Licencia Comercial del Municipio de Asunción – Requisito de Admisibilidad
El pliego exige presentación de Patente Comercial vigente, documento que acredita únicamente el pago del tributo municipal. Observamos que no se requiere la Licencia Comercial, que según la Ordenanza Municipal 46/16 de Asunción es el instrumento que certifica que las instalaciones comerciales cumplen con las normas de prevención de incendios, seguridad estructural y zonificación urbana. Considerando el alto estándar de formalidad que exige este pliego (certificaciones ISO, habilitaciones policiales, certificados de capacitación), resulta inconsistente no verificar que las propias instalaciones de la empresa oferente operen con la habilitación sustancial municipal. Solicitamos que se incorpore como requisito obligatorio la presentación de Licencia Comercial vigente para los oferentes con domicilio o sucursales en jurisdicción del Municipio de Asunción, en resguardo del principio de legalidad y para garantizar que solo empresas formalmente habilitadas en todos sus aspectos puedan participar de esta contratación.
19-02-2026
Licencia Comercial del Municipio de Asunción – Requisito de Admisibilidad
El pliego exige presentación de Patente Comercial vigente, documento que acredita únicamente el pago del tributo municipal. Observamos que no se requiere la Licencia Comercial, que según la Ordenanza Municipal 46/16 de Asunción es el instrumento que certifica que las instalaciones comerciales cumplen con las normas de prevención de incendios, seguridad estructural y zonificación urbana. Considerando el alto estándar de formalidad que exige este pliego (certificaciones ISO, habilitaciones policiales, certificados de capacitación), resulta inconsistente no verificar que las propias instalaciones de la empresa oferente operen con la habilitación sustancial municipal. Solicitamos que se incorpore como requisito obligatorio la presentación de Licencia Comercial vigente para los oferentes con domicilio o sucursales en jurisdicción del Municipio de Asunción, en resguardo del principio de legalidad y para garantizar que solo empresas formalmente habilitadas en todos sus aspectos puedan participar de esta contratación.
Acreditación de Solvencia Laboral – Personal Operativo y Antigüedad en IPS
Respecto a la exigencia de presentar planillas de declaración jurada de salarios del IPS de los últimos cuatro meses y el "Listado del personal disponible", identificamos una interpretación que convertiría este llamado en una adjudicación directa encubierta a favor del contratista actual. Si se pretende que el oferente demuestre tener en nómina activa durante los cuatro meses previos a la apertura a la totalidad del plantel operativo que será asignado a ANDE (decenas de guardias), ninguna empresa distinta a la incumbente podría participar, ya que resultaría económicamente ruinoso mantener personal ocioso durante meses con la mera expectativa de adjudicación. Esta barrera de entrada absoluta vulnera frontalmente los principios de igualdad y libre concurrencia del artículo 4 de la Ley 7021/22. Solicitamos urgente aclaración en el sentido de que: primero, la solvencia laboral general de la empresa se acreditará con el Certificado de Cumplimiento Obrero Patronal vigente; segundo, el listado de personal operativo será presentado como "personal a contratar" en caso de adjudicación; y tercero, la antigüedad de cuatro meses en IPS del personal específico será exigible en la etapa de ejecución contractual y no como requisito de admisibilidad de la oferta.
19-02-2026
Acreditación de Solvencia Laboral – Personal Operativo y Antigüedad en IPS
Respecto a la exigencia de presentar planillas de declaración jurada de salarios del IPS de los últimos cuatro meses y el "Listado del personal disponible", identificamos una interpretación que convertiría este llamado en una adjudicación directa encubierta a favor del contratista actual. Si se pretende que el oferente demuestre tener en nómina activa durante los cuatro meses previos a la apertura a la totalidad del plantel operativo que será asignado a ANDE (decenas de guardias), ninguna empresa distinta a la incumbente podría participar, ya que resultaría económicamente ruinoso mantener personal ocioso durante meses con la mera expectativa de adjudicación. Esta barrera de entrada absoluta vulnera frontalmente los principios de igualdad y libre concurrencia del artículo 4 de la Ley 7021/22. Solicitamos urgente aclaración en el sentido de que: primero, la solvencia laboral general de la empresa se acreditará con el Certificado de Cumplimiento Obrero Patronal vigente; segundo, el listado de personal operativo será presentado como "personal a contratar" en caso de adjudicación; y tercero, la antigüedad de cuatro meses en IPS del personal específico será exigible en la etapa de ejecución contractual y no como requisito de admisibilidad de la oferta.
