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Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL ESPACIO DE DESARROLLO INFANTIL MINIPU DEL MINISTERIO PÚBLICO


CONSIDERACIONES PARTICULARES

El Ministerio Público realiza el presente llamado con el objetivo de contratar una empresa prestadora de servicios que colabore con el adecuado funcionamiento del Espacio de Desarrollo Infantil MINIPU, dependiente del Ministerio Público.

Se trata de una infraestructura especialmente ambientada y acondicionada conforme a las características propias de una guardería, atendiendo a las necesidades de los niños y niñas que asisten al espacio educativo.

LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Espacio de Desarrollo Infantil N° 7822 Minipu, ubicada sobre la calle Alberdi N° 1166 casi Avenida Ygatimí Asunción, Paraguay.

 

Instalaciones

El Ministerio Público proveerá al Prestador de Servicios las instalaciones edilicias, mobiliarios en general, así también, se hará cargo del pago de los servicios básicos como: luz, agua y línea telefónica. Los equipos serán entregados al Prestador de Servicios mediante un acta en la cual se detallarán los bienes a ser entregados, los cuales quedarán bajo responsabilidad de la empresa prestadora de servicios.

La instalación cuenta con las siguientes áreas:

Planta Baja: cuenta con cuatro aulas, área de recepción, sanitarios equipados, acceso al jardín, zona de juegos con patio exterior. El resto de las instalaciones se complementan con la enfermería y el comedor.

Planta Alta: cuenta con dos aulas, sanitarios equipados, además salón auditorio, oficina de Psicología, Secretaría, Coordinación Gral., y Administración.

INSCRIPCIÓN

La inscripción de los niños/as se realizará conforme a las directrices emanadas por la Dirección de Gestión de Talento Humano del Ministerio Público a través de la Coordinación General del EDI (Espacio de Desarrollo Infantil - Minipu) conforme a los reglamentos internos y respetando las leyes vigentes emanadas por el Ministerio de Educación y Ciencias.

Se estima una escolaridad máxima aproximada de 80 (ochenta) niños/as, bajo las siguientes condiciones:

  • Maternal 2 y 3: niños y niñas de 2 años cumplidos, hasta el 31 de marzo.
  • Pre jardín: niños y niñas de 3 años cumplidos, hasta el 31 de marzo.
  • Jardín: niños y niñas hasta 4 años cumplidos, hasta el 31 de marzo.

Los servicios profesionales para el funcionamiento de la Guardería, se encuentran previstos de lunes a viernes en el horario de 6:30 a 14:30 hs., no incluyen sábados, domingos y feriados.

Cuando la demanda sea mayor a la prevista, se confeccionará una lista de niños/as, quienes quedarán en lista de espera, en expectativa de acceder al servicio, la cual será analizada por las dependencias responsables, Dirección de Gestión del Talento Humano y Coordinación General del EDI.

 

PLAZOS DEL SERVICIO

El prestador deberá proporcionar sus servicios desde el día siguiente de la recepción de la orden de servicio, por un total de 22 meses.

   No habrá actividades los días sábados, domingos, feriados nacionales y asuetos generales dispuestos por el Gobierno, sobre este último caso, se deberá tener en cuenta si se trata de un asueto parcial o total, en caso de asuetos parciales, el EDI     Minipu funcionará de manera regular en el horario habitual.

   Los asuetos especiales dispuestos por el MEC no afectarán el servicio del EDI MINIPU, considerando que, para los padres de los niños, dichos días serán laborales.

   Los asuetos y licencias que beneficien a los funcionarios del Ministerio Público, podrán afectar a las actividades del EDI Minipu.

 

CLASIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES

Año Lectivo: Las actividades serán planificadas por el prestador del servicio conforme al calendario establecido por el Ministerio de Educación y Ciencias.

Vacaciones de invierno y colonia de vacaciones: El prestador del servicio deberá prever las actividades correspondientes para las vacaciones de invierno en el mes de Julio (fecha que regirá según el calendario del MEC) y la colonia de vacaciones en el mes de diciembre, con el fin de organizar y planificar actividades recreativas para esas vacaciones.

Las actividades serán planificadas por el prestador del servicio y aprobadas por la Coordinación Gral. del EDI Minipu.

El prestador del servicio deberá contar para la colonia de vacaciones con la misma cantidad de profesionales por grupo establecida para el año lectivo. El horario será el establecido para el año lectivo.

 

INICIO DEL FUNCIONAMIENTO                      

El inicio de los trabajos de ambientación y otras actividades relacionadas al servicio podrán iniciarse al día siguiente hábil de la recepción de la orden de servicio.

DEFINICIONES

Prestador del servicio: Es la persona jurídica o el consorcio que suscriba el Contrato con el MINISTERIO PÚBLICO, a los efectos de prestar servicios profesionales para el funcionamiento del Espacio de Desarrollo Infantil Minipu, para hijos/as de funcionarios/as. El Prestador de Servicio deberá designar un representante para las comunicaciones y seguimiento a la ejecución del contrato.

Administrador del Contrato por el MINISTERIO PÚBLICO: Es el encargado y responsable por el MINISTERIO PÚBLICO, de realizar la verificación y control del funcionamiento integral del EDI Minipu en el área destinada para el efecto. El Administrador del Contrato se hará cargo única y exclusivamente del relacionamiento formal para el cumplimiento de lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. En lo que respecta al relacionamiento Institución Educativa-Padres, el mismo será responsabilidad de cada padre, al igual que cualquier actividad extracurricular que se pretenda realizar.

 

LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Los servicios profesionales serán prestados en el inmueble, propiedad del MINISTERIO PÚBLICO, sito en la calle Alberdi N° 1166 c/ Ygatimi, de la Ciudad de Asunción.

El Espacio de Desarrollo Infantil Minipu del MINISTERIO PÚBLICO, está ubicado en un inmueble independiente, propiedad del Ministerio Público.

La sede cuenta con:

  • Patio
  • Sala Maternal 2
  • Sala Maternal 3
  • Sala Pre-Jardín A
  • Sala Pre-Jardín B
  • Sala Jardín A
  • Sala Jardín B
  • Cocina - Comedor
  • Baños equipados
  • Recepción
  • Enfermería
  • Psicología
  • Salón Multiuso
  • Depósito en la azotea
  • Coordinación Gral
  • Secretaría
  • Administración

 

MOBILIARIOS Y EQUIPAMIENTOS

     El MINISTERIO PÚBLICO proveerá al prestador del servicio las instalaciones edilicias, además de los mobiliarios en general, equipamiento de cocina básicos (buenas condiciones de funcionamiento) que serán entregados mediante un acta, en       el cual se detallarán los bienes que quedarán bajo su responsabilidad. Al término del contrato, el prestador del Servicio deberá entregarlos al MINISTERIO PÚBLICO en las mismas condiciones que fueron cedidas.

El Ministerio Público no proveerá al Prestador de Servicios: equipos informáticos ni acceso a internet.

Así también el MINISTERIO PÚBLICO se hará cargo del pago de los servicios básicos, como: energía eléctrica, agua corriente, telefonía fija, así como servicios de limpieza, fumigación y seguridad.

Los mobiliarios y equipamientos de los que el MINISTERIO PÚBLICO dispone para el EDI Minipu son: acondicionadores de aire, cocina a gas, heladeras, pizarras, extintores de incendio, televisor, equipo de sonido, cambiadores, sillas, mesas para comedor y aulas, juegos recreativos del jardín, bebederos eléctricos, escritorios y muebles para las docentes y demás dependencias, colchones, cámaras. Se fijará un día de visita, para conocimiento del local.

El MINISTERIO PÚBLICO se reserva el derecho de instalar y monitorear las cámaras, para garantizar el correcto cuidado y trato a los niños. El acceso será otorgado exclusivamente a la Coordinadora Gral, la Administradora de la Institución, y a la DGTH. No se otorgará acceso a los padres.

 

DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS

  1. Generalidades

En relación a las actividades que serán realizadas en el EDI Minipu, el prestador del servicio se obliga a dar cumplimiento a todas las disposiciones, requisitos, reglamentos y habilitaciones vigentes conforme a las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación y Ciencias, y cualquier otro organismo relacionado con el tema.

Durante la permanencia en el EDI Minipu, los niños deberán de ser constantemente observados y atendidos por el personal, por ningún motivo permanecerán solos. El personal deberá controlar permanentemente que no exista al alcance de los niños factores de riesgo que afecten su integridad física.

El prestador del servicio establecerá los mecanismos necesarios para dar cumplimiento fiel y estricto a las disposiciones referentes a prevención de todo tipo de accidentes, así como mantener las instalaciones en condiciones que permitan su correcta utilización, así mismo mantendrá un ambiente de orden y salubridad en todo momento.

 

  1. Recepción de los niños:

El prestador del servicio dispondrá que, desde el inicio del horario de atención (6:30 am), las docentes encargadas de cada sala se encuentren en las mismas, a los efectos de recibir a los niños.

En el horario del inicio de atención (6:30 am), los niños serán recibidos en recepción del EDI Minipu, por las personas que forman parte del plantel (Coordinadora Gral Recepcionista Profesoras titulares y auxiliares).

Será responsabilidad de cada padre el retiro del niño dentro del horario máximo establecido (14:30 pm).

Las docentes titulares o auxiliares, se encargarán de recibir los elementos de uso diario de los niños de la siguiente manera:

  • los días lunes: juegos de cama, elementos de aseo personal como cepillos, toallas, etc., debiendo entregarlos nuevamente a los padres los días viernes, quienes serán responsables de entregar estos elementos en forma higiénica y completa nuevamente los días lunes.
  • En forma diaria: Pañales, leche, biberones o vasitos, toallitas húmedas, cremas antipaspaduras, medicamentos en caso necesario, o cualquier otro elemento que los mismos crean conveniente.

 

  1. Obligaciones del prestador del servicio

El Prestador de Servicio deberá:

  • Desarrollar sus actividades laborales bajo la coordinación del representante designado para el EDI Minipu junto con el Administrador del Contrato. Los servicios serán realizados conforme a las Especificaciones técnicas, el contrato y las reglamentaciones vigentes.
  • Elaborar y remitir al Administrador de Contrato del EDI Minipu los informes que dicha unidad requiera sobre la prestación del servicio, según la periodicidad que esta establezca, proporcionando toda información adicional que le fuera solicitada.
  • Tomar en cuenta las sugerencias dadas por el Administrador del Contrato del EDI Minipu a fin de optimizar el servicio a prestar, siempre y cuando se adecuen al contrato celebrado entre las partes.
  • Contar con los recursos financieros, equipamientos, enseres de cocina, materiales didácticos acorde a la edad de cada grupo de niños y otros, para su óptimo funcionamiento.
  • Realizar la decoración y ambientación del local en todas las áreas que componen el edificio, sean estas utilizadas o no para la prestación del servicio. Además del arreglo de los muebles averiados, limpieza y desinfección diaria de mesas, paneles, juguetes y de elementos en contacto con los niños. La prestadora de servicio se compromete a proveer, antes del inicio del año lectivo, todos los materiales para la decoración y ambientación de todas las dependencias del local, también deberá proveer de todos los demás materiales necesarios para el correcto desenvolvimiento de las tareas asignadas a cada niño dentro del EDI Minipu.
  • Prever las actividades correspondientes al festejo de las fechas establecidas en el calendario escolar anual establecido por el MEC como ser días patrios, religiosos, día de la familia, día de la madre, día del padre, día del niño, clausura del año escolar y otros. La organización de los mismos, en cuanto a los elementos de ambientación utilizados, estarán a cargo del prestador del servicio. Los artículos personales de cada niño/a para los eventos correrán por cuenta de los padres.
  • Realizar las acciones necesarias a fin de contar oportunamente con los servicios generales, para el mantenimiento y/o reparación de los equipamientos.

 

  1. Educación
  • Las actividades académicas del Espacio de Desarrollo Infantil, se regirán por el Calendario establecido por el Ministerio de Educación y Ciencias, siendo el servicio desde febrero hasta noviembre, así como las actividades programáticas del Ministerio, y la Resolución MEC N° 37885/17.
  • En lo que respecta a la estimulación temprana, el prestador del servicio utilizará medios, técnicas, y actividades con bases científicas las cuales deberán aplicarse en forma sistemática y secuencial, con el objetivo de desarrollar y potenciar al máximo las capacidades cognitivas, físicas, emocionales y sociales de los niños, atendiendo las necesidades biopsicosociales para el logro de su desarrollo integral, presentando planeamientos fundamentados sobre las actividades. Además, deberá regirse por el Proyecto Educativo Institucional (PEI).
  • En las actividades del EDI Minipu el prestador del servicio se obliga, durante el tiempo de prestación, a dar cumplimiento a todas las reglamentaciones vigentes del Ministerio de Educación y Ciencias, la Municipalidad de Asunción, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y cualquier otro organismo relacionado con las actividades.
  • Durante la permanencia de los niños en el EDI Minipu, se proporcionará un trato afectuoso, de equidad e integración, de tal manera a fomentar las condiciones de convivencia y respeto entre los niños y el personal contratado.
  • Al inicio de clases o ingreso al EDI Minipu, se deberá realizar el proceso de adaptación, facilitando la integración del niño y la niña, cuidando su integridad emocional.
  • Se proporcionará una comunicación constante, abierta y respetuosa con el núcleo familiar para lograr un trabajo coordinado y continuo en la educación, para beneficio de los niños. En todos los casos se realizará una ficha de reunión entre padres, docente y equipo técnico en donde firmaran ambas partes.
  • Se deberá proporcionar orientación continua a los padres de familia, respecto a asuntos relacionados con sus hijos, en un ambiente de ética y confidencialidad, considerando temas de interés común acerca de la educación infantil, que contribuyan al desarrollo integral de los niños.
  • Como el horario será continuado se deberá establecer un tiempo de sueño para los niños, según su franja etaria.
  • Se fomentará en los niños la formación cívica e identidad nacional y los valores de sana convivencia, respetando las costumbres, así como la celebración de fechas que se realicen en la comunidad.
  • Se fomentará a los niños el autoconocimiento y la autovaloración potenciando el desarrollo de autonomía e identidad, fortaleciendo los vínculos afectivos con los adultos y sus pares para mejor convivencia con los demás.
  • Se deberá potenciar el aprendizaje de calidad en forma activa, creativa, placentera y participativa, utilizando el juego como metodología básica.
  • El proveedor realizará el procedimiento del desarrollo evolutivo de los niños a través de evaluaciones para detectar las necesidades educativas de los mismos, detención de señales de alarma, evaluación por medio de test de escalas evolutivas y derivación de profesionales externos en caso de necesidad, a través de una psicopedagoga.
  • El proveedor comunicará a Coordinación Gral. (con función de Directora Pedagógica)  las derivaciones efectuadas, a los efectos de asegurar el seguimiento efectivo de los casos, en atención al interés superior del niño.
  • Se aplicará los ajustes razonables curriculares en caso de detectar alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ANEAE) y dar cumplimiento a la Ley N° 5.136/2013 y su Decreto Reglamentario N° 2.837 y Resolución N° 376.
  1. Alimentación

Los alimentos deberán ser elaborados por el personal de cocina, contratado por el prestador del servicio y deberá de cumplir con todo los requerimientos de la habilitación según la INAN Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición.

