Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Especificaciones técnicas de los alimentos sólidos
Especificaciones técnicas de los alimentos sólidos:
CHIPITA
- DESCRIPCIÓN GENERAL
- Denominación
Chipita Chipa pirú
- Definición
Se denomina al producto, de corteza crocante, que contiene principalmente almidón de mandioca, queso, huevo, manteca y/o margarina y/o aceite comestible y/o grasa vegetal hidrogenada, leche, sal y anís, con o sin el agregado de aditivos permitidos, sometido a proceso de amasado y posterior horneado.
- Presentación
El producto se presentará en forma de argollas características, en porciónindividualde30gramos, con una tolerancia de ± 5gramos.
- Ingredientes
-
- Obligatorios
- Almidón de mandioca
- Queso
- Huevo
- Manteca y/o Margarina y/o Aceite Comestible y/o Grasa VegetalHidrogenada
- Leche
- Sal Yodada (Máximo1%).
- Anís
-
- Permitidos
- Harina de maíz
-
- No permitidos
- El agregado de grasa de origen animal, excepto la manteca.
- Aditivos alimentarios
Se aceptará como aditivos los permitidos por el Reglamento MERCOSUR GMC/RES N° 50/97 AsignacióndeaditivosysuconcentraciónmáximaparalaCategoríadeAlimentos7: Productos de Panificación y Galletería.
- Composición nutricional
El producto deberá presentar la composición nutricional detallada en la Tabla 1.
Tabla 1: Aporte de nutrientes por 100 g de producto |
|
|
Mínimo |
Máximo |
|
Valor Energético (calorías) |
177 |
545 |
||
Hidratos de carbono (g) |
31 |
70 |
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Proteínas (g) |
2 |
10 |
||
Grasas (g) |
5 |
25 |
||
Sodio (mg) |
----- |
600 |
- Especificaciones organolépticas del producto
Aspecto: Debe estar correctamente cocido, la corteza debe estar uniformemente tostada, no debe contener sustancias extrañas, insectos, gorgojos, etc.
Color: tostado claro, no quemado en la superficie.
Olor: agradable, sin olor rancio.
Sabor: agradable, exento de olores extraños (rancio, quemado, crudo, solventes, etc.).
Textura: crocante.
- ESPECIFICACIONES DELENVASE
- Especificaciones del envase individual
El envase individual primario deberá ser de film de polietileno de baja densidad o polipropileno biorientado, transparente o metalizado, ambos de 30 micrones como mínimo.
- Especificaciones del envase secundario
Los envases individuales deberán estar contenidos en:
- Bolsas de polietileno de baja densidad, transparente con un espesor mínimo de 50 micrones con cierre caliente sellado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, y con capacidad de 2 a 3 kilogramos garantizando su conservación, traslado y almacenamiento en condiciones adecuadas.
- REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA RECEPCIÓN DELPRODUCTO
Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán:
-
- Productos que hayan alcanzado el 30% de su lapso de aptitud, conforme a su fecha de vencimiento declarada en el rótulo.
- Productos cuyos envases se encuentren rotos, sucios o averiados.
-
- Envases que contengan productos quemados, rotos o aplastados.
- REFERENCIAS
-
- NORMA PARAGUAYA NP 32 002 00 CHIPA. REQUISITOS GENERALES. EDICIÓN2000.
- MERCOSUR/GMC/RES N° 50/97 REGLAMENTO TÉCNICO ASIGN ACIÓN DE ADITIVOS Y SU CONCENTRACIÓN MÁXIMA PARA LA CATEGORÍA DE ALIMENTOS 7: PRODUCTOS DE PANIFICACIÓN Y GALLETERÍA.
- RES. MERCOSUR GMC Nº 56/92 DISPOSICIONES GENERALES PARA ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CONALIMENTOS.
-
- RES. MERCOSUR GMC Nº 02/12 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR LISTA POSITIVA DE MONÓMEROS, OTRAS SUSTANCIAS DE PARTIDA Y POLÍMEROS AUTORIZADOS PARA LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CONALIMENTOS.
RES. MERCOSUR GMC Nº 32/07 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA POSITIVA DEADITIVOSPARAMATERIALESPLÁSTICOSDESTINADOSALAELABORACIÓNDEENVASESY EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO CONALIMENTOS.
GALLETITA DULCE CON SEMILLAS DE CHIA Y/O SESAMO
- DESCRIPCIÓN GENERAL
- Definición: Se denomina Galletita Dulce con semilla de chía y/o sésamo al producto elaborado por una mezcla de harina de trigo enriquecida con hierro y vitaminas, manteca y/o margarina y/o aceite comestible y/o grasa vegetal hidrogenada, azúcar, agua, semillas de chía y/o sésamo, sometida a proceso de amasado y posterior tratamiento horneado, dando lugar a un producto caracterizado por su bajo contenido de agua y textura crocante.
Se presentara en envases individuales de 30 gramos.
- Condiciones Generales
Este producto será utilizado para el Programa de Alimentación Escolar (desayuno o merienda), en Escuelas Públicas del país dirigido a estudiantes; por lo que debe poseer un aspecto, color, sabor, olor y cuerpo que lo hagan aceptable.
El producto debe ser inocuo y adecuado para el consumo humano, por lo que debe ser procesado, envasado, almacenado y transportado en condiciones que no produzcan, desarrollen o agreguen sustancias físicas, químicas o biológicas que pongan en riesgo la salud del consumidor.
El Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición INAN, dependencia técnica del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, incluirá este producto en su Programa de Vigilancia Anual de la Alimentación Escolar, con el objetivo de controlar la calidad e inocuidad del mismo. Para cumplir con el objetivo propuesto, el INAN podrá realizar convenios con otros entes o academias y los costos de los ensayos correrán por cuenta del proveedor. Este control será independiente de la realización de los Controles de Calidad que establece el punto 5 del presente documento.
- Ingredientes
- El producto deberá contener obligatoriamente:
- Harina de trigo enriquecida con Hierro y Vitaminas.
- Azúcar y/o mieles.
- Manteca y/o margarina y/o aceite vegetal comestible y/o grasa vegetal hidrogenada
- Sal yodada. Su uso será opcional según requerimientos tecnológicos
- Saborizantes/aromatizantes y aditivos permitidos
- Cacao o chocolate: para la galletita sabor chocolate
- Semillas de chía y/o sésamo (Máximo 10% m/m solas o en combinación)
- Agua .Su uso será opcional según requerimientos tecnológicos
- Ingredientes prohibidos:
No se permitirá el agregado de grasa de origen animal, excepto la manteca.
- Composición porcentual
Se deberá presentar la composición porcentual del producto ofertado en cuanto a ingredientes y aditivos.
- Aditivos alimentarios
Se aceptarán como aditivos los permitidos por el Reglamento MERCOSUR GMC/RES N° 50/97 Asignación de aditivos y su concentración máxima para la Categoría de Alimentos 7: Productos de Panificación y Galletería.
- Composición nutricional
El producto deberá presentar la composición nutricional detallada en la Tabla 1.
Tabla 1: Aporte de nutrientes 100 g de producto |
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Mínimo |
Máximo |
Energía (calorías) |
338 |
580 |
Proteínas (g) |
6 |
20 |
Grasas (g) |
6 |
20 |
Hidratos de carbono (g) |
65 |
80 |
Sodio (mg) |
____ |
500 |
- Especificaciones organolépticas del producto:
Aspecto: el producto debe estar correctamente cocido, no debe estar quemado, alterado, contener sustancias extrañas, ni parásitos.
Textura: Crocante y de fácil masticación.
Color: característico.
Olor: característico.
Sabor: agradable, exento de olores extraños (rancio, quemado, crudo, solventes, etc.).
- ESPECIFICACIONES DEL ENVASE:
- Especificaciones del envase individual
El envase individual primario deberá ser de film de polietileno de baja densidad o polipropileno biorientado, transparente o metalizado, ambos de 30 micrones como mínimo.
-
-
-
-
- Tamaño y forma del producto:
-
-
-
El producto se presentará en formas geométricas variadas y en envases primarios de 30 gramos, con una tolerancia de ± 5 gramos.
-
- Especificaciones del rotulado del envase individual.
El producto se rotulará GALLETITA DULCE CON SEMILLA DE CHIA Y/O SESAMO consignando el/los sabor/sabores, según corresponda.
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- Rotulado general:
-
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El alimento deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados.
El producto adjudicado en su envase individual primario, deberá tener impresa en letra arial y en color negro en un tamaño no menor a 0,5 centímetros, las siguientes frases:
• Nombre de la Institución: Gobernación de Caazapá
• Nombre del Programa COMPLEMENTO NUTRICIONAL PARA ESCUELAS PÚBLICAS
• DISTRIBUCIÓN GRATUITA-PROHIBIDA SU VENTA.
• DENUNCIAS al Teléfono N°: (0542) 232 777 - Fax: (0542) 232 731 o al correo electrónico: uocgobcaazapa2018@gmail.com
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- Rotulado nutricional:
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El rotulado deberá cumplir con lo establecido en la resolución MERCOSUR GMC 46/03 RTM Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución MERCOSUR GMC 47/03 RTM Para Porciones de Alimentos Envasados a los Fines del Rotulado Nutricional.
-
- Especificaciones del envase secundario
Los envases individuales de galletitas podrán estar contenidos en los siguientes envases secundarios:
- Caja de cartón corrugado, resistente al peso de los productos con la parte superior e inferior lacrado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, garantizando su conservación, traslado, y almacenamiento en condiciones adecuadas y con capacidad máxima de 3 kilogramos. Deben llevar impresas las especificaciones de la altura de apilamiento y la posición en la que se debe colocar la caja
- Bolsas de polietileno de baja densidad, transparente con un espesor mínimo de 50 micrones con cierre caliente sellado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, y con capacidad de 2 a 3 kilogramos garantizando su conservación, traslado y almacenamiento en condiciones adecuadas
-
- Especificaciones del rotulado del envase secundario
Deberá indicarse en lugar bien visible, en letra arial, de color negro y de tamaño no menor a 1 centímetro:
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- REGISTROS SANITARIOS
El Oferente, al momento de la presentación de la oferta, deberá contar con los siguientes registros expedidos por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (I.N.A.N.):
- Registro de Establecimiento (R.E. Nº.) de la empresa elaboradora.
- Registro Sanitario de Producto Alimenticio (R.S.P.A Nº.)
No se aceptarán constancias de documentos en trámite.
- REQUISITOS DOCUMENTALES
Los Oferentes deberán presentar obligatoriamente con la oferta lo siguiente:
-
- Declaración jurada de la composición nutricional del producto terminado, que avale el cumplimiento de la Tabla 1. Aporte de Nutrientes por 100g, conforme al Formulario incluido en la Sección VI. La no presentación de la declaración jurada será motivo de descalificación técnica.
- Declaración jurada del proveedor del envase primario y secundario que avale el cumplimiento del espesor solicitado o en su defecto un informe de ensayo del INTN sobre el cumplimiento de dicho requisito.
