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Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Condiciones de prestación del servicio
Las condiciones de los servicios a ser prestados serán:
1. Los vigilantes no podrán abandonar sus puestos en ningún caso sin que previamente se haya realizado el relevo físico de turno. Este relevo debe realizarse al menos con veinte minutos de anticipación.
2. El personal de vigilancia deberá cumplir los horarios establecidos en estas especificaciones técnicas, que será controlada estrictamente por la contratante.
3. A solicitud de la contratante, el proveedor deberá proceder al remplazo o cambio de puesto del o los agentes designados, dentro de las 24 horas de recibida notificación por escrito de la solicitud. En caso de sustitución no solicitada por la contratante, el proveedor deberá comunicar los cambios en el mismo plazo y solicitar la aprobación de la institución y deberá demostrar que el cambio se realiza por situación que configure caso fortuito, enfermedad, renuncia o separación del servicio por causas justificadas. El o los agentes que sean puestos en sustitución deberán ser seleccionados de alguno de los indicados como suplente en el formulario de Nómina de Trabajadores que realizarán los servicios contratados. Los agentes separados de las funciones por ineficiencia o indisciplina no podrán ejercer sus servicios dentro de las instalaciones de la institución.
4. Expresarse en términos claros y prudentes toda vez que se dirija al funcionariado en general, como a personas externas a la institución.
5. Se exige que los agentes eviten el exceso de confianza en el trato con los funcionarios y público en general, de forma a evitar la familiaridad de trato y desprolijidades en sus funciones de control y vigilancia.
6. El oferente deberá remover al personal que a juicio de la convocante perjudique el buen desempeño de los servicios.
7. Los Representantes Técnicos del Oferente y de la Convocante se reunirán en la primera semana de cada mes, para evaluar la ejecución de los servicios prestados que se mencionan en las Especificaciones Técnicas.
8. El oferente a través de su propia estructura deberá ejercer el apoyo y supervisión de los procedimientos de Seguridad y Vigilancia, como responsable directos, informando al área pertinente de la convocante.
9. Los guardias asignados a los servicios deberán ser sometidos a un programa de capacitación en materia de: Atención al cliente, control de personas e inspección de vehículos, parqueo, prevención de accidentes, primeros auxilios, asistencia en caso de emergencia, defensa personal, manejo de arma de juego.
10. La Dirección Administrativa de la SND será por parte de la Convocante el Administrador del Contrato y la encargada de realizar las visitas e inspecciones relacionadas al cumplimiento de los términos de contratación de los servicios.
11. (un) personal (guardia) por cada turno, deberá realizar un patrullaje al predio de la SND, con una frecuencia de una hora, a bordo de dos vehículo tipo motocicleta, a partir las 6:00 am hasta las 00:00 am. El vehículo debe ser propiedad de la empresa, para lo cual deberá presentar las documentaciones que así lo acredite, y los costos de mantenimiento y combustible correrán por cuenta de la Empresa Proveedora.
12. Respuesta de Patrulla: El oferente deberá contar con al menos 6 (seis) automóviles y 2 (dos) motocicletas de su propiedad y que se encuentren en perfectas condiciones de uso para brindar respuesta inmediata de patrulla en la modalidad 24/7.
13. La Empresa deberá proveer a la Convocante una app (aplicación) que permita al administrador del contrato contar con la ubicación en tiempo real del personal asignado para la custodia de los diferentes sectores.
Condiciones de prestación del servicio
Las condiciones de los servicios a ser prestados serán:
1. Los vigilantes no podrán abandonar sus puestos en ningún caso sin que previamente se haya realizado el relevo físico de turno. Este relevo debe realizarse al menos con veinte minutos de anticipación.
2. El personal de vigilancia deberá cumplir los horarios establecidos en estas especificaciones técnicas, que será controlada estrictamente por la contratante.
