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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Pago de cuotas mensuales

Las deducciones que se realizarán sobre las certificaciones serán:

- 30% de retención del 10% de IVA,

- 0,4% DNCP.

- Intereses por mora, si correspondiere, diaria del 0,10% sobre el valor total del contrato, hasta el monto máximo de la garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

Una vez aprobado el certificado, la factura deberá ser presentada en la siguiente dirección: Dirección de Administración y Finanza del Comando en Jefe y Fuerzas Militares; sito en la Avda. Gral. Santos c/ Avda. Mcal. López, Edificio FFMM, Sub Suelo (Asunción); Teléf: 021 2498228/230. Responsable: CNEL DCEM JHON EWARD BAVERA PALACIOS. Director.

Pago de cuotas mensuales

Las deducciones que se realizarán sobre las certificaciones serán:

- 30% de retención del 10% de IVA,

- 4% del Impuesto a la Renta,

- 0,4% DNCP.

- Intereses por mora, si correspondiere, diaria del 0,10% sobre el valor total del contrato, hasta el monto máximo de la garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

Una vez aprobado el certificado, la factura deberá ser presentada en la siguiente dirección: Dirección de Administración y Finanza del Comando en Jefe y Fuerzas Militares; sito en la Avda. Gral. Santos c/ Avda. Mcal. López, Edificio FFMM, Sub Suelo (Asunción); Teléf: 021 2498228/230. Responsable: CNEL DCEM JHON EWARD BAVERA PALACIOS. Director.

Pago de cuotas mensuales

Las deducciones que se realizarán sobre las certificaciones serán:

- 30% de retención del 10% de IVA,

- 4% del Impuesto a la Renta,

- 0,4% DNCP.

- Intereses por mora, si correspondiere, diaria del 0,10% sobre el valor total del contrato, hasta el monto máximo de la garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

Una vez aprobado el certificado, la factura deberá ser presentada en la siguiente dirección: Dirección de Administración y Finanza del Comando en Jefe y Fuerzas Militares; sito en la Avda. Gral. Santos c/ Avda. Mcal. López, Edificio FFMM, Sub Suelo (Asunción); Teléf: 021 2498228/230. Responsable: CNEL DCEM JHON EWARD BAVERA PALACIOS. Director.

Recepción Definitiva de las obras

-  La recepción definitiva tendrá lugar en el plazo de: 150 (cientocincuenta)  dias calendario desde la fecha del acta de inicio de obras.

-  El fiscal de obra enviará al contratista las listas detalladas de defectos de construcción descubiertos,  a más tardar tres (3) meses después de la recepción definitiva.

Recepción Definitiva de las obras

-  La recepción definitiva tendrá lugar en el plazo de: 130 (ciento treinta)  dias calendario desde la fecha del acta de inicio de obras.

-  El fiscal de obra enviará al contratista las listas detalladas de defectos de construcción descubiertos,  a más tardar tres (3) meses después de la recepción definitiva.

Recepción Definitiva de las obras

- La recepción definitiva tendrá lugar en el plazo de: 150130 (cientocincuentaciento treinta) dias calendario desde la fecha del acta de inicio de obras.

- El fiscal de obra enviará al contratista las listas detalladas de defectos de construcción descubiertos, a más tardar tres (3) meses después de la recepción definitiva.

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS).

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

La entrega de los certificados mensuales deberá estar acompañada de la nota de remisión y la factura correspondiente, la cual deberá ser presentada en la Direccion de Administracion y Finanzas del Comando de las FF.MM., como Unidad Responsable acompañado de la Copia del Acta de Recepción de Servicios, para iniciar los trámites administrativos para el pago al proveedor.

El pago se realizará conforme a las disponibilidades del plan financiero y plan de caja mensual, efectivamente acreditados por el Ministerio de Economia y Finanzas a la contratante.

Es importante mencionar que la presente convocatoria es Ad - Referendum y esta supeditada a la Aprobacion de una solicitud de Reprogramacion Presupuestaria de Fuente de Financiamiento 30 al 10, con estado en analisis en la Direccion General de Presupeusto del Ministerio de Economia y Finanzas.

De la factura se deducirá:

  • El 30% (treinta por ciento) sobre el IVA;
  • El 3% (tres por ciento) del Impuesto a la Renta;
  • El 0,4% (cero coma cuatro por ciento) en concepto de contribución de la implementación, operación, desarrollo, mantenimiento y actualización del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP)

Presentación de Facturas: El Proveedor presentara la/s Factura/s a Crédito en la Administracion y Finanzas del Comando de las FF.MM., como Unidad Responsable de la línea presupuestaria mencionada en el Pliego. El/los pago/s se realizarán en la Cuenta Corriente y/o Caja de Ahorro del Proveedor.

