Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Periodo de validez de la Garantía de Cumplimiento de Contrato
El plazo de vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será (en días corridos) de:
A partir de la suscripción del contrato hasta el cumplimiento total de las obligaciones. El periodo de validez de la garantía de fiel cumplimiento debe permanecer válida cuanto menos por 30 días posteriores al plazo de ejecución o vigencia del contrato, según sea el caso. Este instrumento de cobertura deberá ser presentado ante la Dirección de la UOC para su verificación previa de acuerdo a los requerimientos correspondientes, posterior a la firma del contrato.
Si la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, se realizare en un plazo menor o igual a diez (10) días corrridos posteriores a la firma del contrato, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada antes del cumplimiento de la prestación.
Una vez cumplidas las obligaciones por parte del proveedor o contratista, la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato podrá ser liberada y devuelta al proveedor, a requerimiento de parte, dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de cumplimiento de las obligaciones, incluyendo cualquier obligación relativa a la garantía de los bienes y/o servicios.
Periodo de validez de la Garantía de Cumplimiento de Contrato
El plazo de vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será (en días corridos) de:
A partir de la suscripción del contrato hasta cuanto menos por 30 días posteriores al plazo de ejecución o al plazo de vigencia del contrato. Este instrumento de cobertura deberá ser presentado ante la Dirección de la UOC para su verificación previa de acuerdo a los requerimientos correspondientes, posterior a la firma del contrato.
Si la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, se realizare en un plazo menor o igual a diez (10) días corrridos posteriores a la firma del contrato, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada antes del cumplimiento de la prestación.
Una vez cumplidas las obligaciones por parte del proveedor o contratista, la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato podrá ser liberada y devuelta al proveedor, a requerimiento de parte, dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de cumplimiento de las obligaciones, incluyendo cualquier obligación relativa a la garantía de los bienes y/o servicios.
Periodo de validez de la Garantía de Cumplimiento de Contrato
El plazo de vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será (en días corridos) de:
A partir de la suscripción del contrato hasta cuanto menos por 30 días posteriores al plazo de ejecución o al plazo de vigencia del contratoA partir de la suscripción del contrato hasta el cumplimiento total de las obligaciones. El periodo de validez de la garantía de fiel cumplimiento debe permanecer válida cuanto menos por 30 días posteriores al plazo de ejecución o vigencia del contrato, según sea el caso. . Este instrumento de cobertura deberá ser presentado ante la Dirección de la UOC para su verificación previa de acuerdo a los requerimientos correspondientes, posterior a la firma del contrato.
Si la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, se realizare en un plazo menor o igual a diez (10) días corrridos posteriores a la firma del contrato, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada antes del cumplimiento de la prestación.
Una vez cumplidas las obligaciones por parte del proveedor o contratista, la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato podrá ser liberada y devuelta al proveedor, a requerimiento de parte, dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de cumplimiento de las obligaciones, incluyendo cualquier obligación relativa a la garantía de los bienes y/o servicios.