- CONTROL DE CALIDAD
- Muestreos aleatorios durante la ejecución del contrato:
- Durante la ejecución del contrato, la Contratante deberá solicitar al INTN, la realización de muestreos aleatorios sobre los productos entregados en las escuelas beneficiarias, para efectuar determinaciones físico-químicas y nutricional, de modo a constatar la conformidad de los productos con las especificaciones indicadas en Tabla N° 1 APORTE DE NUTRIENTES.
- El muestreo se realizará en base a un mínimo de 5% sobre de la cantidad total de escuelas beneficiadas, distribuido en periodos trimestrales.
- La solicitud de toma de muestras deberá ser realizada a través de nota de la Contratante dirigida al INTN, en la que indicará como mínimo la descripción del proceso de contratación, el nombre o razón social del Proveedor, la descripción del o los productos adjudicados (marca y forma de presentación), el periodo de ejecución contractual, y el listado de escuelas beneficiarias con la dirección de cada una, adjuntando además copia del contrato y de las especificaciones técnicas de los productos adjudicados.
- La toma de muestras solicitada por la Contratante al INTN será efectuada una vez realizado el pago de los servicios por parte del Proveedor al INTN. Para el efecto, la Contratante notificará al Proveedor la realización de la toma de muestras y solicitará al mismo que abone el costo de las determinaciones a ser realizadas en un plazo que no podrá exceder 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación. De no constatarse el pago del Proveedor en el plazo mencionado, la Contratante solicitará y abonará directamente al INTN los conceptos por la realización de muestreos correspondientes, cuyo costo deducirá de las facturas pendientes de pago al Proveedor. El resultado de las determinaciones realizadas por el INTN será comunicado a la Contratante, el Proveedor y la DNCP.
- Estas muestras aleatorias podrán ser solicitadas además por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas en el marco de un proceso investigativo, de impugnación o de verificación de contrato.
- Incumplimientos:
- Si como resultado de las determinaciones aleatorias conforme al punto 5 a), se constate que los productos entregados no cumplen con las especificaciones indicadas en la TABLA 1 APORTE DE NUTRIENTES, la Contratante notificará al Proveedor que la reincidencia en dicha no conformidad lo hará pasible de la aplicación de multas y eventual rescisión del contrato por incumplimiento.
- Si el Proveedor no reemplaza los productos en el plazo establecido por la Contratante y/o de reincidir en la no conformidad lo hará pasible de la aplicación de las multas previstas en el contrato, de la eventual rescisión del contrato por incumplimiento y en su caso de las sanciones establecidas en la Ley N° 2.051/03 De Contrataciones Públicas.
- El Proveedor estará obligado a presentar ante la Contratante un informe de los resultados de todas las pruebas y/o inspecciones que le sean requeridas.
- Independientemente a los controles aleatorios en los periodos de tiempo establecidos en el punto 5 a), la Contratante se reserva el derecho de acudir a los establecimientos del Proveedor y a las Instituciones Educativas para realizar inspecciones y tomas de muestras de los productos en coordinación con el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) y/o el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN), de manera aleatoria en el momento cuando lo considere necesario, quedando las mismas sujetas a análisis en laboratorios oficiales.
- Certificación por Marca de Conformidad
- Los Oferentes podrán optar igualmente por obtener la Certificación por Marca de conformidad del producto ofertado con las especificaciones técnicas, otorgado por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). La Certificación por Marca reemplaza el requisito de muestras aleatorias indicadas en el punto 5 a), de estas Especificaciones Técnicas.
- TRANSPORTE
El transporte de los productos deberá realizarse en condiciones que garanticen su inocuidad y su conservación hasta su destino.
- REQUISITOS PARA LA RECEPCIÓN DEL PRODUCTO.
Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán:
- Lotes del producto cuyo vencimiento sea inferior a 6 (seis) meses al momento de su recepción.
- Productos que no cuenten con fecha de vencimiento legible y con la información requerida en el punto 2 b y 2 d.
- Productos que no cumplan con los requisitos establecidos en el punto 1 g) Especificaciones organolépticas del producto.
- Productos cuyos envases se encuentren rotos, sucios o averiados.
- Envases que contengan galletitas quemadas, rotas o aplastadas
- REFERENCIAS
- MERCOSUR/GMC/RES. N° 26/03 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR PARA ROTULACIÓN DE ALIMENTOS ENVASADOS (DEROGA LA RES. GMC N° 21/02).
- MERCOSUR/GMC/RES. Nº 46/03 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE EL ROTULADO NUTRICIONAL DE ALIMENTOS ENVASADOS.
- MERCOSUR/GMC/RES. Nº 31/06 ROTULADO NUTRICIONAL DE ALIMENTOS ENVASADOS (COMPLEMENTACIÓN DE LAS RES. GMC Nº 46/03 Y Nº 47/03).
- MERCOSUR/GMC/RES. Nº 47/03 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR DE PORCIONES DE ALIMENTOS ENVASADOS A LOS FINES DEL ROTULADO NUTRICIONAL.
- MERCOSUR/GMC/RES N° 50/97 REGLAMENTO TÉCNICO ASIGNACIÓN DE ADITIVOS Y SU CONCENTRACIÓN MÁXIMA PARA LA CATEGORÍA DE ALIMENTOS 7: PRODUCTOS DE PANIFICACIÓN Y GALLETERÍA.
- RES. MERCOSUR GMC Nº 56/92 DISPOSICIONES GENERALES PARA ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
- RES. MERCOSUR GMC Nº 02/12 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR LISTA POSITIVA DE MONÓMEROS, OTRAS SUSTANCIAS DE PARTIDA Y POLÍMEROS AUTORIZADOS PARA LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
RES. MERCOSUR GMC Nº 32/07 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA POSITIVA DE ADITIVOS PARA MATERIALES PLÁSTICOS DESTINADOS A LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
TORTA DE MIEL CON CAÑA
1 - Presentación
El producto se presentará en porción individual de 50 gramos (diferentes formas), con una tolerancia de ± 5 gramos.
2 - INGREDIENTES
I. Obligatorios - Harina de Trigo Enriquecida con Hierro y Vitaminas y/o almidones o féculas. - Miel de caña. - Huevo. - Margarina y/o manteca y/o aceite vegetal comestible y/o grasa vegetal hidrogenada. - Aditivos permitidos. II. Permitidos - Leche entera en polvo y/o fluida. - Ralladura de cáscara de naranja. - Jugo de naranja III. No permitidos El agregado de grasa de origen animal, excepto la manteca.
3 - Aditivos alimentarios
Se aceptará como aditivos los permitidos por el Reglamento MERCOSUR GMC/RES Nro. 50/97 <
4 - Composicion nutricional
El producto deberá presentar la composición nutricional detallada en la Tabla 1. Tabla 1: Aporte de nutrientes por 100 g de producto Valor Energético (calorías) Min: 252 Max:398 Hidratos de carbono Min: 50 Max:60 Proteínas (g) Min: 4 Max:8 Grasas (g) Min: 4 Max:14 Sodio (mg) Min: 16 Max:30
5 - Especificaciones organolépticas del producto
Aspecto: Correctamente cocido, no debe estar quemado, alterado, contener sustancias extrañas, insectos, gorgojos, etc. Textura: Debe poseer miga suave y blanda. Color y olor: característico. Sabor: agradable, exento de olores extraños (a rancio, quemado, crudo, solventes, etc.).
6 - ESPECIFICACIONES DEL ENVASE
a) Especificaciones del envase individual El envase individual primario deberá ser de film de polietileno de baja densidad o polipropileno biorientado, transparente o metalizado, ambos de 30 micrones como mínimo. b) Especificaciones del envase secundario Los envases individuales deberán estar contenidos en: - Caja de cartón corrugado, resistente al peso de los productos con la parte superior e inferior lacrado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, garantizando su conservación, traslado, y almacenamiento en condiciones adecuadas y con capacidad máxima de 3 kilogramos. Deben llevar impresas las especificaciones de la altura de apilamiento y la posición en la que se debe colocar la caja.
7 - RECEPCION DEL PRODUCTO
Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán: - Productos que hayan alcanzado el 30% de su lapso de aptitud, conforme a su fecha de vencimiento declarada en el rótulo. - Productos cuyos envases se encuentren rotos, sucios o averiados. - Envases que contengan productos quemados o aplastados
8 - Preferencias
- MERCOSUR/GMC/RES N° 50/97 REGLAMENTO TÉCNICO ASIGNACIÓN DE ADITIVOS Y SU CONCENTRACIÓN MÁXIMA PARA LA CATEGORÍA DE ALIMENTOS 7: PRODUCTOS DE PANIFICACIÓN Y GALLETERÍA. - RES. MERCOSUR GMC Nº 56/92 DISPOSICIONES GENERALES PARA ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS. - RES. MERCOSUR GMC Nº 02/12 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR LISTA POSITIVA DE MONÓMEROS, OTRAS SUSTANCIAS DE PARTIDA Y POLÍMEROS AUTORIZADOS PARA LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS. - RES. MERCOSUR GMC Nº 32/07 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA POSITIVA DE ADITIVOS PARA MATERIALES PLÁSTICOS DESTINADOS A LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
Especificaciones técnicas de los alimentos sólidos
Especificaciones técnicas de los alimentos sólidos:
CHIPITA
- DESCRIPCIÓN GENERAL
- Denominación
Chipita Chipa pirú
- Definición
Se denomina al producto, de corteza crocante, que contiene principalmente almidón de mandioca, queso, huevo, manteca y/o margarina y/o aceite comestible y/o grasa vegetal hidrogenada, leche, sal y anís, con o sin el agregado de aditivos permitidos, sometido a proceso de amasado y posterior horneado.
- Presentación
El producto se presentará en forma de argollas características, en porciónindividualde30gramos, con una tolerancia de ± 5gramos.
- Ingredientes
-
- Obligatorios
- Almidón de mandioca
- Queso
- Huevo
- Manteca y/o Margarina y/o Aceite Comestible y/o Grasa VegetalHidrogenada
- Leche
- Sal Yodada (Máximo1%).
- Anís
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- Permitidos
- Harina de maíz
-
- No permitidos
- El agregado de grasa de origen animal, excepto la manteca.
- Aditivos alimentarios
Se aceptará como aditivos los permitidos por el Reglamento MERCOSUR GMC/RES N° 50/97 AsignacióndeaditivosysuconcentraciónmáximaparalaCategoríadeAlimentos7: Productos de Panificación y Galletería.
- Composición nutricional
El producto deberá presentar la composición nutricional detallada en la Tabla 1.
Tabla 1: Aporte de nutrientes por 100 g de producto |
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Mínimo |
Máximo |
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Valor Energético (calorías) |
177 |
545 |
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Hidratos de carbono (g) |
31 |
70 |
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Proteínas (g) |
2 |
10 |
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Grasas (g) |
5 |
25 |
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Sodio (mg) |
----- |
600 |
- Especificaciones organolépticas del producto
Aspecto: Debe estar correctamente cocido, la corteza debe estar uniformemente tostada, no debe contener sustancias extrañas, insectos, gorgojos, etc.
Color: tostado claro, no quemado en la superficie.
Olor: agradable, sin olor rancio.
Sabor: agradable, exento de olores extraños (rancio, quemado, crudo, solventes, etc.).
Textura: crocante.