3. A solicitud de la contratante, el proveedor deberá proceder al remplazo o cambio de puesto del o los agentes designados, dentro de las 24 horas de recibida notificación por escrito de la solicitud. En caso de sustitución no solicitada por la contratante, el proveedor deberá comunicar los cambios en el mismo plazo y solicitar la aprobación de la institución y deberá demostrar que el cambio se realiza por situación que configure caso fortuito, enfermedad, renuncia o separación del servicio por causas justificadas. El o los agentes que sean puestos en sustitución deberán ser seleccionados de alguno de los indicados como suplente en el formulario de Nómina de Trabajadores que realizarán los servicios contratados. Los agentes separados de las funciones por ineficiencia o indisciplina no podrán ejercer sus servicios dentro de las instalaciones de la institución.
4. Expresarse en términos claros y prudentes toda vez que se dirija al funcionariado en general, como a personas externas a la institución.
5. Se exige que los agentes eviten el exceso de confianza en el trato con los funcionarios y público en general, de forma a evitar la familiaridad de trato y desprolijidades en sus funciones de control y vigilancia.
6. El oferente deberá remover al personal que a juicio de la convocante perjudique el buen desempeño de los servicios.
7. Los Representantes Técnicos del Oferente y de la Convocante se reunirán en la primera semana de cada mes, para evaluar la ejecución de los servicios prestados que se mencionan en las Especificaciones Técnicas.
8. El oferente a través de su propia estructura deberá ejercer el apoyo y supervisión de los procedimientos de Seguridad y Vigilancia, como responsable directos, informando al área pertinente de la convocante.
9. Los guardias asignados a los servicios deberán ser sometidos a un programa de capacitación en materia de: Atención al cliente, control de personas e inspección de vehículos, parqueo, prevención de accidentes, primeros auxilios, asistencia en caso de emergencia, defensa personal, manejo de arma de juego.
10. La Dirección Administrativa de la SND será por parte de la Convocante el Administrador del Contrato y la encargada de realizar las visitas e inspecciones relacionadas al cumplimiento de los términos de contratación de los servicios.
11. (un) personal (guardia) por cada turno, deberá realizar un patrullaje al predio de la SND, con una frecuencia de una hora, a bordo de dos vehículo tipo motocicleta, a partir las 6:00 am hasta las 00:00 am. El vehículo debe ser propiedad de la empresa, para lo cual deberá presentar las documentaciones que así lo acredite, y los costos de mantenimiento y combustible correrán por cuenta de la Empresa Proveedora.
12. Respuesta de Patrulla: El oferente deberá contar con al menos 4 (cuatro) automóviles y 2 (dos) motocicletas de su propiedad y que se encuentren en perfectas condiciones de uso para brindar respuesta inmediata de patrulla en la modalidad 24/7.
13. La Empresa deberá proveer a la Convocante una app (aplicación) que permita al administrador del contrato contar con la ubicación en tiempo real del personal asignado para la custodia de los diferentes sectores.
Condiciones de prestación del servicio
Las condiciones de los servicios a ser prestados serán:
1. Los vigilantes no podrán abandonar sus puestos en ningún caso sin que previamente se haya realizado el relevo físico de turno. Este relevo debe realizarse al menos con veinte minutos de anticipación.
2. El personal de vigilancia deberá cumplir los horarios establecidos en estas especificaciones técnicas, que será controlada estrictamente por la contratante.
3. A solicitud de la contratante, el proveedor deberá proceder al remplazo o cambio de puesto del o los agentes designados, dentro de las 24 horas de recibida notificación por escrito de la solicitud. En caso de sustitución no solicitada por la contratante, el proveedor deberá comunicar los cambios en el mismo plazo y solicitar la aprobación de la institución y deberá demostrar que el cambio se realiza por situación que configure caso fortuito, enfermedad, renuncia o separación del servicio por causas justificadas. El o los agentes que sean puestos en sustitución deberán ser seleccionados de alguno de los indicados como suplente en el formulario de Nómina de Trabajadores que realizarán los servicios contratados. Los agentes separados de las funciones por ineficiencia o indisciplina no podrán ejercer sus servicios dentro de las instalaciones de la institución.
4. Expresarse en términos claros y prudentes toda vez que se dirija al funcionariado en general, como a personas externas a la institución.
5. Se exige que los agentes eviten el exceso de confianza en el trato con los funcionarios y público en general, de forma a evitar la familiaridad de trato y desprolijidades en sus funciones de control y vigilancia.
