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Diferencias entre las versiones 2 y 3

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación: 

Ítem Descripción del Bien cantidad Unidad de medida Lugar de entrega de los Bienes Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes
1 SILLITA P/ ALUMNO PRE-ESCOLAR Unidad 210 En las escuelas especificadas Siendo los Directores de cada Institución los autorizados para recepcionar los bienes, mediante un documento de conformidad del mismo.  En horario escolar de lunes a viernes de 07:00 hs a 11:00 hs (TURNO MAÑANA) y de 13:00 hs a 16:00 hs (TURNO TARDE) El plazo de entrega será 10 días hábiles a partir de la recepción de la compra
2 MESITA INDIVIDUAL P/ ALUMNO PRE-ESCOLAR Unidad 210
3 SILLA IND. PARA ALUMNO TIPO PRIMER CICLO Unidad 40
4 MESA IND. PARA ALUMNO TIPO PRIMER CICLO Unidad 40
5 SILLA IND. PARA ALUMNO TIPO SEGUNDO CICLO/TERCER CICLO/NIVEL MEDIO Unidad 1.140
6 MESA IND. PARA ALUMNO TIPO SEGUNDO CICLO/TERCER CICLO/NIVEL MEDIO Unidad 1.140

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación: 

Ítem Descripción del Bien cantidad Unidad de medida Lugar de entrega de los Bienes Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes
1 SILLITA P/ ALUMNO PRE-ESCOLAR Unidad 210 En las escuelas especificadas Siendo los Directores de cada Institución los autorizados para recepcionar los bienes, mediante un documento de conformidad del mismo.  En horario escolar de lunes a viernes de 07:00 hs a 11:00 hs (TURNO MAÑANA) y de 13:00 hs a 16:00 hs (TURNO TARDE) El plazo de entrega será 30 días hábiles a partir de la recepción de la compra
2 MESITA INDIVIDUAL P/ ALUMNO PRE-ESCOLAR Unidad 210
3 SILLA IND. PARA ALUMNO TIPO PRIMER CICLO Unidad 40
4 MESA IND. PARA ALUMNO TIPO PRIMER CICLO Unidad 40
5 SILLA IND. PARA ALUMNO TIPO SEGUNDO CICLO/TERCER CICLO/NIVEL MEDIO Unidad 1.140
6 MESA IND. PARA ALUMNO TIPO SEGUNDO CICLO/TERCER CICLO/NIVEL MEDIO Unidad 1.140

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación: 

ÍtemDescripción del BiencantidadUnidad de medidaLugar de entrega de los BienesFecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes
1SILLITA P/ ALUMNO PRE-ESCOLARUnidad210En las escuelas especificadas Siendo los Directores de cada Institución los autorizados para recepcionar los bienes, mediante un documento de conformidad del mismo. En horario escolar de lunes a viernes de 07:00 hs a 11:00 hs (TURNO MAÑANA) y de 13:00 hs a 16:00 hs (TURNO TARDE) El plazo de entrega será 1030 días hábiles a partir de la recepción de la compra
2MESITA INDIVIDUAL P/ ALUMNO PRE-ESCOLARUnidad210
3SILLA IND. PARA ALUMNO TIPO PRIMER CICLOUnidad40
4MESA IND. PARA ALUMNO TIPO PRIMER CICLOUnidad40
5SILLA IND. PARA ALUMNO TIPO SEGUNDO CICLO/TERCER CICLO/NIVEL MEDIOUnidad1.140
6MESA IND. PARA ALUMNO TIPO SEGUNDO CICLO/TERCER CICLO/NIVEL MEDIOUnidad1.140

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

Criterios de evaluación a ser considerados, indicando las inspecciones y pruebas a aplicar: la verificación técnica y aprobación por parte de la Municipalidad de Luque de los bienes ofertados antes de la adjudicación, se realizará a través de verificaciones de cada item ofertado por los proveedores, en donde se analizara los criterios en medidas, tipo de madera y hierro a fin de verificar que los mismos sean conforme a lo establecido en las Especificaciones Técnicas. El Método de evaluación será la verificación del cumplimiento total de las EETT solicitadas. El cual se definirá con el CUMPLE / NO CUMPLE.

.

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

Criterios de evaluación a ser considerados, indicando las inspecciones y pruebas a aplicar: la verificación técnica y aprobación por parte de la Municipalidad de Luque de los bienes ofertados antes de la adjudicación - realizarse en etapa de adjudicación se realizará a través de verificaciones de cada item ofertado por los proveedores, en donde se analizara los criterios en medidas, tipo de madera y hierro a fin de verificar que los mismos sean conforme a lo establecido en las Especificaciones Técnicas. El Método de evaluación será la verificación del cumplimiento total de las EETT solicitadas. El cual se definirá con el CUMPLE / NO CUMPLE.

.

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

Criterios de evaluación a ser considerados, indicando las inspecciones y pruebas a aplicar: la verificación técnica y aprobación por parte de la Municipalidad de Luque de los bienes ofertados antes de la adjudicación, - realizarse en etapa de adjudicación se realizará a través de verificaciones de cada item ofertado por los proveedores, en donde se analizara los criterios en medidas, tipo de madera y hierro a fin de verificar que los mismos sean conforme a lo establecido en las Especificaciones Técnicas. El Método de evaluación será la verificación del cumplimiento total de las EETT solicitadas. El cual se definirá con el CUMPLE / NO CUMPLE.

.

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.