Economías de Escala – Restricción de Adjudicación Multi-Lote
El pliego establece un límite de adjudicación de un lote máximo por oferente, criterio que desde la perspectiva de la eficiencia del gasto público resulta contraproducente. Las empresas de seguridad con cobertura nacional que pueden absorber múltiples lotes simultáneamente están en condiciones de ofrecer precios significativamente más competitivos debido a las economías de escala que esta consolidación permite: centralización de la supervisión regional, optimización de las patrullas de respuesta que pueden dar cobertura cross-regional, unificación de la plataforma tecnológica de control de rondas y bodycams con costos prorrateados, y estandarización de protocolos operativos. Esta ventaja económica se traslada directamente a ANDE en forma de menores precios unitarios. Solicitamos se elimine o flexibilice esta restricción, permitiendo que un oferente con capacidad técnica y financiera demostrada pueda competir por la totalidad de los lotes, priorizando en la evaluación el mejor precio para el Estado por sobre consideraciones artificiales de atomización del servicio que encarecen la contratación sin aportar valor agregado.
19-02-2026
Economías de Escala – Restricción de Adjudicación Multi-Lote
El pliego establece un límite de adjudicación de un lote máximo por oferente, criterio que desde la perspectiva de la eficiencia del gasto público resulta contraproducente. Las empresas de seguridad con cobertura nacional que pueden absorber múltiples lotes simultáneamente están en condiciones de ofrecer precios significativamente más competitivos debido a las economías de escala que esta consolidación permite: centralización de la supervisión regional, optimización de las patrullas de respuesta que pueden dar cobertura cross-regional, unificación de la plataforma tecnológica de control de rondas y bodycams con costos prorrateados, y estandarización de protocolos operativos. Esta ventaja económica se traslada directamente a ANDE en forma de menores precios unitarios. Solicitamos se elimine o flexibilice esta restricción, permitiendo que un oferente con capacidad técnica y financiera demostrada pueda competir por la totalidad de los lotes, priorizando en la evaluación el mejor precio para el Estado por sobre consideraciones artificiales de atomización del servicio que encarecen la contratación sin aportar valor agregado.
Bases Operativas – Documentación Requerida para Acreditación
Las especificaciones técnicas exigen contar con bases de operaciones en zonas determinadas para cada lote, solicitando en el apartado de acreditación documental un "Detalle de sucursales en las principales ciudades". Esta redacción ambigua no especifica si alcanza con un listado declarativo de direcciones operativas o si se requiere documentación respaldatoria de cada local (contratos de arrendamiento, títulos de propiedad, patentes municipales) adjunta a la oferta. Desde una óptica de simplificación administrativa y facilitación de la participación, solicitamos confirmación de que este requisito se dará por satisfecho mediante la presentación de una Declaración Jurada del oferente donde conste que dispone de la infraestructura física requerida con indicación de direcciones, teléfonos y responsables de cada base, quedando sujeta a verificación posterior del Comité de Evaluación o exigible en la fase de ejecución la presentación de la documentación legal de cada inmueble. Esta modalidad reduce la carga documental innecesaria en la oferta sin comprometer la verificabilidad del requisito.
19-02-2026
Bases Operativas – Documentación Requerida para Acreditación
Las especificaciones técnicas exigen contar con bases de operaciones en zonas determinadas para cada lote, solicitando en el apartado de acreditación documental un "Detalle de sucursales en las principales ciudades". Esta redacción ambigua no especifica si alcanza con un listado declarativo de direcciones operativas o si se requiere documentación respaldatoria de cada local (contratos de arrendamiento, títulos de propiedad, patentes municipales) adjunta a la oferta. Desde una óptica de simplificación administrativa y facilitación de la participación, solicitamos confirmación de que este requisito se dará por satisfecho mediante la presentación de una Declaración Jurada del oferente donde conste que dispone de la infraestructura física requerida con indicación de direcciones, teléfonos y responsables de cada base, quedando sujeta a verificación posterior del Comité de Evaluación o exigible en la fase de ejecución la presentación de la documentación legal de cada inmueble. Esta modalidad reduce la carga documental innecesaria en la oferta sin comprometer la verificabilidad del requisito.
