CONSULTA – LONGITUD MÍNIMA DE 13 METROS DEL CABLEADO DE CONTROL
Solicitamos justificar la exigencia establecida en el numeral 5.1.13 de que todo cableado entre el tanque del interruptor y el gabinete de baja tensión tenga una longitud mínima de 13 metros, indicando las dimensiones, separación física o disposición típica de los Puestos de Distribución Subterráneos que determinan dicha longitud mínima. Considerando que una longitud excesiva de cableado puede no resultar necesaria en todas las instalaciones y constituye una característica constructiva específica del suministro, solicitamos evaluar que la longitud sea determinada conforme a las necesidades reales de cada ubicación o establecerla como longitud máxima disponible a suministrar, en lugar de imponer una dimensión fija mínima si ésta no se encuentra técnicamente sustentada.
12-08-2026
CONSULTA – LONGITUD MÍNIMA DE 13 METROS DEL CABLEADO DE CONTROL
Solicitamos justificar la exigencia establecida en el numeral 5.1.13 de que todo cableado entre el tanque del interruptor y el gabinete de baja tensión tenga una longitud mínima de 13 metros, indicando las dimensiones, separación física o disposición típica de los Puestos de Distribución Subterráneos que determinan dicha longitud mínima. Considerando que una longitud excesiva de cableado puede no resultar necesaria en todas las instalaciones y constituye una característica constructiva específica del suministro, solicitamos evaluar que la longitud sea determinada conforme a las necesidades reales de cada ubicación o establecerla como longitud máxima disponible a suministrar, en lugar de imponer una dimensión fija mínima si ésta no se encuentra técnicamente sustentada.
CONSULTA – EXIGENCIA SIMULTÁNEA DE PROTOCOLOS IEC 60870-5-104 Y DNP3
Los numerales 5.3.14 y 5.4.15 requieren que los controles sean capaces de soportar simultáneamente los protocolos IEC 60870-5-104 TCP/IP y DNP3. Solicitamos informar si ambos protocolos son efectivamente utilizados de manera simultánea en el sistema SCADA/RTU al cual serán conectados los equipos y justificar la necesidad de que el propio control nativo soporte ambos protocolos, o si podrá admitirse la integración mediante RTU, gateway o dispositivo de comunicación que permita lograr plenamente la interoperabilidad requerida. Se solicita priorizar el requisito funcional de comunicación con el sistema de ANDE antes que una arquitectura específica de comunicaciones que pueda limitar la participación de controles técnicamente equivalentes.
12-08-2026
CONSULTA – EXIGENCIA SIMULTÁNEA DE PROTOCOLOS IEC 60870-5-104 Y DNP3
Los numerales 5.3.14 y 5.4.15 requieren que los controles sean capaces de soportar simultáneamente los protocolos IEC 60870-5-104 TCP/IP y DNP3. Solicitamos informar si ambos protocolos son efectivamente utilizados de manera simultánea en el sistema SCADA/RTU al cual serán conectados los equipos y justificar la necesidad de que el propio control nativo soporte ambos protocolos, o si podrá admitirse la integración mediante RTU, gateway o dispositivo de comunicación que permita lograr plenamente la interoperabilidad requerida. Se solicita priorizar el requisito funcional de comunicación con el sistema de ANDE antes que una arquitectura específica de comunicaciones que pueda limitar la participación de controles técnicamente equivalentes.
CONSULTA – TIEMPO MÁXIMO DE OPERACIÓN DEL MOTOR DE SEIS SEGUNDOS
Solicitamos informar el estudio operativo o de coordinación que determina que los motores de los seccionadores e interruptores no puedan tardar más de seis segundos en efectuar el cambio de estado luego de recibida una orden local o remota, y aclarar si dicho límite responde a una necesidad efectiva del esquema de automatización, transferencia, protección o SCADA de ANDE. Considerando que distintos fabricantes poseen velocidades de accionamiento propias y que una diferencia marginal en el tiempo de maniobra podría no afectar la seguridad ni funcionalidad del sistema, solicitamos establecer el tiempo máximo con base en la necesidad funcional comprobada o admitir tiempos equivalentes que garanticen la correcta operación del esquema de distribución.
12-08-2026
CONSULTA – TIEMPO MÁXIMO DE OPERACIÓN DEL MOTOR DE SEIS SEGUNDOS
Solicitamos informar el estudio operativo o de coordinación que determina que los motores de los seccionadores e interruptores no puedan tardar más de seis segundos en efectuar el cambio de estado luego de recibida una orden local o remota, y aclarar si dicho límite responde a una necesidad efectiva del esquema de automatización, transferencia, protección o SCADA de ANDE. Considerando que distintos fabricantes poseen velocidades de accionamiento propias y que una diferencia marginal en el tiempo de maniobra podría no afectar la seguridad ni funcionalidad del sistema, solicitamos establecer el tiempo máximo con base en la necesidad funcional comprobada o admitir tiempos equivalentes que garanticen la correcta operación del esquema de distribución.
