control alguno de las actividades desarrolladas por este personal.
d. El personal asignado, NO tendrá injerencia alguna sobre las actividades del Ingeniero ni sobre sus decisiones.
En Transferencia de tecnología. Pag 113 se señala “El Contratante asignará al equipo de la Unidad Coordinadora de Proyecto PR-L 1172, a sus ingenieros y otro personal clave que crea pertinente como personal de la Contraparte para trabajar con el equipo del Ingeniero y de Contratista. Los designados por la UCP trabajarán estrechamente con el Ingeniero en las fases de trabajo de revisión del diseño, construcción y otras fases con el fin de aprovechar la oportunidad de transferencia de tecnología. Sin embargo, los asuntos administrativos de selección y contratación de funcionarios de la Contratante (permanentes, contratados o consultores) a disposición de la Unidad Coordinadora ele Proyecto (UCP) y los pagos de los mismos son responsabilidad del Contratante o del que él mismo designe como responsable de dichos pagos”
Se entiende que el personal es designado por la UCP y que los pagos hacia este personal, estará a cargo del Contratante. Se entiende que por “pagos”, se incluyen todos los gastos que este personal genere o requiera.
Asimismo, se entiende que:
a. El Ingeniero, no dará equipamiento ni dispondrá de lugar físico de trabajo para este personal.
b. El personal designado, tendrá un coordinador general de la UCP, que mantenga el dialogo con el Representante del Ingeniero durante el desarrollo de las actividades.
c. El Ingeniero, NO coordinará el trabajo del personal designado por la UCP, ni llevará control alguno de las actividades desarrolladas por este personal.
d. El personal asignado, NO tendrá injerencia alguna sobre las actividades del Ingeniero ni sobre sus decisiones.
El personal designado por la Unidad Coordinadora de Proyecto (UCP), el Ingeniero, de acuerdo con las Subcláusula 3,4 "Delegación por el Ingeniero", serán Asistentes del Ingeniero, por lo que, el Ingeniero deberá prever lugar, comodidades y herramientas de trabajo si fuera el caso. El Ingeniero no debe contemplar pagos en concepto de sueldos y/o salarios del personal designado por la UCP.
Por tanto, debido a que estas designaciones se enmarcan en la Subcláusula 3,4 "Delegación por el Ingeniero", estos personales tienen tareas y autoridad que concede el Ingeniero como Asistentes y por tanto, colaboran en las funciones del Ingeniero y las decisiones del Ingeniero deben tomar en cuenta el criterio enmarcado en las tareas y autoridad delegada.
El punto a es incorrecto, ya que el personal de la UCP y el Ingeniero buscan que las obras se realicen con la mayor calidad posible.
El punto b se aclara que la UCP y el Ingeniero deben estar coordinados, pero eso no quita la posibilidad de fricciones por diferencias de criterio. Una vez que el personal de la UCP sean Asistentes del Ingeniero Subcláusula 3,4 "Delegación por el Ingeniero", este personal debe estar bajo la dirección del Ingeniero.
El punto c es incorrecto, ya que el personal de la UCP que sean Asistentes del Ingeniero Subcláusula 3,4 "Delegación por el Ingeniero", este personal debe estar bajo la dirección del Ingeniero.
El punto d es incorrecto ya que el personal de la UCP que sean Asistentes del Ingeniero Subcláusula 3,4 "Delegación por el Ingeniero", este personal colabora en las funciones del Ingeniero y si la UCP lo está nominando, es porque tienen un nivel correspondiente a las funciones que se le nómina.
7
Profesionales - Especialista electromecánico
Foja 38, Sección VII, Términos de Referencia, Personal Clave, 4. Especialista Electromecánico, se solicita aclarar el tipo de experiencia del Especialista electromecánico, en vista que se pide en los requisitos otra especialidad adicional como es la especialidad de automatización y control.
Foja 38, Sección VII, Términos de Referencia, Personal Clave, 4. Especialista Electromecánico, se solicita aclarar el tipo de experiencia del Especialista electromecánico, en vista que se pide en los requisitos otra especialidad adicional como es la especialidad de automatización y control.
