Señores UOC, cual es el motivo de prestarse a este GROSERO, direccionamiento en este llamado? Con Esta ADENDA LEVANTADA, que se gesto por Ustedes con los BENEFICIADOS, se demuestra la manera BURDA en que realizaron todos los procesos para llegar a beneficiar a dos empresas, Asi con estos requisitos, y exclusiones que hizo la UOC en la Version 1 del Pliego de Bases y condiciones, Modifica y LEVANTA EL Tipico pliego de dos empresas que tienen abarcado todo el sistema de contrataciones públicas, para el Servicio de Limpieza, con sus mismos requisitos de siempre para su DIRECCIONAMIENTO. Cada Punto y el mas llamativo y que siempre incluyen para asegurarse, es el de:
Observación: El oferente deberá presentar dentro de las 24 horas posteriores a la hora y fecha de Apertura Electrónica, muestras de los siguientes productos acompañados de sus Registros Sanitarios vigentes y ensayos INTN:
• Detergente
• Lavandina al 4%,
• Desodorante líquido de pisos,
• Jabón líquido para manos
• Alcohol desinfectante de superficies al 70%
• Liquido limpia vidrios
• Cera liquida.
En caso de no presentar las muestras en el tiempo señalado, la oferta quedará desestimada.
Y solo de estos productos, porque a al fecha, esta es la lista, que ya tiene certificada.
Todos los PROVEEDORES DEL RUBRO para el Servicio de Limpieza, tienen el DERECHO, a la libre participación y competencia. Con esto la UOC esta restringiendo enormemente la participación de la gran mayoría de las empresas del RUBRO. Se solicita a la UOC EXCLUIR ESTE REQUISITO.
Señores UOC, cual es el motivo de prestarse a este GROSERO, direccionamiento en este llamado? Con Esta ADENDA LEVANTADA, que se gesto por Ustedes con los BENEFICIADOS, se demuestra la manera BURDA en que realizaron todos los procesos para llegar a beneficiar a dos empresas, Asi con estos requisitos, y exclusiones que hizo la UOC en la Version 1 del Pliego de Bases y condiciones, Modifica y LEVANTA EL Tipico pliego de dos empresas que tienen abarcado todo el sistema de contrataciones públicas, para el Servicio de Limpieza, con sus mismos requisitos de siempre para su DIRECCIONAMIENTO. Cada Punto y el mas llamativo y que siempre incluyen para asegurarse, es el de:
Observación: El oferente deberá presentar dentro de las 24 horas posteriores a la hora y fecha de Apertura Electrónica, muestras de los siguientes productos acompañados de sus Registros Sanitarios vigentes y ensayos INTN:
• Detergente
• Lavandina al 4%,
• Desodorante líquido de pisos,
• Jabón líquido para manos
• Alcohol desinfectante de superficies al 70%
• Liquido limpia vidrios
• Cera liquida.
En caso de no presentar las muestras en el tiempo señalado, la oferta quedará desestimada.
Y solo de estos productos, porque a al fecha, esta es la lista, que ya tiene certificada.
Todos los PROVEEDORES DEL RUBRO para el Servicio de Limpieza, tienen el DERECHO, a la libre participación y competencia. Con esto la UOC esta restringiendo enormemente la participación de la gran mayoría de las empresas del RUBRO. Se solicita a la UOC EXCLUIR ESTE REQUISITO.
Respecto a su consulta, nos gustaría aclarar lo siguiente: El requisito de la presentación de muestras y los registros sanitarios tiene como objetivo garantizar que los productos ofrecidos por los potenciales oferentes cumplan con los estándares de calidad y seguridad exigidos para el adecuado desempeño del servicio de limpieza. La solicitud está alineada con el compromiso de la UOC de asegurar que los productos empleados en los servicios contratados sean apropiados, estén debidamente certificados y sean conformes a las normativas vigentes. Entendemos sus preocupaciones acerca de que este requisito pueda percibirse como un direccionamiento hacia ciertas empresas. Sin embargo, queremos subrayar que el objetivo de incluir estos requisitos es garantizar la calidad y seguridad en los productos utilizados para los servicios solicitados, este tipo de requisito es común en licitaciones de este tipo para asegurar la calidad de los insumos, La UOC se compromete a mantener la transparencia en todos los procesos de contratación. La UOC de la INC tiene el firme compromiso de garantizar un proceso de licitación transparente y en igualdad de condiciones para todos los oferentes. Nuestro objetivo no es restringir la participación, sino asegurar que el proceso se lleve a cabo de acuerdo con las normativas y los estándares de calidad exigidos por la entidad convocante.