CONSULTA – ALIMENTACIÓN EXTERNA OBLIGATORIA EN 220 Vac
Solicitamos justificar la necesidad de establecer que cualquier alimentación eléctrica externa del accionamiento electromecánico deba ser específicamente 220 Vac ±10 %, considerando que diferentes fabricantes internacionales emplean arquitecturas de accionamiento en corriente continua alimentadas mediante cargador, batería y sistemas auxiliares propios, capaces de brindar iguales o superiores prestaciones de autonomía y confiabilidad. Se solicita aclarar si será admisible un sistema cuya entrada general de alimentación sea compatible con 220 Vac pero cuyos motores operen internamente a una tensión continua diferente, o bien una solución tecnológica equivalente debidamente certificada, siempre que cumpla la autonomía mínima, operación manual de respaldo y demás requisitos funcionales de ANDE.
12-08-2026
CONSULTA – ALIMENTACIÓN EXTERNA OBLIGATORIA EN 220 Vac
Solicitamos justificar la necesidad de establecer que cualquier alimentación eléctrica externa del accionamiento electromecánico deba ser específicamente 220 Vac ±10 %, considerando que diferentes fabricantes internacionales emplean arquitecturas de accionamiento en corriente continua alimentadas mediante cargador, batería y sistemas auxiliares propios, capaces de brindar iguales o superiores prestaciones de autonomía y confiabilidad. Se solicita aclarar si será admisible un sistema cuya entrada general de alimentación sea compatible con 220 Vac pero cuyos motores operen internamente a una tensión continua diferente, o bien una solución tecnológica equivalente debidamente certificada, siempre que cumpla la autonomía mínima, operación manual de respaldo y demás requisitos funcionales de ANDE.
CONSULTA – INTERCAMBIABILIDAD OBLIGATORIA DE MOTORES ENTRE TODAS LAS VÍAS
El numeral 5.4.8 exige que los motores y controles sean intercambiables entre todas las vías motorizadas simplemente trasladando el motor, sin realizar modificaciones en los componentes del control. Solicitamos justificar cuál es la necesidad funcional o de mantenimiento que exige específicamente esta arquitectura y si será admitida una solución en la cual cada vía cuente con su propio accionamiento motorizado permanentemente instalado, con iguales o superiores índices de confiabilidad, mantenibilidad y disponibilidad. De no existir una necesidad operativa documentada para efectuar físicamente el intercambio de motores entre vías, solicitamos reformular la exigencia como una prestación de mantenibilidad y disponibilidad de repuestos, evitando condicionar innecesariamente el diseño interno propio de cada fabricante.
12-08-2026
CONSULTA – INTERCAMBIABILIDAD OBLIGATORIA DE MOTORES ENTRE TODAS LAS VÍAS
El numeral 5.4.8 exige que los motores y controles sean intercambiables entre todas las vías motorizadas simplemente trasladando el motor, sin realizar modificaciones en los componentes del control. Solicitamos justificar cuál es la necesidad funcional o de mantenimiento que exige específicamente esta arquitectura y si será admitida una solución en la cual cada vía cuente con su propio accionamiento motorizado permanentemente instalado, con iguales o superiores índices de confiabilidad, mantenibilidad y disponibilidad. De no existir una necesidad operativa documentada para efectuar físicamente el intercambio de motores entre vías, solicitamos reformular la exigencia como una prestación de mantenibilidad y disponibilidad de repuestos, evitando condicionar innecesariamente el diseño interno propio de cada fabricante.
CONSULTA – POSICIÓN INTEGRAL DE PUESTA A TIERRA EN TODAS LAS VÍAS
La EE.TT. exige que todas las vías posean tres posiciones —cerrado, abierto y puesto a tierra— y que la puesta a tierra sea una posición integral del mecanismo accionada manualmente mediante palanca. Considerando que pueden existir diseños normalizados de fabricantes internacionales que aseguren aislamiento visible, bloqueo mecánico y puesta a tierra segura mediante soluciones constructivas diferentes, solicitamos aclarar si será admitida cualquier tecnología que garantice funcionalmente y mediante ensayos el mismo nivel de seguridad para el operario, o si necesariamente deberá reproducirse la arquitectura mecánica indicada en las figuras de la EE.TT.; en este último caso, solicitamos justificar técnicamente por qué una solución funcionalmente equivalente y certificada no sería aceptable.