Autonomía Operativa – Propiedad de Infraestructura de Capacitación
Observamos que el pliego permite acreditar la disponibilidad de polígono de tiro y centro de adiestramiento mediante contratos de alquiler con terceros. Desde la perspectiva de la seguridad y continuidad del servicio, esta flexibilidad introduce una vulnerabilidad estructural inaceptable. La capacitación en manejo de armas y procedimientos tácticos constituye el núcleo de la formación continua del personal de seguridad armada; depender de instalaciones arrendadas expone el cumplimiento contractual a contingencias ajenas al contratista: rescisiones anticipadas del arrendador, litigios sobre el inmueble, clausuras por incumplimientos del tercero, o simplemente falta de disponibilidad de turnos por saturación. En un servicio crítico como el que requiere ANDE, solo la propiedad exclusiva de estas instalaciones por parte del oferente garantiza la disponibilidad irrestricta, la autonomía operativa y la sostenibilidad del programa de entrenamiento durante la vigencia plurianual del contrato. Solicitamos se modifique el pliego exigiendo acreditar la propiedad (no arrendamiento) del polígono de tiro y centro de adiestramiento.
19-02-2026
Autonomía Operativa – Propiedad de Infraestructura de Capacitación
Observamos que el pliego permite acreditar la disponibilidad de polígono de tiro y centro de adiestramiento mediante contratos de alquiler con terceros. Desde la perspectiva de la seguridad y continuidad del servicio, esta flexibilidad introduce una vulnerabilidad estructural inaceptable. La capacitación en manejo de armas y procedimientos tácticos constituye el núcleo de la formación continua del personal de seguridad armada; depender de instalaciones arrendadas expone el cumplimiento contractual a contingencias ajenas al contratista: rescisiones anticipadas del arrendador, litigios sobre el inmueble, clausuras por incumplimientos del tercero, o simplemente falta de disponibilidad de turnos por saturación. En un servicio crítico como el que requiere ANDE, solo la propiedad exclusiva de estas instalaciones por parte del oferente garantiza la disponibilidad irrestricta, la autonomía operativa y la sostenibilidad del programa de entrenamiento durante la vigencia plurianual del contrato. Solicitamos se modifique el pliego exigiendo acreditar la propiedad (no arrendamiento) del polígono de tiro y centro de adiestramiento.
Dispositivos de Control de Ronda – Stock Previo vs Compromiso de Provisión
El apartado 10.2 exige que la empresa oferente cuente con stock físico de la totalidad de dispositivos RFID y los ponga a disposición para verificación durante la etapa de evaluación. Esta exigencia constituye una barrera económica desproporcionada que contradice reiterada jurisprudencia administrativa de la DNCP sobre disponibilidad de bienes no adjudicados. Obligar a los oferentes no adjudicados a inmovilizar recursos en la adquisición anticipada de equipamiento tecnológico específico genera un costo hundido injustificado que encarece las ofertas y reduce la concurrencia. La solvencia técnica de la empresa puede acreditarse mediante cartas de compromiso del fabricante o distribuidor oficial, certificados de representación comercial o contratos marco de provisión. Solicitamos que se modifique este requisito permitiendo la acreditación mediante documentación de respaldo comercial en lugar de la tenencia física anticipada, reservando la obligación de presentación de los equipos para la etapa posterior a la adjudicación y previa al inicio del servicio.
19-02-2026
Dispositivos de Control de Ronda – Stock Previo vs Compromiso de Provisión
El apartado 10.2 exige que la empresa oferente cuente con stock físico de la totalidad de dispositivos RFID y los ponga a disposición para verificación durante la etapa de evaluación. Esta exigencia constituye una barrera económica desproporcionada que contradice reiterada jurisprudencia administrativa de la DNCP sobre disponibilidad de bienes no adjudicados. Obligar a los oferentes no adjudicados a inmovilizar recursos en la adquisición anticipada de equipamiento tecnológico específico genera un costo hundido injustificado que encarece las ofertas y reduce la concurrencia. La solvencia técnica de la empresa puede acreditarse mediante cartas de compromiso del fabricante o distribuidor oficial, certificados de representación comercial o contratos marco de provisión. Solicitamos que se modifique este requisito permitiendo la acreditación mediante documentación de respaldo comercial en lugar de la tenencia física anticipada, reservando la obligación de presentación de los equipos para la etapa posterior a la adjudicación y previa al inicio del servicio.
El PBC exige un "Detalle de sucursales" sin especificar qué documentación satisface dicho término. Solicitamos que la Convocante aclare si se requieren documentos respaldatorios (contrato de alquiler, patente municipal, título de propiedad) de cada base operativa al momento de la apertura, o si resulta suficiente una Declaración Jurada indicando direcciones operativas, sujeta a verificación posterior por el Comité de Evaluación o durante la ejecución contractual, conforme a los principios de razonabilidad y libre concurrencia de la Ley 7021/22.