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CONSULTA
Las empresas BENEFICIADAS Realizaron esta consulta:
Consultamos a la Convocante, si pueden aclarar: si la visita es de carácter obligatorio.
PARA QUE LA UOC DE LA INC, pueda incluir e la ADENDA:
Visita Obligatoria: SI
ADEMAS, EXPLICAN LA REPETICION DE LA VISITA TECNICA Y OBLIGAN A LAS EMPRESAS QUE YA HABIAN HECHO LA MISMA VISITA, ALEGANDO LO SIGUIENTE:
Visita Obligatoria: SI
La solicitud de una visita técnica obligatoria en el lugar del servicio de limpieza es crucial por razones de que las instalaciones en cuestión presentan modificaciones anuales en su estructura y disposición, lo que implica que los servicios de limpieza deben adaptarse a estos cambios cada vez que se realice el servicio. Debido a estas modificaciones, aquellos que ya han realizado visitas técnicas en ocasiones anteriores deberán realizar una nueva visita, ya que las condiciones del lugar pueden haber variado.
Las reformas o ajustes en las instalaciones pueden afectar la distribución del espacio, la ubicación de los equipos, la creación de nuevas áreas de trabajo o incluso la introducción de nuevos materiales y elementos en las instalaciones. Por esta razón, es fundamental realizar una evaluación actualizada para:
1. Ajustar los planes de limpieza: Las modificaciones pueden generar nuevas áreas que requieran atención especial o diferentes métodos de limpieza. Al realizar una nueva visita técnica, se puede actualizar el plan de acción para abordar estas modificaciones de manera eficaz.
2. Revisar posibles riesgos adicionales: Los cambios en las instalaciones pueden introducir nuevos riesgos en cuanto a seguridad e higiene. La visita técnica permitirá identificar y mitigar estos riesgos antes de realizar el servicio.
3. Garantizar la eficiencia del servicio: Para asegurar que el servicio de limpieza sea completo y se realice de acuerdo a las necesidades actuales de las instalaciones, es esencial realizar una revisión en el lugar, teniendo en cuenta las modificaciones recientes.
La UOC, se presta a la modificación en este requisito, y responden con justificaciones muy absurdas, considerando, que en la misma, explicación dicen, en el periodo de un año, el cual es totalmente justificado. NO ASI PARA EL PERIODO DE 8 DIAS, QUE FUE EL TIEMPO TRANSCURRIDO EN LA VISITA ANTERIOR y LA DE AHORA CON LA ADENDA. ES MAS QUE EVIDENTE QUE POR ORDEN DE ESTAS EMPRESAS BENEFICIADAS, LA UOC OBEDECE SIN MEDIR EL ALCANCE DE LO QUE ELLOS ESTAN RESPONDIENDO, Y DE LOS CUALES SON DIRECTAMENTE responsables de estos actos. Las empresas pequeñas tienen muchos gastos, y el repetir la VISITA TECNICA, dos veces en los 3 lugares, en un periodo de tiempo de 8 dias, representa un alto costo para las mismas.
Todos los PROVEEDORES DEL RUBRO tiene el DERECHO, a la libre participación y competencia. Pero de manera limpia, trasparente y sin restricciones. Con esto la UOC esta restringiendo enormemente la participación de muchas empresas.
Las empresas BENEFICIADAS Realizaron esta consulta:
Consultamos a la Convocante, si pueden aclarar: si la visita es de carácter obligatorio.
PARA QUE LA UOC DE LA INC, pueda incluir e la ADENDA:
Visita Obligatoria: SI
ADEMAS, EXPLICAN LA REPETICION DE LA VISITA TECNICA Y OBLIGAN A LAS EMPRESAS QUE YA HABIAN HECHO LA MISMA VISITA, ALEGANDO LO SIGUIENTE:
Visita Obligatoria: SI
La solicitud de una visita técnica obligatoria en el lugar del servicio de limpieza es crucial por razones de que las instalaciones en cuestión presentan modificaciones anuales en su estructura y disposición, lo que implica que los servicios de limpieza deben adaptarse a estos cambios cada vez que se realice el servicio. Debido a estas modificaciones, aquellos que ya han realizado visitas técnicas en ocasiones anteriores deberán realizar una nueva visita, ya que las condiciones del lugar pueden haber variado.