- ESPECIFICACIONES DELENVASE
- Especificaciones del envase individual
El envase individual primario deberá ser de film de polietileno de baja densidad o polipropileno biorientado, transparente o metalizado, ambos de 30 micrones como mínimo.
- Especificaciones del envase secundario
Los envases individuales deberán estar contenidos en:
- Bolsas de polietileno de baja densidad, transparente con un espesor mínimo de 50 micrones con cierre caliente sellado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, y con capacidad de 2 a 3 kilogramos garantizando su conservación, traslado y almacenamiento en condiciones adecuadas.
- REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA RECEPCIÓN DELPRODUCTO
Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán:
-
- Productos que hayan alcanzado el 30% de su lapso de aptitud, conforme a su fecha de vencimiento declarada en el rótulo.
- Productos cuyos envases se encuentren rotos, sucios o averiados.
-
- Envases que contengan productos quemados, rotos o aplastados.
- REFERENCIAS
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- NORMA PARAGUAYA NP 32 002 00 CHIPA. REQUISITOS GENERALES. EDICIÓN2000.
- MERCOSUR/GMC/RES N° 50/97 REGLAMENTO TÉCNICO ASIGN ACIÓN DE ADITIVOS Y SU CONCENTRACIÓN MÁXIMA PARA LA CATEGORÍA DE ALIMENTOS 7: PRODUCTOS DE PANIFICACIÓN Y GALLETERÍA.
- RES. MERCOSUR GMC Nº 56/92 DISPOSICIONES GENERALES PARA ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CONALIMENTOS.
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- RES. MERCOSUR GMC Nº 02/12 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR LISTA POSITIVA DE MONÓMEROS, OTRAS SUSTANCIAS DE PARTIDA Y POLÍMEROS AUTORIZADOS PARA LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CONALIMENTOS.
RES. MERCOSUR GMC Nº 32/07 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA POSITIVA DEADITIVOSPARAMATERIALESPLÁSTICOSDESTINADOSALAELABORACIÓNDEENVASESY EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO CONALIMENTOS.
GALLETITA DULCE CON SEMILLAS DE CHIA Y/O SESAMO
- DESCRIPCIÓN GENERAL
- Definición: Se denomina Galletita Dulce con semilla de chía y/o sésamo al producto elaborado por una mezcla de harina de trigo enriquecida con hierro y vitaminas, manteca y/o margarina y/o aceite comestible y/o grasa vegetal hidrogenada, azúcar, agua, semillas de chía y/o sésamo, sometida a proceso de amasado y posterior tratamiento horneado, dando lugar a un producto caracterizado por su bajo contenido de agua y textura crocante.
Se presentara en envases individuales de 30 gramos.
- Condiciones Generales
Este producto será utilizado para el Programa de Alimentación Escolar (desayuno o merienda), en Escuelas Públicas del país dirigido a estudiantes; por lo que debe poseer un aspecto, color, sabor, olor y cuerpo que lo hagan aceptable.
El producto debe ser inocuo y adecuado para el consumo humano, por lo que debe ser procesado, envasado, almacenado y transportado en condiciones que no produzcan, desarrollen o agreguen sustancias físicas, químicas o biológicas que pongan en riesgo la salud del consumidor.
El Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición INAN, dependencia técnica del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, incluirá este producto en su Programa de Vigilancia Anual de la Alimentación Escolar, con el objetivo de controlar la calidad e inocuidad del mismo. Para cumplir con el objetivo propuesto, el INAN podrá realizar convenios con otros entes o academias y los costos de los ensayos correrán por cuenta del proveedor. Este control será independiente de la realización de los Controles de Calidad que establece el punto 5 del presente documento.
- Ingredientes
- El producto deberá contener obligatoriamente:
- Harina de trigo enriquecida con Hierro y Vitaminas.
- Azúcar y/o mieles.
- Manteca y/o margarina y/o aceite vegetal comestible y/o grasa vegetal hidrogenada
- Sal yodada. Su uso será opcional según requerimientos tecnológicos
- Saborizantes/aromatizantes y aditivos permitidos
- Cacao o chocolate: para la galletita sabor chocolate
- Semillas de chía y/o sésamo (Máximo 10% m/m solas o en combinación)
- Agua .Su uso será opcional según requerimientos tecnológicos
- Ingredientes prohibidos:
No se permitirá el agregado de grasa de origen animal, excepto la manteca.
- Composición porcentual
Se deberá presentar la composición porcentual del producto ofertado en cuanto a ingredientes y aditivos.
- Aditivos alimentarios
Se aceptarán como aditivos los permitidos por el Reglamento MERCOSUR GMC/RES N° 50/97 Asignación de aditivos y su concentración máxima para la Categoría de Alimentos 7: Productos de Panificación y Galletería.
- Composición nutricional
El producto deberá presentar la composición nutricional detallada en la Tabla 1.
Tabla 1: Aporte de nutrientes 100 g de producto |
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Mínimo |
Máximo |
Energía (calorías) |
338 |
580 |
Proteínas (g) |
6 |
20 |
Grasas (g) |
6 |
20 |
Hidratos de carbono (g) |
65 |
80 |
Sodio (mg) |
____ |
500 |
- Especificaciones organolépticas del producto:
Aspecto: el producto debe estar correctamente cocido, no debe estar quemado, alterado, contener sustancias extrañas, ni parásitos.
Textura: Crocante y de fácil masticación.
Color: característico.
Olor: característico.
Sabor: agradable, exento de olores extraños (rancio, quemado, crudo, solventes, etc.).
- ESPECIFICACIONES DEL ENVASE:
- Especificaciones del envase individual
El envase individual primario deberá ser de film de polietileno de baja densidad o polipropileno biorientado, transparente o metalizado, ambos de 30 micrones como mínimo.
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- Tamaño y forma del producto:
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El producto se presentará en formas geométricas variadas y en envases primarios de 30 gramos, con una tolerancia de ± 5 gramos.
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- Especificaciones del rotulado del envase individual.
El producto se rotulará GALLETITA DULCE CON SEMILLA DE CHIA Y/O SESAMO consignando el/los sabor/sabores, según corresponda.
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- Rotulado general:
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El alimento deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados.
El producto adjudicado en su envase individual primario, deberá tener impresa en letra arial y en color negro en un tamaño no menor a 0,5 centímetros, las siguientes frases:
• Nombre de la Institución: Gobernación de Caazapá
• Nombre del Programa COMPLEMENTO NUTRICIONAL PARA ESCUELAS PÚBLICAS
• DISTRIBUCIÓN GRATUITA-PROHIBIDA SU VENTA.
• DENUNCIAS al Teléfono N°: (0542) 232 777 - Fax: (0542) 232 731 o al correo electrónico: uocgobcaazapa2018@gmail.com
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- Rotulado nutricional:
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El rotulado deberá cumplir con lo establecido en la resolución MERCOSUR GMC 46/03 RTM Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución MERCOSUR GMC 47/03 RTM Para Porciones de Alimentos Envasados a los Fines del Rotulado Nutricional.
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- Especificaciones del envase secundario
Los envases individuales de galletitas podrán estar contenidos en los siguientes envases secundarios:
- Caja de cartón corrugado, resistente al peso de los productos con la parte superior e inferior lacrado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, garantizando su conservación, traslado, y almacenamiento en condiciones adecuadas y con capacidad máxima de 3 kilogramos. Deben llevar impresas las especificaciones de la altura de apilamiento y la posición en la que se debe colocar la caja
- Bolsas de polietileno de baja densidad, transparente con un espesor mínimo de 50 micrones con cierre caliente sellado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, y con capacidad de 2 a 3 kilogramos garantizando su conservación, traslado y almacenamiento en condiciones adecuadas
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- Especificaciones del rotulado del envase secundario
Deberá indicarse en lugar bien visible, en letra arial, de color negro y de tamaño no menor a 1 centímetro:
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- REGISTROS SANITARIOS
El Oferente, al momento de la presentación de la oferta, deberá contar con los siguientes registros expedidos por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (I.N.A.N.):
- Registro de Establecimiento (R.E. Nº.) de la empresa elaboradora.
- Registro Sanitario de Producto Alimenticio (R.S.P.A Nº.)
No se aceptarán constancias de documentos en trámite.
- REQUISITOS DOCUMENTALES
Los Oferentes deberán presentar obligatoriamente con la oferta lo siguiente:
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- Declaración jurada de la composición nutricional del producto terminado, que avale el cumplimiento de la Tabla 1. Aporte de Nutrientes por 100g, conforme al Formulario incluido en la Sección VI. La no presentación de la declaración jurada será motivo de descalificación técnica.
- Declaración jurada del proveedor del envase primario y secundario que avale el cumplimiento del espesor solicitado o en su defecto un informe de ensayo del INTN sobre el cumplimiento de dicho requisito.
- CONTROL DE CALIDAD
- Muestreos aleatorios durante la ejecución del contrato:
- Durante la ejecución del contrato, la Contratante deberá solicitar al INTN, la realización de muestreos aleatorios sobre los productos entregados en las escuelas beneficiarias, para efectuar determinaciones físico-químicas y nutricional, de modo a constatar la conformidad de los productos con las especificaciones indicadas en Tabla N° 1 APORTE DE NUTRIENTES.
- El muestreo se realizará en base a un mínimo de 5% sobre de la cantidad total de escuelas beneficiadas, distribuido en periodos trimestrales.
- La solicitud de toma de muestras deberá ser realizada a través de nota de la Contratante dirigida al INTN, en la que indicará como mínimo la descripción del proceso de contratación, el nombre o razón social del Proveedor, la descripción del o los productos adjudicados (marca y forma de presentación), el periodo de ejecución contractual, y el listado de escuelas beneficiarias con la dirección de cada una, adjuntando además copia del contrato y de las especificaciones técnicas de los productos adjudicados.
- La toma de muestras solicitada por la Contratante al INTN será efectuada una vez realizado el pago de los servicios por parte del Proveedor al INTN. Para el efecto, la Contratante notificará al Proveedor la realización de la toma de muestras y solicitará al mismo que abone el costo de las determinaciones a ser realizadas en un plazo que no podrá exceder 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación. De no constatarse el pago del Proveedor en el plazo mencionado, la Contratante solicitará y abonará directamente al INTN los conceptos por la realización de muestreos correspondientes, cuyo costo deducirá de las facturas pendientes de pago al Proveedor. El resultado de las determinaciones realizadas por el INTN será comunicado a la Contratante, el Proveedor y la DNCP.
- Estas muestras aleatorias podrán ser solicitadas además por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas en el marco de un proceso investigativo, de impugnación o de verificación de contrato.
- Incumplimientos:
- Si como resultado de las determinaciones aleatorias conforme al punto 5 a), se constate que los productos entregados no cumplen con las especificaciones indicadas en la TABLA 1 APORTE DE NUTRIENTES, la Contratante notificará al Proveedor que la reincidencia en dicha no conformidad lo hará pasible de la aplicación de multas y eventual rescisión del contrato por incumplimiento.
- Si el Proveedor no reemplaza los productos en el plazo establecido por la Contratante y/o de reincidir en la no conformidad lo hará pasible de la aplicación de las multas previstas en el contrato, de la eventual rescisión del contrato por incumplimiento y en su caso de las sanciones establecidas en la Ley N° 2.051/03 De Contrataciones Públicas.