La alimentación deberá incluir lo siguiente:

  • Desayuno
  • Media Mañana
  • Almuerzo, incluirá plato principal, jugo natural de fruta y postre.
  • Merienda.

Un profesional nutricionista del EDI Minipu, proveerá al prestador del servicio, un plan nutricional, quien indicará la alimentación adecuada según el periodo de crecimiento y desarrollo de los niños.

La preparación de las comidas será destinada diariamente para 80 niños/as independientemente si asisten o no a la guardería.

Los alimentos serán elaborados por el/la cocinero/a en las instalaciones del local EDI - Minipu, con base a un plan nutricional diseñado por el/la profesional en nutrición del Ministerio Público, acorde al plan nutricional basado en las guías alimentarias del Paraguay (INAN Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición, dependiente del Ministerio de Salud Pública) que será elaborado mensualmente de acuerdo a los requerimientos básicos de alimentación para niños/as. En caso de niños con necesidades alimentarias especiales, se establecerá un régimen particular en coordinación con los padres.

El Prestador de Servicio estará a cargo de la provisión alimentaria respecto al plantel docente y administrativo (desayuno y almuerzo). El mismo deberá ser independiente al régimen alimenticio correspondiente a los/as niños/as.

Los horarios de administración de los alimentos serán establecidos por la Coordinación Gral. del EDI MINIPU. Los horarios podrán modificarse o adecuarse según necesidades.

El EDI MINIPU se reserva el derecho de realizar verificaciones relacionadas a la higiene, calidad de productos y alimentos, variación del menú preestablecido, etc. Estos controles se realizarán a través del administrador de contrato.

  1. Salud e Higiene

El EDI Minipu no podrá recibir a niños que sufran los efectos de una epidemia o durante el proceso de una enfermedad grave o contagiosa que ponga en peligro a los mismos o a los demás niños del Espacio de Desarrollo Infantil.

Los medicamentos indicados por prescripción médica a los niños, serán administrados por la Enfermera del EDI Minipu, la indicación será presentada por los padres, no pudiendo administrarse medicación al niño sin contar con este requisito.

En caso de que los niños presenten síntomas de enfermedad durante su estancia en el EDI MINIPU, se deberá dar aviso inmediato a los padres, quienes deberán retirarlos a los efectos de garantizar el cuidado del niño que requiera una atención personalizada o reposo médico.

Los niños con reposo médico no podrán acudir al EDI Minipu por el lapso de duración del mismo. Para su reincorporación, deberán presentar el certificado médico (Alta) que autoriza el retorno al EDI MINIPU.

Con la finalidad de preservar la salud del menor, se promoverá la adquisición de hábitos higiénicos.

El prestador del servicio deberá contar con un Botiquín para Primeros Auxilios, el cual estará a disposición para los casos de emergencia. El mismo deberá contener básicamente lo siguiente: gasa estéril, apósitos autoadhesivos, esparadrapo de tela, toallas antisépticas, iodopovidona, cabestrillo, algodón, termómetro, alcohol al 70%, guantes quirúrgicos, tapa boca, agua oxigenada, rifamicina en spray, antidiarreico, antiespasmódico, antihistamínico, analgésico antifebril, descongestionante nasal, crema para picadura de insectos y quemaduras, etc. todos con fecha de caducidad vigente durante la prestación de servicio. Resolución MEC N° 1238/23, Art. 39.

La higiene diaria de los niños es responsabilidad de los padres, quienes deben traer a sus hijos bien aseados y con ropa limpia, no obstante, el prestador del servicio deberá realizar el cambio del pañal a los niños, higienizarlos antes y después de comer y ayudar con el cepillado de dientes. En casos necesarios, se realizará el baño y cambio de ropa.

Al inicio de las actividades, el prestador del servicio, elaborará una lista de elementos de uso personal (cepillos de dientes, dentífricos, vasitos, toallas, etc.), que será utilizado por cada niño. Su provisión, es responsabilidad de los padres. Esta lista deberá ser remitida por la Coordinación Gral. del EDI.

El prestador del servicio es responsable de la correcta utilización de los elementos personales de cada niño a su cargo, quedando totalmente prohibidas la utilización de elementos de uso personal de un niño en la atención de otro.

 

  1. Dotación del personal

El equipo humano del prestador del servicio deberá de contar con los requisitos establecidos en la presente especificación técnica. El cumplimiento de los requisitos deberá ser acreditado mediante documentaciones de respaldo.

PLANTEL REQUERIDO

El oferente deberá contar con los siguientes personales:

Profesión

Requisitos

 

6 (seis) maestras parvularias

Título o registro profesional de Licenciatura en Educación Parvularia o Educación Inicial, experiencia mínima de dos años de haber trabajado con niños/as de dos a cinco años. Conocimiento sobre lo propiamente pedagógico didáctico y el desarrollo infantil, desde un enfoque integral, de la cultura institucional y de la comunidad.

6 (seis) auxiliares

Estudiante de 2do año la carrera de educación inicial con constancia de estudio.

Un/a profesor/a de Educación Física

Título habilitante o similar a profesorado en Educación Física, con experiencia    de dos años con niños/as de dos a cinco años de edad.

Un/a profesor/a en idioma inglés

Título habilitante o similar a profesorado en idioma inglés, con experiencia de  dos años con niños/as de dos a cinco años de edad.

Un/a profesor/a de danza y expresión corporal

Título habilitante o similar a profesorado en danza, con experiencia de dos años con niños/as de dos a cinco años de edad.

Una Coordinadora

Título Profesional en Educación Inicial, con tecnicatura en Educación Inclusiva. Experiencia mínima dos años de haber trabajado con niños/as de dos a cinco años. Conocimiento sobre lo propiamente pedagógico didáctico y el desarrollo infantil, desde un enfoque integral, de la cultura institucional y de la comunidad. Coordina de forma habitual y permanente las labores docentes del profesorado.

 

Un/a cocinero/a

Título profesional o estudiante de cocina, experiencia mínima de dos años en trabajos similares, con conocimiento en preparación; conservación y presentación     de todos los alimentos en gastronomía.

Dos auxiliares de cocina

Certificado laboral y experiencia mínima de dos años en trabajos similares.

 

Perfiles del plantel

  • La edad de los profesionales y personal contratado no podrá exceder los 45 años.
  • Presentar informe de evaluación del perfil psicológico. Deberán poseer las competencias emocionales necesarias para ejercer sus funciones.
  • Tendrán trato amable y deferente con los niños/as, las expresiones y vocabularios deberán ser siempre los correctos, de acuerdo al uso y buenas costumbres de la sociedad de acuerdo a las leyes paraguayas, en nuestros idiomas oficiales español y guaraní.
  • Capacidad de diálogo y personalidad creativa.

Normas generales del plantel:

  • El prestador del servicio se responsabiliza de las consecuencias emergentes del desarrollo del servicio, en relación a su plantel de profesionales (en caso de enfermedad, accidentes y otros), así como también de los costos de los beneficios sociales (reposo, vacaciones, aguinaldo, etc.) por lo que deberá prever los recaudos necesarios para cumplir con las leyes laborales vigentes.
  • El prestador del servicio deberá contemplar en el costo de su propuesta la rotación del personal, de manera tal a respetar los límites de la jornada laboral establecidos en la Ley del Trabajo.
  • Durante la vigencia del contrato, en caso de que algún personal deba ausentarse por motivos de fuerza mayor o vacaciones, el o los profesionales y empleados reemplazantes, deberán reunir los requisitos mínimos indicados para cada función. Ante esta situación, la prestadora de servicio deberá comunicar lo ocurrido, indicando el cambio temporal o definitivo, duración de la situación, acompañado de los documentos que certifiquen su aptitud para el cargo. El cambio de maestra o ayudante solo podrá darse durante el año lectivo por razones justificadas y excepcionales. Estos cambios deberán de ser comunicados por escrito al Administrador del Contrato.
  • En caso de ausencia del personal asignado a cualquiera de las tareas, el prestador del servicio deberá inmediatamente cubrir esas ausencias conforme a lo establecido anteriormente.
  • La provisión, presentación y forma de vestir del personal (docente, auxiliar y otros), correrá por parte de la prestadora de servicio.
  • El prestador del servicio deberá abonar los salarios a su personal el último día hábil de cada mes, independientemente al pago que realice la institución por la prestación del servicio.
  • El prestador del servicio es responsable del cumplimiento irrestricto del régimen laboral y de seguridad social dispuesto para trabajadores del sector privado. El personal contratado por el prestador del servicio de ninguna forma puede ser considerado personal del MINISTERIO PÚBLICO.
  • Responsabilidades del personal en general de acuerdo a las normas vigentes.

Funciones del plantel Maestras parvularias

  • Orientar las experiencias de aprendizaje de los niños y niñas.
  • Elaborar las planificaciones y programas que se requieran para el año lectivo.
  • Seleccionar y aplicar estrategias de enseñanza-aprendizaje de acuerdo a las características individuales de cada alumno y a los objetivos propuestos.
  • Crear el ambiente adecuado para el desarrollo de la actividad educativa.
  • Responsables de la utilización adecuada de las instalaciones y equipos de la sala de clase.
  • Conocer individualmente a cada uno de sus alumnos.
  • Propiciar un clima de participación y confianza entre la institución, los niños y niñas y los padres para favorecer la integración.
  • Desempeñar su tarea con esmero y entusiasmo, manteniendo un relacionamiento cordial y respetuoso con sus colegas, superiores y otros trabajadores de la institución así como con los padres de los niños y niñas.
  • Organizar entrevistas individuales y reuniones con los padres para que la educación sea dada en forma participativa.
  • Son responsables de la seguridad integral de los niños y niñas de su grupo durante la permanencia de los mismos en la guardería, tanto dentro como fuera de la sala de clases.
  • Son responsables del control e identificación de los niños y niñas con problemas de diversa índole (salud), debiendo dar aviso a la Dirección, Coordinación de la guardería y a los padres.
  • Son responsables de comunicar a los padres y al departamento de enfermería cualquier síntoma de enfermedad en la brevedad posible, además se deberá contar la autorización de los mismos para el suministro de medicamentos.
  • Adecuar las actividades planificadas, teniendo en cuenta las necesidades individuales de cada niño, incluyendo aquellas relacionadas con necesidades específicas de apoyo educativo, a través de ajustes razonables curriculares.
  • Son responsables de la alimentación de los niños y niñas en cuanto a frecuencia, modo y  cantidad suficiente.
  • Son responsables de la higiene y aseo de los niños y niñas de su grupo, quedando prohibido  la utilización de elementos de aseo personal de un niño en atención a otro.
  • Son responsables de redactar informes o documentos cuando estos les sean requeridos.
  • Dar aviso inmediato al director de cualquier situación anormal en el servicio.

Maestra Auxiliar o Docente Auxiliar (debe ser estudiante)

  • Apoyar todas las gestiones de las maestras. Es responsable solidario por la educación y seguridad integral de los niños bajo su custodia, dentro y fuera de las salas de clases.
  • Mantener en perfecto orden y limpieza las salas de clases al finalizar la jornada, así como los implementos utilizados por los niños.
  • Prever todos los materiales a ser utilizados en el día, de acuerdo a las actividades programadas.
  • Informar al docente encargado y en ausencia de este a la Coordinación sobre las acciones realizadas y situaciones particulares de cada niño si fuese necesario.
  • Colaborar en los equipos y jornadas de trabajo acordes en forma específica (cuidados de niños en sala, visitas pedagógicas, etc.)
  • Participar de las reuniones de profesoras y cursos de capacitación.
  • Informar a la maestra titular cualquier dificultad pedagógica.
  • Suplir a las docentes titulares en caso de ausencias por motivos particulares o por enfermedad u otro acontecimiento inesperado.

Docente de Educación Física

  • El/la maestro/a de Educación Física es la persona encargada de diseñar, programar, impartir y evaluar el aprendizaje relacionado con la actividad física y el deporte en las diferentes etapas educativas.
  • Fomentar el desarrollo de las capacidades físicas de niños, promueven la conciencia y expresión corporal, transmiten hábitos de vida saludables y enseñan técnicas y valores deportivos.
  • Adecuar las actividades planificadas, teniendo en cuenta las necesidades individuales de cada niño, incluyendo aquellas relacionadas con necesidades específicas de apoyo educativo, a través de ajustes razonables curriculares.

Docente de Inglés

  • Diseñar e implementar situaciones de aprendizaje de una lengua extranjera.
  • Evaluar el aprendizaje del alumnado.
  • Implicar al alumnado en el control de su aprendizaje.
  • Realizar actividades creativas y motivadoras de comprensión y expresión oral del idioma.
  • Seleccionar las actividades de aprendizaje más adecuadas acorde a la etapa evolutiva del alumno.
  • Utilizar diferentes métodos de enseñanza para facilitar el aprendizaje del alumnado.
  • Utilizar las TIC´s como soporte en el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado.
  • Mediar y monitorizar el aprendizaje del alumnado.
  • Preparar actividades dinámicas que propicien la interacción comunicativa.
  • Adecuar las actividades planificadas, teniendo en cuenta las necesidades individuales de cada niño, incluyendo aquellas relacionadas con necesidades específicas de apoyo educativo, a través de ajustes razonables curriculares.