Las reformas o ajustes en las instalaciones pueden afectar la distribución del espacio, la ubicación de los equipos, la creación de nuevas áreas de trabajo o incluso la introducción de nuevos materiales y elementos en las instalaciones. Por esta razón, es fundamental realizar una evaluación actualizada para:
1. Ajustar los planes de limpieza: Las modificaciones pueden generar nuevas áreas que requieran atención especial o diferentes métodos de limpieza. Al realizar una nueva visita técnica, se puede actualizar el plan de acción para abordar estas modificaciones de manera eficaz.
2. Revisar posibles riesgos adicionales: Los cambios en las instalaciones pueden introducir nuevos riesgos en cuanto a seguridad e higiene. La visita técnica permitirá identificar y mitigar estos riesgos antes de realizar el servicio.
3. Garantizar la eficiencia del servicio: Para asegurar que el servicio de limpieza sea completo y se realice de acuerdo a las necesidades actuales de las instalaciones, es esencial realizar una revisión en el lugar, teniendo en cuenta las modificaciones recientes.
La UOC, se presta a la modificación en este requisito, y responden con justificaciones muy absurdas, considerando, que en la misma, explicación dicen, en el periodo de un año, el cual es totalmente justificado. NO ASI PARA EL PERIODO DE 8 DIAS, QUE FUE EL TIEMPO TRANSCURRIDO EN LA VISITA ANTERIOR y LA DE AHORA CON LA ADENDA. ES MAS QUE EVIDENTE QUE POR ORDEN DE ESTAS EMPRESAS BENEFICIADAS, LA UOC OBEDECE SIN MEDIR EL ALCANCE DE LO QUE ELLOS ESTAN RESPONDIENDO, Y DE LOS CUALES SON DIRECTAMENTE responsables de estos actos. Las empresas pequeñas tienen muchos gastos, y el repetir la VISITA TECNICA, dos veces en los 3 lugares, en un periodo de tiempo de 8 dias, representa un alto costo para las mismas.
Todos los PROVEEDORES DEL RUBRO tiene el DERECHO, a la libre participación y competencia. Pero de manera limpia, trasparente y sin restricciones. Con esto la UOC esta restringiendo enormemente la participación de muchas empresas.
A continuación, aclaramos los puntos planteados: Es importante señalar que la visita técnica, como se establece en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) y la Adenda, es obligatoria para todos los oferentes interesados. Este requisito tiene como finalidad garantizar que todos los participantes tengan el mismo nivel de información sobre las condiciones y características del lugar donde se prestará el servicio de limpieza, permitiendo una evaluación adecuada y precisa de los costos y los recursos necesarios. Reconocemos que la visita técnica puede generar costos adicionales. Sin embargo, como la visita es de carácter obligatorio para todos los oferentes, este gasto es para todos los participantes interesados en presentar una oferta. Todos los oferentes deben contemplar esta visita como parte de su preparación para la licitación, lo que asegura que todos tengan la misma oportunidad de competir en igualdad de condiciones, el propósito de este requerimiento es asegurar que todos los oferentes cuenten con la información más actualizada respecto a las instalaciones. Como se mencionó en la justificación de la Adenda, las modificaciones anuales en las instalaciones hacen necesaria una evaluación técnica reciente para ajustar los planes de limpieza y garantizar que los servicios se adapten correctamente a las condiciones actuales. La UOC está comprometida con los principios de equidad, transparencia y libre competencia.