 

2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS).

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

La entrega de los certificados mensuales deberá estar acompañada de la nota de remisión y la factura correspondiente, la cual deberá ser presentada en la Direccion de Administracion y Finanzas del Comando de las FF.MM., como Unidad Responsable acompañado de la Copia del Acta de Recepción de Servicios, para iniciar los trámites administrativos para el pago al proveedor.

El pago se realizará conforme a las disponibilidades del plan financiero y plan de caja mensual, efectivamente acreditados por el Ministerio de Economia y Finanzas a la contratante.

Es importante mencionar que la presente convocatoria es Ad - Referendum y esta supeditada a la Aprobacion de una solicitud de Reprogramacion Presupuestaria de Fuente de Financiamiento 30 al 10, con estado en analisis en la Direccion General de Presupeusto del Ministerio de Economia y Finanzas.

De la factura se deducirá:

  • El 30% (treinta por ciento) sobre el IVA;
  • El 4% (cuatro por ciento) del Impuesto a la Renta;
  • El 0,4% (cero coma cuatro por ciento) en concepto de contribución de la implementación, operación, desarrollo, mantenimiento y actualización del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP)

Presentación de Facturas: El Proveedor presentara la/s Factura/s a Crédito en la Administracion y Finanzas del Comando de las FF.MM., como Unidad Responsable de la línea presupuestaria mencionada en el Pliego. El/los pago/s se realizarán en la Cuenta Corriente y/o Caja de Ahorro del Proveedor.

 

2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS).

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

La entrega de los certificados mensuales deberá estar acompañada de la nota de remisión y la factura correspondiente, la cual deberá ser presentada en la Direccion de Administracion y Finanzas del Comando de las FF.MM., como Unidad Responsable acompañado de la Copia del Acta de Recepción de Servicios, para iniciar los trámites administrativos para el pago al proveedor.

El pago se realizará conforme a las disponibilidades del plan financiero y plan de caja mensual, efectivamente acreditados por el Ministerio de Economia y Finanzas a la contratante.

Es importante mencionar que la presente convocatoria es Ad - Referendum y esta supeditada a la Aprobacion de una solicitud de Reprogramacion Presupuestaria de Fuente de Financiamiento 30 al 10, con estado en analisis en la Direccion General de Presupeusto del Ministerio de Economia y Finanzas.

De la factura se deducirá:

  • El 30% (treinta por ciento) sobre el IVA;
  • El 34% (trescuatro por ciento) del Impuesto a la Renta;
  • El 0,4% (cero coma cuatro por ciento) en concepto de contribución de la implementación, operación, desarrollo, mantenimiento y actualización del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP)

Presentación de Facturas: El Proveedor presentara la/s Factura/s a Crédito en la Administracion y Finanzas del Comando de las FF.MM., como Unidad Responsable de la línea presupuestaria mencionada en el Pliego. El/los pago/s se realizarán en la Cuenta Corriente y/o Caja de Ahorro del Proveedor.

2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: Los precios señalados en este documento, comprenden todo gravamen y cualquier otro gasto en los que incurra el oferente en la ejecución del Contrato. Los precios cotizados por el Proveedor estarán sujetos a Reajustes conforme a la siguiente formula, siempre y cuando la variación del IPC publicado por el BCP haya sufrido una variación igual o mayor al quince por ciento (15%) referente a la fecha de apertura de ofertas;

Formula a aplicar:

  • Pr=P x IPC1
  • IPC0
  • Dónde:
  • Pr=Precio Reajustado
  • P = Precio Adjudicado
  • IPC1=Índice de Precios al Consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de entrega del suministro
  • IPC0=Índice de Precios al Consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la apertura de ofertas.

No se reconocerán reajustes de precios si el suministro se encuentra atrasado respecto al cronograma de entregas aprobado.

El reajuste tendrá aplicación sobre las obras entregados posteriores al mes en el cual se produjeron las variaciones, previa Resolución de la máxima autoridad del Comando de las Fuerzas Militares.

El ajuste se efectúa mensualmente aplicando las cláusulas de ajuste y el monto del ajuste se paga en las mismas condiciones que el certificado al cual se refiere. En caso que los índices oficiales que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes provisionales utilizando los últimos índices conocidos. Los ajustes se corregirán cuando se conozcan los valores relativos a los meses en cuestión.

