Secciones
Versión 2
Versión 3
Diferencias entre las versiones 2 y 3
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
COMUNICACIÓN DE ADENDA N° 1
CONTRATACIÓN DIRECTA
ADQUISICIÓN DE HERRAMIENTAS MENORES
ID N°: 409.441 - PAC 32/2022
Por medio del presente se informa que por motivo de Asueto del día 05 de abril del cte conforme a la Circular CGR/DGGTH N° 01/23 del 28 de marzo, se procede a realizar las siguientes modificaciones al proceso de Contratación Directa con ID N° 409.441 Adquisición de Herramientas Menores:
- En el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP), se modifican los plazos topes de consulta y presentación de ofertas, así como de la apertura de sobres, las cuales quedan de la siguiente forma:
- Plazo de Consulta: hasta las 10:00 hs. del día lunes 04/04/2023.
- Plazo de entrega de ofertas: hasta las 09:00 hs. del día lunes 11/04/23.
- Fecha de apertura de sobres: a las 09:30 hs. del día lunes 11/04/23.
SE MANTIENEN INALTERABLES LAS DEMÁS CONDICIONES INDICADAS EN LA NOTA DE INVITACIÓN.
Asunción, 30 de marzo de 2023.-
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Econ. FRANCISCO GONZÁLEZ. Director Dirección Operativa de Contrataciones (DOC)Contraloría General de la República E-mail: adquisiciones@contraloria.gov.py
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La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en la convocatoria y/o en las bases de la licitación y/o en los contratos suscriptos. La adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N° 2
ADQUISICIÓN DE HERRAMIENTAS MENORES
ID N°: 409.441.
Por medio de la presente, se modifica lo expuesto a continuación:
- En la Sección - REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
- En el apartado: Capacidad Financiera:
DONDE DICE:
Se deberá presentar fotocopia simple de los balances generales de los años 2020 y 2021.
Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los [2] últimos años (2020 y 2021)
Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los [2] últimos años (2020 y 2021)
Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los en los [2] últimos años (2020 y 2021), no deberá ser negativo.
DEBE DECIR:
Con el objetivo de calificar la situación financiera actual del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Se deberá presentar fotocopia simple de los balances generales de los 2 últimos años de ejercicios cerrados o Form. 500 IRE SIMPLE de los 2 últimos años de ejercicios cerrados.
Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 2 últimos años de Ejercicios cerrados
Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 2 últimos años de ejercicios cerrados.
Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los en los 2 últimos años de ejercicios cerrados, no deberá ser negativo.
Obs. Para la evaluación, se considerarán los ejercicios cerrados (a partir del día siguiente del cumplimiento del plazo para presentación de las declaraciones juradas correspondientes a cada obligación, según el calendario establecido por la administración tributaria), en relación a la apertura de ofertas.
b) En el Apartado: Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera
DONDE DICE
a. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la fecha de apertura de ofertas.
b. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años [2020 y 2021] para contribuyente de IRACIS. Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General del periodo de tiempo requerido en éste inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
c. IVA General de los últimos [24] meses (2020 y 2021), para contribuyentes sólo del IVA General (o Balance General y cuadro de Estado de Resultados). Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General del periodo de tiempo requerido en éste inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
d. Formulario 106 de los últimos [2] años, 2020 y 2021, para contribuyentes del IRPC (o Balance General y cuadro de Estado de Resultados). Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General del periodo de tiempo requerido en éste inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
e. Formulario 104 de los últimos [2] años, 2020 y 2021, para contribuyentes de Renta Personal (o Balance General y cuadro de Estado de Resultados). Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General del periodo de tiempo requerido en éste inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
DEBE DECIR
a. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la fecha de apertura de ofertas.
b. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los últimos 2 años de ejercicios cerrados para contribuyente de IRACIS o Form. 500 IRE SIMPLE de los 2 últimos años de ejercicios cerrados. Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General del periodo de tiempo requerido en este inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
c. IVA General de los últimos 24 meses, para contribuyentes sólo del IVA General (o Balance General y cuadro de Estado de Resultados). Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General del periodo de tiempo requerido en este inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
d. Formulario 106 de los últimos 2 años de ejercicios cerrados, para contribuyentes del IRPC (o Balance General y cuadro de Estado de Resultados). Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General del periodo de tiempo requerido en este inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
e. Formulario 104 de los últimos 2 años de ejercicios cerrados, para contribuyentes de Renta Personal (o Balance General y cuadro de Estado de Resultados). Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General del periodo de tiempo requerido en este inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
Obs. Para la evaluación, se considerarán los ejercicios cerrados (a partir del día siguiente del cumplimiento del plazo para presentación de las declaraciones juradas correspondientes a cada obligación, según el calendario establecido por la administración tributaria), en relación a la apertura de ofertas.
En el sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP), se modifican los plazos, topes de consulta, presentación de ofertas y la apertura de sobres, las cuales quedan de la siguiente forma:
• Plazo de Consulta: 5 de abril hasta las 10:00 Hs.
• Plazo de Entrega de Ofertas: 11 de abril Hasta las 09:30 Hs.
• Fecha de apertura de sobres: 11 de abril a las 10:30 Hs.
Se mantienen inalterables todas las demás condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones del llamado y las informaciones expuestas en el SICP.
Econ. Francisco González
Director
Dirección Operativa de Contrataciones
Contraloría General de la República
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de calificación y criterios de evaluación
- Capacidad Financiera
- Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/409441-adquisicion-herramientas-menores-1/pliego/3/diferencias/2.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en la convocatoria y/o en las bases de la licitación y/o en los contratos suscriptos. La adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N° 2
ADQUISICIÓN DE HERRAMIENTAS MENORES
ID N°: 409.441.