- El Proveedor estará obligado a presentar ante la Contratante un informe de los resultados de todas las pruebas y/o inspecciones que le sean requeridas.
- Independientemente a los controles aleatorios en los periodos de tiempo establecidos en el punto 5 a), la Contratante se reserva el derecho de acudir a los establecimientos del Proveedor y a las Instituciones Educativas para realizar inspecciones y tomas de muestras de los productos en coordinación con el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) y/o el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN), de manera aleatoria en el momento cuando lo considere necesario, quedando las mismas sujetas a análisis en laboratorios oficiales.
- Certificación por Marca de Conformidad
- Los Oferentes podrán optar igualmente por obtener la Certificación por Marca de conformidad del producto ofertado con las especificaciones técnicas, otorgado por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). La Certificación por Marca reemplaza el requisito de muestras aleatorias indicadas en el punto 5 a), de estas Especificaciones Técnicas.
- TRANSPORTE
El transporte de los productos deberá realizarse en condiciones que garanticen su inocuidad y su conservación hasta su destino.
- REQUISITOS PARA LA RECEPCIÓN DEL PRODUCTO.
Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán:
- Lotes del producto cuyo vencimiento sea inferior a 6 (seis) meses al momento de su recepción.
- Productos que no cuenten con fecha de vencimiento legible y con la información requerida en el punto 2 b y 2 d.
- Productos que no cumplan con los requisitos establecidos en el punto 1 g) Especificaciones organolépticas del producto.
- Productos cuyos envases se encuentren rotos, sucios o averiados.
- Envases que contengan galletitas quemadas, rotas o aplastadas
- REFERENCIAS
- MERCOSUR/GMC/RES. N° 26/03 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR PARA ROTULACIÓN DE ALIMENTOS ENVASADOS (DEROGA LA RES. GMC N° 21/02).
- MERCOSUR/GMC/RES. Nº 46/03 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE EL ROTULADO NUTRICIONAL DE ALIMENTOS ENVASADOS.
- MERCOSUR/GMC/RES. Nº 31/06 ROTULADO NUTRICIONAL DE ALIMENTOS ENVASADOS (COMPLEMENTACIÓN DE LAS RES. GMC Nº 46/03 Y Nº 47/03).
- MERCOSUR/GMC/RES. Nº 47/03 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR DE PORCIONES DE ALIMENTOS ENVASADOS A LOS FINES DEL ROTULADO NUTRICIONAL.
- MERCOSUR/GMC/RES N° 50/97 REGLAMENTO TÉCNICO ASIGNACIÓN DE ADITIVOS Y SU CONCENTRACIÓN MÁXIMA PARA LA CATEGORÍA DE ALIMENTOS 7: PRODUCTOS DE PANIFICACIÓN Y GALLETERÍA.
- RES. MERCOSUR GMC Nº 56/92 DISPOSICIONES GENERALES PARA ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
- RES. MERCOSUR GMC Nº 02/12 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR LISTA POSITIVA DE MONÓMEROS, OTRAS SUSTANCIAS DE PARTIDA Y POLÍMEROS AUTORIZADOS PARA LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
RES. MERCOSUR GMC Nº 32/07 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA POSITIVA DE ADITIVOS PARA MATERIALES PLÁSTICOS DESTINADOS A LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
TORTA DE MIEL CON CAÑA
1 - Presentación
El producto se presentará en porción individual de 50 gramos (diferentes formas), con una tolerancia de ± 5 gramos.
2 - INGREDIENTES
I. Obligatorios - Harina de Trigo Enriquecida con Hierro y Vitaminas y/o almidones o féculas. - Miel de caña. - Huevo. - Margarina y/o manteca y/o aceite vegetal comestible y/o grasa vegetal hidrogenada. - Aditivos permitidos. II. Permitidos - Leche entera en polvo y/o fluida. - Ralladura de cáscara de naranja. - Jugo de naranja III. No permitidos El agregado de grasa de origen animal, excepto la manteca.
3 - Aditivos alimentarios
Se aceptará como aditivos los permitidos por el Reglamento MERCOSUR GMC/RES Nro. 50/97 <>
4 - Composicion nutricional
El producto deberá presentar la composición nutricional detallada en la Tabla 1. Tabla 1: Aporte de nutrientes por 100 g de producto Valor Energético (calorías) Min: 252 Max:398 Hidratos de carbono Min: 50 Max:60 Proteínas (g) Min: 4 Max:8 Grasas (g) Min: 4 Max:14 Sodio (mg) Min: 16 Max:30
5 - Especificaciones organolépticas del producto
Aspecto: Correctamente cocido, no debe estar quemado, alterado, contener sustancias extrañas, insectos, gorgojos, etc. Textura: Debe poseer miga suave y blanda. Color y olor: característico. Sabor: agradable, exento de olores extraños (a rancio, quemado, crudo, solventes, etc.).
6 - ESPECIFICACIONES DEL ENVASE
a) Especificaciones del envase individual El envase individual primario deberá ser de film de polietileno de baja densidad o polipropileno biorientado, transparente o metalizado, ambos de 30 micrones como mínimo. b) Especificaciones del envase secundario Los envases individuales deberán estar contenidos en: - Caja de cartón corrugado, resistente al peso de los productos con la parte superior e inferior lacrado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, garantizando su conservación, traslado, y almacenamiento en condiciones adecuadas y con capacidad máxima de 3 kilogramos. Deben llevar impresas las especificaciones de la altura de apilamiento y la posición en la que se debe colocar la caja.
7 - RECEPCION DEL PRODUCTO
Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán: - Productos que hayan alcanzado el 30% de su lapso de aptitud, conforme a su fecha de vencimiento declarada en el rótulo. - Productos cuyos envases se encuentren rotos, sucios o averiados. - Envases que contengan productos quemados o aplastados
8 - Preferencias
- MERCOSUR/GMC/RES N° 50/97 REGLAMENTO TÉCNICO ASIGNACIÓN DE ADITIVOS Y SU CONCENTRACIÓN MÁXIMA PARA LA CATEGORÍA DE ALIMENTOS 7: PRODUCTOS DE PANIFICACIÓN Y GALLETERÍA. - RES. MERCOSUR GMC Nº 56/92 DISPOSICIONES GENERALES PARA ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS. - RES. MERCOSUR GMC Nº 02/12 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR LISTA POSITIVA DE MONÓMEROS, OTRAS SUSTANCIAS DE PARTIDA Y POLÍMEROS AUTORIZADOS PARA LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS. - RES. MERCOSUR GMC Nº 32/07 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA POSITIVA DE ADITIVOS PARA MATERIALES PLÁSTICOS DESTINADOS A LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
Especificaciones técnicas de los alimentos sólidos
Especificaciones técnicas de los alimentos sólidos:
CHIPITA
- DESCRIPCIÓN GENERAL
- Denominación
Chipita Chipa pirú
- Definición
Se denomina al producto, de corteza crocante, que contiene principalmente almidón de mandioca, queso, huevo, manteca y/o margarina y/o aceite comestible y/o grasa vegetal hidrogenada, leche, sal y anís, con o sin el agregado de aditivos permitidos, sometido a proceso de amasado y posterior horneado.
- Presentación
El producto se presentará en forma de argollas características, en porciónindividualde30gramos, con una tolerancia de ± 5gramos.
- Ingredientes
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- Obligatorios
- Almidón de mandioca
- Queso
- Huevo
- Manteca y/o Margarina y/o Aceite Comestible y/o Grasa VegetalHidrogenada
- Leche
- Sal Yodada (Máximo1%).
- Anís
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- Permitidos
- Harina de maíz
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- No permitidos
- El agregado de grasa de origen animal, excepto la manteca.
- Aditivos alimentarios
Se aceptará como aditivos los permitidos por el Reglamento MERCOSUR GMC/RES N° 50/97 AsignacióndeaditivosysuconcentraciónmáximaparalaCategoríadeAlimentos7: Productos de Panificación y Galletería.
- Composición nutricional
El producto deberá presentar la composición nutricional detallada en la Tabla 1.
Tabla 1: Aporte de nutrientes por 100 g de producto |
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| Mínimo | Máximo |
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Valor Energético (calorías) | 177 | 545 | ||
Hidratos de carbono (g) | 31 | 70 | ||
Proteínas (g) | 2 | 10 | ||
Grasas (g) | 5 | 25 | ||
Sodio (mg) | ----- | 600 |
- Especificaciones organolépticas del producto
Aspecto: Debe estar correctamente cocido, la corteza debe estar uniformemente tostada, no debe contener sustancias extrañas, insectos, gorgojos, etc.
Color: tostado claro, no quemado en la superficie.
Olor: agradable, sin olor rancio.
Sabor: agradable, exento de olores extraños (rancio, quemado, crudo, solventes, etc.).
Textura: crocante.
- ESPECIFICACIONES DELENVASE
- Especificaciones del envase individual
El envase individual primario deberá ser de film de polietileno de baja densidad o polipropileno biorientado, transparente o metalizado, ambos de 30 micrones como mínimo.
- Especificaciones del envase secundario
Los envases individuales deberán estar contenidos en:
- Bolsas de polietileno de baja densidad, transparente con un espesor mínimo de 50 micrones con cierre caliente sellado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, y con capacidad de 2 a 3 kilogramos garantizando su conservación, traslado y almacenamiento en condiciones adecuadas.
- REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA RECEPCIÓN DELPRODUCTO
Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán:
-
- Productos que hayan alcanzado el 30% de su lapso de aptitud, conforme a su fecha de vencimiento declarada en el rótulo.
- Productos cuyos envases se encuentren rotos, sucios o averiados.
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- Envases que contengan productos quemados, rotos o aplastados.
- REFERENCIAS
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- NORMA PARAGUAYA NP 32 002 00 CHIPA. REQUISITOS GENERALES. EDICIÓN2000.
- MERCOSUR/GMC/RES N° 50/97 REGLAMENTO TÉCNICO ASIGN ACIÓN DE ADITIVOS Y SU CONCENTRACIÓN MÁXIMA PARA LA CATEGORÍA DE ALIMENTOS 7: PRODUCTOS DE PANIFICACIÓN Y GALLETERÍA.
- RES. MERCOSUR GMC Nº 56/92 DISPOSICIONES GENERALES PARA ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CONALIMENTOS.
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- RES. MERCOSUR GMC Nº 02/12 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR LISTA POSITIVA DE MONÓMEROS, OTRAS SUSTANCIAS DE PARTIDA Y POLÍMEROS AUTORIZADOS PARA LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CONALIMENTOS.
RES. MERCOSUR GMC Nº 32/07 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA POSITIVA DEADITIVOSPARAMATERIALESPLÁSTICOSDESTINADOSALAELABORACIÓNDEENVASESY EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO CONALIMENTOS.