6. El oferente deberá remover al personal que a juicio de la convocante perjudique el buen desempeño de los servicios.
7. Los Representantes Técnicos del Oferente y de la Convocante se reunirán en la primera semana de cada mes, para evaluar la ejecución de los servicios prestados que se mencionan en las Especificaciones Técnicas.
8. El oferente a través de su propia estructura deberá ejercer el apoyo y supervisión de los procedimientos de Seguridad y Vigilancia, como responsable directos, informando al área pertinente de la convocante.
9. Los guardias asignados a los servicios deberán ser sometidos a un programa de capacitación en materia de: Atención al cliente, control de personas e inspección de vehículos, parqueo, prevención de accidentes, primeros auxilios, asistencia en caso de emergencia, defensa personal, manejo de arma de juego.
10. La Dirección Administrativa de la SND será por parte de la Convocante el Administrador del Contrato y la encargada de realizar las visitas e inspecciones relacionadas al cumplimiento de los términos de contratación de los servicios.
11. (un) personal (guardia) por cada turno, deberá realizar un patrullaje al predio de la SND, con una frecuencia de una hora, a bordo de dos vehículo tipo motocicleta, a partir las 6:00 am hasta las 00:00 am. El vehículo debe ser propiedad de la empresa, para lo cual deberá presentar las documentaciones que así lo acredite, y los costos de mantenimiento y combustible correrán por cuenta de la Empresa Proveedora.
12. Respuesta de Patrulla: El oferente deberá contar con al menos 64 (seiscuatro) automóviles y 2 (dos) motocicletas de su propiedad y que se encuentren en perfectas condiciones de uso para brindar respuesta inmediata de patrulla en la modalidad 24/7.
13. La Empresa deberá proveer a la Convocante una app (aplicación) que permita al administrador del contrato contar con la ubicación en tiempo real del personal asignado para la custodia de los diferentes sectores.
Plan de prestación del servicio - horarios y lugar
El plan de la prestación de los servicios se realizará de acuerdo a lo indicado en el presente apartado:
ITEM Nº 1: PRESTACION DE SERVICIO PARA LA SND |
||||||||
TIEMPO |
CANTIDAD DE PERSONAL |
Función a desempeñar |
DIAS |
HORARIO |
LUGAR |
ARMA |
RADIO |
|
DESDE |
HASTA |
|||||||
12 horas |
15 |
Vigilante |
de lunes a domingo, incluidos feriados |
06:00 hs |
18:00 hs |
Avda. Eusebio Ayala RI6 Boquerón |
SI |
SI |
12 horas |
15 |
Vigilante |
de lunes a domingo, incluidos feriados |
18:00 hs |
06:00 hs |
Avda. Eusebio Ayala RI6 Boquerón |
SI |
SI |
|
||||||||
ITEM Nº 2: PRESTACION DE SERVICIO PARA EL CAN |
||||||||
TIEMPO |
CANTIDAD DE PERSONAL |
CONDICION |
DIAS |
HORARIO |
LUGAR |
ARMA |
RADIO |
|
DESDE |
HASTA |
|||||||
12 horas |
3 |
Vigilante |
de lunes a domingo, incluidos feriados |
06:00 hs |
18:00 hs |
Avda. Federación Rusa y Cabo 1º Feliciano Marecos |
SI |
SI |
12 horas |
3 |
Vigilante |
de lunes a domingo, incluidos feriados |
18:00 hs |
06:00 hs |
Avda. Federación Rusa y Cabo 1º Feliciano Marecos |
SI |
SI |
TURNO DIURNO para la SND y el CAN: El horario a cubrir es de 06:00 a 18:00 horas (12 horas por día de lunes a domingo, incluidos feriados), el personal de vigilancia deberá estar adecuadamente uniformado, con todos sus enseres de seguridad y vigilancia. Deberá tener radio de comunicación y patrullera a cargo de un supervisor para el control de los personales de vigilancia. Quedará a cargo de dicha Empresa que los personales asignados posean seguro de vida y accidente, además de un seguro de Responsabilidad Civil.