Por medio de la presente, se modifica lo expuesto a continuación:
- En la Sección - REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
- En el apartado: Capacidad Financiera:
DONDE DICE:
Se deberá presentar fotocopia simple de los balances generales de los años 2020 y 2021.
Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los [2] últimos años (2020 y 2021)
Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los [2] últimos años (2020 y 2021)
Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los en los [2] últimos años (2020 y 2021), no deberá ser negativo.
DEBE DECIR:
Con el objetivo de calificar la situación financiera actual del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Se deberá presentar fotocopia simple de los balances generales de los 2 últimos años de ejercicios cerrados o Form. 500 IRE SIMPLE de los 2 últimos años de ejercicios cerrados.
Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 2 últimos años de Ejercicios cerrados
Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 2 últimos años de ejercicios cerrados.
Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los en los 2 últimos años de ejercicios cerrados, no deberá ser negativo.
Obs. Para la evaluación, se considerarán los ejercicios cerrados (a partir del día siguiente del cumplimiento del plazo para presentación de las declaraciones juradas correspondientes a cada obligación, según el calendario establecido por la administración tributaria), en relación a la apertura de ofertas.
b) En el Apartado: Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera
DONDE DICE
a. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la fecha de apertura de ofertas.
b. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años [2020 y 2021] para contribuyente de IRACIS. Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General del periodo de tiempo requerido en éste inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
c. IVA General de los últimos [24] meses (2020 y 2021), para contribuyentes sólo del IVA General (o Balance General y cuadro de Estado de Resultados). Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General del periodo de tiempo requerido en éste inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
d. Formulario 106 de los últimos [2] años, 2020 y 2021, para contribuyentes del IRPC (o Balance General y cuadro de Estado de Resultados). Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General del periodo de tiempo requerido en éste inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
e. Formulario 104 de los últimos [2] años, 2020 y 2021, para contribuyentes de Renta Personal (o Balance General y cuadro de Estado de Resultados). Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General del periodo de tiempo requerido en éste inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
DEBE DECIR
a. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la fecha de apertura de ofertas.
b. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los últimos 2 años de ejercicios cerrados para contribuyente de IRACIS o Form. 500 IRE SIMPLE de los 2 últimos años de ejercicios cerrados. Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General del periodo de tiempo requerido en este inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
c. IVA General de los últimos 24 meses, para contribuyentes sólo del IVA General (o Balance General y cuadro de Estado de Resultados). Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General del periodo de tiempo requerido en este inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
d. Formulario 106 de los últimos 2 años de ejercicios cerrados, para contribuyentes del IRPC (o Balance General y cuadro de Estado de Resultados). Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General del periodo de tiempo requerido en este inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
e. Formulario 104 de los últimos 2 años de ejercicios cerrados, para contribuyentes de Renta Personal (o Balance General y cuadro de Estado de Resultados). Al respecto se aclara, que en caso de que otros contribuyentes cuenten con el Balance General del periodo de tiempo requerido en este inciso, podrá ser remitido para certificar el cumplimiento de la capacidad financiera requerida, cuyo análisis será llevado a cabo según el documento que remita el oferente, ya sea el correspondiente al tipo de impuesto del que sea contribuyente o el Balance General.
Obs. Para la evaluación, se considerarán los ejercicios cerrados (a partir del día siguiente del cumplimiento del plazo para presentación de las declaraciones juradas correspondientes a cada obligación, según el calendario establecido por la administración tributaria), en relación a la apertura de ofertas.
COMUNICACIÓN DE ADENDA N° 1 En el sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP), se modifican los plazos, topes de consulta, presentación de ofertas y la apertura de sobres, las cuales quedan de la siguiente forma:
CONTRATACIÓN DIRECTA• Plazo de Consulta: 5 de abril hasta las 10:00 Hs.
ADQUISICIÓN DE HERRAMIENTAS MENORES• Plazo de Entrega de Ofertas: 11 de abril Hasta las 09:30 Hs.
ID N°• Fecha de apertura de sobres: 40911 de abril a las 10:30 Hs.441 - PAC 32/2022
Por medio del presente se informa que por motivo de Asueto del día 05 de abril del cte conforme a la Circular CGR/DGGTH N° 01/23 del 28 de marzo, se procede a realizar las siguientes modificaciones al proceso de Contratación Directa con ID N° 409.441 Adquisición de Herramientas Menores:Se mantienen inalterables todas las demás condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones del llamado y las informaciones expuestas en el SICP.
En el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP), se modifican los plazos topes de consulta y presentación de ofertas, así como de la apertura de sobres, las cuales quedan de la siguiente forma:
Plazo de Consulta:hasta las 10:00 hs. del día lunes 04/04/2023.
Plazo de entrega de ofertas:hasta las 09:00 hs. del día lunes 11/04/23.Fecha de apertura de sobres:a las 09:30 hs. del día lunes 11/04/23.
SE MANTIENEN INALTERABLES LAS DEMÁS CONDICIONES INDICADAS EN LA NOTA DE INVITACIÓNEcon. Francisco González
Director
Asunción, 30Dirección Operativa de Contrataciones
Contraloría General de la República
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de marzocalificación y criterios de 2023.-
evaluación
- Capacidad Financiera
- Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/409441-adquisicion-herramientas-menores-1/pliego/3/diferencias/2.html?seccion=adenda
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La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en la convocatoria y/o en las bases de la licitación y/o en los contratos suscriptos. La adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.