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CAPACIDAD TÉCNICA
SE SOLICITA SEA CONSIDERADO EL CONTRATO DE SERVICIO EXTERNO DEL TÉCNICO EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL CATEGORIA A, TENIENDO EN CUENTA QUE SEGÚN LEY NO ES NECESARIO QUE DICHO PROFESIONAL FORME PARTE DEL PLANTEL DE FORMA PERMANENTE
SE SOLICITA SEA CONSIDERADO EL CONTRATO DE SERVICIO EXTERNO DEL TÉCNICO EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL CATEGORIA A, TENIENDO EN CUENTA QUE SEGÚN LEY NO ES NECESARIO QUE DICHO PROFESIONAL FORME PARTE DEL PLANTEL DE FORMA PERMANENTE
La normativa vigente en materia de seguridad y salud ocupacional requieren que todas las empresas, independientemente del sector, implementen políticas y medidas para la protección de la salud y la seguridad de sus trabajadores. En el caso de las actividades de limpieza, particularmente en oficinas y fábricas, los trabajadores están expuestos a riesgos específicos asociados al manejo de productos químicos, maquinaria de limpieza y la manipulación de residuos. Por lo tanto, la presencia de un Técnico en Seguridad y Salud Ocupacional es fundamental para garantizar que estos riesgos sean gestionados de manera adecuada. La actividad de limpieza integral en fábricas y oficinas involucra el uso de productos de limpieza que pueden ser tóxicos o peligrosos si no se manejan correctamente. Además, las fábricas pueden contar con maquinarias que suponen un riesgo de accidentes. Un Técnico en Seguridad y Salud Ocupacional capacitado puede realizar una evaluación continua de los riesgos, implementar procedimientos de trabajo seguro, y proporcionar la capacitación necesaria a los empleados para prevenir accidentes, lesiones y enfermedades derivadas de la actividad de limpieza. La actividad de limpieza requiere que los trabajadores reciban formación en técnicas seguras de trabajo, el manejo adecuado de productos químicos, el uso correcto de los equipos de protección personal (EPP), así como la gestión de emergencias en caso de accidentes. El Técnico en Seguridad y Salud Ocupacional se encargaría de proporcionar esta capacitación, realizar auditorías de seguridad, y dar seguimiento al cumplimiento de los protocolos establecidos. El Técnico en Seguridad y Salud Ocupacional puede garantizar que los procedimientos de limpieza se realicen de acuerdo con las normas ambientales y de seguridad, evitando así riesgos para los trabajadores y el entorno de trabajo.
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CONSULTA
Se Consulta a la UOC, porque 2 (dos) vehículos del tipo utilitario con capacidad mínima de carga de 1.500 Kg.; apropiado para el transporte de materiales, insumos y equipos, año de fabricación 2020 en adelante....... Cual es la necesidad de solicitar 2 vehículos a nombre del oferente, cuando claramente no es un requisito indispensable teniendo en cuenta que se podría optar por DDJJ que en caso de adjudicación, de ser necesario se realizaría la compra, como también por un contrato de alquiler de dichas unidades. Que normalmente se realizan por todas loas otras convocantes...... Solicitamos sea replanteado dicho requisito a modo de no limitar ni restringir la participación de más oferentes.
Se Consulta a la UOC, porque 2 (dos) vehículos del tipo utilitario con capacidad mínima de carga de 1.500 Kg.; apropiado para el transporte de materiales, insumos y equipos, año de fabricación 2020 en adelante....... Cual es la necesidad de solicitar 2 vehículos a nombre del oferente, cuando claramente no es un requisito indispensable teniendo en cuenta que se podría optar por DDJJ que en caso de adjudicación, de ser necesario se realizaría la compra, como también por un contrato de alquiler de dichas unidades. Que normalmente se realizan por todas loas otras convocantes...... Solicitamos sea replanteado dicho requisito a modo de no limitar ni restringir la participación de más oferentes.
