Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación e inicio de la etapa competitiva, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA Nº 1 - v2
SEÑORES OFERENTES
Presente
El Departamento de la Unidad Operativa de Contratación (UOC), de conformidad al Art. 48 de la Ley N° 7021/22, procede a efectuar Modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones en referencia al llamado de la Licitación Pública Nacional por Subasta a la Baja Electrónica Nº 20/2025 Adquisición de Productos Alimenticios para ISEPOL y FTC - ID N° 464511.
Asimismo, les recordamos que las modificaciones y enmiendas realizadas formarán parte del Pliego de Bases y Condiciones; y, por consiguiente, serán de observación y aplicación obligatoria por parte de los oferentes.
- MODIFICASE en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) del SICP, Sección Requisitos de participación y criterios de evaluación, apartado Capacidad Técnica y sus requisitos documentales.
- MODIFICASE en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) del SICP, Sección Suministros Requeridos - especificaciones técnicas, apartado Detalle de los bienes y/o servicios.
- MODIFICASE en el SICP, apartado Datos de la Convocatoria - Etapas y Plazos.
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación e inicio de la etapa competitiva, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA Nº 1 - v2
SEÑORES OFERENTES
Presente
El Departamento de la Unidad Operativa de Contratación (UOC), de conformidad al Art. 48 de la Ley N° 7021/22, procede a efectuar Modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones en referencia al llamado de la Licitación Pública Nacional por Subasta a la Baja Electrónica Nº 20/2025 Adquisición de Productos Alimenticios para ISEPOL y FTC - ID N° 464511.
Asimismo, les recordamos que las modificaciones y enmiendas realizadas formarán parte del Pliego de Bases y Condiciones; y, por consiguiente, serán de observación y aplicación obligatoria por parte de los oferentes.
- MODIFICASE en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) del SICP, Sección Requisitos de participación y criterios de evaluación, apartado Capacidad Técnica y sus requisitos documentales.
- MODIFICASE en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) del SICP, Sección Suministros Requeridos - especificaciones técnicas, apartado Detalle de los bienes y/o servicios.
- MODIFICASE en el SICP, apartado Datos de la Convocatoria - Etapas y Plazos.
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación e inicio de la etapa competitiva, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.