GALLETITA DULCE CON SEMILLAS DE CHIA Y/O SESAMO
- DESCRIPCIÓN GENERAL
- Definición: Se denomina Galletita Dulce con semilla de chía y/o sésamo al producto elaborado por una mezcla de harina de trigo enriquecida con hierro y vitaminas, manteca y/o margarina y/o aceite comestible y/o grasa vegetal hidrogenada, azúcar, agua, semillas de chía y/o sésamo, sometida a proceso de amasado y posterior tratamiento horneado, dando lugar a un producto caracterizado por su bajo contenido de agua y textura crocante.
Se presentara en envases individuales de 30 gramos.
- Condiciones Generales
Este producto será utilizado para el Programa de Alimentación Escolar (desayuno o merienda), en Escuelas Públicas del país dirigido a estudiantes; por lo que debe poseer un aspecto, color, sabor, olor y cuerpo que lo hagan aceptable.
El producto debe ser inocuo y adecuado para el consumo humano, por lo que debe ser procesado, envasado, almacenado y transportado en condiciones que no produzcan, desarrollen o agreguen sustancias físicas, químicas o biológicas que pongan en riesgo la salud del consumidor.
El Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición INAN, dependencia técnica del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, incluirá este producto en su Programa de Vigilancia Anual de la Alimentación Escolar, con el objetivo de controlar la calidad e inocuidad del mismo. Para cumplir con el objetivo propuesto, el INAN podrá realizar convenios con otros entes o academias y los costos de los ensayos correrán por cuenta del proveedor. Este control será independiente de la realización de los Controles de Calidad que establece el punto 5 del presente documento.
- Ingredientes
- El producto deberá contener obligatoriamente:
- Harina de trigo enriquecida con Hierro y Vitaminas.
- Azúcar y/o mieles.
- Manteca y/o margarina y/o aceite vegetal comestible y/o grasa vegetal hidrogenada
- Sal yodada. Su uso será opcional según requerimientos tecnológicos
- Saborizantes/aromatizantes y aditivos permitidos
- Cacao o chocolate: para la galletita sabor chocolate
- Semillas de chía y/o sésamo (Máximo 10% m/m solas o en combinación)
- Agua .Su uso será opcional según requerimientos tecnológicos
- Ingredientes prohibidos:
No se permitirá el agregado de grasa de origen animal, excepto la manteca.
- Composición porcentual
Se deberá presentar la composición porcentual del producto ofertado en cuanto a ingredientes y aditivos.
- Aditivos alimentarios
Se aceptarán como aditivos los permitidos por el Reglamento MERCOSUR GMC/RES N° 50/97 Asignación de aditivos y su concentración máxima para la Categoría de Alimentos 7: Productos de Panificación y Galletería.
- Composición nutricional
El producto deberá presentar la composición nutricional detallada en la Tabla 1.
Tabla 1: Aporte de nutrientes 100 g de producto | ||
| Mínimo | Máximo |
Energía (calorías) | 338 | 580 |
Proteínas (g) | 6 | 20 |
Grasas (g) | 6 | 20 |
Hidratos de carbono (g) | 65 | 80 |
Sodio (mg) | ____ | 500 |
- Especificaciones organolépticas del producto:
Aspecto: el producto debe estar correctamente cocido, no debe estar quemado, alterado, contener sustancias extrañas, ni parásitos.
Textura: Crocante y de fácil masticación.
Color: característico.
Olor: característico.
Sabor: agradable, exento de olores extraños (rancio, quemado, crudo, solventes, etc.).
- ESPECIFICACIONES DEL ENVASE:
- Especificaciones del envase individual
El envase individual primario deberá ser de film de polietileno de baja densidad o polipropileno biorientado, transparente o metalizado, ambos de 30 micrones como mínimo.
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- Tamaño y forma del producto:
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El producto se presentará en formas geométricas variadas y en envases primarios de 30 gramos, con una tolerancia de ± 5 gramos.
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- Especificaciones del rotulado del envase individual.
El producto se rotulará GALLETITA DULCE CON SEMILLA DE CHIA Y/O SESAMO consignando el/los sabor/sabores, según corresponda.
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- Rotulado general:
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El alimento deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados.
El producto adjudicado en su envase individual primario, deberá tener impresa en letra arial y en color negro en un tamaño no menor a 0,5 centímetros, las siguientes frases:
• Nombre de la Institución: Gobernación de Caazapá
• Nombre del Programa COMPLEMENTO NUTRICIONAL PARA ESCUELAS PÚBLICAS
• DISTRIBUCIÓN GRATUITA-PROHIBIDA SU VENTA.
• DENUNCIAS al Teléfono N°: (0542) 232 777 - Fax: (0542) 232 731 o al correo electrónico: uocgobcaazapa2018@gmail.com
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- Rotulado nutricional:
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El rotulado deberá cumplir con lo establecido en la resolución MERCOSUR GMC 46/03 RTM Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución MERCOSUR GMC 47/03 RTM Para Porciones de Alimentos Envasados a los Fines del Rotulado Nutricional.
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- Especificaciones del envase secundario
Los envases individuales de galletitas podrán estar contenidos en los siguientes envases secundarios:
- Caja de cartón corrugado, resistente al peso de los productos con la parte superior e inferior lacrado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, garantizando su conservación, traslado, y almacenamiento en condiciones adecuadas y con capacidad máxima de 3 kilogramos. Deben llevar impresas las especificaciones de la altura de apilamiento y la posición en la que se debe colocar la caja
- Bolsas de polietileno de baja densidad, transparente con un espesor mínimo de 50 micrones con cierre caliente sellado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, y con capacidad de 2 a 3 kilogramos garantizando su conservación, traslado y almacenamiento en condiciones adecuadas
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- Especificaciones del rotulado del envase secundario
Deberá indicarse en lugar bien visible, en letra arial, de color negro y de tamaño no menor a 1 centímetro:
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- REGISTROS SANITARIOS
El Oferente, al momento de la presentación de la oferta, deberá contar con los siguientes registros expedidos por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (I.N.A.N.):
- Registro de Establecimiento (R.E. Nº.) de la empresa elaboradora.
- Registro Sanitario de Producto Alimenticio (R.S.P.A Nº.)
No se aceptarán constancias de documentos en trámite.
- REQUISITOS DOCUMENTALES
Los Oferentes deberán presentar obligatoriamente con la oferta lo siguiente:
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- Declaración jurada de la composición nutricional del producto terminado, que avale el cumplimiento de la Tabla 1. Aporte de Nutrientes por 100g, conforme al Formulario incluido en la Sección VI. La no presentación de la declaración jurada será motivo de descalificación técnica.
- Declaración jurada del proveedor del envase primario y secundario que avale el cumplimiento del espesor solicitado o en su defecto un informe de ensayo del INTN sobre el cumplimiento de dicho requisito.
- CONTROL DE CALIDAD
- Muestreos aleatorios durante la ejecución del contrato:
- Durante la ejecución del contrato, la Contratante deberá solicitar al INTN, la realización de muestreos aleatorios sobre los productos entregados en las escuelas beneficiarias, para efectuar determinaciones físico-químicas y nutricional, de modo a constatar la conformidad de los productos con las especificaciones indicadas en Tabla N° 1 APORTE DE NUTRIENTES.
- El muestreo se realizará en base a un mínimo de 5% sobre de la cantidad total de escuelas beneficiadas, distribuido en periodos trimestrales.
- La solicitud de toma de muestras deberá ser realizada a través de nota de la Contratante dirigida al INTN, en la que indicará como mínimo la descripción del proceso de contratación, el nombre o razón social del Proveedor, la descripción del o los productos adjudicados (marca y forma de presentación), el periodo de ejecución contractual, y el listado de escuelas beneficiarias con la dirección de cada una, adjuntando además copia del contrato y de las especificaciones técnicas de los productos adjudicados.
- La toma de muestras solicitada por la Contratante al INTN será efectuada una vez realizado el pago de los servicios por parte del Proveedor al INTN. Para el efecto, la Contratante notificará al Proveedor la realización de la toma de muestras y solicitará al mismo que abone el costo de las determinaciones a ser realizadas en un plazo que no podrá exceder 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación. De no constatarse el pago del Proveedor en el plazo mencionado, la Contratante solicitará y abonará directamente al INTN los conceptos por la realización de muestreos correspondientes, cuyo costo deducirá de las facturas pendientes de pago al Proveedor. El resultado de las determinaciones realizadas por el INTN será comunicado a la Contratante, el Proveedor y la DNCP.
- Estas muestras aleatorias podrán ser solicitadas además por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas en el marco de un proceso investigativo, de impugnación o de verificación de contrato.
- Incumplimientos:
- Si como resultado de las determinaciones aleatorias conforme al punto 5 a), se constate que los productos entregados no cumplen con las especificaciones indicadas en la TABLA 1 APORTE DE NUTRIENTES, la Contratante notificará al Proveedor que la reincidencia en dicha no conformidad lo hará pasible de la aplicación de multas y eventual rescisión del contrato por incumplimiento.
- Si el Proveedor no reemplaza los productos en el plazo establecido por la Contratante y/o de reincidir en la no conformidad lo hará pasible de la aplicación de las multas previstas en el contrato, de la eventual rescisión del contrato por incumplimiento y en su caso de las sanciones establecidas en la Ley N° 2.051/03 De Contrataciones Públicas.
- El Proveedor estará obligado a presentar ante la Contratante un informe de los resultados de todas las pruebas y/o inspecciones que le sean requeridas.
- Independientemente a los controles aleatorios en los periodos de tiempo establecidos en el punto 5 a), la Contratante se reserva el derecho de acudir a los establecimientos del Proveedor y a las Instituciones Educativas para realizar inspecciones y tomas de muestras de los productos en coordinación con el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) y/o el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN), de manera aleatoria en el momento cuando lo considere necesario, quedando las mismas sujetas a análisis en laboratorios oficiales.
- Certificación por Marca de Conformidad
- Los Oferentes podrán optar igualmente por obtener la Certificación por Marca de conformidad del producto ofertado con las especificaciones técnicas, otorgado por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). La Certificación por Marca reemplaza el requisito de muestras aleatorias indicadas en el punto 5 a), de estas Especificaciones Técnicas.
- TRANSPORTE
El transporte de los productos deberá realizarse en condiciones que garanticen su inocuidad y su conservación hasta su destino.
- REQUISITOS PARA LA RECEPCIÓN DEL PRODUCTO.
Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán:
- Lotes del producto cuyo vencimiento sea inferior a 6 (seis) meses al momento de su recepción.
- Productos que no cuenten con fecha de vencimiento legible y con la información requerida en el punto 2 b y 2 d.
- Productos que no cumplan con los requisitos establecidos en el punto 1 g) Especificaciones organolépticas del producto.
- Productos cuyos envases se encuentren rotos, sucios o averiados.
- Envases que contengan galletitas quemadas, rotas o aplastadas
- REFERENCIAS
- MERCOSUR/GMC/RES. N° 26/03 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR PARA ROTULACIÓN DE ALIMENTOS ENVASADOS (DEROGA LA RES. GMC N° 21/02).
- MERCOSUR/GMC/RES. Nº 46/03 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE EL ROTULADO NUTRICIONAL DE ALIMENTOS ENVASADOS.
- MERCOSUR/GMC/RES. Nº 31/06 ROTULADO NUTRICIONAL DE ALIMENTOS ENVASADOS (COMPLEMENTACIÓN DE LAS RES. GMC Nº 46/03 Y Nº 47/03).
