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Diferencias entre las versiones 2 y 3

Subcontratación

El porcentaje permitido para la subcontratación será de:

50% (cincuenta por ciento).-

Subcontratación

El porcentaje permitido para la subcontratación será de:

60% (Sesenta por ciento), de conformidad a lo establecido en el literal b) del artículo 87 Subcontratación del Decreto No 2992/19 Por el cual se reglamenta la Ley N° 2051/2003, De Contrataciones Públicas, y su Modificatoria de la Ley N° 3439200.

Subcontratación

El porcentaje permitido para la subcontratación será de:

50% (cincuenta por ciento).-60% (Sesenta por ciento), de conformidad a lo establecido en el literal b) del artículo 87 Subcontratación del Decreto No 2992/19 Por el cual se reglamenta la Ley N° 2051/2003, De Contrataciones Públicas, y su Modificatoria de la Ley N° 3439200.