El requisito de contar con vehículos propios asegura que el oferente tenga una capacidad operativa inmediata y una infraestructura propia para el transporte de materiales e insumos necesarios para cumplir con el contrato. Esto es importante, ya que la disponibilidad de vehículos no dependerá de terceros, lo cual podría generar demoras o problemas operativos en el cumplimiento de los plazos establecidos. Si los vehículos son propios, esto garantiza una capacidad logística directa y controlada por el oferente, lo cual es vital para la eficiencia del servicio. Tener vehículos propios permite al oferente tener un control total sobre el mantenimiento y seguridad de los mismos, lo cual asegura que los vehículos estén en condiciones óptimas para realizar las tareas requeridas. El requerimiento de vehículos propios con una capacidad mínima de carga de 1.500 kg y año de fabricación 2020 en adelante está diseñado para asegurar que el oferente tiene la capacidad de cumplir con los requerimientos técnicos de la licitación. La antigüedad de los vehículos (2020 en adelante) busca garantizar que los vehículos sean modernos, con menor riesgo de fallos mecánicos o desactualización tecnológica, lo cual es un criterio técnico válido para asegurar la eficacia y la fiabilidad del servicio. Aunque se reconoce que la exigencia de vehículos propios puede limitar la participación de algunos oferentes, el objetivo es asegurar que el proveedor tenga la infraestructura necesaria para cumplir con los plazos y estándares establecidos en el contrato. Si bien el alquiler de vehículos o la declaración jurada de contar con ellos en caso de adjudicación podría ser una opción viable en muchos casos, la propiedad de los vehículos garantiza un nivel de control operativo superior, lo cual es un requisito legítimo bajo el principio de garantía de calidad y cumplimiento de los plazos. La Ley Nº 7021/22 establece que los requisitos deben ser técnicamente indispensables y no deben limitar innecesariamente la competencia. En este caso, la exigencia de vehículos propios es vista como una condición técnica necesaria para asegurar que el oferente tenga la capacidad logística necesaria para cumplir con los servicios solicitados en el contrato. En este contexto, no se está exigiendo un requisito innecesario ni discriminatorio, sino una condición vinculada directamente con la capacidad operativa para llevar a cabo el servicio en su totalidad. La propiedad de los vehículos asegura que el oferente tiene recursos propios disponibles, lo cual minimiza el riesgo de que el servicio se vea afectado por problemas logísticos derivados de la disponibilidad de vehículos alquilados o terceros. Esta condición es importante para asegurar que los materiales, o insumos a ser utilizados, sean transportados en tiempo y forma, con el mínimo riesgo de interrupciones operativas. Además, exige que el oferente haya invertido en infraestructura adecuada, lo cual puede ser un indicador de seriedad y capacidad operativa. A pesar de que la solicitud de modificación se basa en la posibilidad de alquilar los vehículos o presentar una declaración jurada para garantizar la disponibilidad futura de los mismos, se considera que la exigencia de vehículos propios se justifica plenamente en términos de la garantía de calidad, fiabilidad y capacidad operativa. Esto está alineado con los principios de la contratación pública establecidos en la Ley Nº 7021/22, que busca asegurar que los proveedores puedan cumplir con los requisitos técnicos de los servicios solicitados. Por lo tanto, mantener este requisito de vehículos propios sigue siendo una condición técnica válida, que está relacionada directamente con el cumplimiento de las exigencias operativas y la calidad del servicio ofrecido.
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CONSULTA
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE, SEA CONSIDERADO EL CONTRATO DE SERVICIO EXTERNO DEL TÉCNICO EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL CATEGORIA A, TENIENDO EN CUENTA QUE SEGÚN LEY NO ES NECESARIO QUE DICHO PROFESIONAL FORME PARTE DEL PLANTEL DE FORMA PERMANENTE. OTRO PUNTO CAMBIADO PARA BENEFICIAR A LOS FUTUROS BENEFICIADOS.......
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE, SEA CONSIDERADO EL CONTRATO DE SERVICIO EXTERNO DEL TÉCNICO EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL CATEGORIA A, TENIENDO EN CUENTA QUE SEGÚN LEY NO ES NECESARIO QUE DICHO PROFESIONAL FORME PARTE DEL PLANTEL DE FORMA PERMANENTE. OTRO PUNTO CAMBIADO PARA BENEFICIAR A LOS FUTUROS BENEFICIADOS.......
La normativa vigente en materia de seguridad y salud ocupacional requieren que todas las empresas, independientemente del sector, implementen políticas y medidas para la protección de la salud y la seguridad de sus trabajadores. En el caso de las actividades de limpieza, particularmente en oficinas y fábricas, los trabajadores están expuestos a riesgos específicos asociados al manejo de productos químicos, maquinaria de limpieza y la manipulación de residuos. Por lo tanto, la presencia de un Técnico en Seguridad y Salud Ocupacional es fundamental para garantizar que estos riesgos sean gestionados de manera adecuada. La actividad de limpieza integral en fábricas y oficinas involucra el uso de productos de limpieza que pueden ser tóxicos o peligrosos si no se manejan correctamente. Además, las fábricas pueden contar con maquinarias que suponen un riesgo de accidentes. Un Técnico en Seguridad y Salud Ocupacional capacitado puede realizar una evaluación continua de los riesgos, implementar procedimientos de trabajo seguro, y proporcionar la capacitación necesaria a los empleados para prevenir accidentes, lesiones y enfermedades derivadas de la actividad de limpieza. La actividad de limpieza requiere que los trabajadores reciban formación en técnicas seguras de trabajo, el manejo adecuado de productos químicos, el uso correcto de los equipos de protección personal (EPP), así como la gestión de emergencias en caso de accidentes. El Técnico en Seguridad y Salud Ocupacional se encargaría de proporcionar esta capacitación, realizar auditorías de seguridad, y dar seguimiento al cumplimiento de los protocolos establecidos. El Técnico en Seguridad y Salud Ocupacional puede garantizar que los procedimientos de limpieza se realicen de acuerdo con las normas ambientales y de seguridad, evitando así riesgos para los trabajadores y el entorno de trabajo.