- MERCOSUR/GMC/RES. Nº 47/03 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR DE PORCIONES DE ALIMENTOS ENVASADOS A LOS FINES DEL ROTULADO NUTRICIONAL.
- MERCOSUR/GMC/RES N° 50/97 REGLAMENTO TÉCNICO ASIGNACIÓN DE ADITIVOS Y SU CONCENTRACIÓN MÁXIMA PARA LA CATEGORÍA DE ALIMENTOS 7: PRODUCTOS DE PANIFICACIÓN Y GALLETERÍA.
- RES. MERCOSUR GMC Nº 56/92 DISPOSICIONES GENERALES PARA ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
- RES. MERCOSUR GMC Nº 02/12 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR LISTA POSITIVA DE MONÓMEROS, OTRAS SUSTANCIAS DE PARTIDA Y POLÍMEROS AUTORIZADOS PARA LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
RES. MERCOSUR GMC Nº 32/07 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA POSITIVA DE ADITIVOS PARA MATERIALES PLÁSTICOS DESTINADOS A LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
TORTA DE MIEL CON CAÑA
1 - Presentación
El producto se presentará en porción individual de 50 gramos (diferentes formas), con una tolerancia de ± 5 gramos.
2 - INGREDIENTES
I. Obligatorios - Harina de Trigo Enriquecida con Hierro y Vitaminas y/o almidones o féculas. - Miel de caña. - Huevo. - Margarina y/o manteca y/o aceite vegetal comestible y/o grasa vegetal hidrogenada. - Aditivos permitidos. II. Permitidos - Leche entera en polvo y/o fluida. - Ralladura de cáscara de naranja. - Jugo de naranja III. No permitidos El agregado de grasa de origen animal, excepto la manteca.
3 - Aditivos alimentarios
Se aceptará como aditivos los permitidos por el Reglamento MERCOSUR GMC/RES Nro. 50/97 <>
4 - Composicion nutricional
El producto deberá presentar la composición nutricional detallada en la Tabla 1. Tabla 1: Aporte de nutrientes por 100 g de producto Valor Energético (calorías) Min: 252 Max:398 Hidratos de carbono Min: 50 Max:60 Proteínas (g) Min: 4 Max:8 Grasas (g) Min: 4 Max:14 Sodio (mg) Min: 16 Max:30
5 - Especificaciones organolépticas del producto
Aspecto: Correctamente cocido, no debe estar quemado, alterado, contener sustancias extrañas, insectos, gorgojos, etc. Textura: Debe poseer miga suave y blanda. Color y olor: característico. Sabor: agradable, exento de olores extraños (a rancio, quemado, crudo, solventes, etc.).
6 - ESPECIFICACIONES DEL ENVASE
a) Especificaciones del envase individual El envase individual primario deberá ser de film de polietileno de baja densidad o polipropileno biorientado, transparente o metalizado, ambos de 30 micrones como mínimo. b) Especificaciones del envase secundario Los envases individuales deberán estar contenidos en: - Caja de cartón corrugado, resistente al peso de los productos con la parte superior e inferior lacrado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, garantizando su conservación, traslado, y almacenamiento en condiciones adecuadas y con capacidad máxima de 3 kilogramos. Deben llevar impresas las especificaciones de la altura de apilamiento y la posición en la que se debe colocar la caja.
7 - RECEPCION DEL PRODUCTO
Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán: - Productos que hayan alcanzado el 30% de su lapso de aptitud, conforme a su fecha de vencimiento declarada en el rótulo. - Productos cuyos envases se encuentren rotos, sucios o averiados. - Envases que contengan productos quemados o aplastados
8 - Preferencias
- MERCOSUR/GMC/RES N° 50/97 REGLAMENTO TÉCNICO ASIGNACIÓN DE ADITIVOS Y SU CONCENTRACIÓN MÁXIMA PARA LA CATEGORÍA DE ALIMENTOS 7: PRODUCTOS DE PANIFICACIÓN Y GALLETERÍA. - RES. MERCOSUR GMC Nº 56/92 DISPOSICIONES GENERALES PARA ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS. - RES. MERCOSUR GMC Nº 02/12 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR LISTA POSITIVA DE MONÓMEROS, OTRAS SUSTANCIAS DE PARTIDA Y POLÍMEROS AUTORIZADOS PARA LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS. - RES. MERCOSUR GMC Nº 32/07 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA POSITIVA DE ADITIVOS PARA MATERIALES PLÁSTICOS DESTINADOS A LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
Plan de entrega de los bienes
Ítem |
Descripción del Bien |
Cantidad Total a entregar 2021 |
Cantidad Total a entregar 2022 |
Plan de Entrega (indicar periodo y cantidad) |
Días y horario de distribución |
Lugar de entrega | Responsable de la recepción de los bienes | |||||||||||||||
Periodo |
Cantidad |
|||||||||||||||||||||
1 |
Adquisicion de Leche |
3.745.738 |
3.745.738 |
Trimestral |
|
Lunes a viernes 07:00 a 11:00 13:00 a 17:00 |
Las entregas se deberán realizar en las Escuelas Cabeceras detalladas más abajo |
Los bienes serán recepcionados por los directores de áreas, que a la vez verificarán la calidad de los mismos. |
||||||||||||||
2 | Adquisicion de Chipita | 1.268.242 | 1.268.242 | Mensual |
|
Lunes a viernes 07:00 a 11:00 13:00 a 17:00 |
Las entregas se deberán realizar en las Escuelas Cabeceras detalladas más abajo | Los bienes serán recepcionados por los directores de áreas, que a la vez verificarán la calidad de los mismos. | ||||||||||||||
3 | Adquisicion de Galletita Dulce | 1.238.748 | 1.238.748 | Mensual |
|
|
Las entregas se deberán realizar en las Escuelas Cabeceras detalladas más abajo | Los bienes serán recepcionados por los directores de áreas, que a la vez verificarán la calidad de los mismos. | ||||||||||||||
4 |
|
1.238.748 | 1.238.748 | Mensual |
|
|
Las entregas se deberán realizar en las Escuelas Cabeceras detalladas más abajo | Los bienes serán recepcionados por los directores de áreas, que a la vez verificarán la calidad de los mismos. |
Plan de entrega de los bienes
Ítem |
Descripción del Bien |
Cantidad Total a entregar 2021 |
Cantidad Total a entregar 2022 |
Plan de Entrega (indicar periodo y cantidad) |
Días y horario de distribución |
Lugar de entrega | Responsable de la recepción de los bienes | |||||||||||||||
Periodo |
Cantidad |
|||||||||||||||||||||
1 |
Adquisicion de Leche |
3.745.738 |
3.745.738 |
Trimestral |
|
Lunes a viernes 07:00 a 11:00 13:00 a 17:00 |
Las entregas se deberán realizar en las Escuelas Cabeceras detalladas más abajo |
Los bienes serán recepcionados por los directores de áreas, que a la vez verificarán la calidad de los mismos. |
||||||||||||||
2 | Adquisicion de Chipita | 1.268.242 | 1.268.242 | Mensual |
|
Lunes a viernes 07:00 a 11:00 13:00 a 17:00 |
Las entregas se deberán realizar en las Escuelas Cabeceras detalladas más abajo | Los bienes serán recepcionados por los directores de áreas, que a la vez verificarán la calidad de los mismos. | ||||||||||||||
3 | Adquisicion de Galletita Dulce | 1.238.748 | 1.238.748 | Mensual |
|
|
Las entregas se deberán realizar en las Escuelas Cabeceras detalladas más abajo | Los bienes serán recepcionados por los directores de áreas, que a la vez verificarán la calidad de los mismos. | ||||||||||||||
4 |
|
1.238.748 | 1.238.748 | Mensual |
|
|
Las entregas se deberán realizar en las Escuelas Cabeceras detalladas más abajo | Los bienes serán recepcionados por los directores de áreas, que a la vez verificarán la calidad de los mismos. |
ESCUELAS CABECERAS - CAAZAPA | ||
Region 3 - DISTRITO DE CAAZAPA | ||
N° | INSTITUCIÓN LOCALIDAD | Cantidad Alumnos |
Area educativa N°1-Caazapa | ||
1 | Esc. Bás. N° 60 Fray Luis Bolaños Caazapá | 939 |
Area educativa N°2-San Jose | ||
2 | Esc. Bás. N° 189 San José San José | 262 |
Area educativa N°3-Rojas Silva | ||
3 | Esc. Bás. N° 235 Tte. 1° Adolfo Rojas Silva Roja Silva | 144 |
Area educativa N°4-Caazapa | ||
4 | Esc. Bás. N° 256 Pbro. Julio César Duarte Ortellado Caazapá | 417 |
Area educativa N°5-Cabayu Reta | ||
5 | Esc. Bás. N° 547 San Francisco de Asís Cabaju Retã | 170 |
Area educativa N°6-San Pedro Mi | ||
6 | Esc. Bás. N° 898 Tte. Cnel. (SR) Antonio Oddone Sarubbi San Pedro-mi | 92 |
Area educativa N°7-Santa Catalina | ||
7 | Esc. Bás. N° 308 Tte. 1° José Domingo Colman Santa Catalina | 242 |
Area educativa N°9-Boqueron | ||
8 | Esc. Bás. N° 148 Mayor Nicolás Argüello Boquerón | 285 |