Docente de Danza y Expresión Corporal

  • Realizar ejercicios de autoconocimiento corporal para que los alumnos aprendan a conocer y sentir sus cuerpos con los cuales se van a expresar y comunicar.
  • Utilizar la música como medio fundamental para el desarrollo de las habilidades expresivas del cuerpo.
  • Propiciar la participación activa para que los alumnos aprendan a desenvolverse con autonomía.
  • Utilizar diferentes elementos para facilitar la búsqueda de movimientos, formas, manejos, figuras y maneras de relacionarse con el otro.
  • Orientar a sus alumnos a que descubran sus múltiples capacidades para moverse con cambios de velocidad, con distintas intensidades y a tomar consciencia del espacio que ocupan con sus cuerpos en movimiento y éstos en relación con los otros sujetos y objetos del entorno.
  • Preparar y ensayar con los niños los números artísticos para los festejos programados del EDI.
  • Adecuar las actividades planificadas, teniendo en cuenta las necesidades individuales de cada niño, incluyendo aquellas relacionadas con necesidades específicas de apoyo educativo, a través de ajustes razonables curriculares.

Coordinadora

  • Es responsable del cumplimiento de servicio conforme a las especificaciones técnicas y contrato de prestación de servicio suscripto entre el Ministerio Público y el Prestador de Servicios.
  • Mantener el relacionamiento correcto y armónico entre el personal del Prestador de Servicios, dentro del marco de las leyes, la educación, la moral y las buenas costumbres.
  • Es responsable de comunicar inmediatamente a la Coordinación (con función de Directora Pedagógica) cualquier novedad que afecte el servicio.
  • Deberá presentar a la Coordinación (con función de Directora Pedagógica) un informe mensual de las actividades realizadas, a fin de procesar al pago, que deberá incluir la lista de niños y de niñas inscriptos y que asistan regularmente a la guardería, planilla de asistencia del personal contratado, planilla de salarios, planilla de entrega de insumos, materiales, medicamentos, y demás.
  • Encargada de proveer una reemplazante, en caso de que el personal contratado deba ausentarse por motivos de fuerza mayor.
  • Evalúa el desempeño del personal  docente y técnico.
  • Planifica, organiza y coordina las tareas que se desarrollarán en el EDI, en concordancia con la Dirección Pedagógica.
  • Diagnostica necesidades y problemas del espacio de desarrollo infantil a su cargo, y ejecuta acciones y gestiones para solucionarlos, con el adecuado seguimiento de cada caso.
  • Coordina, asesora y evalúa las tareas de los docentes y  técnicos, y recomienda a Dirección Pedagógica del EDI los cambios necesarios para asegurar el óptimo funcionamiento de la guardería infantil.
  • Es responsable en colaborar con el cumplimiento de los objetivos señalados y el trato adecuado a los niños.
  • Estimula la realización de actividades tendientes a mejorar  la calidad de la educación, tales como exposiciones de trabajo, visitas a lugares de interés educativo, etc.
  • Apoyar la formación y capacitación del personal a su cargo.
  • Estimular al personal a su cargo para el buen desempeño de sus funciones.
  • Mantener el relacionamiento correcto y la armonía entre el personal del Proveedor del Servicio, dentro del marco de las leyes, la moral y las buenas costumbres.
  • Colabora en la elaboración y adaptación de materiales didácticos accesibles y pertinentes, de acuerdo con las características de cada estudiante.
  • Apoya en la implementación de estrategias inclusivas dentro del aula, promoviendo la participación activa de todos los niños en las actividades escolares.
  • Asiste al docente titular en la atención diferenciada, ofreciendo acompañamiento específico a los estudiantes que lo requieran.
  • Promueve un ambiente de respeto y equidad, sensibilizando a la comunidad educativa sobre la importancia de la inclusión y la diversidad.
  • Vela por el cumplimiento de las normativas nacionales e institucionales relacionadas con la inclusión educativa.

Cocinero/a

  • Es responsable de recibir los alimentos y verificar el buen estado de ellos, así como: cuidar los elementos, utensilios y provistas entregadas para la elaboración del menú.
  • Es responsable de cumplir con el Plan Nutricional asignado a los niños según su sala y edad.
  • Es responsable de no permitir la entrada de personas no autorizadas a fin de evitar accidentes, contaminación alimentaria, entre otros.
  • Es responsable de utilizar la vestimenta adecuada (uniforme, cofía, calzados y en ocasiones especiales guantes de látex).
  • Es responsable de dejar el lugar y los utensilios limpios diariamente luego de culminar con su labor.
  • Es responsable de elaborar diariamente el menú (desayuno, media mañana, almuerzo, postre y merienda), según el Plan Nutricional presentado por la nutricionista.
  • Manejar las buenas prácticas de manufactura (BPM).
  • Poseer curso básico de cocina.
  • Trabajo en equipo/colaboración.

Auxiliar de cocina

  • Aceptar las tareas asignadas por el encargado de la cocina.
  • Mantener limpia las instalaciones de la cocina y los utensilios.
  • Utilizar la vestimenta adecuada (uniforme, cofia, calzados y en ocasiones especiales guantes de látex).
  • Preparar los alimentos en forma higiénica, balanceada y nutritiva utilizando los ingredientes.
  1. Informes mensuales

      A los efectos de realizar el pago, se deberá presentar informe un mensual ante la Dirección General de Administración y Finanzas y la Dirección de Gestión del Talento Humano, hasta 5 (cinco) días hábiles posteriores al mes de prestación del              servicio. Este deberá contener listado de actividades realizadas, planilla de asistencia de los/as niños/as, planilla de asistencia del plantel, y la conformidad de la coordinación del EDI - Minipu respecto a los servicios prestados.

 

  1. CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
  1. La coordinadora del EDI - Minipu evaluará el desempeño de las docentes, y en los casos que crea conveniente, solicitará el cambio de las mismas, argumentando los motivos de dicha solicitud.
  2. El Prestador de Servicios estará obligado de dar cumplimiento a todas las disposiciones o normativas vigentes y emanadas del Ministerio de Educación y Ciencias, u otro organismo relacionado  a la prestación del servicio.
  3. El Prestador de Servicios se compromete a tomar en cuenta las sugerencias dadas por la Coordinación del EDI - Minipu, a fin de optimizar el servicio, acorde a las condiciones pactadas del contrato y exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.
  1. CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO
  1. En caso de ausencia de un/a niño/a por el término de un mes durante el año lectivo, se realizará la deducción sobre el pago correspondiente al mes de servicio, de la misma forma, para el caso de colonia de vacaciones de verano (diciembre), el pago será realizado sobre la asistencia de los niños/as inscriptos a tal evento.
  2. Los equipos y utensilios introducidos por el Prestador de Servicios, deberán contar con un inventario, en dos ejemplares originales, los cuales estarán aprobados por la coordinación del EDI-Minipu.
  3. El Prestador de Servicio es responsable del uso adecuado de las instalaciones, equipos varios y muebles pertenecientes a la institución. En caso de algún daño, deberá realizar el resarcimiento del mismo.
  4. El Prestador de Servicio deberá contar con un servicio de emergencias para el traslado inmediato de los niños/as en caso de accidentes al centro asistencial que será determinado previa consulta a los padres o encargados.
  5. La limpieza de la cocina estará a cargo del Prestador de Servicio para el efecto deberá considerar los siguientes insumos: detergente para cubiertos, hipoclorito de sodio al 4%, esponja, estropajo de aluminio para limpiar, paños de cocina, limpiador abrasivo, líquido desengrasante, papel absorbente, servilleta de papel.
  6. El mantenimiento y limpieza en general del local quedará a cargo del Ministerio Público.
  7. El Prestador de Servicio es responsable de comunicar inmediatamente a la coordinación del CEI- Minipu cualquier novedad que afecte al servicio.
  8. El Prestador de Servicio se responsabiliza de las consecuencias emergentes del desarrollo del servicio, en relación a su plantel de profesionales (en caso de enfermedad, accidentes y otros), así como también de los costos de los beneficios sociales (reposo, vacaciones, aguinaldo, etc.) por lo que deberá prever los recaudos necesarios para cumplir con las leyes laborales vigentes.
  9. Durante la vigencia del contrato de prestación de servicios, el Ministerio Público se reserva el derecho a realizar reestructuraciones internas de distribución y variación de  los niveles contratados (aumentar o disminuir la cantidad de usuarios) de acuerdo a las necesidades presentadas.
  10. Durante la ejecución del servicio el EDI Minipu del Ministerio Público solicitará semestralmente a la empresa adjudicada un informe de evaluación psicológica del plantel docente y administrativo el cual deberá estar certificado por un profesional competente en el área.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL ESPACIO DE DESARROLLO INFANTIL MINIPU DEL MINISTERIO PÚBLICO


CONSIDERACIONES PARTICULARES

El Ministerio Público realiza el presente llamado con el objetivo de contratar una empresa prestadora de servicios que colabore con el adecuado funcionamiento del Espacio de Desarrollo Infantil MINIPU, dependiente del Ministerio Público.

Se trata de una infraestructura especialmente ambientada y acondicionada conforme a las características propias de una guardería, atendiendo a las necesidades de los niños y niñas que asisten al espacio educativo.

LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Espacio de Desarrollo Infantil N° 7822 Minipu, ubicada sobre la calle Alberdi N° 1166 casi Avenida Ygatimí Asunción, Paraguay.

Instalaciones

El Ministerio Público proveerá al Prestador de Servicios las instalaciones edilicias, mobiliarios en general, así también, se hará cargo del pago de los servicios básicos como: luz, agua y línea telefónica. Los equipos serán entregados al Prestador de Servicios mediante un acta en la cual se detallarán los bienes a ser entregados, los cuales quedarán bajo responsabilidad de la empresa prestadora de servicios.

La instalación cuenta con las siguientes áreas:

Planta Baja: cuenta con cuatro aulas, área de recepción, sanitarios equipados, acceso al jardín, zona de juegos con patio exterior. El resto de las instalaciones se complementan con la enfermería y el comedor.

Planta Alta: cuenta con dos aulas, sanitarios equipados, además salón auditorio, oficina de Psicología, Secretaría, Coordinación Gral., y Administración.

INSCRIPCIÓN

La inscripción de los niños/as se realizará conforme a las directrices emanadas por la Dirección de Gestión de Talento Humano del Ministerio Público a través de la Coordinación General del EDI (Espacio de Desarrollo Infantil - Minipu) conforme a los reglamentos internos y respetando las leyes vigentes emanadas por el Ministerio de Educación y Ciencias.

Se estima una escolaridad máxima aproximada de 80 (ochenta) niños/as, bajo las siguientes condiciones:

  • Maternal 2 y 3: niños y niñas de 2 años cumplidos, hasta el 31 de marzo.
  • Pre jardín: niños y niñas de 3 años cumplidos, hasta el 31 de marzo.
  • Jardín: niños y niñas hasta 4 años cumplidos, hasta el 31 de marzo.

Los servicios profesionales para el funcionamiento de la Guardería, se encuentran previstos de lunes a viernes en el horario de 6:30 a 14:30 hs., no incluyen sábados, domingos y feriados.

Cuando la demanda sea mayor a la prevista, se confeccionará una lista de niños/as, quienes quedarán en lista de espera, en expectativa de acceder al servicio, la cual será analizada por las dependencias responsables, Dirección de Gestión del Talento Humano y Coordinación General del EDI.

PLAZOS DEL SERVICIO

El prestador deberá proporcionar sus servicios desde el día siguiente de la recepción de la orden de servicio, por un total de 22 meses.

No habrá actividades los días sábados, domingos, feriados nacionales y asuetos generales dispuestos por el Gobierno, sobre este último caso, se deberá tener en cuenta si se trata de un asueto parcial o total, en caso de asuetos parciales, el EDI Minipu funcionará de manera regular en el horario habitual.

Los asuetos especiales dispuestos por el MEC no afectarán el servicio del EDI MINIPU, considerando que, para los padres de los niños, dichos días serán laborales.

Los asuetos y licencias que beneficien a los funcionarios del Ministerio Público, podrán afectar a las actividades del EDI Minipu.

CLASIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES

Año Lectivo: Las actividades serán planificadas por el prestador del servicio conforme al calendario establecido por el Ministerio de Educación y Ciencias.

Vacaciones de invierno y colonia de vacaciones: El prestador del servicio deberá prever las actividades correspondientes para las vacaciones de invierno en el mes de Julio (fecha que regirá según el calendario del MEC) y la colonia de vacaciones en los meses de enero y diciembre, con el fin de organizar y planificar actividades recreativas para esas vacaciones.

Las actividades serán planificadas por el prestador del servicio y aprobadas por la Coordinación Gral. del EDI Minipu.

El prestador del servicio deberá contar para la colonia de vacaciones con la misma cantidad de profesionales por grupo establecida para el año lectivo. El horario será el establecido para el año lectivo.

INICIO DEL FUNCIONAMIENTO                      

El inicio de los trabajos de ambientación y otras actividades relacionadas al servicio podrán iniciarse al día siguiente hábil de la recepción de la orden de servicio.

DEFINICIONES

Prestador del servicio: Es la persona jurídica o el consorcio que suscriba el Contrato con el MINISTERIO PÚBLICO, a los efectos de prestar servicios profesionales para el funcionamiento del Espacio de Desarrollo Infantil Minipu, para hijos/as de funcionarios/as. El Prestador de Servicio deberá designar un representante para las comunicaciones y seguimiento a la ejecución del contrato.

Administrador del Contrato por el MINISTERIO PÚBLICO: Es el encargado y responsable por el MINISTERIO PÚBLICO, de realizar la verificación y control del funcionamiento integral del EDI Minipu en el área destinada para el efecto. El Administrador del Contrato se hará cargo única y exclusivamente del relacionamiento formal para el cumplimiento de lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. En lo que respecta al relacionamiento Institución Educativa-Padres, el mismo será responsabilidad de cada padre, al igual que cualquier actividad extracurricular que se pretenda realizar.

LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Los servicios profesionales serán prestados en el inmueble, propiedad del MINISTERIO PÚBLICO, sito en la calle Alberdi N° 1166 c/ Ygatimi, de la Ciudad de Asunción.

El Espacio de Desarrollo Infantil Minipu del MINISTERIO PÚBLICO, está ubicado en un inmueble independiente, propiedad del Ministerio Público.