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consulta
Solicitamos a la convocante rectificar el punto donde solicitan 2 vehículos año 2020 , y exigir por lo menos 3 vehículos 2018 en compensación mas una motocicleta para dar una respuesta rápida a la supervisión y gestiones varias del servicio
Solicitamos a la convocante rectificar el punto donde solicitan 2 vehículos año 2020 , y exigir por lo menos 3 vehículos 2018 en compensación mas una motocicleta para dar una respuesta rápida a la supervisión y gestiones varias del servicio
El requisito de contar con vehículos propios asegura que el oferente tenga una capacidad operativa inmediata y una infraestructura propia para el transporte de materiales e insumos necesarios para cumplir con el contrato. Esto es importante, ya que la disponibilidad de vehículos no dependerá de terceros, lo cual podría generar demoras o problemas operativos en el cumplimiento de los plazos establecidos. Si los vehículos son propios, esto garantiza una capacidad logística directa y controlada por el oferente, lo cual es vital para la eficiencia del servicio. Tener vehículos propios permite al oferente tener un control total sobre el mantenimiento y seguridad de los mismos, lo cual asegura que los vehículos estén en condiciones óptimas para realizar las tareas requeridas. El requerimiento de vehículos propios con una capacidad mínima de carga de 1.500 kg y año de fabricación 2020 en adelante está diseñado para asegurar que el oferente tiene la capacidad de cumplir con los requerimientos técnicos de la licitación. La antigüedad de los vehículos (2020 en adelante) busca garantizar que los vehículos sean modernos, con menor riesgo de fallos mecánicos o desactualización tecnológica, lo cual es un criterio técnico válido para asegurar la eficacia y la fiabilidad del servicio
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CONSULTA
Se consulta a la CONVOCANTE PORQUE EN LA ADENDA LEVANTADA, SE INCLUYE AHORA ESTE REQUISITO:
Observación: El oferente deberá presentar dentro de las 24 horas posteriores a la hora y fecha de Apertura Electrónica, muestras de los siguientes productos acompañados de sus Registros Sanitarios vigentes y ensayos INTN:
• Detergente
• Lavandina al 4%,
• Desodorante líquido de pisos,
• Jabón líquido para manos
• Alcohol desinfectante de superficies al 70%
• Liquido limpia vidrios
• Cera liquida.
En caso de no presentar las muestras en el tiempo señalado, la oferta quedará desestimada.
Con esta Inclusión que realiza la CONVOCANTE se limita y restringe la participación de más oferentes.
Se consulta a la CONVOCANTE PORQUE EN LA ADENDA LEVANTADA, SE INCLUYE AHORA ESTE REQUISITO:
Observación: El oferente deberá presentar dentro de las 24 horas posteriores a la hora y fecha de Apertura Electrónica, muestras de los siguientes productos acompañados de sus Registros Sanitarios vigentes y ensayos INTN:
• Detergente
• Lavandina al 4%,
• Desodorante líquido de pisos,
• Jabón líquido para manos
• Alcohol desinfectante de superficies al 70%
• Liquido limpia vidrios
• Cera liquida.
En caso de no presentar las muestras en el tiempo señalado, la oferta quedará desestimada.
Con esta Inclusión que realiza la CONVOCANTE se limita y restringe la participación de más oferentes.
