Sección II. Especificaciones Técnicas, Punto 2.6 y Punto 7 (Listado de Armas)
Respecto al requisito de acreditar la disponibilidad de la cantidad total de armas de fuego consistentes en revólveres y escopetas equivalentes a un arma por cada guardia en su respectivo turno en proporción a la cantidad máxima, solicitamos a la Convocante que, considerando la modalidad de Contrato Abierto estipulada en el pliego y regida por la Ley 7021/22, se sirva indicar una cantidad mínima de armas por puesto o establecer un cronograma de provisión escalonada ajustado a las Órdenes de Servicio efectivamente emitidas. Exigir la tenencia o stock total del equipamiento calculado sobre una cantidad máxima teórica que podría no ejecutarse contraviene el principio de economía y eficiencia, obligando al oferente a incurrir en costos ociosos que encarecen innecesariamente la oferta para el Estado, por lo que solicitamos se acepte una declaración jurada de compromiso de provisión ajustada a la demanda real o se fije una cantidad base para la evaluación.
13-02-2026
Sección II. Especificaciones Técnicas, Punto 2.6 y Punto 7 (Listado de Armas)
Respecto al requisito de acreditar la disponibilidad de la cantidad total de armas de fuego consistentes en revólveres y escopetas equivalentes a un arma por cada guardia en su respectivo turno en proporción a la cantidad máxima, solicitamos a la Convocante que, considerando la modalidad de Contrato Abierto estipulada en el pliego y regida por la Ley 7021/22, se sirva indicar una cantidad mínima de armas por puesto o establecer un cronograma de provisión escalonada ajustado a las Órdenes de Servicio efectivamente emitidas. Exigir la tenencia o stock total del equipamiento calculado sobre una cantidad máxima teórica que podría no ejecutarse contraviene el principio de economía y eficiencia, obligando al oferente a incurrir en costos ociosos que encarecen innecesariamente la oferta para el Estado, por lo que solicitamos se acepte una declaración jurada de compromiso de provisión ajustada a la demanda real o se fije una cantidad base para la evaluación.
Sección II. Especificaciones Técnicas, Punto 3.6 y Planilla de Precios (Relevos)
En relación con la exigencia de realizar relevos cada doce horas y la necesidad de cubrir vacaciones y reposos, solicitamos a la Convocante aclarar si la documentación requerida para el "Personal del Contratista" (certificados de capacitación, antecedentes, etc.) debe presentarse también para la totalidad de los guardias que conformarán el plantel de relevos o "retenes" al momento de la oferta, o si dicha documentación será requerida únicamente al momento de la efectiva prestación del servicio o sustitución. Asimismo, solicitamos confirmar que el costo de estos relevos debe ser prorrateado e incluido dentro de los gastos administrativos o la utilidad en la estructura de costos del precio unitario del guardia titular, al no existir un ítem específico de facturación por "relevo", para evitar errores en la estimación de la oferta económica.
13-02-2026
Sección II. Especificaciones Técnicas, Punto 3.6 y Planilla de Precios (Relevos)
En relación con la exigencia de realizar relevos cada doce horas y la necesidad de cubrir vacaciones y reposos, solicitamos a la Convocante aclarar si la documentación requerida para el "Personal del Contratista" (certificados de capacitación, antecedentes, etc.) debe presentarse también para la totalidad de los guardias que conformarán el plantel de relevos o "retenes" al momento de la oferta, o si dicha documentación será requerida únicamente al momento de la efectiva prestación del servicio o sustitución. Asimismo, solicitamos confirmar que el costo de estos relevos debe ser prorrateado e incluido dentro de los gastos administrativos o la utilidad en la estructura de costos del precio unitario del guardia titular, al no existir un ítem específico de facturación por "relevo", para evitar errores en la estimación de la oferta económica.
Sección II. Especificaciones Técnicas, Punto 9.5 (Técnico de Seguridad)
Con respecto al requisito literal que exige "Copia del carnet emitido por el MTESS copia de planillas de declaración jurada de salarios de IPS de los últimos cuatro (4) meses anteriores a fecha de apertura de ofertas donde conste que el TÉCNICO se encuentra prestando sus servicios como personal permanente de la oferente con la antigüedad requerida", solicitamos a la Convocante aclarar específicamente a qué perfil profesional se refiere el término "EL TÉCNICO"
13-02-2026
Sección II. Especificaciones Técnicas, Punto 9.5 (Técnico de Seguridad)
Con respecto al requisito literal que exige "Copia del carnet emitido por el MTESS copia de planillas de declaración jurada de salarios de IPS de los últimos cuatro (4) meses anteriores a fecha de apertura de ofertas donde conste que el TÉCNICO se encuentra prestando sus servicios como personal permanente de la oferente con la antigüedad requerida", solicitamos a la Convocante aclarar específicamente a qué perfil profesional se refiere el término "EL TÉCNICO"
Sección III. Criterios de Evaluación y Requisitos de Calificación (ISO 37001).