La sede cuenta con:

  • Patio
  • Sala Maternal 2
  • Sala Maternal 3
  • Sala Pre-Jardín A
  • Sala Pre-Jardín B
  • Sala Jardín A
  • Sala Jardín B
  • Cocina - Comedor
  • Baños equipados
  • Recepción
  • Enfermería
  • Psicología
  • Salón Multiuso
  • Depósito en la azotea
  • Coordinación Gral
  • Secretaría
  • Administración

MOBILIARIOS Y EQUIPAMIENTOS

El MINISTERIO PÚBLICO proveerá al prestador del servicio las instalaciones edilicias, además de los mobiliarios en general, equipamiento de cocina básicos (buenas condiciones de funcionamiento) que serán entregados mediante un acta, en       el cual se detallarán los bienes que quedarán bajo su responsabilidad. Al término del contrato, el prestador del Servicio deberá entregarlos al MINISTERIO PÚBLICO en las mismas condiciones que fueron cedidas.

El Ministerio Público no proveerá al Prestador de Servicios: equipos informáticos ni acceso a internet.

Así también el MINISTERIO PÚBLICO se hará cargo del pago de los servicios básicos, como: energía eléctrica, agua corriente, telefonía fija, así como servicios de limpieza, fumigación y seguridad.

Los mobiliarios y equipamientos de los que el MINISTERIO PÚBLICO dispone para el EDI Minipu son: acondicionadores de aire, cocina a gas, heladeras, pizarras, extintores de incendio, televisor, equipo de sonido, cambiadores, sillas, mesas para comedor y aulas, juegos recreativos del jardín, bebederos eléctricos, escritorios y muebles para las docentes y demás dependencias, colchones, cámaras. Se fijará un día de visita, para conocimiento del local.

El MINISTERIO PÚBLICO se reserva el derecho de instalar y monitorear las cámaras, para garantizar el correcto cuidado y trato a los niños. El acceso será otorgado exclusivamente a la Coordinadora Gral, la Administradora de la Institución, y a la DGTH. No se otorgará acceso a los padres.

DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS

  1. Generalidades

En relación a las actividades que serán realizadas en el EDI Minipu, el prestador del servicio se obliga a dar cumplimiento a todas las disposiciones, requisitos, reglamentos y habilitaciones vigentes conforme a las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación y Ciencias, y cualquier otro organismo relacionado con el tema.

Durante la permanencia en el EDI Minipu, los niños deberán de ser constantemente observados y atendidos por el personal, por ningún motivo permanecerán solos. El personal deberá controlar permanentemente que no exista al alcance de los niños factores de riesgo que afecten su integridad física.

El prestador del servicio establecerá los mecanismos necesarios para dar cumplimiento fiel y estricto a las disposiciones referentes a prevención de todo tipo de accidentes, así como mantener las instalaciones en condiciones que permitan su correcta utilización, así mismo mantendrá un ambiente de orden y salubridad en todo momento.

  1. Recepción de los niños:

El prestador del servicio dispondrá que, desde el inicio del horario de atención (6:30 am), las docentes encargadas de cada sala se encuentren en las mismas, a los efectos de recibir a los niños.

En el horario del inicio de atención (6:30 am), los niños serán recibidos en recepción del EDI Minipu, por las personas que forman parte del plantel (Coordinadora Gral Recepcionista Profesoras titulares y auxiliares).

Será responsabilidad de cada padre el retiro del niño dentro del horario máximo establecido (14:30 pm).

Las docentes titulares o auxiliares, se encargarán de recibir los elementos de uso diario de los niños de la siguiente manera:

  • los días lunes: juegos de cama, elementos de aseo personal como cepillos, toallas, etc., debiendo entregarlos nuevamente a los padres los días viernes, quienes serán responsables de entregar estos elementos en forma higiénica y completa nuevamente los días lunes.
  • En forma diaria: Pañales, leche, biberones o vasitos, toallitas húmedas, cremas antipaspaduras, medicamentos en caso necesario, o cualquier otro elemento que los mismos crean conveniente.
  1. Obligaciones del prestador del servicio

El Prestador de Servicio deberá:

  • Desarrollar sus actividades laborales bajo la coordinación del representante designado para el EDI Minipu junto con el Administrador del Contrato. Los servicios serán realizados conforme a las Especificaciones técnicas, el contrato y las reglamentaciones vigentes.
  • Elaborar y remitir al Administrador de Contrato del EDI Minipu los informes que dicha unidad requiera sobre la prestación del servicio, según la periodicidad que esta establezca, proporcionando toda información adicional que le fuera solicitada.
  • Tomar en cuenta las sugerencias dadas por el Administrador del Contrato del EDI Minipu a fin de optimizar el servicio a prestar, siempre y cuando se adecuen al contrato celebrado entre las partes.
  • Contar con los recursos financieros, equipamientos, enseres de cocina, materiales didácticos acorde a la edad de cada grupo de niños y otros, para su óptimo funcionamiento.
  • Realizar la decoración y ambientación del local en todas las áreas que componen el edificio, sean estas utilizadas o no para la prestación del servicio. Además del arreglo de los muebles averiados, limpieza y desinfección diaria de mesas, paneles, juguetes y de elementos en contacto con los niños. La prestadora de servicio se compromete a proveer, antes del inicio del año lectivo, todos los materiales para la decoración y ambientación de todas las dependencias del local, también deberá proveer de todos los demás materiales necesarios para cumplir con las actividades del MEC (días patrios, día de la bandera, día del folklore, día de la primavera, etc.), además del programa que desarrolla cada institución educativa para el correcto desenvolvimiento de las tareas asignadas a cada niño dentro del EDI Minipu.
  • Prever las actividades correspondientes al festejo de las fechas establecidas en el calendario escolar anual establecido por el MEC como ser actividades religiosas, día de la familia, día de la madre, día del padre, día del niño, clausura del año escolar y otros. La organización de los mismos, en cuanto a los elementos de ambientación utilizados, estarán a cargo del prestador del servicio. Los artículos personales de cada niño/a para los eventos correrán por cuenta de los padres (los cuales serán determinados al inicio de las clases mediante una lista de útiles).
  • Realizar las acciones necesarias a fin de contar oportunamente con los servicios generales, para el mantenimiento y/o reparación de los equipamientos.
  1. Educación
  • Las actividades académicas del Espacio de Desarrollo Infantil, se regirán por el Calendario establecido por el Ministerio de Educación y Ciencias, siendo el servicio desde febrero hasta noviembre, así como las actividades programáticas del Ministerio, y la Resolución MEC N° 37885/17.
  • En lo que respecta a la estimulación temprana, el prestador del servicio utilizará medios, técnicas, y actividades con bases científicas las cuales deberán aplicarse en forma sistemática y secuencial, con el objetivo de desarrollar y potenciar al máximo las capacidades cognitivas, físicas, emocionales y sociales de los niños, atendiendo las necesidades biopsicosociales para el logro de su desarrollo integral, presentando planeamientos fundamentados sobre las actividades. Además, deberá regirse por el Proyecto Educativo Institucional (PEI).
  • En las actividades del EDI Minipu el prestador del servicio se obliga, durante el tiempo de prestación, a dar cumplimiento a todas las reglamentaciones vigentes del Ministerio de Educación y Ciencias, la Municipalidad de Asunción, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y cualquier otro organismo relacionado con las actividades.
  • Durante la permanencia de los niños en el EDI Minipu, se proporcionará un trato afectuoso, de equidad e integración, de tal manera a fomentar las condiciones de convivencia y respeto entre los niños y el personal contratado.
  • Al inicio de clases o ingreso al EDI Minipu, se deberá realizar el proceso de adaptación, facilitando la integración del niño y la niña, cuidando su integridad emocional.
  • Se proporcionará una comunicación constante, abierta y respetuosa con el núcleo familiar para lograr un trabajo coordinado y continuo en la educación, para beneficio de los niños. En todos los casos se realizará una ficha de reunión entre padres, docente y equipo técnico en donde firmaran ambas partes.
  • Se deberá proporcionar orientación continua a los padres de familia, respecto a asuntos relacionados con sus hijos, en un ambiente de ética y confidencialidad, considerando temas de interés común acerca de la educación infantil, que contribuyan al desarrollo integral de los niños.
  • Como el horario será continuado se deberá establecer un tiempo de sueño para los niños, según su franja etaria.
  • Se fomentará en los niños la formación cívica e identidad nacional y los valores de sana convivencia, respetando las costumbres, así como la celebración de fechas que se realicen en la comunidad.
  • Se fomentará a los niños el autoconocimiento y la autovaloración potenciando el desarrollo de autonomía e identidad, fortaleciendo los vínculos afectivos con los adultos y sus pares para mejor convivencia con los demás.
  • Se deberá potenciar el aprendizaje de calidad en forma activa, creativa, placentera y participativa, utilizando el juego como metodología básica.
  • El proveedor comunicará a Coordinación Gral. (con función de Directora Pedagógica) las derivaciones efectuadas, a los efectos de asegurar el seguimiento efectivo de los casos, en atención al interés superior del niño.
  • Se aplicará los ajustes razonables curriculares en caso de detectar alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ANEAE) y dar cumplimiento a la Ley N° 5.136/2013 y su Decreto Reglamentario N° 2.837 y Resolución N° 376.
  1. Alimentación

Los alimentos deberán ser elaborados por el personal de cocina, contratado por el prestador del servicio y deberá de cumplir con todo los requerimientos de la habilitación según la INAN Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición.

La alimentación deberá incluir lo siguiente:

  • Desayuno
  • Media Mañana
  • Almuerzo, incluirá plato principal, jugo natural de fruta y postre.
  • Merienda.

Un profesional nutricionista del EDI Minipu, proveerá al prestador del servicio, un plan nutricional, quien indicará la alimentación adecuada según el periodo de crecimiento y desarrollo de los niños.

La preparación de las comidas será destinada diariamente para 80 niños/as independientemente si asisten o no a la guardería.

Los alimentos serán elaborados por el/la cocinero/a en las instalaciones del local EDI - Minipu, con base a un plan nutricional diseñado por el/la profesional en nutrición del Ministerio Público, acorde al plan nutricional basado en las guías alimentarias del Paraguay (INAN Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición, dependiente del Ministerio de Salud Pública) que será elaborado mensualmente de acuerdo a los requerimientos básicos de alimentación para niños/as. En caso de niños con necesidades alimentarias especiales, se establecerá un régimen particular en coordinación con los padres.

El Prestador de Servicio estará a cargo de la provisión alimentaria respecto al plantel docente y administrativo (desayuno y almuerzo). El mismo deberá ser independiente al régimen alimenticio correspondiente a los/as niños/as.

Los horarios de administración de los alimentos serán establecidos por la Coordinación Gral. del EDI MINIPU. Los horarios podrán modificarse o adecuarse según necesidades.

El EDI MINIPU se reserva el derecho de realizar verificaciones relacionadas a la higiene, calidad de productos y alimentos, variación del menú preestablecido, etc. Estos controles se realizarán a través del administrador de contrato.

 

  1. Salud e Higiene

El EDI Minipu no podrá recibir a niños que sufran los efectos de una epidemia o durante el proceso de una enfermedad grave o contagiosa que ponga en peligro a los mismos o a los demás niños del Espacio de Desarrollo Infantil.

Los medicamentos indicados por prescripción médica a los niños, serán administrados por la Enfermera del EDI Minipu, la indicación será presentada por los padres, no pudiendo administrarse medicación al niño sin contar con este requisito.

En caso de que los niños presenten síntomas de enfermedad durante su estancia en el EDI MINIPU, se deberá dar aviso inmediato a los padres, quienes deberán retirarlos a los efectos de garantizar el cuidado del niño que requiera una atención personalizada o reposo médico.

Los niños con reposo médico no podrán acudir al EDI Minipu por el lapso de duración del mismo. Para su reincorporación, deberán presentar el certificado médico (Alta) que autoriza el retorno al EDI MINIPU.

Con la finalidad de preservar la salud del menor, se promoverá la adquisición de hábitos higiénicos.

El prestador del servicio deberá contar con un Botiquín para Primeros Auxilios, el cual estará a disposición para los casos de emergencia. El mismo deberá contener básicamente lo siguiente: gasa estéril, apósitos autoadhesivos, esparadrapo de tela, toallas antisépticas, iodopovidona, cabestrillo, algodón, termómetro, alcohol al 70%, guantes quirúrgicos, tapa boca, agua oxigenada, rifamicina en spray, antidiarreico, antiespasmódico, antihistamínico, analgésico antifebril, descongestionante nasal, crema para picadura de insectos y quemaduras, etc. todos con fecha de caducidad vigente durante la prestación de servicio. Resolución MEC N° 1238/23, Art. 39.

La higiene diaria de los niños es responsabilidad de los padres, quienes deben traer a sus hijos bien aseados y con ropa limpia, no obstante, el prestador del servicio deberá realizar el cambio del pañal a los niños, higienizarlos antes y después de comer y ayudar con el cepillado de dientes. En casos necesarios, se realizará el baño y cambio de ropa.

Al inicio de las actividades, el prestador del servicio, elaborará una lista de elementos de uso personal (cepillos de dientes, dentífricos, vasitos, toallas, etc.), que será utilizado por cada niño. Su provisión, es responsabilidad de los padres. Esta lista deberá ser remitida por la Coordinación Gral. del EDI.

El prestador del servicio es responsable de la correcta utilización de los elementos personales de cada niño a su cargo, quedando totalmente prohibidas la utilización de elementos de uso personal de un niño en la atención de otro.

  1. Dotación del personal

El equipo humano del prestador del servicio deberá de contar con los requisitos establecidos en la presente especificación técnica. El cumplimiento de los requisitos deberá ser acreditado mediante documentaciones de respaldo.

 

 

 

PLANTEL REQUERIDO

El oferente deberá contar con los siguientes personales:

Profesión

Requisitos

 

6 (seis) maestras parvularias

Título o registro profesional de Licenciatura en Educación Parvularia o Educación Inicial, también será considerado título habilitante de docente de nivel inicial, experiencia mínima de dos años de haber trabajado con niños/as de dos a cinco años. Conocimiento sobre lo propiamente pedagógico didáctico y el desarrollo infantil, desde un enfoque integral, de la cultura institucional y de la comunidad.

6 (seis) auxiliares

Estudiante de 2do año (como mínimo) de la carrera de educación inicial con constancia de estudio.