Area educativa N°10-Caazapa | ||
9 | Esc. Bás. N° 915 Don Zoilo Vera Caazapá | 314 |
Area educativa N°11-Ñupuahu Guazu | ||
10 | Esc. Bás. N° 954 Marcos Alvarenga Benítez Ñupyahu Guazú | 161 |
Area educativa N°12-San Agustin | ||
11 | Esc. Bás. N° 537 Don Roque Sarubbi San Agustín | 355 |
Region 2 - DISTRITO DE CNEL MACIEL | ||
Area educativa N°13-Cnel Maciel | ||
12 | Esc. Bás. N° 61 Cnel. Abdón Palacios Cnel. Maciel | 208 |
Area educativa N°14-Caracara´i | ||
13 | Esc. Bás. N° 535 Dr. Antolín Irala Caracaraí | 319 |
Region 3 - DISTRITO DE MOISES BERTONI | ||
14 | Esc. Bás. N° 147 Esteban Tómboly Giannoti M. S. Bertoni | 863 |
Region 1 - DISTRITO DE FULGENCIO YEGROS | ||
Area educativa N°14-Fulgencio Yegros | ||
15 | Esc. Bás. N° 64 Alejo García F. Yegros | 430 |
Area educativa N°15-Ybyra Catu | ||
16 | Esc. Bás. N° 970 República Alemana Ybyra Catú | 366 |
Region 1 - DISTRITO DE YUTY | ||
Area educativa N°1-Yuty | ||
17 | Esc. Bás. N° 63 Dr. Pedro Zarza Roa Yuty | 984 |
Area educativa N°2-Santa Barbara | ||
18 | Esc. Bás. N° 146 Benito Pizzani Santa Bárbara | 504 |
Area educativa N°3-San Isidro | ||
19 | Esc. Bás. N° 2495 Heriberta Morel de Armoa San Isidro | 463 |
Area educativa N°4-Yarati´i | ||
20 | Esc. Bás. N° 426 Prof. Erico Ramón Perdomo Yarati-í | 363 |
Area educativa N°8-Yuty | ||
21 | Esc. Bás. N° 13903 Osvaldo Chávez San Antonio | 406 |
Area educativa N°9-Yaguarete Cora | ||
22 | Esc. Bás. N° 1940 San Antonio de Padua Yaguareté Corá | 259 |
Region 1 - DISTRITO DE 3 DE MAYO | ||
Area educativa N°5-Potrero Yvate | ||
23 | Esc. Bás. N° 310 Anselmo Acosta Potrero Yvaté | 355 |
Area educativa N°6-Yataity | ||
24 | Esc. Bás. N° 964 Augusto Roa Bastos Yataity | 700 |
Area educativa N°7-Capiitindy | ||
25 | Esc. Bás. N° 1630 María Auxiliadora Capiitindy | 924 |
Area educativa N°10-Colonia 3 de Mayo | ||
26 | Esc. Bás. N° 889 Mirta Beatriz Benítez de Benítez Colonia 3 de Mayo | 856 |
Region 1 - DISTRITO DE ABAI | ||
Area educativa N°1(zona B) | ||
27 | Esc. Bás. N° 145 Lic. Virgilio Ramón Legal Abaí | 646 |
Area educativa N°2(Zona B) | ||
28 | Esc. Bás. N° 1564 Ignacio López Arévalos Itacurubí | 309 |
Area educativa N°3(zona A) | ||
29 | Esc. Bás. N° 1245 Tomasa Bogado Abaí | 977 |
Area educativa N°4(zona A) | ||
30 | Esc. Bás. N° 1798 Gral. Div. Andrés Rodríguez Tuna | 674 |
Area educativa N°5(zona A) | ||
31 | Esc. Bás. N° 1799 Priv. Subv. San Roque Capiitindy | 397 |
Area educativa N°6(zona B) - Campo Azul | ||
32 | Esc. Bás. N° 4639 1° de Mayo | 282 |
Area educativa N°7(zona A)- Asent Emilianore | ||
33 | Esc. Bás. N° 3626 Emiliano R. Fernández Asent. Emiliano Re | 376 |
Area educativa N°8(zona B)-Tuparenda | ||
34 | Esc. Bás. N° 5145 Mcal. Francisco S. López Tuparenda | 382 |
Area educativa N°9(zona A)-San Marcos Taruma | ||
35 | Esc. Bás. N° 5136 César Santiago Morel San Marcos Taruma | 475 |
Region 5 - DISTRITO DE TAVAI | ||
Area educativa N°1-Tava´i | ||
36 | Esc. Bás. N° 941 Constantino Trociuk Tavaí | 1.172 |
Area educativa N°2-Enramadita | ||
37 | Esc. Bás. N° 1631 San Isidro Labrador Enramadita | 313 |
Area educativa N°3-Yvyati | ||
38 | Esc. Bás. N° 1797 Valentín Vargas Yvyatî | 528 |
Area educativa N°4-Toranzo | ||
39 | Esc. Bás. N° 4271 Don Bernardo Pereira Toranzo | 829 |
Area educativa N°5-Tito Firpo | ||
40 | Esc. Bás. N° 3226 Niño Jesús Tito Filpo | 170 |
Area educativa N°6-San Lorenzo | ||
41 | Esc. Bás. N° 2587 San Lorenzo | 424 |
Region 2 - DISTRITO DE SAN JUAN NEPOMUCENO | ||
Area educativa N°1-San Juan Nepomuceno | ||
42 | Esc. Bás. N° 147 Prof. Margarita Cabral Centurión San Juan Nep. | 874 |
Area educativa N°2-San Juan Nepomuceno | ||
43 | Esc. Bás. N° 944 Papa Juan XXIII San Juan Nepomuceno | 1.000 |
Area educativa N°3-Pindo´i | ||
44 | Esc. Bás. N° 1793 Santa Rosa de Lima Pindo’í | 273 |
Area educativa N°4-San Gerardo | ||
45 | Esc. Bás. N° 2189 San Gerardo San Gerardo | 241 |
Area educativa N°5-B° San Agustin | ||
46 | Esc. Bás. N° 4234 San Agustín San Juan Nepomuceno | 438 |
Area educativa N°6-San Benito | ||
47 | Esc. Bás. N° 4247 Juan Pablo VI San Benito | 292 |
Area educativa N°7-San Carlos | ||
48 | Esc. Bás. N° 942 San Carlos San Carlos | 591 |
Area educativa N°8-San Juan Nepomuceno | ||
49 | Esc. Bás. N° 1961 Prof. Julia Ignacia Acosta de González - S.J.N. | 665 |
Area educativa N°9-B° Fatima | ||
50 | Esc. Bás. N° 4238 (14520) Virgen de Fátima San Carlos | 283 |
Area educativa N°10-B° San Luis | ||
51 | Esc. Bás. N° 4245 San Luis San Juan Nepomuceno | 458 |
Area educativa N°15-Asent 11 de Mayo | ||
52 | Esc. Bás. N° 6153 Asent. 11 de Mayo Asent. 11 de Mayo | 822 |
Area educativa N°16-San Francisco | ||
53 | Esc. Bás. N° 943 San Francisco de Asís San Francisco | 418 |
Area educativa N°17-Franco´i | ||
54 | Esc. Bás. N° 2588 San Ignacio de Loyola Franco’í | 385 |
Region 2 - DISTRITO DE BUENA VISTA | ||
Area educativa N°11-Buena Vista | ||
55 | Esc. Bás. N° 222 María Petrona Cubilla de Díaz Buena Vista | 626 |
Area educativa N°12-Torres Cue | ||
56 | Esc. Bás. N° 1795 Defensores del Chaco Torres Cué | 409 |
Region 2 - DISTRITO DE Gral HIGINIO MORINIGO | ||
Area educativa N°13-Gral Higino Morinigo | ||
57 | Esc. Bás. N° 143 Divino Maestro Gral. Higinio Morínigo | 579 |
Area educativa N°14-Santa Maria | ||
58 | Esc. Bás. N° 534 Santa María Santa María | 249 |
ESCUELAS INDIGENAS | ||
59 | Esc. Bás. N° 5842 Carlos Ernestor Widman - Nva. Esperanza, Lima | 70 |
60 | Esc. Bás. N° 5843 Indígena Jamo Jukugi Ypeti-mi (Ache) | 176 |
61 | ESCUELA BÁSICA N° 8140 GERALDINO ROTELA | 76 |
62 | Esc. Bás. N° 6012 Indígena Ykua Porã | 137 |
63 | Esc. Bás. N° 6234 Indígena Ybytimi | 38 |
64 | Esc. Bás. N° 6521 Indígena Ytu | 84 |
65 | Esc. Bás. N° 7261 Asentamiento Viju TAVAI | 48 |
66 | Esc. Bás. N° 7262 Cecina Tekoha Pyahu | 24 |
67 | Esc. Bás. N° 7478 Ypetĩ - Tajy | 115 |
68 | Esc. Bás. Nº 7798 Kokuere Guazú TAVAI | 38 |
69 | Esc. Bás. Nº 7797 Ka'aguy Pa'ü TAVAI | 5 |
70 | Esc. Bás. Nº 7676 Takuarusu 1 | 87 |
71 | Esc. Bás. Nº 7677 Cerrito | 126 |
72 | Esc. Bás. Nº 7728 Tacuarusu 2 | 26 |
73 | Esc. Bás. Nº 7702 Ypetï - Naraï | 63 |
74 | Esc. Bas. Nº 7913 Ka'amindy Tavai TAVAI | 8 |
75 | Esc. Bas. Nº 7952 6ta Linea Kokuere Guazu TAVAI | 33 |
76 | Esc. Bas. N 7912 Arroyo Guasu Tavai | 52 |
77 | Esc. Bas. N 7958 Tunai TAVAI | 38 |
78 | Esc. Bas. 8095 San Antonio Vy,a Renda TAVAI | 56 |
79 | Esc. Bas. N 8245 Santa Librada Karumbey | 22 |
80 | Esc. Bas. N° 8199 Tajay Pacuri II | 57 |
81 | Esc. Bás. N° 6799 San Felipe Nery (Juan Ramon Zarza) | 8 |
82 | Esc. Bás. N° 14525 Línea Cuñatai | 9 |
83 | Esc. Bas. Nº 7850 Tacuaro San Juan Nepomuceno | 116 |
84 | Esc. Bás. Nº 7814 Ka'atymi | 26 |
85 | ESCUELA BÁSICA N° 8152 KURUKAU | 18 |
1556 | ||
29.494 |
Plan de entrega de los bienes
Ítem | Descripción del Bien | Cantidad Total a entregar 2021 | Cantidad Total a entregar 2022 | Plan de Entrega (indicar periodo y cantidad) | Días y horario de distribución | Lugar de entrega | Responsable de la recepción de los bienes | |||||||||||||||
Periodo | Cantidad | |||||||||||||||||||||
1 | Adquisicion de Leche | 3.745.738 | 3.745.738 | Trimestral |
| Lunes a viernes 07:00 a 11:00 13:00 a 17:00 | Las entregas se deberán realizar en las Escuelas Cabeceras detalladas más abajo | Los bienes serán recepcionados por los directores de áreas, que a la vez verificarán la calidad de los mismos. | ||||||||||||||
2 | Adquisicion de Chipita | 1.268.242 | 1.268.242 | Mensual |
| Lunes a viernes 07:00 a 11:00 13:00 a 17:00 | Las entregas se deberán realizar en las Escuelas Cabeceras detalladas más abajo | Los bienes serán recepcionados por los directores de áreas, que a la vez verificarán la calidad de los mismos. | ||||||||||||||
3 | Adquisicion de Galletita Dulce | 1.238.748 | 1.238.748 | Mensual |
|
| Las entregas se deberán realizar en las Escuelas Cabeceras detalladas más abajo | Los bienes serán recepcionados por los directores de áreas, que a la vez verificarán la calidad de los mismos. | ||||||||||||||