TURNO NOCTURNO PARA LA SND Y CAN: El horario a cubrir es de 18:00 a 06:00 horas (12 horas por día de lunes a domingo, incluidos feriados), el personal de vigilancia deberá estar adecuadamente uniformado, con todos sus enseres de seguridad y vigilancia. Deberá tener radio de comunicación y patrullera a cargo de un supervisor para el control de los personales de vigilancia. Quedará a cargo de dicha Empresa que los personales asignados posean seguro de vida y accidente, además de un seguro de Responsabilidad Civil.
La prestación licitada, deberá además cumplir con las disposiciones contenidas en la Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL AMBITO DE LA SEGURIDAD PRIVADA.
La Contratación es Plurianual, y en principio afectará, 3 meses del año 2023, 12 meses del año 2024 y 9 meses del año 2025.
Para la contratación del servicio de transporte de valores, la tripulación no podrá ser inferior a tres tripulantes.
Los vehículos utilizados para el servicio de transporte de valores deberán estar habilitados por el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines de la Policía Nacional verificados y certificados cada año. Para lo cual deberán presentar copia del acta de fiscalización vigente de cada uno de los vehículos.
“Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA.
Art. 32. Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistema de detención y alarmas.
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
b) Sistemas de control de accesos.
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistemas de antihurto.
Art. 33. Los sistemas de seguridad que se detallan en el título de la clasificación y tipos de sistemas de seguridad, serán proveídos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización”.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Plan de prestación del servicio - horarios y lugar
El plan de la prestación de los servicios se realizará de acuerdo a lo indicado en el presente apartado:
ITEM Nº 1: PRESTACION DE SERVICIO PARA LA SND |
||||||||
TIEMPO |
CANTIDAD DE PERSONAL |
Función a desempeñar |
DIAS |
HORARIO |
LUGAR |
ARMA |
RADIO |
|
DESDE |
HASTA |
|||||||
12 horas |
15 |
Vigilante |
de lunes a domingo, incluidos feriados |
06:00 hs |
18:00 hs |
Avda. Eusebio Ayala RI6 Boquerón |
SI |
SI |
12 horas |
15 |
Vigilante |
de lunes a domingo, incluidos feriados |
18:00 hs |
06:00 hs |
Avda. Eusebio Ayala RI6 Boquerón |
SI |
SI |
|
||||||||
ITEM Nº 2: PRESTACION DE SERVICIO PARA EL CAN |
||||||||
TIEMPO |
CANTIDAD DE PERSONAL |
CONDICION |
DIAS |
HORARIO |
LUGAR |
ARMA |
RADIO |
|
DESDE |
HASTA |
|||||||
12 horas |
3 |
Vigilante |
de lunes a domingo, incluidos feriados |
06:00 hs |
18:00 hs |
Avda. Federación Rusa y Cabo 1º Feliciano Marecos |
SI |
SI |
12 horas |
3 |
Vigilante |
de lunes a domingo, incluidos feriados |
18:00 hs |
06:00 hs |
Avda. Federación Rusa y Cabo 1º Feliciano Marecos |
SI |
SI |
TURNO DIURNO para la SND y el CAN: El horario a cubrir es de 06:00 a 18:00 horas (12 horas por día de lunes a domingo, incluidos feriados), el personal de vigilancia deberá estar adecuadamente uniformado, con todos sus enseres de seguridad y vigilancia. Deberá tener radio de comunicación y patrullera a cargo de un supervisor para el control de los personales de vigilancia. Quedará a cargo de dicha Empresa que los personales asignados posean seguro de vida y accidente, además de un seguro de Responsabilidad Civil.
TURNO NOCTURNO PARA LA SND Y CAN: El horario a cubrir es de 18:00 a 06:00 horas (12 horas por día de lunes a domingo, incluidos feriados), el personal de vigilancia deberá estar adecuadamente uniformado, con todos sus enseres de seguridad y vigilancia. Deberá tener radio de comunicación y patrullera a cargo de un supervisor para el control de los personales de vigilancia. Quedará a cargo de dicha Empresa que los personales asignados posean seguro de vida y accidente, además de un seguro de Responsabilidad Civil.
La prestación licitada, deberá además cumplir con las disposiciones contenidas en la Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL AMBITO DE LA SEGURIDAD PRIVADA.
La Contratación es Plurianual, y en principio afectará, 1 mes del año 2023, 12 meses del año 2024 y 11 meses del año 2025.