Un/a profesor/a de Educación Física

Título habilitante o similar a profesorado en Educación Física, con experiencia de dos años con niños/as de dos a cinco años de edad, carga horaria: 16 horas cátedras por mes

Un/a profesor/a en idioma inglés

Título habilitante o similar a profesorado en idioma inglés, con experiencia de  dos años con niños/as de dos a cinco años de edad, carga horaria: 40 horas cátedras por mes

Un/a profesor/a de danza y expresión corporal

Título habilitante o similar a profesorado en danza, con experiencia de dos años con niños/as de dos a cinco años de edad, carga horaria: 16 horas cátedras por mes

Una Coordinadora

Título Profesional en Educación Inicial. Experiencia mínima dos años de haber trabajado con niños/as de dos a cinco años. Conocimiento sobre lo propiamente pedagógico didáctico y el desarrollo infantil, desde un enfoque integral, de la cultura institucional y de la comunidad. Coordina de forma habitual y permanente las labores docentes del profesorado.

 

Un/a cocinero/a

Título profesional o estudiante de cocina, experiencia mínima de dos años en trabajos similares, con conocimiento en preparación; conservación y presentación     de todos los alimentos en gastronomía.

Dos auxiliares de cocina

Certificado laboral y experiencia mínima de dos años en trabajos similares.

Perfiles del plantel

  • La edad de los profesionales y personal contratado no podrá exceder los 45 años.
  • Presentar informe de evaluación del perfil psicológico. Deberán poseer las competencias emocionales necesarias para ejercer sus funciones.
  • Tendrán trato amable y deferente con los niños/as, las expresiones y vocabularios deberán ser siempre los correctos, de acuerdo al uso y buenas costumbres de la sociedad de acuerdo a las leyes paraguayas, en nuestros idiomas oficiales español y guaraní.
  • Capacidad de diálogo y personalidad creativa.

Normas generales del plantel:

  • El prestador del servicio se responsabiliza de las consecuencias emergentes del desarrollo del servicio, en relación a su plantel de profesionales (en caso de enfermedad, accidentes y otros), así como también de los costos de los beneficios sociales (reposo, vacaciones, aguinaldo, etc.) por lo que deberá prever los recaudos necesarios para cumplir con las leyes laborales vigentes.
  • El prestador del servicio deberá contemplar en el costo de su propuesta la rotación del personal, de manera tal a respetar los límites de la jornada laboral establecidos en la Ley del Trabajo.
  • Durante la vigencia del contrato, en caso de que algún personal deba ausentarse por motivos de fuerza mayor o vacaciones, el o los profesionales y empleados reemplazantes, deberán reunir los requisitos mínimos indicados para cada función. Ante esta situación, la prestadora de servicio deberá comunicar lo ocurrido, indicando el cambio temporal o definitivo, duración de la situación, acompañado de los documentos que certifiquen su aptitud para el cargo. El cambio de maestra o ayudante solo podrá darse durante el año lectivo por razones justificadas y excepcionales. Estos cambios deberán de ser comunicados por escrito al Administrador del Contrato.
  • En caso de ausencia del personal asignado a cualquiera de las tareas, el prestador del servicio deberá inmediatamente cubrir esas ausencias conforme a lo establecido anteriormente.
  • La provisión, presentación y forma de vestir del personal (docente, auxiliar y otros), correrá por parte de la prestadora de servicio.
  • El prestador del servicio deberá abonar los salarios a su personal el último día hábil de cada mes, independientemente al pago que realice la institución por la prestación del servicio.
  • El prestador del servicio es responsable del cumplimiento irrestricto del régimen laboral y de seguridad social dispuesto para trabajadores del sector privado. El personal contratado por el prestador del servicio de ninguna forma puede ser considerado personal del MINISTERIO PÚBLICO.
  • Responsabilidades del personal en general de acuerdo a las normas vigentes.

Funciones del plantel Maestras parvularias

  • Orientar las experiencias de aprendizaje de los niños y niñas.
  • Elaborar las planificaciones y programas que se requieran para el año lectivo.
  • Seleccionar y aplicar estrategias de enseñanza-aprendizaje de acuerdo a las características individuales de cada alumno y a los objetivos propuestos.
  • Crear el ambiente adecuado para el desarrollo de la actividad educativa.
  • Responsables de la utilización adecuada de las instalaciones y equipos de la sala de clase.
  • Conocer individualmente a cada uno de sus alumnos.
  • Propiciar un clima de participación y confianza entre la institución, los niños y niñas y los padres para favorecer la integración.
  • Desempeñar su tarea con esmero y entusiasmo, manteniendo un relacionamiento cordial y respetuoso con sus colegas, superiores y otros trabajadores de la institución así como con los padres de los niños y niñas.
  • Organizar entrevistas individuales y reuniones con los padres para que la educación sea dada en forma participativa.
  • Son responsables de la seguridad integral de los niños y niñas de su grupo durante la permanencia de los mismos en la guardería, tanto dentro como fuera de la sala de clases.
  • Son responsables del control e identificación de los niños y niñas con problemas de diversa índole (salud), debiendo dar aviso a la Dirección, Coordinación de la guardería y a los padres.
  • Son responsables de comunicar a los padres y al departamento de enfermería cualquier síntoma de enfermedad en la brevedad posible, además se deberá contar la autorización de los mismos para el suministro de medicamentos.
  • Adecuar las actividades planificadas, teniendo en cuenta las necesidades individuales de cada niño, incluyendo aquellas relacionadas con necesidades específicas de apoyo educativo, a través de ajustes razonables curriculares.
  • Son responsables de la alimentación de los niños y niñas en cuanto a frecuencia, modo y cantidad suficiente.
  • Son responsables de la higiene y aseo de los niños y niñas de su grupo, quedando prohibido la utilización de elementos de aseo personal de un niño en atención a otro.
  • Son responsables de redactar informes o documentos cuando estos les sean requeridos.
  • Dar aviso inmediato al director de cualquier situación anormal en el servicio.

Maestra Auxiliar o Docente Auxiliar (debe ser estudiante)

  • Apoyar todas las gestiones de las maestras. Es responsable solidario por la educación y seguridad integral de los niños bajo su custodia, dentro y fuera de las salas de clases.
  • Mantener en perfecto orden y limpieza las salas de clases al finalizar la jornada, así como los implementos utilizados por los niños.
  • Prever todos los materiales a ser utilizados en el día, de acuerdo a las actividades programadas.
  • Informar al docente encargado y en ausencia de este a la Coordinación sobre las acciones realizadas y situaciones particulares de cada niño si fuese necesario.
  • Colaborar en los equipos y jornadas de trabajo acordes en forma específica (cuidados de niños en sala, visitas pedagógicas, etc.)
  • Participar de las reuniones de profesoras y cursos de capacitación.
  • Informar a la maestra titular cualquier dificultad pedagógica.
  • Suplir a las docentes titulares en caso de ausencias por motivos particulares o por enfermedad u otro acontecimiento inesperado.

Docente de Educación Física

  • El/la maestro/a de Educación Física es la persona encargada de diseñar, programar, impartir y evaluar el aprendizaje relacionado con la actividad física y el deporte en las diferentes etapas educativas.
  • Fomentar el desarrollo de las capacidades físicas de niños, promueven la conciencia y expresión corporal, transmiten hábitos de vida saludables y enseñan técnicas y valores deportivos.
  • Adecuar las actividades planificadas, teniendo en cuenta las necesidades individuales de cada niño, incluyendo aquellas relacionadas con necesidades específicas de apoyo educativo, a través de ajustes razonables curriculares.

Docente de Inglés

  • Diseñar e implementar situaciones de aprendizaje de una lengua extranjera.
  • Evaluar el aprendizaje del alumnado.
  • Implicar al alumnado en el control de su aprendizaje.
  • Realizar actividades creativas y motivadoras de comprensión y expresión oral del idioma.
  • Seleccionar las actividades de aprendizaje más adecuadas acorde a la etapa evolutiva del alumno.
  • Utilizar diferentes métodos de enseñanza para facilitar el aprendizaje del alumnado.
  • Utilizar las TIC´s como soporte en el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado.
  • Mediar y monitorizar el aprendizaje del alumnado.
  • Preparar actividades dinámicas que propicien la interacción comunicativa.
  • Adecuar las actividades planificadas, teniendo en cuenta las necesidades individuales de cada niño, incluyendo aquellas relacionadas con necesidades específicas de apoyo educativo, a través de ajustes razonables curriculares.

 

Docente de Danza y Expresión Corporal

  • Realizar ejercicios de autoconocimiento corporal para que los alumnos aprendan a conocer y sentir sus cuerpos con los cuales se van a expresar y comunicar.
  • Utilizar la música como medio fundamental para el desarrollo de las habilidades expresivas del cuerpo.
  • Propiciar la participación activa para que los alumnos aprendan a desenvolverse con autonomía.
  • Utilizar diferentes elementos para facilitar la búsqueda de movimientos, formas, manejos, figuras y maneras de relacionarse con el otro.
  • Orientar a sus alumnos a que descubran sus múltiples capacidades para moverse con cambios de velocidad, con distintas intensidades y a tomar consciencia del espacio que ocupan con sus cuerpos en movimiento y éstos en relación con los otros sujetos y objetos del entorno.
  • Preparar y ensayar con los niños los números artísticos para los festejos programados del EDI.
  • Adecuar las actividades planificadas, teniendo en cuenta las necesidades individuales de cada niño, incluyendo aquellas relacionadas con necesidades específicas de apoyo educativo, a través de ajustes razonables curriculares.

Coordinadora

  • Es responsable del cumplimiento de servicio conforme a las especificaciones técnicas y contrato de prestación de servicio suscripto entre el Ministerio Público y el Prestador de Servicios.
  • Mantener el relacionamiento correcto y armónico entre el personal del Prestador de Servicios, dentro del marco de las leyes, la educación, la moral y las buenas costumbres.
  • Es responsable de comunicar inmediatamente a la Coordinación (con función de Directora Pedagógica) cualquier novedad que afecte el servicio.
  • Deberá presentar a la Coordinación (con función de Directora Pedagógica) un informe mensual de las actividades realizadas, a fin de procesar al pago, que deberá incluir la lista de niños y de niñas inscriptos y que asistan regularmente a la guardería, planilla de asistencia del personal contratado, planilla de salarios, planilla de entrega de insumos, materiales, medicamentos, y demás.
  • Encargada de proveer una reemplazante, en caso de que el personal contratado deba ausentarse por motivos de fuerza mayor.
  • Evalúa el desempeño del personal  docente y técnico.
  • Planifica, organiza y coordina las tareas que se desarrollarán en el EDI, en concordancia con la Dirección Pedagógica.
  • Diagnostica necesidades y problemas del espacio de desarrollo infantil a su cargo, y ejecuta acciones y gestiones para solucionarlos, con el adecuado seguimiento de cada caso.
  • Coordina, asesora y evalúa las tareas de los docentes y  técnicos, y recomienda a Dirección Pedagógica del EDI los cambios necesarios para asegurar el óptimo funcionamiento de la guardería infantil.
  • Es responsable en colaborar con el cumplimiento de los objetivos señalados y el trato adecuado a los niños.
  • Estimula la realización de actividades tendientes a mejorar  la calidad de la educación, tales como exposiciones de trabajo, visitas a lugares de interés educativo, etc.
  • Apoyar la formación y capacitación del personal a su cargo.
  • Estimular al personal a su cargo para el buen desempeño de sus funciones.
  • Mantener el relacionamiento correcto y la armonía entre el personal del Proveedor del Servicio, dentro del marco de las leyes, la moral y las buenas costumbres.
  • Colabora en la elaboración y adaptación de materiales didácticos accesibles y pertinentes, de acuerdo con las características de cada estudiante.
  • Apoya en la implementación de estrategias inclusivas dentro del aula, promoviendo la participación activa de todos los niños en las actividades escolares.
  • Asiste al docente titular en la atención diferenciada, ofreciendo acompañamiento específico a los estudiantes que lo requieran.
  • Promueve un ambiente de respeto y equidad, sensibilizando a la comunidad educativa sobre la importancia de la inclusión y la diversidad.
  • Vela por el cumplimiento de las normativas nacionales e institucionales relacionadas con la inclusión educativa.

Cocinero/a

  • Es responsable de recibir los alimentos y verificar el buen estado de ellos, así como: cuidar los elementos, utensilios y provistas entregadas para la elaboración del menú.
  • Es responsable de cumplir con el Plan Nutricional asignado a los niños según su sala y edad.
  • Es responsable de no permitir la entrada de personas no autorizadas a fin de evitar accidentes, contaminación alimentaria, entre otros.
  • Es responsable de utilizar la vestimenta adecuada (uniforme, cofía, calzados y en ocasiones especiales guantes de látex).
  • Es responsable de dejar el lugar y los utensilios limpios diariamente luego de culminar con su labor.
  • Es responsable de elaborar diariamente el menú (desayuno, media mañana, almuerzo, postre y merienda), según el Plan Nutricional presentado por la nutricionista.
  • Manejar las buenas prácticas de manufactura (BPM).
  • Poseer curso básico de cocina.
  • Trabajo en equipo/colaboración.

Auxiliar de cocina

  • Aceptar las tareas asignadas por el encargado de la cocina.
  • Mantener limpia las instalaciones de la cocina y los utensilios.
  • Utilizar la vestimenta adecuada (uniforme, cofia, calzados y en ocasiones especiales guantes de látex).
  • Preparar los alimentos en forma higiénica, balanceada y nutritiva utilizando los ingredientes.
  1. Informes mensuales

A los efectos de realizar el pago, se deberá presentar informe un mensual ante la Dirección General de Administración y Finanzas y la Dirección de Gestión del Talento Humano, hasta 5 (cinco) días hábiles posteriores al mes de prestación del              servicio. Este deberá contener listado de actividades realizadas, planilla de asistencia de los/as niños/as, planilla de asistencia del plantel, y la conformidad de la coordinación del EDI - Minipu respecto a los servicios prestados.