4 |
| 1.238.748 | 1.238.748 | Mensual |
|
| Las entregas se deberán realizar en las Escuelas Cabeceras detalladas más abajo | Los bienes serán recepcionados por los directores de áreas, que a la vez verificarán la calidad de los mismos. |
ESCUELAS CABECERAS - CAAZAPA | ||
Region 3 - DISTRITO DE CAAZAPA | ||
N° | INSTITUCIÓN LOCALIDAD | Cantidad Alumnos |
Area educativa N°1-Caazapa | ||
1 | Esc. Bás. N° 60 Fray Luis Bolaños Caazapá | 939 |
Area educativa N°2-San Jose | ||
2 | Esc. Bás. N° 189 San José San José | 262 |
Area educativa N°3-Rojas Silva | ||
3 | Esc. Bás. N° 235 Tte. 1° Adolfo Rojas Silva Roja Silva | 144 |
Area educativa N°4-Caazapa | ||
4 | Esc. Bás. N° 256 Pbro. Julio César Duarte Ortellado Caazapá | 417 |
Area educativa N°5-Cabayu Reta | ||
5 | Esc. Bás. N° 547 San Francisco de Asís Cabaju Retã | 170 |
Area educativa N°6-San Pedro Mi | ||
6 | Esc. Bás. N° 898 Tte. Cnel. (SR) Antonio Oddone Sarubbi San Pedro-mi | 92 |
Area educativa N°7-Santa Catalina | ||
7 | Esc. Bás. N° 308 Tte. 1° José Domingo Colman Santa Catalina | 242 |
Area educativa N°9-Boqueron | ||
8 | Esc. Bás. N° 148 Mayor Nicolás Argüello Boquerón | 285 |
Area educativa N°10-Caazapa | ||
9 | Esc. Bás. N° 915 Don Zoilo Vera Caazapá | 314 |
Area educativa N°11-Ñupuahu Guazu | ||
10 | Esc. Bás. N° 954 Marcos Alvarenga Benítez Ñupyahu Guazú | 161 |
Area educativa N°12-San Agustin | ||
11 | Esc. Bás. N° 537 Don Roque Sarubbi San Agustín | 355 |
Region 2 - DISTRITO DE CNEL MACIEL | ||
Area educativa N°13-Cnel Maciel | ||
12 | Esc. Bás. N° 61 Cnel. Abdón Palacios Cnel. Maciel | 208 |
Area educativa N°14-Caracara´i | ||
13 | Esc. Bás. N° 535 Dr. Antolín Irala Caracaraí | 319 |
Region 3 - DISTRITO DE MOISES BERTONI | ||
14 | Esc. Bás. N° 147 Esteban Tómboly Giannoti M. S. Bertoni | 863 |
Region 1 - DISTRITO DE FULGENCIO YEGROS | ||
Area educativa N°14-Fulgencio Yegros | ||
15 | Esc. Bás. N° 64 Alejo García F. Yegros | 430 |
Area educativa N°15-Ybyra Catu | ||
16 | Esc. Bás. N° 970 República Alemana Ybyra Catú | 366 |
Region 1 - DISTRITO DE YUTY | ||
Area educativa N°1-Yuty | ||
17 | Esc. Bás. N° 63 Dr. Pedro Zarza Roa Yuty | 984 |
Area educativa N°2-Santa Barbara | ||
18 | Esc. Bás. N° 146 Benito Pizzani Santa Bárbara | 504 |
Area educativa N°3-San Isidro | ||
19 | Esc. Bás. N° 2495 Heriberta Morel de Armoa San Isidro | 463 |
Area educativa N°4-Yarati´i | ||
20 | Esc. Bás. N° 426 Prof. Erico Ramón Perdomo Yarati-í | 363 |
Area educativa N°8-Yuty | ||
21 | Esc. Bás. N° 13903 Osvaldo Chávez San Antonio | 406 |
Area educativa N°9-Yaguarete Cora | ||
22 | Esc. Bás. N° 1940 San Antonio de Padua Yaguareté Corá | 259 |
Region 1 - DISTRITO DE 3 DE MAYO | ||
Area educativa N°5-Potrero Yvate | ||
23 | Esc. Bás. N° 310 Anselmo Acosta Potrero Yvaté | 355 |
Area educativa N°6-Yataity | ||
24 | Esc. Bás. N° 964 Augusto Roa Bastos Yataity | 700 |
Area educativa N°7-Capiitindy | ||
25 | Esc. Bás. N° 1630 María Auxiliadora Capiitindy | 924 |
Area educativa N°10-Colonia 3 de Mayo | ||
26 | Esc. Bás. N° 889 Mirta Beatriz Benítez de Benítez Colonia 3 de Mayo | 856 |
Region 1 - DISTRITO DE ABAI | ||
Area educativa N°1(zona B) | ||
27 | Esc. Bás. N° 145 Lic. Virgilio Ramón Legal Abaí | 646 |
Area educativa N°2(Zona B) | ||
28 | Esc. Bás. N° 1564 Ignacio López Arévalos Itacurubí | 309 |
Area educativa N°3(zona A) | ||
29 | Esc. Bás. N° 1245 Tomasa Bogado Abaí | 977 |
Area educativa N°4(zona A) | ||
30 | Esc. Bás. N° 1798 Gral. Div. Andrés Rodríguez Tuna | 674 |
Area educativa N°5(zona A) | ||
31 | Esc. Bás. N° 1799 Priv. Subv. San Roque Capiitindy | 397 |
Area educativa N°6(zona B) - Campo Azul | ||
32 | Esc. Bás. N° 4639 1° de Mayo | 282 |
Area educativa N°7(zona A)- Asent Emilianore | ||
33 | Esc. Bás. N° 3626 Emiliano R. Fernández Asent. Emiliano Re | 376 |
Area educativa N°8(zona B)-Tuparenda | ||
34 | Esc. Bás. N° 5145 Mcal. Francisco S. López Tuparenda | 382 |
Area educativa N°9(zona A)-San Marcos Taruma | ||
35 | Esc. Bás. N° 5136 César Santiago Morel San Marcos Taruma | 475 |
Region 5 - DISTRITO DE TAVAI | ||
Area educativa N°1-Tava´i | ||
36 | Esc. Bás. N° 941 Constantino Trociuk Tavaí | 1.172 |
Area educativa N°2-Enramadita | ||
37 | Esc. Bás. N° 1631 San Isidro Labrador Enramadita | 313 |
Area educativa N°3-Yvyati | ||
38 | Esc. Bás. N° 1797 Valentín Vargas Yvyatî | 528 |
Area educativa N°4-Toranzo | ||
39 | Esc. Bás. N° 4271 Don Bernardo Pereira Toranzo | 829 |
Area educativa N°5-Tito Firpo | ||
40 | Esc. Bás. N° 3226 Niño Jesús Tito Filpo | 170 |
Area educativa N°6-San Lorenzo | ||
41 | Esc. Bás. N° 2587 San Lorenzo | 424 |
Region 2 - DISTRITO DE SAN JUAN NEPOMUCENO | ||
Area educativa N°1-San Juan Nepomuceno | ||
42 | Esc. Bás. N° 147 Prof. Margarita Cabral Centurión San Juan Nep. | 874 |
Area educativa N°2-San Juan Nepomuceno | ||
43 | Esc. Bás. N° 944 Papa Juan XXIII San Juan Nepomuceno | 1.000 |
Area educativa N°3-Pindo´i | ||
44 | Esc. Bás. N° 1793 Santa Rosa de Lima Pindo’í | 273 |
Area educativa N°4-San Gerardo | ||
45 | Esc. Bás. N° 2189 San Gerardo San Gerardo | 241 |
Area educativa N°5-B° San Agustin | ||
46 | Esc. Bás. N° 4234 San Agustín San Juan Nepomuceno | 438 |
Area educativa N°6-San Benito | ||
47 | Esc. Bás. N° 4247 Juan Pablo VI San Benito | 292 |
Area educativa N°7-San Carlos | ||
48 | Esc. Bás. N° 942 San Carlos San Carlos | 591 |
Area educativa N°8-San Juan Nepomuceno | ||
49 | Esc. Bás. N° 1961 Prof. Julia Ignacia Acosta de González - S.J.N. | 665 |
Area educativa N°9-B° Fatima | ||
50 | Esc. Bás. N° 4238 (14520) Virgen de Fátima San Carlos | 283 |
Area educativa N°10-B° San Luis | ||
51 | Esc. Bás. N° 4245 San Luis San Juan Nepomuceno | 458 |
Area educativa N°15-Asent 11 de Mayo | ||
52 | Esc. Bás. N° 6153 Asent. 11 de Mayo Asent. 11 de Mayo | 822 |
Area educativa N°16-San Francisco | ||
53 | Esc. Bás. N° 943 San Francisco de Asís San Francisco | 418 |
Area educativa N°17-Franco´i | ||
54 | Esc. Bás. N° 2588 San Ignacio de Loyola Franco’í | 385 |
Region 2 - DISTRITO DE BUENA VISTA | ||
Area educativa N°11-Buena Vista | ||
55 | Esc. Bás. N° 222 María Petrona Cubilla de Díaz Buena Vista | 626 |
Area educativa N°12-Torres Cue | ||
56 | Esc. Bás. N° 1795 Defensores del Chaco Torres Cué | 409 |
Region 2 - DISTRITO DE Gral HIGINIO MORINIGO | ||
Area educativa N°13-Gral Higino Morinigo | ||
57 | Esc. Bás. N° 143 Divino Maestro Gral. Higinio Morínigo | 579 |
Area educativa N°14-Santa Maria | ||
58 | Esc. Bás. N° 534 Santa María Santa María | 249 |
ESCUELAS INDIGENAS | ||
59 | Esc. Bás. N° 5842 Carlos Ernestor Widman - Nva. Esperanza, Lima | 70 |
60 | Esc. Bás. N° 5843 Indígena Jamo Jukugi Ypeti-mi (Ache) | 176 |
61 | ESCUELA BÁSICA N° 8140 GERALDINO ROTELA | 76 |
62 | Esc. Bás. N° 6012 Indígena Ykua Porã | 137 |
63 | Esc. Bás. N° 6234 Indígena Ybytimi | 38 |
64 | Esc. Bás. N° 6521 Indígena Ytu | 84 |
65 | Esc. Bás. N° 7261 Asentamiento Viju TAVAI | 48 |
66 | Esc. Bás. N° 7262 Cecina Tekoha Pyahu | 24 |
67 | Esc. Bás. N° 7478 Ypetĩ - Tajy | 115 |
68 | Esc. Bás. Nº 7798 Kokuere Guazú TAVAI | 38 |
69 | Esc. Bás. Nº 7797 Ka'aguy Pa'ü TAVAI | 5 |
70 | Esc. Bás. Nº 7676 Takuarusu 1 | 87 |
71 | Esc. Bás. Nº 7677 Cerrito | 126 |
72 | Esc. Bás. Nº 7728 Tacuarusu 2 | 26 |
73 | Esc. Bás. Nº 7702 Ypetï - Naraï | 63 |
74 | Esc. Bas. Nº 7913 Ka'amindy Tavai TAVAI | 8 |
75 | Esc. Bas. Nº 7952 6ta Linea Kokuere Guazu TAVAI | 33 |
76 | Esc. Bas. N 7912 Arroyo Guasu Tavai | 52 |
77 | Esc. Bas. N 7958 Tunai TAVAI | 38 |
78 | Esc. Bas. 8095 San Antonio Vy,a Renda TAVAI | 56 |
79 | Esc. Bas. N 8245 Santa Librada Karumbey | 22 |
80 | Esc. Bas. N° 8199 Tajay Pacuri II | 57 |
81 | Esc. Bás. N° 6799 San Felipe Nery (Juan Ramon Zarza) | 8 |
82 | Esc. Bás. N° 14525 Línea Cuñatai | 9 |
83 | Esc. Bas. Nº 7850 Tacuaro San Juan Nepomuceno | 116 |
84 | Esc. Bás. Nº 7814 Ka'atymi | 26 |
85 | ESCUELA BÁSICA N° 8152 KURUKAU | 18 |
1556 | ||
29.494 |