Con respecto al requisito excluyente de presentar la Certificación ISO 37001:2016 (Sistemas de Gestión Antisoborno) vigente al momento de la apertura de ofertas, solicitamos a la Convocante la supresión total de este requisito. Fundamentamos esta solicitud en que la exigencia de una certificación específica, costosa y de larga implementación que no ha sido requerida históricamente para este servicio y que no incide en la operatividad técnica del guardia de seguridad, constituye una barrera de entrada artificial que restringe injustificadamente la competencia, violando los principios de Igualdad y Libre Concurrencia consagrados en el artículo 4 de la Ley 7021/22 y contraviniendo expresamente el artículo 45 de la misma Ley, el cual prohíbe establecer requisitos que no resulten técnicamente indispensables para el objeto del contrato si con ello se limita la participación. Considerando que el objetivo del Estado es obtener las mejores condiciones económicas en un llamado de esta envergadura, limitar el mercado a un número reducido de empresas que poseen esta certificación administrativa atenta contra el principio de Economía. Subsidiariamente, solicitamos que se acepte en su reemplazo una "Declaración Jurada de Integridad y Compromiso de Implementación de Políticas Antisoborno" o la demostración de contar con un programa de Compliance, sin exigir la certificación ISO específica al momento de la apertura.
13-02-2026
Sección III. Criterios de Evaluación y Requisitos de Calificación (ISO 37001).
Con respecto al requisito excluyente de presentar la Certificación ISO 37001:2016 (Sistemas de Gestión Antisoborno) vigente al momento de la apertura de ofertas, solicitamos a la Convocante la supresión total de este requisito. Fundamentamos esta solicitud en que la exigencia de una certificación específica, costosa y de larga implementación que no ha sido requerida históricamente para este servicio y que no incide en la operatividad técnica del guardia de seguridad, constituye una barrera de entrada artificial que restringe injustificadamente la competencia, violando los principios de Igualdad y Libre Concurrencia consagrados en el artículo 4 de la Ley 7021/22 y contraviniendo expresamente el artículo 45 de la misma Ley, el cual prohíbe establecer requisitos que no resulten técnicamente indispensables para el objeto del contrato si con ello se limita la participación. Considerando que el objetivo del Estado es obtener las mejores condiciones económicas en un llamado de esta envergadura, limitar el mercado a un número reducido de empresas que poseen esta certificación administrativa atenta contra el principio de Economía. Subsidiariamente, solicitamos que se acepte en su reemplazo una "Declaración Jurada de Integridad y Compromiso de Implementación de Políticas Antisoborno" o la demostración de contar con un programa de Compliance, sin exigir la certificación ISO específica al momento de la apertura.
Sección II. Especificaciones Técnicas, Punto 3.2.3 (Capacitaciones)
Sobre el requisito de presentar certificado actualizado de capacitaciones en "Protocolos y procedimientos para contingencias" y "Combate contra incendios", solicitamos a la Convocante aclarar el alcance y contenido curricular mínimo aceptable para el curso de "Protocolos y procedimientos para contingencias", así como especificar qué instituciones, además del Cuerpo de Bomberos para la parte de incendios, están habilitadas o reconocidas por la Convocante para expedir dicha certificación de contingencias. La falta de especificidad podría derivar en la descalificación arbitraria de certificados válidos. Solicitamos que el requisito pueda acreditarse mediante un protocolo y procedimientos para contingencia elaborado por el oferente.
13-02-2026
Sección II. Especificaciones Técnicas, Punto 3.2.3 (Capacitaciones)
Sobre el requisito de presentar certificado actualizado de capacitaciones en "Protocolos y procedimientos para contingencias" y "Combate contra incendios", solicitamos a la Convocante aclarar el alcance y contenido curricular mínimo aceptable para el curso de "Protocolos y procedimientos para contingencias", así como especificar qué instituciones, además del Cuerpo de Bomberos para la parte de incendios, están habilitadas o reconocidas por la Convocante para expedir dicha certificación de contingencias. La falta de especificidad podría derivar en la descalificación arbitraria de certificados válidos. Solicitamos que el requisito pueda acreditarse mediante un protocolo y procedimientos para contingencia elaborado por el oferente.
