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Diferencias entre las versiones 2 y 3

Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

COMUNICACIÓN DE ADENDA N° 1 - PRÓRROGA

CONTRATACIÓN DIRECTA

SERVICIO DE INFORMACIÓN LEGAL

 

ID N°: 409 135 - PAC 16/2022

 

Por medio del presente se informa las siguientes modificaciones al proceso de Contratación Directa con ID N° 409 135 Servicio de Información Legal:

 

  • En el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP), se modifican los plazos topes de consulta y presentación de ofertas, así como de la apertura de sobres, las cuales quedan de la siguiente forma:
  • Plazo de Consulta: hasta las 10:00 hs. del día jueves 10/11/22
  • Plazo de entrega de ofertas: hasta las 09:30 hs. del día lunes 14/11/22.
  • Fecha de apertura de sobres: a las 10:00 hs. del día lunes 14/11/22.

Asimismo, se indica que el periodo de validez de las ofertas y el de Garantía de Mantenimiento de oferta, en su caso, será reducido en un tiempo igual a la cantidad de días Prorrogados.

 

SE MANTIENEN INALTERABLES LAS DEMÁS CONDICIONES INDICADAS EN LA NOTA DE INVITACIÓN.

 

 

                                                                                                                                                                                                                 Asunción, 03 de noviembre de 2022.-

 

 

 

 

 

 

Econ. FRANCISCO GONZÁLEZ. Director

Dirección Operativa de Contrataciones (DOC)Contraloría General de la República

E-mail: adquisiciones@contraloria.gov.py

 

 

Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

ADENDA N° 2

SERVICIO DE INFORMACIÓN LEGAL - AD REFERÉNDUM

ID N°: 409 135

 

Por medio de la presente, se modifica lo expuesto a continuación:

  1. En la Sección - REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
  1. En el apartado: Capacidad Financiera:

DONDE DICE:

1. Para contribuyente de IRACIS.

Se deberá presentar fotocopia simple de los balances generales de los años 2020 Y 2021.

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente

Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los [2] últimos años (2020 Y 2021)

Endeudamiento: pasivo total / activo total

No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los [2] últimos años (2020 Y 2021)

Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.

El promedio en los en los [2] últimos años (2020 Y 2021), no deberá ser negativo.

1. Para contribuyentes de IRPC

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2020 y 2021).

2. Para contribuyentes de IRP

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2020 y 2021).

3. Para contribuyentes de exclusivamente IVA General

Deberá cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales (2020 y 2021).

OBSERVACION:

1. Los oferentes que tributan IRPC, IRP o IVA General también pueden presentar Balance General y Estado de Resultados y en este caso se consideraran los parámetros similares a los establecidos

para contribuyentes de IRACIS y/o IRE GENERAL (Ratio de Liquidez, Endeudamiento y Rentabilidad).

2. En los casos de Consorcios se exigirán los mismos criterios solicitados de la capacidad financiera

para cada uno de los miembros del consorcio

 

DEBE DECIR:

1. Para contribuyente de IRACIS.

Se deberá presentar fotocopia simple del balance general del año 2021.

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente

Deberá ser igual o mayor que 1, para el año 2021

Endeudamiento: pasivo total / activo total

No deberá ser mayor a 0,80 para el año 2021

Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.

para el año 2021, no deberá ser negativo.

2. Para contribuyentes de IRPC

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, para el ejercicio fiscal 2021.

3. Para contribuyentes de IRP

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, para el ejercicio fiscal 2021

4. Para contribuyentes de exclusivamente IVA General

Deberá cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, para el ejercicio fiscal 2021

OBSERVACION:

1. Los oferentes que tributan IRPC, IRP o IVA General también pueden presentar Balance General y Estado de Resultados y en este caso se consideraran los parámetros similares a los establecidos para contribuyentes de IRACIS y/o IRE GENERAL (Ratio de Liquidez, Endeudamiento y Rentabilidad).