  1. CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
  1. La coordinadora del EDI - Minipu evaluará el desempeño de las docentes, y en los casos que crea conveniente, solicitará el cambio de las mismas, argumentando los motivos de dicha solicitud.
  2. El Prestador de Servicios estará obligado de dar cumplimiento a todas las disposiciones o normativas vigentes y emanadas del Ministerio de Educación y Ciencias, u otro organismo relacionado a la prestación del servicio.
  3. El Prestador de Servicios se compromete a tomar en cuenta las sugerencias dadas por la Coordinación del EDI - Minipu, a fin de optimizar el servicio, acorde a las condiciones pactadas del contrato y exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.
  1. CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO
  1. En caso de ausencia de un/a niño/a por el término de un mes durante el año lectivo, se realizará la deducción sobre el pago correspondiente al mes de servicio, de la misma forma, para el caso de colonia de vacaciones de verano (diciembre), el pago será realizado sobre la asistencia de los niños/as inscriptos a tal evento.
  2. Los equipos y utensilios introducidos por el Prestador de Servicios, deberán contar con un inventario, en dos ejemplares originales, los cuales estarán aprobados por la coordinación del EDI-Minipu.
  3. El Prestador de Servicio es responsable del uso adecuado de las instalaciones, equipos varios y muebles pertenecientes a la institución. En caso de algún daño, deberá realizar el resarcimiento del mismo.
  4. El Prestador de Servicio deberá contar con un servicio de emergencias para el traslado inmediato de los niños/as en caso de accidentes al centro asistencial que será determinado previa consulta a los padres o encargados.
  5. La limpieza de la cocina estará a cargo del Prestador de Servicio para el efecto deberá considerar los siguientes insumos: detergente para cubiertos, hipoclorito de sodio al 4%, esponja, estropajo de aluminio para limpiar, paños de cocina, limpiador abrasivo, líquido desengrasante, papel absorbente, servilleta de papel.
  6. El mantenimiento y limpieza en general del local quedará a cargo del Ministerio Público.
  7. El Prestador de Servicio es responsable de comunicar inmediatamente a la coordinación del CEI- Minipu cualquier novedad que afecte al servicio.
  8. El Prestador de Servicio se responsabiliza de las consecuencias emergentes del desarrollo del servicio, en relación a su plantel de profesionales (en caso de enfermedad, accidentes y otros), así como también de los costos de los beneficios sociales (reposo, vacaciones, aguinaldo, etc.) por lo que deberá prever los recaudos necesarios para cumplir con las leyes laborales vigentes.
  9. Durante la vigencia del contrato de prestación de servicios, el Ministerio Público se reserva el derecho a realizar reestructuraciones internas de distribución y variación de  los niveles contratados (aumentar o disminuir la cantidad de usuarios) de acuerdo a las necesidades presentadas.
  10. Durante la ejecución del servicio el EDI Minipu del Ministerio Público solicitará semestralmente a la empresa adjudicada un informe de evaluación psicológica del plantel docente y administrativo el cual deberá estar certificado por un profesional competente en el área.

 

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL ESPACIO DE DESARROLLO INFANTIL MINIPU DEL MINISTERIO PÚBLICO


CONSIDERACIONES PARTICULARES

El Ministerio Público realiza el presente llamado con el objetivo de contratar una empresa prestadora de servicios que colabore con el adecuado funcionamiento del Espacio de Desarrollo Infantil MINIPU, dependiente del Ministerio Público.

Se trata de una infraestructura especialmente ambientada y acondicionada conforme a las características propias de una guardería, atendiendo a las necesidades de los niños y niñas que asisten al espacio educativo.

LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Espacio de Desarrollo Infantil N° 7822 Minipu, ubicada sobre la calle Alberdi N° 1166 casi Avenida Ygatimí Asunción, Paraguay.

Instalaciones

El Ministerio Público proveerá al Prestador de Servicios las instalaciones edilicias, mobiliarios en general, así también, se hará cargo del pago de los servicios básicos como: luz, agua y línea telefónica. Los equipos serán entregados al Prestador de Servicios mediante un acta en la cual se detallarán los bienes a ser entregados, los cuales quedarán bajo responsabilidad de la empresa prestadora de servicios.

La instalación cuenta con las siguientes áreas:

Planta Baja: cuenta con cuatro aulas, área de recepción, sanitarios equipados, acceso al jardín, zona de juegos con patio exterior. El resto de las instalaciones se complementan con la enfermería y el comedor.

Planta Alta: cuenta con dos aulas, sanitarios equipados, además salón auditorio, oficina de Psicología, Secretaría, Coordinación Gral., y Administración.

INSCRIPCIÓN

La inscripción de los niños/as se realizará conforme a las directrices emanadas por la Dirección de Gestión de Talento Humano del Ministerio Público a través de la Coordinación General del EDI (Espacio de Desarrollo Infantil - Minipu) conforme a los reglamentos internos y respetando las leyes vigentes emanadas por el Ministerio de Educación y Ciencias.

Se estima una escolaridad máxima aproximada de 80 (ochenta) niños/as, bajo las siguientes condiciones:

  • Maternal 2 y 3: niños y niñas de 2 años cumplidos, hasta el 31 de marzo.
  • Pre jardín: niños y niñas de 3 años cumplidos, hasta el 31 de marzo.
  • Jardín: niños y niñas hasta 4 años cumplidos, hasta el 31 de marzo.

Los servicios profesionales para el funcionamiento de la Guardería, se encuentran previstos de lunes a viernes en el horario de 6:30 a 14:30 hs., no incluyen sábados, domingos y feriados.

Cuando la demanda sea mayor a la prevista, se confeccionará una lista de niños/as, quienes quedarán en lista de espera, en expectativa de acceder al servicio, la cual será analizada por las dependencias responsables, Dirección de Gestión del Talento Humano y Coordinación General del EDI.

PLAZOS DEL SERVICIO

El prestador deberá proporcionar sus servicios desde el día siguiente de la recepción de la orden de servicio, por un total de 22 meses.

No habrá actividades los días sábados, domingos, feriados nacionales y asuetos generales dispuestos por el Gobierno, sobre este último caso, se deberá tener en cuenta si se trata de un asueto parcial o total, en caso de asuetos parciales, el EDI Minipu funcionará de manera regular en el horario habitual.

Los asuetos especiales dispuestos por el MEC no afectarán el servicio del EDI MINIPU, considerando que, para los padres de los niños, dichos días serán laborales.

Los asuetos y licencias que beneficien a los funcionarios del Ministerio Público, podrán afectar a las actividades del EDI Minipu.

CLASIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES

Año Lectivo: Las actividades serán planificadas por el prestador del servicio conforme al calendario establecido por el Ministerio de Educación y Ciencias.

Vacaciones de invierno y colonia de vacaciones: El prestador del servicio deberá prever las actividades correspondientes para las vacaciones de invierno en el mes de Julio (fecha que regirá según el calendario del MEC) y la colonia de vacaciones en el meslos meses de diciembreenero y diciembre, con el fin de organizar y planificar actividades recreativas para esas vacaciones.

Las actividades serán planificadas por el prestador del servicio y aprobadas por la Coordinación Gral. del EDI Minipu.

El prestador del servicio deberá contar para la colonia de vacaciones con la misma cantidad de profesionales por grupo establecida para el año lectivo. El horario será el establecido para el año lectivo.

INICIO DEL FUNCIONAMIENTO

El inicio de los trabajos de ambientación y otras actividades relacionadas al servicio podrán iniciarse al día siguiente hábil de la recepción de la orden de servicio.

DEFINICIONES

Prestador del servicio: Es la persona jurídica o el consorcio que suscriba el Contrato con el MINISTERIO PÚBLICO, a los efectos de prestar servicios profesionales para el funcionamiento del Espacio de Desarrollo Infantil Minipu, para hijos/as de funcionarios/as. El Prestador de Servicio deberá designar un representante para las comunicaciones y seguimiento a la ejecución del contrato.

Administrador del Contrato por el MINISTERIO PÚBLICO: Es el encargado y responsable por el MINISTERIO PÚBLICO, de realizar la verificación y control del funcionamiento integral del EDI Minipu en el área destinada para el efecto. El Administrador del Contrato se hará cargo única y exclusivamente del relacionamiento formal para el cumplimiento de lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. En lo que respecta al relacionamiento Institución Educativa-Padres, el mismo será responsabilidad de cada padre, al igual que cualquier actividad extracurricular que se pretenda realizar.

LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Los servicios profesionales serán prestados en el inmueble, propiedad del MINISTERIO PÚBLICO, sito en la calle Alberdi N° 1166 c/ Ygatimi, de la Ciudad de Asunción.

El Espacio de Desarrollo Infantil Minipu del MINISTERIO PÚBLICO, está ubicado en un inmueble independiente, propiedad del Ministerio Público.

La sede cuenta con:

  • Patio
  • Sala Maternal 2
  • Sala Maternal 3
  • Sala Pre-Jardín A
  • Sala Pre-Jardín B
  • Sala Jardín A
  • Sala Jardín B
  • Cocina - Comedor
  • Baños equipados
  • Recepción
  • Enfermería
  • Psicología
  • Salón Multiuso
  • Depósito en la azotea
  • Coordinación Gral
  • Secretaría
  • Administración

MOBILIARIOS Y EQUIPAMIENTOS

El MINISTERIO PÚBLICO proveerá al prestador del servicio las instalaciones edilicias, además de los mobiliarios en general, equipamiento de cocina básicos (buenas condiciones de funcionamiento) que serán entregados mediante un acta, en el cual se detallarán los bienes que quedarán bajo su responsabilidad. Al término del contrato, el prestador del Servicio deberá entregarlos al MINISTERIO PÚBLICO en las mismas condiciones que fueron cedidas.

El Ministerio Público no proveerá al Prestador de Servicios: equipos informáticos ni acceso a internet.

Así también el MINISTERIO PÚBLICO se hará cargo del pago de los servicios básicos, como: energía eléctrica, agua corriente, telefonía fija, así como servicios de limpieza, fumigación y seguridad.

Los mobiliarios y equipamientos de los que el MINISTERIO PÚBLICO dispone para el EDI Minipu son: acondicionadores de aire, cocina a gas, heladeras, pizarras, extintores de incendio, televisor, equipo de sonido, cambiadores, sillas, mesas para comedor y aulas, juegos recreativos del jardín, bebederos eléctricos, escritorios y muebles para las docentes y demás dependencias, colchones, cámaras. Se fijará un día de visita, para conocimiento del local.

El MINISTERIO PÚBLICO se reserva el derecho de instalar y monitorear las cámaras, para garantizar el correcto cuidado y trato a los niños. El acceso será otorgado exclusivamente a la Coordinadora Gral, la Administradora de la Institución, y a la DGTH. No se otorgará acceso a los padres.

DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS

  1. Generalidades

En relación a las actividades que serán realizadas en el EDI Minipu, el prestador del servicio se obliga a dar cumplimiento a todas las disposiciones, requisitos, reglamentos y habilitaciones vigentes conforme a las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación y Ciencias, y cualquier otro organismo relacionado con el tema.

Durante la permanencia en el EDI Minipu, los niños deberán de ser constantemente observados y atendidos por el personal, por ningún motivo permanecerán solos. El personal deberá controlar permanentemente que no exista al alcance de los niños factores de riesgo que afecten su integridad física.

El prestador del servicio establecerá los mecanismos necesarios para dar cumplimiento fiel y estricto a las disposiciones referentes a prevención de todo tipo de accidentes, así como mantener las instalaciones en condiciones que permitan su correcta utilización, así mismo mantendrá un ambiente de orden y salubridad en todo momento.

  1. Recepción de los niños:

El prestador del servicio dispondrá que, desde el inicio del horario de atención (6:30 am), las docentes encargadas de cada sala se encuentren en las mismas, a los efectos de recibir a los niños.

En el horario del inicio de atención (6:30 am), los niños serán recibidos en recepción del EDI Minipu, por las personas que forman parte del plantel (Coordinadora Gral Recepcionista Profesoras titulares y auxiliares).

Será responsabilidad de cada padre el retiro del niño dentro del horario máximo establecido (14:30 pm).

Las docentes titulares o auxiliares, se encargarán de recibir los elementos de uso diario de los niños de la siguiente manera:

  • los días lunes: juegos de cama, elementos de aseo personal como cepillos, toallas, etc., debiendo entregarlos nuevamente a los padres los días viernes, quienes serán responsables de entregar estos elementos en forma higiénica y completa nuevamente los días lunes.
  • En forma diaria: Pañales, leche, biberones o vasitos, toallitas húmedas, cremas antipaspaduras, medicamentos en caso necesario, o cualquier otro elemento que los mismos crean conveniente.

  1. Obligaciones del prestador del servicio

El Prestador de Servicio deberá:

  • Desarrollar sus actividades laborales bajo la coordinación del representante designado para el EDI Minipu junto con el Administrador del Contrato. Los servicios serán realizados conforme a las Especificaciones técnicas, el contrato y las reglamentaciones vigentes.
  • Elaborar y remitir al Administrador de Contrato del EDI Minipu los informes que dicha unidad requiera sobre la prestación del servicio, según la periodicidad que esta establezca, proporcionando toda información adicional que le fuera solicitada.
  • Tomar en cuenta las sugerencias dadas por el Administrador del Contrato del EDI Minipu a fin de optimizar el servicio a prestar, siempre y cuando se adecuen al contrato celebrado entre las partes.
  • Contar con los recursos financieros, equipamientos, enseres de cocina, materiales didácticos acorde a la edad de cada grupo de niños y otros, para su óptimo funcionamiento.
  • Realizar la decoración y ambientación del local en todas las áreas que componen el edificio, sean estas utilizadas o no para la prestación del servicio. Además del arreglo de los muebles averiados, limpieza y desinfección diaria de mesas, paneles, juguetes y de elementos en contacto con los niños. La prestadora de servicio se compromete a proveer, antes del inicio del año lectivo, todos los materiales para la decoración y ambientación de todas las dependencias del local, también deberá proveer de todos los demás materiales necesarios para cumplir con las actividades del MEC (días patrios, día de la bandera, día del folklore, día de la primavera, etc.), además del programa que desarrolla cada institución educativa para el correcto desenvolvimiento de las tareas asignadas a cada niño dentro del EDI Minipu.
  • Prever las actividades correspondientes al festejo de las fechas establecidas en el calendario escolar anual establecido por el MEC como ser días patrios, religiososactividades religiosas, día de la familia, día de la madre, día del padre, día del niño, clausura del año escolar y otros. La organización de los mismos, en cuanto a los elementos de ambientación utilizados, estarán a cargo del prestador del servicio. Los artículos personales de cada niño/a para los eventos correrán por cuenta de los padres (los cuales serán determinados al inicio de las clases mediante una lista de útiles).
  • Realizar las acciones necesarias a fin de contar oportunamente con los servicios generales, para el mantenimiento y/o reparación de los equipamientos.