12-08-2026
CONSULTA – POSICIÓN INTEGRAL DE PUESTA A TIERRA EN TODAS LAS VÍAS
La EE.TT. exige que todas las vías posean tres posiciones —cerrado, abierto y puesto a tierra— y que la puesta a tierra sea una posición integral del mecanismo accionada manualmente mediante palanca. Considerando que pueden existir diseños normalizados de fabricantes internacionales que aseguren aislamiento visible, bloqueo mecánico y puesta a tierra segura mediante soluciones constructivas diferentes, solicitamos aclarar si será admitida cualquier tecnología que garantice funcionalmente y mediante ensayos el mismo nivel de seguridad para el operario, o si necesariamente deberá reproducirse la arquitectura mecánica indicada en las figuras de la EE.TT.; en este último caso, solicitamos justificar técnicamente por qué una solución funcionalmente equivalente y certificada no sería aceptable.
CONSULTA – NECESIDAD DE VÁLVULA DE RECARGA, MANÓMETRO Y BLOQUEO POR BAJA PRESIÓN COMO REQUISITOS DE DISEÑO
La EE.TT. prescribe detalladamente válvula de recarga de SF₆, indicador de presión compensado por temperatura, dispositivo de alivio de presión y bloqueo de operación por baja presión, características que derivan directamente de la selección previa de una tecnología de aislamiento gaseoso. Solicitamos aclarar si estos elementos tienen carácter estrictamente funcional o si podrán considerarse “no aplicables” cuando se proponga una tecnología de aislamiento alternativa que elimine por diseño el riesgo de pérdida de presión o fuga de gas y que acredite iguales o superiores prestaciones de aislamiento, seguridad, sumersión y mantenimiento; de no permitirse dicha equivalencia, se solicita justificar por qué se exige una determinada solución constructiva en lugar del resultado técnico que se pretende obtener.
12-08-2026
CONSULTA – NECESIDAD DE VÁLVULA DE RECARGA, MANÓMETRO Y BLOQUEO POR BAJA PRESIÓN COMO REQUISITOS DE DISEÑO
La EE.TT. prescribe detalladamente válvula de recarga de SF₆, indicador de presión compensado por temperatura, dispositivo de alivio de presión y bloqueo de operación por baja presión, características que derivan directamente de la selección previa de una tecnología de aislamiento gaseoso. Solicitamos aclarar si estos elementos tienen carácter estrictamente funcional o si podrán considerarse “no aplicables” cuando se proponga una tecnología de aislamiento alternativa que elimine por diseño el riesgo de pérdida de presión o fuga de gas y que acredite iguales o superiores prestaciones de aislamiento, seguridad, sumersión y mantenimiento; de no permitirse dicha equivalencia, se solicita justificar por qué se exige una determinada solución constructiva en lugar del resultado técnico que se pretende obtener.
CONSULTA – SOLICITUD DE ESTUDIO DE MERCADO QUE ACREDITE PLURALIDAD DE FABRICANTES
Atendiendo a la combinación acumulativa de requisitos relativos a aislamiento exclusivamente en SF₆, diseño compacto type-block, tres posiciones integrales por vía, ventanas de visualización, puesta a tierra integral, determinados niveles eléctricos, motorización intercambiable, curvas E/K con rangos específicos y parámetros temporales determinados, solicitamos que la Convocante informe qué estudio de mercado fue realizado durante la etapa preparatoria y qué fabricantes y modelos técnicamente independientes fueron identificados como capaces de cumplir íntegramente la totalidad de estas condiciones sin modificaciones especiales de diseño. Esta información resulta relevante para verificar que las especificaciones permiten una concurrencia efectiva y que cada condición restrictiva posee una necesidad técnica proporcional al objeto de la contratación, especialmente considerando que la Ley 7021/2022 tiene entre sus objetivos el aumento de la libre competencia y se rige por principios como razonabilidad, valor por dinero y sostenibilidad
12-08-2026
CONSULTA – SOLICITUD DE ESTUDIO DE MERCADO QUE ACREDITE PLURALIDAD DE FABRICANTES
Atendiendo a la combinación acumulativa de requisitos relativos a aislamiento exclusivamente en SF₆, diseño compacto type-block, tres posiciones integrales por vía, ventanas de visualización, puesta a tierra integral, determinados niveles eléctricos, motorización intercambiable, curvas E/K con rangos específicos y parámetros temporales determinados, solicitamos que la Convocante informe qué estudio de mercado fue realizado durante la etapa preparatoria y qué fabricantes y modelos técnicamente independientes fueron identificados como capaces de cumplir íntegramente la totalidad de estas condiciones sin modificaciones especiales de diseño. Esta información resulta relevante para verificar que las especificaciones permiten una concurrencia efectiva y que cada condición restrictiva posee una necesidad técnica proporcional al objeto de la contratación, especialmente considerando que la Ley 7021/2022 tiene entre sus objetivos el aumento de la libre competencia y se rige por principios como razonabilidad, valor por dinero y sostenibilidad
CONSULTA – INCONSISTENCIA EN LAS NORMAS DE DURABILIDAD DEL SECCIONADOR E INTERRUPTOR
Solicitamos aclarar el numeral 4.1.18, que establece el cumplimiento de IEC 62271-102 para el seccionador bajo carga e IEC 62271-103 para el interruptor de fallas, considerando que la propia EE.TT. identifica separadamente normas específicas para seccionadores, interruptores y fault interrupters y que esta asignación debe guardar coherencia con la naturaleza de cada aparato y con la Tabla de Ensayos de Tipo. Se solicita revisar y confirmar expresamente qué norma y cláusula corresponde a la durabilidad mecánica y eléctrica de cada dispositivo, evitando que una eventual inconsistencia normativa produzca interpretaciones diferentes entre oferentes o la imposibilidad de acreditar correctamente ensayos de tipo.