2. En los casos de Consorcios se exigirán los mismos criterios solicitados de la capacidad financiera para cada uno de los miembros del consorcio

 

  1. En el apartado: Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera.

DONDE DICE

a) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la fecha de apertura de ofertas.

b) Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años 2020 y 2021, para contribuyente de IRACIS y/o IRE GENERAL. Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General y cuadro de resultados del periodo de tiempo requerido en éste inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.

a. IVA General de los últimos 24 meses (2020 y 2021), para contribuyentes sólo del IVA General o Balance General y cuadro de Estado de Resultados. Al respecto se aclara, que en caso de que estos contribuyentes cuenten con el Balance General y cuadro de resultados del periodo de tiempo requerido en el inciso b), podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.

b. Formulario 106 de los años (2020 y 2021) para contribuyentes del IRPC o Balance General y cuadro de Estado de Resultados. Al respecto se aclara, que en caso de que estos contribuyentes cuenten con el Balance General y cuadro de resultados del periodo de tiempo requerido en el inciso b), podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General. 

c. Formulario 104 de los años (2020 y 2021) para contribuyentes de Renta Personal o Balance General y cuadro de Estado de Resultados. Al respecto se aclara, que en caso de que estos contribuyentes cuenten con el Balance General y cuadro de resultados del periodo de tiempo requerido en el inciso b), podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.

DEBE DECIR

  1. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la fecha de apertura de ofertas
  2. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados del año 2021, para contribuyente de IRACIS y/o IRE GENERAL. Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General y cuadro de resultados del periodo de tiempo requerido en éste inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
  1. IVA General de los últimos 12 meses (2021), para contribuyentes sólo del IVA General o Balance General y cuadro de Estado de Resultados. Al respecto se aclara, que en caso de que estos contribuyentes cuenten con el Balance General y cuadro de resultados del periodo de tiempo requerido en el inciso b), podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
  1. Formulario 106 del año (2021) para contribuyentes del IRPC o Balance General y cuadro de Estado de Resultados. Al respecto se aclara, que en caso de que estos contribuyentes cuenten con el Balance General y cuadro de resultados del periodo de tiempo requerido en el inciso b), podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
  1. Formulario 104 del año (2021) para contribuyentes de Renta Personal o Balance General y cuadro de Estado de Resultados. Al respecto se aclara, que en caso de que estos contribuyentes cuenten con el Balance General y cuadro de resultados del periodo de tiempo requerido en el inciso b), podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.

Se mantienen inalterables todas las demás condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones del llamado y las informaciones expuestas en el SICP.

 

Econ. Francisco González

Director

Dirección Operativa de Contrataciones

Contraloría General de la República

Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de calificación y criterios de evaluación
  • Capacidad Financiera
  • Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/409135-servicio-informacion-legal-ad-referendum-1/pliego/3/diferencias/2.html?seccion=adenda

Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

COMUNICACIÓN DE ADENDA N° 1 - PRÓRROGA2

CONTRATACIÓN DIRECTASERVICIO DE INFORMACIÓN LEGAL - AD REFERÉNDUM

SERVICIO DE INFORMACIÓN LEGALID N°: 409 135

ID N°Por medio de la presente, se modifica lo expuesto a continuación: 409 135 - PAC 16/2022

  1. En la Sección - REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
  1. En el apartado: Capacidad Financiera:

DONDE DICE:

Por medio del presente se informa las siguientes modificaciones al proceso1. Para contribuyente de IRACIS.

Se deberá presentar fotocopia simple de Contratación Directalos balances generales de los años 2020 Y 2021.

Deberán cumplir con ID N° 409 135 Servicio de Información Legalel siguiente parámetro:

Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente

  • En el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP), se modifican los plazos topes de consulta y presentación de ofertas, así como de la apertura de sobres, las cuales quedan de la siguiente forma:
  • Plazo de Consulta: hasta las 10:00 hs. del día jueves 10/11/22
  • Plazo de entrega de ofertas: hasta las 09:30 hs. del día lunes 14/11/22.
  • Fecha de apertura de sobres: a las 10:00 hs. del día lunes 14/11/22.

Asimismo, se indicaDeberá ser igual o mayor que el periodo de validez de las ofertas y el de Garantía de Mantenimiento de oferta1, en su casopromedio, será reducido en un tiempolos [2] últimos años (2020 Y 2021)

Endeudamiento: pasivo total / activo total

No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los [2] últimos años (2020 Y 2021)

Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.

El promedio en los en los [2] últimos años (2020 Y 2021), no deberá ser negativo.

1. Para contribuyentes de IRPC

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2020 y 2021).

2. Para contribuyentes de IRP

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2020 y 2021).

3. Para contribuyentes de exclusivamente IVA General

Deberá cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales (2020 y 2021).

OBSERVACION:

1. Los oferentes que tributan IRPC, IRP o IVA General también pueden presentar Balance General y Estado de Resultados y en este caso se consideraran los parámetros similares a los establecidos

para contribuyentes de IRACIS y/o IRE GENERAL (Ratio de Liquidez, Endeudamiento y Rentabilidad).