Respecto a su consulta, nos gustaría aclarar lo siguiente: El requisito de la presentación de muestras y los registros sanitarios tiene como objetivo garantizar que los productos ofrecidos por los potenciales oferentes cumplan con los estándares de calidad y seguridad exigidos para el adecuado desempeño del servicio de limpieza. La solicitud está alineada con el compromiso de la UOC de asegurar que los productos empleados en los servicios contratados sean apropiados, estén debidamente certificados y sean conformes a las normativas vigentes
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SUMINISTRO Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Se consulta a la convocante referente a la presentación de muestras si una empresa se cotiza más de un lote las muestras deben ser presentadas por cada lote? por ejemplo: 2 lotes, 2 unid de cada producto?
Se consulta a la convocante referente a la presentación de muestras si una empresa se cotiza más de un lote las muestras deben ser presentadas por cada lote? por ejemplo: 2 lotes, 2 unid de cada producto?
En el pliego de bases y condiciones se especifica que se deben presentar muestras para todos los lotes, esto implica que el oferente debe entregar una muestra de los productos que se ofertarán en cada uno de los lotes a los cuales está aplicando. Es decir, si el oferente desea postularse a más de un lote, deberá presentar una muestra por cada lote correspondiente.
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CAPACIDAD TÉCNICA
Listado de equipos y maquinarias en carácter de Declaración Jurada conforme a lo requerido en las Especificaciones Técnicas, mediante los cuales garantiza el óptimo cumplimiento del Contrato, acompañados de las facturas de compras a nombre del oferente a fin de garantizar la tenencia y provisión oportuna en la ejecución de los servicios, objeto del presente llamado.
SE CONSULTA A LA CONVOCANTE SI QUE % DE EQUIPOS DEBEN DE DISPONER CON FACTURAS, O DE LO CONTRARIO SOLICITAMOS SEA EXCLUIDO LAS FACTURAS DE TENENCIA, PUES PODRIAN PRESENTARSE PARA EL INICIO DEL CONTRATO QUE EN CASO DE SER ADJUDICADOS SE REALIZARÍA LA COMPRAS
Listado de equipos y maquinarias en carácter de Declaración Jurada conforme a lo requerido en las Especificaciones Técnicas, mediante los cuales garantiza el óptimo cumplimiento del Contrato, acompañados de las facturas de compras a nombre del oferente a fin de garantizar la tenencia y provisión oportuna en la ejecución de los servicios, objeto del presente llamado.
SE CONSULTA A LA CONVOCANTE SI QUE % DE EQUIPOS DEBEN DE DISPONER CON FACTURAS, O DE LO CONTRARIO SOLICITAMOS SEA EXCLUIDO LAS FACTURAS DE TENENCIA, PUES PODRIAN PRESENTARSE PARA EL INICIO DEL CONTRATO QUE EN CASO DE SER ADJUDICADOS SE REALIZARÍA LA COMPRAS
La convocante solicita que se presenten las facturas de compra de todos los equipos solicitados, ya que esto garantiza que el oferente tenga la tenencia y provisión oportuna de los equipos, como se menciona en las Especificaciones Técnicas. Este requisito tiene como objetivo evitar inconvenientes que puedan surgir durante la ejecución del contrato si los equipos no están disponibles a tiempo.
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CONSULTA
Se solicita a la CONVOCANTE excluir las exigencias de la presentación de facturas, considerando que ya solicitan DDJJ para este REQUISITO: Listado de equipos y maquinarias en carácter de Declaración Jurada conforme a lo requerido en las Especificaciones Técnicas, mediante los cuales garantiza el óptimo cumplimiento del Contrato, acompañados de las facturas de compras a nombre del oferente a fin de garantizar la tenencia y provisión oportuna en la ejecución de los servicios, objeto del presente llamado.
Se solicita a la CONVOCANTE excluir las exigencias de la presentación de facturas, considerando que ya solicitan DDJJ para este REQUISITO: Listado de equipos y maquinarias en carácter de Declaración Jurada conforme a lo requerido en las Especificaciones Técnicas, mediante los cuales garantiza el óptimo cumplimiento del Contrato, acompañados de las facturas de compras a nombre del oferente a fin de garantizar la tenencia y provisión oportuna en la ejecución de los servicios, objeto del presente llamado.
La convocante solicita que se presenten las facturas de compra de todos los equipos solicitados, ya que esto garantiza que el oferente tenga la tenencia y provisión oportuna de los equipos, como se menciona en las Especificaciones Técnicas. Este requisito tiene como objetivo evitar inconvenientes que puedan surgir durante la ejecución del contrato si los equipos no están disponibles a tiempo.