  1. Educación
  • Las actividades académicas del Espacio de Desarrollo Infantil, se regirán por el Calendario establecido por el Ministerio de Educación y Ciencias, siendo el servicio desde febrero hasta noviembre, así como las actividades programáticas del Ministerio, y la Resolución MEC N° 37885/17.
  • En lo que respecta a la estimulación temprana, el prestador del servicio utilizará medios, técnicas, y actividades con bases científicas las cuales deberán aplicarse en forma sistemática y secuencial, con el objetivo de desarrollar y potenciar al máximo las capacidades cognitivas, físicas, emocionales y sociales de los niños, atendiendo las necesidades biopsicosociales para el logro de su desarrollo integral, presentando planeamientos fundamentados sobre las actividades. Además, deberá regirse por el Proyecto Educativo Institucional (PEI).
  • En las actividades del EDI Minipu el prestador del servicio se obliga, durante el tiempo de prestación, a dar cumplimiento a todas las reglamentaciones vigentes del Ministerio de Educación y Ciencias, la Municipalidad de Asunción, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y cualquier otro organismo relacionado con las actividades.
  • Durante la permanencia de los niños en el EDI Minipu, se proporcionará un trato afectuoso, de equidad e integración, de tal manera a fomentar las condiciones de convivencia y respeto entre los niños y el personal contratado.
  • Al inicio de clases o ingreso al EDI Minipu, se deberá realizar el proceso de adaptación, facilitando la integración del niño y la niña, cuidando su integridad emocional.
  • Se proporcionará una comunicación constante, abierta y respetuosa con el núcleo familiar para lograr un trabajo coordinado y continuo en la educación, para beneficio de los niños. En todos los casos se realizará una ficha de reunión entre padres, docente y equipo técnico en donde firmaran ambas partes.
  • Se deberá proporcionar orientación continua a los padres de familia, respecto a asuntos relacionados con sus hijos, en un ambiente de ética y confidencialidad, considerando temas de interés común acerca de la educación infantil, que contribuyan al desarrollo integral de los niños.
  • Como el horario será continuado se deberá establecer un tiempo de sueño para los niños, según su franja etaria.
  • Se fomentará en los niños la formación cívica e identidad nacional y los valores de sana convivencia, respetando las costumbres, así como la celebración de fechas que se realicen en la comunidad.
  • Se fomentará a los niños el autoconocimiento y la autovaloración potenciando el desarrollo de autonomía e identidad, fortaleciendo los vínculos afectivos con los adultos y sus pares para mejor convivencia con los demás.
  • Se deberá potenciar el aprendizaje de calidad en forma activa, creativa, placentera y participativa, utilizando el juego como metodología básica.
  • El proveedor realizará el procedimiento del desarrollo evolutivo de los niños a través de evaluaciones para detectar las necesidades educativas de los mismos, detención de señales de alarma, evaluación por medio de test de escalas evolutivas y derivación de profesionales externos en caso de necesidad, a través de una psicopedagoga.
  • El proveedor comunicará a Coordinación Gral. (con función de Directora Pedagógica) las derivaciones efectuadas, a los efectos de asegurar el seguimiento efectivo de los casos, en atención al interés superior del niño.
  • Se aplicará los ajustes razonables curriculares en caso de detectar alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ANEAE) y dar cumplimiento a la Ley N° 5.136/2013 y su Decreto Reglamentario N° 2.837 y Resolución N° 376.
  1. Alimentación

Los alimentos deberán ser elaborados por el personal de cocina, contratado por el prestador del servicio y deberá de cumplir con todo los requerimientos de la habilitación según la INAN Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición.

La alimentación deberá incluir lo siguiente:

  • Desayuno
  • Media Mañana
  • Almuerzo, incluirá plato principal, jugo natural de fruta y postre.
  • Merienda.

Un profesional nutricionista del EDI Minipu, proveerá al prestador del servicio, un plan nutricional, quien indicará la alimentación adecuada según el periodo de crecimiento y desarrollo de los niños.

La preparación de las comidas será destinada diariamente para 80 niños/as independientemente si asisten o no a la guardería.

Los alimentos serán elaborados por el/la cocinero/a en las instalaciones del local EDI - Minipu, con base a un plan nutricional diseñado por el/la profesional en nutrición del Ministerio Público, acorde al plan nutricional basado en las guías alimentarias del Paraguay (INAN Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición, dependiente del Ministerio de Salud Pública) que será elaborado mensualmente de acuerdo a los requerimientos básicos de alimentación para niños/as. En caso de niños con necesidades alimentarias especiales, se establecerá un régimen particular en coordinación con los padres.

El Prestador de Servicio estará a cargo de la provisión alimentaria respecto al plantel docente y administrativo (desayuno y almuerzo). El mismo deberá ser independiente al régimen alimenticio correspondiente a los/as niños/as.

Los horarios de administración de los alimentos serán establecidos por la Coordinación Gral. del EDI MINIPU. Los horarios podrán modificarse o adecuarse según necesidades.

El EDI MINIPU se reserva el derecho de realizar verificaciones relacionadas a la higiene, calidad de productos y alimentos, variación del menú preestablecido, etc. Estos controles se realizarán a través del administrador de contrato.

  1. Salud e Higiene

El EDI Minipu no podrá recibir a niños que sufran los efectos de una epidemia o durante el proceso de una enfermedad grave o contagiosa que ponga en peligro a los mismos o a los demás niños del Espacio de Desarrollo Infantil.

Los medicamentos indicados por prescripción médica a los niños, serán administrados por la Enfermera del EDI Minipu, la indicación será presentada por los padres, no pudiendo administrarse medicación al niño sin contar con este requisito.

En caso de que los niños presenten síntomas de enfermedad durante su estancia en el EDI MINIPU, se deberá dar aviso inmediato a los padres, quienes deberán retirarlos a los efectos de garantizar el cuidado del niño que requiera una atención personalizada o reposo médico.

Los niños con reposo médico no podrán acudir al EDI Minipu por el lapso de duración del mismo. Para su reincorporación, deberán presentar el certificado médico (Alta) que autoriza el retorno al EDI MINIPU.

Con la finalidad de preservar la salud del menor, se promoverá la adquisición de hábitos higiénicos.

El prestador del servicio deberá contar con un Botiquín para Primeros Auxilios, el cual estará a disposición para los casos de emergencia. El mismo deberá contener básicamente lo siguiente: gasa estéril, apósitos autoadhesivos, esparadrapo de tela, toallas antisépticas, iodopovidona, cabestrillo, algodón, termómetro, alcohol al 70%, guantes quirúrgicos, tapa boca, agua oxigenada, rifamicina en spray, antidiarreico, antiespasmódico, antihistamínico, analgésico antifebril, descongestionante nasal, crema para picadura de insectos y quemaduras, etc. todos con fecha de caducidad vigente durante la prestación de servicio. Resolución MEC N° 1238/23, Art. 39.

La higiene diaria de los niños es responsabilidad de los padres, quienes deben traer a sus hijos bien aseados y con ropa limpia, no obstante, el prestador del servicio deberá realizar el cambio del pañal a los niños, higienizarlos antes y después de comer y ayudar con el cepillado de dientes. En casos necesarios, se realizará el baño y cambio de ropa.

Al inicio de las actividades, el prestador del servicio, elaborará una lista de elementos de uso personal (cepillos de dientes, dentífricos, vasitos, toallas, etc.), que será utilizado por cada niño. Su provisión, es responsabilidad de los padres. Esta lista deberá ser remitida por la Coordinación Gral. del EDI.

El prestador del servicio es responsable de la correcta utilización de los elementos personales de cada niño a su cargo, quedando totalmente prohibidas la utilización de elementos de uso personal de un niño en la atención de otro.

  1. Dotación del personal

El equipo humano del prestador del servicio deberá de contar con los requisitos establecidos en la presente especificación técnica. El cumplimiento de los requisitos deberá ser acreditado mediante documentaciones de respaldo.

PLANTEL REQUERIDO

El oferente deberá contar con los siguientes personales:

Profesión

Requisitos

6 (seis) maestras parvularias

Título o registro profesional de Licenciatura en Educación Parvularia o Educación Inicial, también será considerado título habilitante de docente de nivel inicial, experiencia mínima de dos años de haber trabajado con niños/as de dos a cinco años. Conocimiento sobre lo propiamente pedagógico didáctico y el desarrollo infantil, desde un enfoque integral, de la cultura institucional y de la comunidad.

6 (seis) auxiliares

Estudiante de 2do año (como mínimo) de la carrera de educación inicial con constancia de estudio.

Un/a profesor/a de Educación Física

Título habilitante o similar a profesorado en Educación Física, con experiencia de dos años con niños/as de dos a cinco años de edad., carga horaria: 16 horas cátedras por mes

Un/a profesor/a en idioma inglinglésés

Título habilitante o similar a profesorado en idioma inglés, con experiencia de dos años con niños/as de dos a cinco años de edad., carga horaria: 40 horas cátedras por mes

Un/a profesor/a de danza y expresión corporal

Título habilitante o similar a profesorado en danza, con experiencia de dos años con niños/as de dos a cinco años de edad., carga horaria: 16 horas cátedras por mes

Una Coordinadora

Título Profesional en Educación Inicial, con tecnicatura en Educación Inclusiva. Experiencia mínima dos años de haber trabajado con niños/as de dos a cinco años. Conocimiento sobre lo propiamente pedagógico didáctico y el desarrollo infantil, desde un enfoque integral, de la cultura institucional y de la comunidad. Coordina de forma habitual y permanente las labores docentes del profesorado.

Un/a cocinero/a

Título profesional o estudiante de cocina, experiencia mínima de dos años en trabajos similares, con conocimiento en preparación; conservación y presentación de todos los alimentos en gastronomía.

Dos auxiliares de cocinaauxiliares de cocina

Certificado laboral y experiencia mínima de dos años en trabajos similares.

Perfiles del plantel

  • La edad de los profesionales y personal contratado no podrá exceder los 45 años.
  • Presentar informe de evaluación del perfil psicológico. Deberán poseer las competencias emocionales necesarias para ejercer sus funciones.
  • Tendrán trato amable y deferente con los niños/as, las expresiones y vocabularios deberán ser siempre los correctos, de acuerdo al uso y buenas costumbres de la sociedad de acuerdo a las leyes paraguayas, en nuestros idiomas oficiales español y guaraní.
  • Capacidad de diálogo y personalidad creativa.

Normas generales del plantel:

  • El prestador del servicio se responsabiliza de las consecuencias emergentes del desarrollo del servicio, en relación a su plantel de profesionales (en caso de enfermedad, accidentes y otros), así como también de los costos de los beneficios sociales (reposo, vacaciones, aguinaldo, etc.) por lo que deberá prever los recaudos necesarios para cumplir con las leyes laborales vigentes.
  • El prestador del servicio deberá contemplar en el costo de su propuesta la rotación del personal, de manera tal a respetar los límites de la jornada laboral establecidos en la Ley del Trabajo.
  • Durante la vigencia del contrato, en caso de que algún personal deba ausentarse por motivos de fuerza mayor o vacaciones, el o los profesionales y empleados reemplazantes, deberán reunir los requisitos mínimos indicados para cada función. Ante esta situación, la prestadora de servicio deberá comunicar lo ocurrido, indicando el cambio temporal o definitivo, duración de la situación, acompañado de los documentos que certifiquen su aptitud para el cargo. El cambio de maestra o ayudante solo podrá darse durante el año lectivo por razones justificadas y excepcionales. Estos cambios deberán de ser comunicados por escrito al Administrador del Contrato.
  • En caso de ausencia del personal asignado a cualquiera de las tareas, el prestador del servicio deberá inmediatamente cubrir esas ausencias conforme a lo establecido anteriormente.
  • La provisión, presentación y forma de vestir del personal (docente, auxiliar y otros), correrá por parte de la prestadora de servicio.
  • El prestador del servicio deberá abonar los salarios a su personal el último día hábil de cada mes, independientemente al pago que realice la institución por la prestación del servicio.
  • El prestador del servicio es responsable del cumplimiento irrestricto del régimen laboral y de seguridad social dispuesto para trabajadores del sector privado. El personal contratado por el prestador del servicio de ninguna forma puede ser considerado personal del MINISTERIO PÚBLICO.
  • Responsabilidades del personal en general de acuerdo a las normas vigentes.

Funciones del plantel Maestras parvularias

  • Orientar las experiencias de aprendizaje de los niños y niñas.
  • Elaborar las planificaciones y programas que se requieran para el año lectivo.
  • Seleccionar y aplicar estrategias de enseñanza-aprendizaje de acuerdo a las características individuales de cada alumno y a los objetivos propuestos.
  • Crear el ambiente adecuado para el desarrollo de la actividad educativa.
  • Responsables de la utilización adecuada de las instalaciones y equipos de la sala de clase.
  • Conocer individualmente a cada uno de sus alumnos.
  • Propiciar un clima de participación y confianza entre la institución, los niños y niñas y los padres para favorecer la integración.
  • Desempeñar su tarea con esmero y entusiasmo, manteniendo un relacionamiento cordial y respetuoso con sus colegas, superiores y otros trabajadores de la institución así como con los padres de los niños y niñas.
  • Organizar entrevistas individuales y reuniones con los padres para que la educación sea dada en forma participativa.
  • Son responsables de la seguridad integral de los niños y niñas de su grupo durante la permanencia de los mismos en la guardería, tanto dentro como fuera de la sala de clases.
  • Son responsables del control e identificación de los niños y niñas con problemas de diversa índole (salud), debiendo dar aviso a la Dirección, Coordinación de la guardería y a los padres.
  • Son responsables de comunicar a los padres y al departamento de enfermería cualquier síntoma de enfermedad en la brevedad posible, además se deberá contar la autorización de los mismos para el suministro de medicamentos.
  • Adecuar las actividades planificadas, teniendo en cuenta las necesidades individuales de cada niño, incluyendo aquellas relacionadas con necesidades específicas de apoyo educativo, a través de ajustes razonables curriculares.
  • Son responsables de la alimentación de los niños y niñas en cuanto a frecuencia, modo y cantidad suficiente.
  • Son responsables de la higiene y aseo de los niños y niñas de su grupo, quedando prohibido la utilización de elementos de aseo personal de un niño en atención a otro.
  • Son responsables de redactar informes o documentos cuando estos les sean requeridos.
  • Dar aviso inmediato al director de cualquier situación anormal en el servicio.