2. En los casos de Consorcios se exigirán los mismos criterios solicitados de la cantidadcapacidad financiera

para cada uno de días Prorrogados.los miembros del consorcio

SE MANTIENEN INALTERABLES LAS DEMÁS CONDICIONES INDICADAS EN LA NOTA DE INVITACIÓN.DEBE DECIR:

1. Para contribuyente de IRACIS.

Se deberá presentar fotocopia simple del balance general del año 2021.

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente

Deberá ser igual o mayor que 1, para el año 2021

Endeudamiento: pasivo total / activo total

No deberá ser mayor a 0,80 para el año 2021

Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.

para el año 2021, no deberá ser negativo.

2. Para contribuyentes de IRPC

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, para el ejercicio fiscal 2021.

3. Para contribuyentes de IRP

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, para el ejercicio fiscal 2021

4. Para contribuyentes de exclusivamente IVA General

Deberá cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, para el ejercicio fiscal 2021

OBSERVACION:

1. Los oferentes que tributan IRPC, IRP o IVA General también pueden presentar Balance General y Estado de Resultados y en este caso se consideraran los parámetros similares a los establecidos para contribuyentes de IRACIS y/o IRE GENERAL (Ratio de Liquidez, Endeudamiento y Rentabilidad).

2. En los casos de Consorcios se exigirán los mismos criterios solicitados de la capacidad financiera para cada uno de los miembros del consorcio

  1. En el apartado: Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera.

DONDE DICE

a) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la fecha de apertura de ofertas.

b) Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años 2020 y 2021, para contribuyente de IRACIS y/o IRE GENERAL. Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General y cuadro de resultados del periodo de tiempo requerido en éste inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.

a. IVA General de los últimos 24 meses (2020 y 2021), para contribuyentes sólo del IVA General o Balance General y cuadro de Estado de Resultados. Al respecto se aclara, que en caso de que estos contribuyentes cuenten con el Balance General y cuadro de resultados del periodo de tiempo requerido en el inciso b), podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.

b. Formulario 106 de los años (2020 y 2021) para contribuyentes del IRPC o Balance General y cuadro de Estado de Resultados. Al respecto se aclara, que en caso de que estos contribuyentes cuenten con el Balance General y cuadro de resultados del periodo de tiempo requerido en el inciso b), podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.

c. Formulario 104 de los años (2020 y 2021) para contribuyentes de Renta Personal o Balance General y cuadro de Estado de Resultados. Al respecto se aclara, que en caso de que estos contribuyentes cuenten con el Balance General y cuadro de resultados del periodo de tiempo requerido en el inciso b), podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.

DEBE DECIR

  1. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la fecha de apertura de ofertas
  2. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados del año 2021, para contribuyente de IRACIS y/o IRE GENERAL. Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General y cuadro de resultados del periodo de tiempo requerido en éste inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
  1. IVA General de los últimos 12 meses (2021), para contribuyentes sólo del IVA General o Balance General y cuadro de Estado de Resultados. Al respecto se aclara, que en caso de que estos contribuyentes cuenten con el Balance General y cuadro de resultados del periodo de tiempo requerido en el inciso b), podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
  1. Formulario 106 del año (2021) para contribuyentes del IRPC o Balance General y cuadro de Estado de Resultados. Al respecto se aclara, que en caso de que estos contribuyentes cuenten con el Balance General y cuadro de resultados del periodo de tiempo requerido en el inciso b), podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
  1. Formulario 104 del año (2021) para contribuyentes de Renta Personal o Balance General y cuadro de Estado de Resultados. Al respecto se aclara, que en caso de que estos contribuyentes cuenten con el Balance General y cuadro de resultados del periodo de tiempo requerido en el inciso b), podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.

Se mantienen inalterables todas las demás condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones del llamado y las informaciones expuestas en el SICP.

Asunción, 03Econ. Francisco González

Director

Dirección Operativa de Contrataciones

Contraloría General de la República

Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de noviembrecalificación y criterios de 2022.-

evaluación

  • Capacidad Financiera
  • Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/409135-servicio-informacion-legal-ad-referendum-1/pliego/3/diferencias/2.html?seccion=adenda

Econ. FRANCISCO GONZÁLEZ. Director

Dirección Operativa de Contrataciones (DOC)Contraloría General de la República

E-mail: adquisiciones@contraloria.gov.py