Sección II. Especificaciones Técnicas, Punto 10.3 y 10.4 (Bodycams)
En relación con los dispositivos de grabación corporal (Bodycam), el Pliego exige "capacidad de grabación continua mínima de ocho horas" y "disponibilidad de las grabaciones para la ANDE... plazo máximo de 24 horas". Solicitamos confirmar que NO se requiere transmisión de video en tiempo real (streaming 4G/LTE) al centro de control, sino que el requerimiento se limita al almacenamiento local en el dispositivo y su posterior descarga (docking) para custodia. Esta aclaración es vital para la composición del costo, ya que la transmisión en vivo implica costos de planes de datos móviles significativamente más altos. Asimismo, solicitamos se defina el tiempo exacto de retención o almacenamiento (backup) que debe mantener la empresa de los videos de rutina (ej. 30 días, 60 días) antes de su borrado, ya que esto determina la capacidad y costo de los servidores o almacenamiento en la nube requeridos.
13-02-2026
Sección II. Especificaciones Técnicas, Punto 10.3 y 10.4 (Bodycams)
En relación con los dispositivos de grabación corporal (Bodycam), el Pliego exige "capacidad de grabación continua mínima de ocho horas" y "disponibilidad de las grabaciones para la ANDE... plazo máximo de 24 horas". Solicitamos confirmar que NO se requiere transmisión de video en tiempo real (streaming 4G/LTE) al centro de control, sino que el requerimiento se limita al almacenamiento local en el dispositivo y su posterior descarga (docking) para custodia. Esta aclaración es vital para la composición del costo, ya que la transmisión en vivo implica costos de planes de datos móviles significativamente más altos. Asimismo, solicitamos se defina el tiempo exacto de retención o almacenamiento (backup) que debe mantener la empresa de los videos de rutina (ej. 30 días, 60 días) antes de su borrado, ya que esto determina la capacidad y costo de los servidores o almacenamiento en la nube requeridos.
Sección II. Especificaciones Técnicas, Punto 10.3.6 (Batería Bodycam)
Respecto a las especificaciones de las Bodycams, donde se menciona "Batería recargable con repuesto disponible", solicitamos a la Convocante aclarar si se aceptarán dispositivos con batería interna de larga duración (ej. 11 a 12 horas de autonomía) que cubren la totalidad del turno sin necesidad de cambio o apagado, o si es un requisito excluyente que la batería sea extraíble. La tecnología actual permite dispositivos sellados con mayor índice de protección IP (resistencia al agua) que garantizan la operación continua, por lo que restringir a baterías extraíbles podría limitar injustificadamente las opciones tecnológicas válidas.
13-02-2026
Sección II. Especificaciones Técnicas, Punto 10.3.6 (Batería Bodycam)
Respecto a las especificaciones de las Bodycams, donde se menciona "Batería recargable con repuesto disponible", solicitamos a la Convocante aclarar si se aceptarán dispositivos con batería interna de larga duración (ej. 11 a 12 horas de autonomía) que cubren la totalidad del turno sin necesidad de cambio o apagado, o si es un requisito excluyente que la batería sea extraíble. La tecnología actual permite dispositivos sellados con mayor índice de protección IP (resistencia al agua) que garantizan la operación continua, por lo que restringir a baterías extraíbles podría limitar injustificadamente las opciones tecnológicas válidas.
Sección II. Especificaciones Técnicas, Planilla de Precios y Declaración Jurada de Salarios
Dado que el llamado es de modalidad Contrato Abierto con cantidades mínimas y máximas, y considerando la exigencia de presentar la Declaración Jurada de Planilla de Pago al Personal (Estructura de Costos) que es vinculante, solicitamos a la Convocante que establezca una "Cantidad de Personal Referencial" o un "Escenario Hipotético de Adjudicación" (distinguiendo cantidad de guardias diurnos y nocturnos por lote) exclusivamente a los efectos de la evaluación de ofertas y el llenado de la planilla de estructura de costos. Sin una definición clara de la proporción entre horas diurnas y nocturnas a cotizar para la comparación de ofertas, es matemáticamente imposible establecer un precio unitario promedio o total que sea comparable entre todos los oferentes, vulnerando el principio de igualdad y transparencia.