12-08-2026
CONSULTA – INCONSISTENCIA EN LAS NORMAS DE DURABILIDAD DEL SECCIONADOR E INTERRUPTOR
Solicitamos aclarar el numeral 4.1.18, que establece el cumplimiento de IEC 62271-102 para el seccionador bajo carga e IEC 62271-103 para el interruptor de fallas, considerando que la propia EE.TT. identifica separadamente normas específicas para seccionadores, interruptores y fault interrupters y que esta asignación debe guardar coherencia con la naturaleza de cada aparato y con la Tabla de Ensayos de Tipo. Se solicita revisar y confirmar expresamente qué norma y cláusula corresponde a la durabilidad mecánica y eléctrica de cada dispositivo, evitando que una eventual inconsistencia normativa produzca interpretaciones diferentes entre oferentes o la imposibilidad de acreditar correctamente ensayos de tipo.
Respetados miembros de la UOC y Comité de Evaluación:En la ficha del SICP se ha configurado el Sistema de Adjudicación: "Total", obligando a cotizar la totalidad de los ítems para la validez de la propuesta. Sin embargo, el Ítem 1 corresponde a equipos de transformación de potencia (EETT 04.14.28-Rev.1), mientras que los Ítems 2 y 3 corresponden a equipos de maniobra, seccionamiento e interrupción en media tensión (EETT 02.35.05-Rev.1). Se trata de industrias y líneas de producción totalmente independientes. Exigir la adjudicación por el total fuerza la intermediación comercial o la conformación innecesaria de consorcios, encareciendo la propuesta para la ANDE. Asimismo, se cita textualmente lo indicado en la Página 27 del PBC (Sección: Otros criterios que la convocante requiera): «Para determinación de la menor oferta de cada ítem, será aplicada la fórmula de pérdidas...». Esto demuestra que la metodología de evaluación económica de la ANDE está estructurada para comparar y procesar el Ítem 1 de forma independiente a los demás ítems. Solicitud: En cumplimiento del Principio de Libre Concurrencia y Promoción de la Competencia (Ley N° 7021/2022), ¿tendrá a bien la ANDE emitir una Adenda para cambiar el sistema de adjudicación a "POR ÍTEM", permitiendo a los fabricantes de transformadores y a los de celdas presentar ofertas individuales para sus respectivos rubros?
Respetados miembros de la UOC y Comité de Evaluación:En la ficha del SICP se ha configurado el Sistema de Adjudicación: "Total", obligando a cotizar la totalidad de los ítems para la validez de la propuesta. Sin embargo, el Ítem 1 corresponde a equipos de transformación de potencia (EETT 04.14.28-Rev.1), mientras que los Ítems 2 y 3 corresponden a equipos de maniobra, seccionamiento e interrupción en media tensión (EETT 02.35.05-Rev.1). Se trata de industrias y líneas de producción totalmente independientes. Exigir la adjudicación por el total fuerza la intermediación comercial o la conformación innecesaria de consorcios, encareciendo la propuesta para la ANDE. Asimismo, se cita textualmente lo indicado en la Página 27 del PBC (Sección: Otros criterios que la convocante requiera): «Para determinación de la menor oferta de cada ítem, será aplicada la fórmula de pérdidas...». Esto demuestra que la metodología de evaluación económica de la ANDE está estructurada para comparar y procesar el Ítem 1 de forma independiente a los demás ítems. Solicitud: En cumplimiento del Principio de Libre Concurrencia y Promoción de la Competencia (Ley N° 7021/2022), ¿tendrá a bien la ANDE emitir una Adenda para cambiar el sistema de adjudicación a "POR ÍTEM", permitiendo a los fabricantes de transformadores y a los de celdas presentar ofertas individuales para sus respectivos rubros?