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Plazo de reposición de bienes

El plazo de reposición de bienes para reparar o reemplazar será de:

5 (cinco) días posteriores a la recepción de la nota de reclamo, remitida por el Administrador del Contrato, el proveedor deberá reemplazar o realizar las modificaciones solicitadas por la contratante. En caso de no poder cumplir éste plazo, el proveedor deberá explicar los motivos del incumplimiento y solicitar una prórroga por un periodo razonable a ser analizado por el administrador del Contrato.

1. La Contratante comunicará al proveedor la naturaleza de los defectos y proporcionará toda evidencia disponible, inmediatamente después de haberlos descubierto. La contratante otorgará al proveedor facilidades razonables para inspeccionar tales defectos.

Tan pronto reciba ésta comunicación, y dentro del plazo establecido en este apartado, deberá reparar o reemplazar los bienes defectuosos, o sus partes sin ningún costo para la contratante.

2. Si el proveedor después de haber sido notificado, no cumple dentro del plazo establecido, la contratante, procederá a tomar medidas necesarias para remediar la situación, por cuenta y riesgo del proveedor y sin perjuicio de otros derechos que la contratante pueda ejercer contra el proveedor en virtud del contrato.

Plazo de reposición de bienes

El plazo de reposición de bienes para reparar o reemplazar será de:

10 (diez) días posteriores a la recepción de la nota de reclamo, remitida por el Administrador del Contrato, el proveedor deberá reemplazar o realizar las modificaciones solicitadas por la contratante. En caso de no poder cumplir éste plazo, el proveedor deberá explicar los motivos del incumplimiento y solicitar una prórroga por un periodo razonable a ser analizado por el administrador del Contrato.

1. La Contratante comunicará al proveedor la naturaleza de los defectos y proporcionará toda evidencia disponible, inmediatamente después de haberlos descubierto. La contratante otorgará al proveedor facilidades razonables para inspeccionar tales defectos.

Tan pronto reciba ésta comunicación, y dentro del plazo establecido en este apartado, deberá reparar o reemplazar los bienes defectuosos, o sus partes sin ningún costo para la contratante.

2. Si el proveedor después de haber sido notificado, no cumple dentro del plazo establecido, la contratante, procederá a tomar medidas necesarias para remediar la situación, por cuenta y riesgo del proveedor y sin perjuicio de otros derechos que la contratante pueda ejercer contra el proveedor en virtud del contrato.

Plazo de reposición de bienes

El plazo de reposición de bienes para reparar o reemplazar será de:

510 (cincodiez) días posteriores a la recepción de la nota de reclamo, remitida por el Administrador del Contrato, el proveedor deberá reemplazar o realizar las modificaciones solicitadas por la contratante. En caso de no poder cumplir éste plazo, el proveedor deberá explicar los motivos del incumplimiento y solicitar una prórroga por un periodo razonable a ser analizado por el administrador del Contrato.

1. La Contratante comunicará al proveedor la naturaleza de los defectos y proporcionará toda evidencia disponible, inmediatamente después de haberlos descubierto. La contratante otorgará al proveedor facilidades razonables para inspeccionar tales defectos.

Tan pronto reciba ésta comunicación, y dentro del plazo establecido en este apartado, deberá reparar o reemplazar los bienes defectuosos, o sus partes sin ningún costo para la contratante.

2. Si el proveedor después de haber sido notificado, no cumple dentro del plazo establecido, la contratante, procederá a tomar medidas necesarias para remediar la situación, por cuenta y riesgo del proveedor y sin perjuicio de otros derechos que la contratante pueda ejercer contra el proveedor en virtud del contrato.