Maestra Auxiliar o Docente Auxiliar (debe ser estudiante)

  • Apoyar todas las gestiones de las maestras. Es responsable solidario por la educación y seguridad integral de los niños bajo su custodia, dentro y fuera de las salas de clases.
  • Mantener en perfecto orden y limpieza las salas de clases al finalizar la jornada, así como los implementos utilizados por los niños.
  • Prever todos los materiales a ser utilizados en el día, de acuerdo a las actividades programadas.
  • Informar al docente encargado y en ausencia de este a la Coordinación sobre las acciones realizadas y situaciones particulares de cada niño si fuese necesario.
  • Colaborar en los equipos y jornadas de trabajo acordes en forma específica (cuidados de niños en sala, visitas pedagógicas, etc.)
  • Participar de las reuniones de profesoras y cursos de capacitación.
  • Informar a la maestra titular cualquier dificultad pedagógica.
  • Suplir a las docentes titulares en caso de ausencias por motivos particulares o por enfermedad u otro acontecimiento inesperado.

Docente de Educación Física

  • El/la maestro/a de Educación Física es la persona encargada de diseñar, programar, impartir y evaluar el aprendizaje relacionado con la actividad física y el deporte en las diferentes etapas educativas.
  • Fomentar el desarrollo de las capacidades físicas de niños, promueven la conciencia y expresión corporal, transmiten hábitos de vida saludables y enseñan técnicas y valores deportivos.
  • Adecuar las actividades planificadas, teniendo en cuenta las necesidades individuales de cada niño, incluyendo aquellas relacionadas con necesidades específicas de apoyo educativo, a través de ajustes razonables curriculares.

Docente de Inglés

  • Diseñar e implementar situaciones de aprendizaje de una lengua extranjera.
  • Evaluar el aprendizaje del alumnado.
  • Implicar al alumnado en el control de su aprendizaje.
  • Realizar actividades creativas y motivadoras de comprensión y expresión oral del idioma.
  • Seleccionar las actividades de aprendizaje más adecuadas acorde a la etapa evolutiva del alumno.
  • Utilizar diferentes métodos de enseñanza para facilitar el aprendizaje del alumnado.
  • Utilizar las TIC´s como soporte en el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado.
  • Mediar y monitorizar el aprendizaje del alumnado.
  • Preparar actividades dinámicas que propicien la interacción comunicativa.
  • Adecuar las actividades planificadas, teniendo en cuenta las necesidades individuales de cada niño, incluyendo aquellas relacionadas con necesidades específicas de apoyo educativo, a través de ajustes razonables curriculares.

Docente de Danza y Expresión Corporal

  • Realizar ejercicios de autoconocimiento corporal para que los alumnos aprendan a conocer y sentir sus cuerpos con los cuales se van a expresar y comunicar.
  • Utilizar la música como medio fundamental para el desarrollo de las habilidades expresivas del cuerpo.
  • Propiciar la participación activa para que los alumnos aprendan a desenvolverse con autonomía.
  • Utilizar diferentes elementos para facilitar la búsqueda de movimientos, formas, manejos, figuras y maneras de relacionarse con el otro.
  • Orientar a sus alumnos a que descubran sus múltiples capacidades para moverse con cambios de velocidad, con distintas intensidades y a tomar consciencia del espacio que ocupan con sus cuerpos en movimiento y éstos en relación con los otros sujetos y objetos del entorno.
  • Preparar y ensayar con los niños los números artísticos para los festejos programados del EDI.
  • Adecuar las actividades planificadas, teniendo en cuenta las necesidades individuales de cada niño, incluyendo aquellas relacionadas con necesidades específicas de apoyo educativo, a través de ajustes razonables curriculares.

Coordinadora

  • Es responsable del cumplimiento de servicio conforme a las especificaciones técnicas y contrato de prestación de servicio suscripto entre el Ministerio Público y el Prestador de Servicios.
  • Mantener el relacionamiento correcto y armónico entre el personal del Prestador de Servicios, dentro del marco de las leyes, la educación, la moral y las buenas costumbres.
  • Es responsable de comunicar inmediatamente a la Coordinación (con función de Directora Pedagógica) cualquier novedad que afecte el servicio.
  • Deberá presentar a la Coordinación (con función de Directora Pedagógica) un informe mensual de las actividades realizadas, a fin de procesar al pago, que deberá incluir la lista de niños y de niñas inscriptos y que asistan regularmente a la guardería, planilla de asistencia del personal contratado, planilla de salarios, planilla de entrega de insumos, materiales, medicamentos, y demás.
  • Encargada de proveer una reemplazante, en caso de que el personal contratado deba ausentarse por motivos de fuerza mayor.
  • Evalúa el desempeño del personal docente y técnico.
  • Planifica, organiza y coordina las tareas que se desarrollarán en el EDI, en concordancia con la Dirección Pedagógica.
  • Diagnostica necesidades y problemas del espacio de desarrollo infantil a su cargo, y ejecuta acciones y gestiones para solucionarlos, con el adecuado seguimiento de cada caso.
  • Coordina, asesora y evalúa las tareas de los docentes y técnicos, y recomienda a Dirección Pedagógica del EDI los cambios necesarios para asegurar el óptimo funcionamiento de la guardería infantil.
  • Es responsable en colaborar con el cumplimiento de los objetivos señalados y el trato adecuado a los niños.
  • Estimula la realización de actividades tendientes a mejorar la calidad de la educación, tales como exposiciones de trabajo, visitas a lugares de interés educativo, etc.
  • Apoyar la formación y capacitación del personal a su cargo.
  • Estimular al personal a su cargo para el buen desempeño de sus funciones.
  • Mantener el relacionamiento correcto y la armonía entre el personal del Proveedor del Servicio, dentro del marco de las leyes, la moral y las buenas costumbres.
  • Colabora en la elaboración y adaptación de materiales didácticos accesibles y pertinentes, de acuerdo con las características de cada estudiante.
  • Apoya en la implementación de estrategias inclusivas dentro del aula, promoviendo la participación activa de todos los niños en las actividades escolares.
  • Asiste al docente titular en la atención diferenciada, ofreciendo acompañamiento específico a los estudiantes que lo requieran.
  • Promueve un ambiente de respeto y equidad, sensibilizando a la comunidad educativa sobre la importancia de la inclusión y la diversidad.
  • Vela por el cumplimiento de las normativas nacionales e institucionales relacionadas con la inclusión educativa.

Cocinero/a

  • Es responsable de recibir los alimentos y verificar el buen estado de ellos, así como: cuidar los elementos, utensilios y provistas entregadas para la elaboración del menú.
  • Es responsable de cumplir con el Plan Nutricional asignado a los niños según su sala y edad.
  • Es responsable de no permitir la entrada de personas no autorizadas a fin de evitar accidentes, contaminación alimentaria, entre otros.
  • Es responsable de utilizar la vestimenta adecuada (uniforme, cofía, calzados y en ocasiones especiales guantes de látex).
  • Es responsable de dejar el lugar y los utensilios limpios diariamente luego de culminar con su labor.
  • Es responsable de elaborar diariamente el menú (desayuno, media mañana, almuerzo, postre y merienda), según el Plan Nutricional presentado por la nutricionista.
  • Manejar las buenas prácticas de manufactura (BPM).
  • Poseer curso básico de cocina.
  • Trabajo en equipo/colaboración.

Auxiliar de cocina

  • Aceptar las tareas asignadas por el encargado de la cocina.
  • Mantener limpia las instalaciones de la cocina y los utensilios.
  • Utilizar la vestimenta adecuada (uniforme, cofia, calzados y en ocasiones especiales guantes de látex).
  • Preparar los alimentos en forma higiénica, balanceada y nutritiva utilizando los ingredientes.
  1. Informes mensuales

A los efectos de realizar el pago, se deberá presentar informe un mensual ante la Dirección General de Administración y Finanzas y la Dirección de Gestión del Talento Humano, hasta 5 (cinco) días hábiles posteriores al mes de prestación del servicio. Este deberá contener listado de actividades realizadas, planilla de asistencia de los/as niños/as, planilla de asistencia del plantel, y la conformidad de la coordinación del EDI - Minipu respecto a los servicios prestados.

  1. CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
  1. La coordinadora del EDI - Minipu evaluará el desempeño de las docentes, y en los casos que crea conveniente, solicitará el cambio de las mismas, argumentando los motivos de dicha solicitud.
  2. El Prestador de Servicios estará obligado de dar cumplimiento a todas las disposiciones o normativas vigentes y emanadas del Ministerio de Educación y Ciencias, u otro organismo relacionado a la prestación del servicio.
  3. El Prestador de Servicios se compromete a tomar en cuenta las sugerencias dadas por la Coordinación del EDI - Minipu, a fin de optimizar el servicio, acorde a las condiciones pactadas del contrato y exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.
  1. CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO
  1. En caso de ausencia de un/a niño/a por el término de un mes durante el año lectivo, se realizará la deducción sobre el pago correspondiente al mes de servicio, de la misma forma, para el caso de colonia de vacaciones de verano (diciembre), el pago será realizado sobre la asistencia de los niños/as inscriptos a tal evento.
  2. Los equipos y utensilios introducidos por el Prestador de Servicios, deberán contar con un inventario, en dos ejemplares originales, los cuales estarán aprobados por la coordinación del EDI-Minipu.
  3. El Prestador de Servicio es responsable del uso adecuado de las instalaciones, equipos varios y muebles pertenecientes a la institución. En caso de algún daño, deberá realizar el resarcimiento del mismo.
  4. El Prestador de Servicio deberá contar con un servicio de emergencias para el traslado inmediato de los niños/as en caso de accidentes al centro asistencial que será determinado previa consulta a los padres o encargados.
  5. La limpieza de la cocina estará a cargo del Prestador de Servicio para el efecto deberá considerar los siguientes insumos: detergente para cubiertos, hipoclorito de sodio al 4%, esponja, estropajo de aluminio para limpiar, paños de cocina, limpiador abrasivo, líquido desengrasante, papel absorbente, servilleta de papel.
  6. El mantenimiento y limpieza en general del local quedará a cargo del Ministerio Público.
  7. El Prestador de Servicio es responsable de comunicar inmediatamente a la coordinación del CEI- Minipu cualquier novedad que afecte al servicio.
  8. El Prestador de Servicio se responsabiliza de las consecuencias emergentes del desarrollo del servicio, en relación a su plantel de profesionales (en caso de enfermedad, accidentes y otros), así como también de los costos de los beneficios sociales (reposo, vacaciones, aguinaldo, etc.) por lo que deberá prever los recaudos necesarios para cumplir con las leyes laborales vigentes.
  9. Durante la vigencia del contrato de prestación de servicios, el Ministerio Público se reserva el derecho a realizar reestructuraciones internas de distribución y variación de los niveles contratados (aumentar o disminuir la cantidad de usuarios) de acuerdo a las necesidades presentadas.
  10. Durante la ejecución del servicio el EDI Minipu del Ministerio Público solicitará semestralmente a la empresa adjudicada un informe de evaluación psicológica del plantel docente y administrativo el cual deberá estar certificado por un profesional competente en el área.

Plan de prestación de los servicios

La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.

Item Descripción del Servicio Cantidad mínima de niño/as Cantidad máxima de niño/as Unidad de medida de los servicios Lugar donde los servicios serán prestados Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Servicios
1 Servicio de guardería para bebés y niños.   40 80 unidad Centro de Espacio de Desarrollo Infantil - Minipu N°7822, sito en las calles Alberdi e/ Ygatimí y Jejuí. A partir del día hábil siguiente de la recepción de la orden de servicio por parte del proveedor adjudicado.

 

 

Instructivo de cotización en el Sistema de Contrataciones Públicas 
             
Lista de Precios Contrato Abierto con cantidades mínimas y máximas
             
Item*  Descripción del Servicio *  (A) (B) (C) (D) (E)
Periodo de Cobertura en Meses  Cant. Mínima de Niños*  Cant. Máxima de Niños*  Precio unitario Mensual por niño/a  Precio Total Máximo (IVA incluido)** 
1 91111901-001 Servicio de guardería para bebés y niños.  22 40 80    
             
**Precio Total de la oferta IVA incl. (F):      
( E ) = (A * C * D)          
( D ) Corresponde al precio unitario por servicio de guardería     

 

 

 

 

Plan de prestación de los servicios

La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.

ítem Descripción del Servicio Cantidad mínima de niño/as Cantidad máxima de niño/as Unidad de medida de los servicios Lugar donde los servicios serán prestados Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Servicios
1 Servicio de guardería para bebés y niños.   40 80 unidad Centro de Espacio de Desarrollo Infantil - Minipu N°7822, sito en las calles Alberdi e/ Ygatimí y Jejuí. A partir del día hábil siguiente de la recepción de la orden de servicio por parte del proveedor adjudicado.

 

 

Plan de prestación de los servicios

La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.

ItemítemDescripción del ServicioCantidad mínima de niño/asCantidad máxima de niño/asUnidad de medida de los serviciosLugar donde los servicios serán prestadosFecha(s) final(es) de Ejecución de los Servicios
1Servicio de guardería para bebés y niños. 4080unidadCentro de Espacio de Desarrollo Infantil - Minipu N°7822, sito en las calles Alberdi e/ Ygatimí y Jejuí.

A partir del día hábil siguiente de la recepción de la orden de servicio por parte del proveedor adjudicado.

Instructivo de cotización en el Sistema de Contrataciones Públicas
Lista de Precios Contrato Abierto con cantidades mínimas y máximas
Item* Descripción del Servicio * (A)(B)(C)(D)(E)
Periodo de Cobertura en Meses Cant. Mínima de Niños* Cant. Máxima de Niños* Precio unitario Mensual por niño/a Precio Total Máximo (IVA incluido)**
191111901-001 Servicio de guardería para bebés y niños. 224080
**Precio Total de la oferta IVA incl. (F):
( E ) = (A * C * D)
( D ) Corresponde al precio unitario por servicio de guardería