En caso de atrasos imputables al contratista en la ejecución de los trabajos, las prestaciones realizadas vencidos los plazos contractuales de ejecución, se pagarán sobre la base de los precios actualizados y ajustados al día de expiración del plazo contractual de ejecución

La variación del valor del contrato por reajuste de precios, no constituye modificación del contrato en los términos de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, sin embargo, deberá contar con un Código de Contratación, para cuya obtención se deberá cumplir con los requerimientos establecidos por la DNCP.

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: Los precios señalados en este documento, comprenden todo gravamen y cualquier otro gasto en los que incurra el oferente en la ejecución del Contrato. Los precios cotizados por el Proveedor estarán sujetos a Reajustes conforme a la siguiente formula, siempre y cuando la variación del IPC publicado por el BCP haya sufrido una variación igual o mayor al quince por ciento (15%) referente a la fecha de apertura de ofertas;

Formula a aplicar:

  • Pr=P x IPC1
  • IPC0
  • Dónde:
  • Pr=Precio Reajustado
  • P = Precio Adjudicado
  • IPC1=Índice de Precios al Consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de entrega del suministro
  • IPC0=Índice de Precios al Consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la apertura de ofertas.

Los reajustes deberán ser solicitados por escrito a la Unidad Responsable de la Ejecución del Contrato por el Proveedor. La solicitud debe realizarse indefectiblemente dentro del mes siguiente al cual se produjeron las variaciones, bajo pena de no poder solicitarlo posteriormente. El reajuste tendrá aplicación sobre los bienes no entregados posteriores al mes en el cual se produjeron las variaciones, previa Resolución de la Máxima Autoridad de la Convocante.

No se reconocerán reajustes de precios si el suministro se encuentra atrasado respecto al cronograma de entregas aprobado.

El ajuste se efectúa mensualmente aplicando las cláusulas de ajuste y el monto del ajuste se paga en las mismas condiciones que el certificado al cual se refiere. En caso que los índices oficiales que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes provisionales utilizando los últimos índices conocidos. Los ajustes se corregirán cuando se conozcan los valores relativos a los meses en cuestión.

En caso de atrasos imputables al contratista en la ejecución de los trabajos, las prestaciones realizadas vencidos los plazos contractuales de ejecución, se pagarán sobre la base de los precios actualizados y ajustados al día de expiración del plazo contractual de ejecución

La variación del valor del contrato por reajuste de precios, no constituye modificación del contrato en los términos de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, sin embargo, deberá contar con un Código de Contratación, para cuya obtención se deberá cumplir con los requerimientos establecidos por la DNCP.

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: Los precios señalados en este documento, comprenden todo gravamen y cualquier otro gasto en los que incurra el oferente en la ejecución del Contrato. Los precios cotizados por el Proveedor estarán sujetos a Reajustes conforme a la siguiente formula, siempre y cuando la variación del IPC publicado por el BCP haya sufrido una variación igual o mayor al quince por ciento (15%) referente a la fecha de apertura de ofertas;

Formula a aplicar:

  • Pr=P x IPC1
  • IPC0
  • Dónde:
  • Pr=Precio Reajustado
  • P = Precio Adjudicado
  • IPC1=Índice de Precios al Consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de entrega del suministro
  • IPC0=Índice de Precios al Consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la apertura de ofertas.

Los reajustes deberán ser solicitados por escrito a la Unidad Responsable de la Ejecución del Contrato por el Proveedor. La solicitud debe realizarse indefectiblemente dentro del mes siguiente al cual se produjeron las variaciones, bajo pena de no poder solicitarlo posteriormente. El reajuste tendrá aplicación sobre los bienes no entregados posteriores al mes en el cual se produjeron las variaciones, previa Resolución de la Máxima Autoridad de la Convocante.

No se reconocerán reajustes de precios si el suministro se encuentra atrasado respecto al cronograma de entregas aprobado.

El reajuste tendrá aplicación sobre las obras entregados posteriores al mes en el cual se produjeron las variaciones, previa Resolución de la máxima autoridad del Comando de las Fuerzas Militares.

El ajuste se efectúa mensualmente aplicando las cláusulas de ajuste y el monto del ajuste se paga en las mismas condiciones que el certificado al cual se refiere. En caso que los índices oficiales que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes provisionales utilizando los últimos índices conocidos. Los ajustes se corregirán cuando se conozcan los valores relativos a los meses en cuestión.

En caso de atrasos imputables al contratista en la ejecución de los trabajos, las prestaciones realizadas vencidos los plazos contractuales de ejecución, se pagarán sobre la base de los precios actualizados y ajustados al día de expiración del plazo contractual de ejecución

La variación del valor del contrato por reajuste de precios, no constituye modificación del contrato en los términos de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, sin embargo, deberá contar con un Código de Contratación, para cuya obtención se deberá cumplir con los requerimientos establecidos por la DNCP.