Para la contratación del servicio de transporte de valores, la tripulación no podrá ser inferior a tres tripulantes.
Los vehículos utilizados para el servicio de transporte de valores deberán estar habilitados por el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines de la Policía Nacional verificados y certificados cada año. Para lo cual deberán presentar copia del acta de fiscalización vigente de cada uno de los vehículos.
“Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA.
Art. 32. Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistema de detención y alarmas.
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
b) Sistemas de control de accesos.
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistemas de antihurto.
Art. 33. Los sistemas de seguridad que se detallan en el título de la clasificación y tipos de sistemas de seguridad, serán proveídos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización”.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Plan de prestación del servicio - horarios y lugar
El plan de la prestación de los servicios se realizará de acuerdo a lo indicado en el presente apartado:
ITEM Nº 1: PRESTACION DE SERVICIO PARA LA SND | ||||||||
TIEMPO | CANTIDAD DE PERSONAL | Función a desempeñar | DIAS | HORARIO | LUGAR | ARMA | RADIO | |
DESDE | HASTA | |||||||
12 horas | 15 | Vigilante | de lunes a domingo, incluidos feriados | 06:00 hs | 18:00 hs | Avda. Eusebio Ayala RI6 Boquerón | SI | SI |
12 horas | 15 | Vigilante | de lunes a domingo, incluidos feriados | 18:00 hs | 06:00 hs | Avda. Eusebio Ayala RI6 Boquerón | SI | SI |
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ITEM Nº 2: PRESTACION DE SERVICIO PARA EL CAN | ||||||||
TIEMPO | CANTIDAD DE PERSONAL | CONDICION | DIAS | HORARIO | LUGAR | ARMA | RADIO | |
DESDE | HASTA | |||||||
12 horas | 3 | Vigilante | de lunes a domingo, incluidos feriados | 06:00 hs | 18:00 hs | Avda. Federación Rusa y Cabo 1º Feliciano Marecos | SI | SI |
12 horas | 3 | Vigilante | de lunes a domingo, incluidos feriados | 18:00 hs | 06:00 hs | Avda. Federación Rusa y Cabo 1º Feliciano Marecos | SI | SI |
TURNO DIURNO para la SND y el CAN: El horario a cubrir es de 06:00 a 18:00 horas (12 horas por día de lunes a domingo, incluidos feriados), el personal de vigilancia deberá estar adecuadamente uniformado, con todos sus enseres de seguridad y vigilancia. Deberá tener radio de comunicación y patrullera a cargo de un supervisor para el control de los personales de vigilancia. Quedará a cargo de dicha Empresa que los personales asignados posean seguro de vida y accidente, además de un seguro de Responsabilidad Civil.
TURNO NOCTURNO PARA LA SND Y CAN: El horario a cubrir es de 18:00 a 06:00 horas (12 horas por día de lunes a domingo, incluidos feriados), el personal de vigilancia deberá estar adecuadamente uniformado, con todos sus enseres de seguridad y vigilancia. Deberá tener radio de comunicación y patrullera a cargo de un supervisor para el control de los personales de vigilancia. Quedará a cargo de dicha Empresa que los personales asignados posean seguro de vida y accidente, además de un seguro de Responsabilidad Civil.
La prestación licitada, deberá además cumplir con las disposiciones contenidas en la Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL AMBITO DE LA SEGURIDAD PRIVADA.
La Contratación es Plurianual, y en principio afectará, 3 meses1 mes del año 2023, 12 meses del año 2024 y 911 meses del año 2025.
Para la contratación del servicio de transporte de valores, la tripulación no podrá ser inferior a tres tripulantes.
Los vehículos utilizados para el servicio de transporte de valores deberán estar habilitados por el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines de la Policía Nacional verificados y certificados cada año. Para lo cual deberán presentar copia del acta de fiscalización vigente de cada uno de los vehículos.
“Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA.
Art. 32. Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistema de detención y alarmas.
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
b) Sistemas de control de accesos.
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistemas de antihurto.
Art. 33. Los sistemas de seguridad que se detallan en el título de la clasificación y tipos de sistemas de seguridad, serán proveídos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización”.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.