El PBC exige un "Detalle de sucursales" sin especificar qué documentación satisface dicho término. Solicitamos que la Convocante aclare si se requieren documentos respaldatorios (contrato de alquiler, patente municipal, título de propiedad) de cada base operativa al momento de la apertura, o si resulta suficiente una Declaración Jurada indicando direcciones operativas, sujeta a verificación posterior por el Comité de Evaluación o durante la ejecución contractual, conforme a los principios de razonabilidad y libre concurrencia de la Ley 7021/22.
Revisión de la Limitación de Adjudicación por Lote
El PBC limita la adjudicación a un máximo de un lote por oferente. Solicitamos la revisión de esta restricción, permitiendo la adjudicación multi-lote a oferentes que demuestren solvencia técnica y financiera suficiente para cubrir simultáneamente los requerimientos acumulados.
La adjudicación multi-lote genera economías de escala en operaciones, logística y supervisión (centros de control unificados, patrullas compartidas, etc.), lo que se traduce en ofertas más competitivas para el Estado y simplifica la gestión contractual de la Convocante al estandarizar protocolos y tecnología a nivel nacional.
19-02-2026
Revisión de la Limitación de Adjudicación por Lote
El PBC limita la adjudicación a un máximo de un lote por oferente. Solicitamos la revisión de esta restricción, permitiendo la adjudicación multi-lote a oferentes que demuestren solvencia técnica y financiera suficiente para cubrir simultáneamente los requerimientos acumulados.
La adjudicación multi-lote genera economías de escala en operaciones, logística y supervisión (centros de control unificados, patrullas compartidas, etc.), lo que se traduce en ofertas más competitivas para el Estado y simplifica la gestión contractual de la Convocante al estandarizar protocolos y tecnología a nivel nacional.
Incorporación de Licencia Comercial como Requisito de Capacidad Legal
El PBC exige patente comercial vigente, pero no requiere la Licencia Comercial Municipal. Conforme a la Ordenanza N° 46/16 del Municipio de Asunción, la patente acredita únicamente el pago del tributo, mientras que la Licencia Comercial certifica el cumplimiento de condiciones de seguridad, prevención de incendios y zonificación de las instalaciones del oferente.
Solicitamos que se incluya la Licencia Comercial como requisito obligatorio para los oferentes domiciliados en Asunción, en coherencia con el nivel de exigencia normativa del propio PBC (certificaciones ISO).
19-02-2026
Incorporación de Licencia Comercial como Requisito de Capacidad Legal
El PBC exige patente comercial vigente, pero no requiere la Licencia Comercial Municipal. Conforme a la Ordenanza N° 46/16 del Municipio de Asunción, la patente acredita únicamente el pago del tributo, mientras que la Licencia Comercial certifica el cumplimiento de condiciones de seguridad, prevención de incendios y zonificación de las instalaciones del oferente.
Solicitamos que se incluya la Licencia Comercial como requisito obligatorio para los oferentes domiciliados en Asunción, en coherencia con el nivel de exigencia normativa del propio PBC (certificaciones ISO).
Bodycams: Titularidad, Retención y Uso de Grabaciones (Ley 1682/01)
El uso de bodycams implica la captación de imágenes y audio de terceros con consecuencias jurídicas no abordadas en el PBC. Conforme a la Ley N° 1682/01, solicitamos que la Convocante defina expresamente:
1. Titularidad de la base de datos de grabaciones (ANDE o contratista) a efectos de responder ante reclamos de habeas data.
2. Protocolo de borrado seguro de las grabaciones al vencer el plazo de almacenamiento contractual.
3. Si la ANDE autoriza expresamente el uso de las grabaciones como elemento probatorio en sumarios administrativos o procesos de desvinculación laboral del personal de la contratista.
19-02-2026
Bodycams: Titularidad, Retención y Uso de Grabaciones (Ley 1682/01)
El uso de bodycams implica la captación de imágenes y audio de terceros con consecuencias jurídicas no abordadas en el PBC. Conforme a la Ley N° 1682/01, solicitamos que la Convocante defina expresamente:
1. Titularidad de la base de datos de grabaciones (ANDE o contratista) a efectos de responder ante reclamos de habeas data.
2. Protocolo de borrado seguro de las grabaciones al vencer el plazo de almacenamiento contractual.
3. Si la ANDE autoriza expresamente el uso de las grabaciones como elemento probatorio en sumarios administrativos o procesos de desvinculación laboral del personal de la contratista.