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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente al pliego de bases y condiciones, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable establecido por el mismo, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación, podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no viole el principio de igualdad.

Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la Convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:

  1. Sí hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido
  2. Sí hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total
  3. En caso de que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con decimos y céntimos, la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
  4. Sí hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente al pliego de bases y condiciones, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable establecido por el mismo, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación, podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no viole el principio de igualdad.

Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la Convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:

  1. Sí hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido
  2. Sí hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total
  3. En caso de que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con decimos y céntimos, la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
  4. Sí hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (1) y (2) mencionados.

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente al pliego de bases y condiciones, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable establecido por el mismo, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación, podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no viole el principio de igualdad.

Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la Convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:

  1. Sí hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido
  2. Sí hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total
  3. En caso de que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con decimos y céntimos, la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
  4. Sí hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a1) y (b2) mencionados.

Autorización del Fabricante

Los productos a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación:

Si, de acuerdo al FORMULARIO Nº 1, o presentar carta de autorización o representación general del fabricante, representante y /o distribuidor de los bienes ofertados, con fecha actualizada, debidamente membretada y firmada por el responsable autorizado del Fabricante.

Autorización del Fabricante

Los productos a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación:

Si, de acuerdo al FORMULARIO Nº 1, o presentar carta de autorización o representación general del fabricante, representante y /o distribuidor de los bienes ofertados, con fecha actualizada, debidamente membretada y firmada por el responsable autorizado del Fabricante.

Autorización del Fabricante

Los productos a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación:

Si, de acuerdo al FORMULARIO Nº 1, o presentar carta de autorización o representación general del fabricante, representante y /o distribuidor de los bienes ofertados, con fecha actualizada, debidamente membretada y firmada por el responsable autorizado del Fabricante.

Muestras

Se requerirá la presentación de muestras de los siguientes productos y en las siguientes condiciones:

En caso de ser solicitadas, las muestras deberán ser presentadas junto con la oferta, o bien en el plazo fijado por la convocante en este apartado, la cual será considerada requisito indispensable para la evaluación de la oferta. La falta de presentación en la forma y plazo establecido por la convocante será causal de descalificación de la oferta.

Para los TODOS LOS ÍTEMS   

PLAZO: La presentación de la muestra deberá realizarse en día de la apertura de ofertas, hasta las 12:00 hs., siendo las mismas de carácter obligatorio.                         

CONDICIONES DE PRESENTACIÓN: Las muestras serán presentadas en bolsas individuales, transparente, cerradas y rotuladas por cada ítem. En caso de no ser presentada la muestra en el plazo establecido en el presente pliego de bases y condiciones, se desestimara las ofertas del ítem correspondientes.    

CRITERIOS DE EVALUACIÓN: Las muestras serán evaluadas por el personal técnico calificado del Dpto. de Suministros del Hospital de Clínicas: se verificará que las mismas cumplan con las especificaciones técnicas solicitadas en el Pliego de Bases y Condiciones.

PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN: las muestras de los ítems Adjudicados quedarán en resguardo en el Dpto. de Suministros para la verificación a la hora de la recepción del bien adjudicado. Las que no resulten adjudicadas, serán devueltas a los oferentes dentro de los 10 días calendario siguientes a la notificación de la adjudicación a petición de los mismos. Aquellas que no sean retiradas dentro del plazo establecido, quedarán en carácter de DONACIÓN a favor de la Facultad de Ciencias Médicas - Hospital de Clínicas.

Muestras

Se requerirá la presentación de muestras de los siguientes productos y en las siguientes condiciones:

En caso de ser solicitadas, las muestras deberán ser presentadas junto con la oferta, o bien en el plazo fijado por la convocante en este apartado, la cual será considerada requisito indispensable para la evaluación de la oferta. La falta de presentación en la forma y plazo establecido por la convocante será causal de descalificación de la oferta.

Para los TODOS LOS ÍTEMS   

PLAZO: La presentación de la muestra deberá realizarse en día de la apertura de ofertas, hasta las 12:00 hs., siendo las mismas de carácter obligatorio.                         

CONDICIONES DE PRESENTACIÓN: Las muestras serán presentadas en bolsas individuales, transparente, cerradas y rotuladas por cada ítem. En caso de no ser presentada la muestra en el plazo establecido en el presente pliego de bases y condiciones, se desestimara las ofertas del ítem correspondientes.    

CRITERIOS DE EVALUACIÓN: Las muestras serán evaluadas por el personal técnico calificado del Dpto. de Suministros del Hospital de Clínicas: se verificará que las mismas cumplan con las especificaciones técnicas solicitadas en el Pliego de Bases y Condiciones.

PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN: las muestras de los ítems Adjudicados quedarán en resguardo en el Dpto. de Suministros para la verificación a la hora de la recepción del bien adjudicado. Las que no resulten adjudicadas, serán devueltas a los oferentes dentro de los 10 días calendario siguientes a la notificación de la adjudicación a petición de los mismos. Aquellas que no sean retiradas dentro del plazo establecido, quedarán en carácter de DONACIÓN a favor de la Facultad de Ciencias Médicas - Hospital de Clínicas.

Muestras

Se requerirá la presentación de muestras de los siguientes productos y en las siguientes condiciones:

En caso de ser solicitadas, las muestras deberán ser presentadas junto con la oferta, o bien en el plazo fijado por la convocante en este apartado, la cual será considerada requisito indispensable para la evaluación de la oferta. La falta de presentación en la forma y plazo establecido por la convocante será causal de descalificación de la oferta.

Para los TODOS LOS ÍTEMS   

PLAZO: La presentación de la muestra deberá realizarse en día de la apertura de ofertas, hasta las 12:00 hs., siendo las mismas de carácter obligatorio.                         

CONDICIONES DE PRESENTACIÓN: Las muestras serán presentadas en bolsas individuales, transparente, cerradas y rotuladas por cada ítem. En caso de no ser presentada la muestra en el plazo establecido en el presente pliego de bases y condiciones, se desestimara las ofertas del ítem correspondientes.    

CRITERIOS DE EVALUACIÓN: Las muestras serán evaluadas por el personal técnico calificado del Dpto. de Suministros del Hospital de Clínicas: se verificará que las mismas cumplan con las especificaciones técnicas solicitadas en el Pliego de Bases y Condiciones.

PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN: las muestras de los ítems Adjudicados quedarán en resguardo en el Dpto. de Suministros para la verificación a la hora de la recepción del bien adjudicado. Las que no resulten adjudicadas, serán devueltas a los oferentes dentro de los 10 días calendario siguientes a la notificación de la adjudicación a petición de los mismos. Aquellas que no sean retiradas dentro del plazo establecido, quedarán en carácter de DONACIÓN a favor de la Facultad de Ciencias Médicas - Hospital de Clínicas.

Plazo de reposición de bienes

El plazo de reposición de bienes para reparar o reemplazar (en días hábiles) será de:

2

1. La Contratante comunicará al proveedor la naturaleza de los defectos y proporcionará toda evidencia disponible, inmediatamente después de haberlos descubierto. La contratante otorgará al proveedor facilidades razonables para inspeccionar tales defectos.

Tan pronto reciba ésta comunicación, y dentro del plazo establecido en este apartado, deberá reparar o reemplazar los bienes defectuosos, o sus partes sin ningún costo para la contratante.

2. Si el proveedor después de haber sido notificado, no cumple dentro del plazo establecido, la contratante, procederá a tomar medidas necesarias para remediar la situación, por cuenta y riesgo del proveedor y sin perjuicio de otros derechos que la contratante pueda ejercer contra el proveedor en virtud del contrato.

Plazo de reposición de bienes

El plazo de reposición de bienes para reparar o reemplazar será de:

2

1. La Contratante comunicará al proveedor la naturaleza de los defectos y proporcionará toda evidencia disponible, inmediatamente después de haberlos descubierto. La contratante otorgará al proveedor facilidades razonables para inspeccionar tales defectos.

Tan pronto reciba ésta comunicación, y dentro del plazo establecido en este apartado, deberá reparar o reemplazar los bienes defectuosos, o sus partes sin ningún costo para la contratante.

2. Si el proveedor después de haber sido notificado, no cumple dentro del plazo establecido, la contratante, procederá a tomar medidas necesarias para remediar la situación, por cuenta y riesgo del proveedor y sin perjuicio de otros derechos que la contratante pueda ejercer contra el proveedor en virtud del contrato.

Plazo de reposición de bienes

El plazo de reposición de bienes para reparar o reemplazar (en días hábiles) será de:

2

1. La Contratante comunicará al proveedor la naturaleza de los defectos y proporcionará toda evidencia disponible, inmediatamente después de haberlos descubierto. La contratante otorgará al proveedor facilidades razonables para inspeccionar tales defectos.

Tan pronto reciba ésta comunicación, y dentro del plazo establecido en este apartado, deberá reparar o reemplazar los bienes defectuosos, o sus partes sin ningún costo para la contratante.

2. Si el proveedor después de haber sido notificado, no cumple dentro del plazo establecido, la contratante, procederá a tomar medidas necesarias para remediar la situación, por cuenta y riesgo del proveedor y sin perjuicio de otros derechos que la contratante pueda ejercer contra el proveedor en virtud del contrato.