Solicitamos se aclare la forma de presentación y llenado del formulario de Pago al personal indicando cantidades en diurnos y nocturnos respectivamente, para poder comprometer al oferente.
13-02-2026
Sección II. Especificaciones Técnicas, Planilla de Precios y Declaración Jurada de Salarios
Dado que el llamado es de modalidad Contrato Abierto con cantidades mínimas y máximas, y considerando la exigencia de presentar la Declaración Jurada de Planilla de Pago al Personal (Estructura de Costos) que es vinculante, solicitamos a la Convocante que establezca una "Cantidad de Personal Referencial" o un "Escenario Hipotético de Adjudicación" (distinguiendo cantidad de guardias diurnos y nocturnos por lote) exclusivamente a los efectos de la evaluación de ofertas y el llenado de la planilla de estructura de costos. Sin una definición clara de la proporción entre horas diurnas y nocturnas a cotizar para la comparación de ofertas, es matemáticamente imposible establecer un precio unitario promedio o total que sea comparable entre todos los oferentes, vulnerando el principio de igualdad y transparencia.
Solicitamos se aclare la forma de presentación y llenado del formulario de Pago al personal indicando cantidades en diurnos y nocturnos respectivamente, para poder comprometer al oferente.
Sección II. Especificaciones Técnicas, Punto 10.2 (Stock de Dispositivos de Ronda)
En el punto 10.2 se exige que el oferente debe "contar en su Stock con la cantidad total de Dispositivos de Control de Rondas" y ponerlos a disposición en la etapa de evaluación. Solicitamos a la Convocante la modificación de este punto, permitiendo acreditar la disponibilidad mediante carta de compromiso de provisión del fabricante o distribuidor en caso de adjudicación. Exigir la tenencia física del 100% de los equipos tecnológicos antes de la adjudicación constituye una barrera de entrada desproporcionada y un costo hundido para los oferentes no adjudicados, contraviniendo el principio de libre concurrencia y economía, tal como ha sido establecido en reiteradas resoluciones de la DNCP respecto a la exigencia de disponibilidad inmediata de bienes no adjudicados.
13-02-2026
Sección II. Especificaciones Técnicas, Punto 10.2 (Stock de Dispositivos de Ronda)
En el punto 10.2 se exige que el oferente debe "contar en su Stock con la cantidad total de Dispositivos de Control de Rondas" y ponerlos a disposición en la etapa de evaluación. Solicitamos a la Convocante la modificación de este punto, permitiendo acreditar la disponibilidad mediante carta de compromiso de provisión del fabricante o distribuidor en caso de adjudicación. Exigir la tenencia física del 100% de los equipos tecnológicos antes de la adjudicación constituye una barrera de entrada desproporcionada y un costo hundido para los oferentes no adjudicados, contraviniendo el principio de libre concurrencia y economía, tal como ha sido establecido en reiteradas resoluciones de la DNCP respecto a la exigencia de disponibilidad inmediata de bienes no adjudicados.
Sección II. Especificaciones Técnicas, Punto 2.2 (Vehículos 4x4)
Respecto a la exigencia de contar con camionetas 4x4 para todos los lotes, solicitamos a la Convocante revisar la pertinencia técnica de dicho requerimiento específicamente para el Lote 1 (Capital y Central) y zonas urbanas de los demás lotes. Exigir tracción 4x4 para patrullas en zonas urbanas asfaltadas encarece injustificadamente el servicio sin aportar un valor técnico agregado a la seguridad de dichas instalaciones. Solicitamos se permita ofertar vehículos tipo camioneta o sedán estándar para las zonas urbanas, o se justifique técnicamente la necesidad operativa de la tracción integral en dichas áreas.
13-02-2026
Sección II. Especificaciones Técnicas, Punto 2.2 (Vehículos 4x4)
Respecto a la exigencia de contar con camionetas 4x4 para todos los lotes, solicitamos a la Convocante revisar la pertinencia técnica de dicho requerimiento específicamente para el Lote 1 (Capital y Central) y zonas urbanas de los demás lotes. Exigir tracción 4x4 para patrullas en zonas urbanas asfaltadas encarece injustificadamente el servicio sin aportar un valor técnico agregado a la seguridad de dichas instalaciones. Solicitamos se permita ofertar vehículos tipo camioneta o sedán estándar para las zonas urbanas, o se justifique técnicamente la necesidad operativa de la tracción integral en dichas áreas.