Se informa que el perfil del Especialista Electromecánico debe contemplar experiencia en proyectos de infraestructura similares, con conocimientos en sistemas de automatización y control, dado que forman parte del alcance de los servicios de diseño y supervisión de colectores y estaciones de bombeo. No se requiere que el profesional cuente con un título adicional en automatización y control. Sin embargo, sí deberá acreditar experiencia práctica o formación complementaria en dicha área, suficiente para garantizar una adecuada supervisión de los componentes electromecánicos vinculados a sistemas de automatización y control.
8
Profesionales - Especialista Social
Foja 37, Sección VII, Términos de Referencia, Personal Clave 6. Especialista Social, se observa que no se menciona como requisito una maestría o especialización para el profesional. Sin embargo, en la en la foja 80, Sección III, Hoja de Datos, IAC 21.1 - III, se otorgan puntos por la maestría del profesional. Por lo tanto, solicitamos una aclaración sobre cuál de las dos consignas prevalece como correcta."
Foja 37, Sección VII, Términos de Referencia, Personal Clave 6. Especialista Social, se observa que no se menciona como requisito una maestría o especialización para el profesional. Sin embargo, en la en la foja 80, Sección III, Hoja de Datos, IAC 21.1 - III, se otorgan puntos por la maestría del profesional. Por lo tanto, solicitamos una aclaración sobre cuál de las dos consignas prevalece como correcta."
Se aclara que la maestría no es un requisito obligatorio para el Especialista Social, conforme a lo indicado en la Sección VII - Términos de Referencia. No obstante, en el proceso de evaluación técnica previsto en la Sección III - Hoja de Datos, IAC 21.1 - III, se contempla la asignación de puntaje adicional en caso de que el profesional propuesto cuente con una maestría relevante para el cargo. En resumen, la ausencia de maestría no invalida la postulación del profesional, pero su presencia podrá ser considerada como un factor que otorga puntaje adicional durante la evaluación técnica
9
Personal No Clave
Entendemos que, para la presentación de la propuesta solo se deben presentar las hojas de vida y respectivos respaldos del personal Clave, y que el Personal No Clave se presentará una vez se haya adjudicado el contrato.
Entendemos que, para la presentación de la propuesta solo se deben presentar las hojas de vida y respectivos respaldos del personal Clave, y que el Personal No Clave se presentará una vez se haya adjudicado el contrato.
Se confirma que, para la presentación de la propuesta, solo es obligatorio incluir las hojas de vida y los respaldos del Personal Clave, conforme a lo establecido en los formularios de la Sección IV - Propuesta Técnica.
El Personal No Clave no requiere ser identificado ni documentado al momento de la propuesta, y podrá ser presentado posteriormente, una vez adjudicado el contrato, conforme a los requerimientos del Contratante.
Sección III, Hoja de Datos, punto IAC 10.1, en la página 37, y el Formulario TEC-6 "Composición del Equipo, Insumos de los Profesionales Clave y Hoja de Vida (CV) adjunta"
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Términos de Referencia: punto 3 Ubicación General
Términos de Referencia: punto 3 Ubicación General del Proyecto: en esta descripción se señala la delimitación de las cuencas mediante planos zonales. Se solicita el envío de todos esos planos en color para poder interpretar correctamente lo informado.
Asimismo se solicita el envío, en color, de todo otro plano y/o esquema que pudiera facilitar su análisis.
Términos de Referencia: punto 3 Ubicación General del Proyecto: en esta descripción se señala la delimitación de las cuencas mediante planos zonales. Se solicita el envío de todos esos planos en color para poder interpretar correctamente lo informado.
Asimismo se solicita el envío, en color, de todo otro plano y/o esquema que pudiera facilitar su análisis.
La información solicitada se encuentra en el Data Room https://mopc.gov.py/dapsan/dataroom/
En el momento de la respuesta, el Data Room está en la Versión 7 y corresponde A TODO el Proyecto Lambaré, ya que las obras son dependientes en los puntos de uniones con las otras obras.
En particular el archivo DATA ROOM Lambare V7\20250428 PROYECTO LAMBARE.kmz cumple con lo que solicita con respecto a las cuencas y colores.
En cuanto a planos, la carpeta DATA ROOM Lambare V7\0040 Anteproyecto Redes\ principalmente tiene la información más relevante.