Secciones
Versión 2
Versión 3
Diferencias entre las versiones 2 y 3
Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
No. De Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios Especificaciones Técnicas y Normas |
|
Solped N° 3000000092 Dpto. de Contratos y Garantías - UOC |
||
1 |
Servicios profesionales para despachos de importación |
Servicio de honorarios profesionales para:
|
- Objeto
Establecer las condiciones para la prestación del servicio de Despachos Aduaneros para la Contratante.
- Perfil del Despachante de Aduanas
Cada Despachante de Aduanas deberá contar indefectiblemente con
la siguiente infraestructura y recursos:
- Oficina debidamente registrada en la Dirección Nacional de Aduanas (DNA), conforme a la Resolución N° 71/2011 - Anexo N° 2.
- Archivo de Documentos conforme Art. 51 — Capitulo 4 del Código Aduanero.
- Equipos informáticos con el Kit del Sistema Sofía y lector de tarjeta.
- Conexión a Internet con disponibilidad de Correo electrónico.
- Grupo de Correo para las notificaciones y comunicaciones.
- Equipo de teléfono de línea baja.
- Celular/es.
- Un (1) Personal permanente disponible para atención en caso de emergencia y/o ausencia del Despachante de Aduanas.
- Servicio
- La Contratante a partir de la recepción de los documentos de embarque, ya sean originales o copias, procederá a la designación de un Despachante de Aduanas, para tal efecto la Jefatura del DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS designara un despachante de la Iista habilitante.
- En caso de que los documentos de embarque sean copias, los mismos serán remitidos al Despachante de Aduanas designado vía correo electrónico, debiendo confirmar la recepción del correo electrónico.
- El Despachante de Aduanas a partir de su designación y recepción de los documentos de embarque, ya sean originales o copias, debe realizar el análisis y la verificación de los mismos e informar en caso de que no se ajusten a las disposiciones vigentes de la Dirección Nacional de Aduanas u otras instituciones intervinientes.
- El Despachante de Aduanas una vez contado en su poder con los documentos de embarque (original y/c copia) deberá realizar la clasificación arancelaria de la mercadería con la impresión provisoria (kit provisorio) donde se detallara los tributos aduaneros aproximados a ser abonados, la cual deberá ser presentada por nota dentro de un plazo no mayor a (72) horas a la GERENCIA DE UOC — DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS para su análisis y posterior tramitación administrativa y financiera interna. La misma deberá estar acompañada de la captura de pantalla del saldo a favor de la INC en el sistema SOFIA. En caso de que la clasificación arancelaria conlleve un tiempo mayor, debe informar al DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS por correo electrónico.
- Si la clasificación arancelaria de la mercadería requiera de algún permiso o licencia especial de algún organismo del estado, el Despachante de Aduanas deberá informar en la brevedad para realizar las gestiones necesarias en el cumplimiento de las legislaciones vigentes. En tal sentido, deberá asesorar y realizar el seguimiento de los permisos y/o licencias requeridas para las cargas e informar el estado actual de las mismas. En caso de requerir otras documentaciones deberá informar en la brevedad vía correo al DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATO Y GARANTIAS.
- El Despachante de Aduanas realizará los trámites que correspondería ante los puertos públicos y/o privados, aeroportuarias como la DINAC a fin de efectuar un cálculo aproximado de las tasas portuarias y/o aeroportuarias aplicables, cual deberá ser presentada por nota dentro de un plazo no mayor a (72) horas a la GERENCIA DE UOC — DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS.
En la referida nota comunicará si cuenta con la solvencia suficiente para el pago en concepto de tasas portuarias / aeroportuarias considerando los plazos limitados de vigencia de las liquidaciones; en caso de no contar con la disponibilidad para pago la Contratante procederá a su tramitación administrativa y financiera interna.
-
- El Despachante de Aduanas deberá indicar la fecha de vencimiento de las tasas portuarias aeroportuarias y tributos aduaneros correspondientes al primer periodo normal; la fecha será tenida cuenta por la Contratante, para gestionar los cheques para pagos de tributos aduaneros, tasas portuarias y/o aeroportuarias. En caso de error u omisión (Ej. Fecha de vencimiento de la tasa aeroportuaria incorrecta), el pago de la diferencia con el primer periodo, estará cargo del Despachante de Aduana.
- La Contratante remitirá vía correo electrónico al Despachante de Aduanas los números de Autorización de mandato, Declaración de Valor Aduanero y otros a fin de dar cumplimiento al Artículo 24 y 114 de la Ley N° 2442/2004 del Código Aduanero. Estas documentaciones contaran con la firma digital del representante autorizado de la Contratante ante la DNA.
- La Contratante entregará los cheques para pagos de tributos aduaneros, conforme al monto indicado en la Impresión Provisoria del despacho, y para pagos de tasas portuarias y/o aeroportuarias tendrá en cuenta el monto declarado por el Despachante de Aduanas en su nota de presentación.
- El Despachante de Aduanas deberá realizar el depósito del/los cheque/s emitidos a la orden de la DNA y puertos púbIicos/privados/DINAC dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de haber recibido el referido cheque, siendo remitidos los comprobantes y/o boletas de dichos depósitos vía correo electrónico al DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS
-
- Una vez entrega dos los cheques para el pago a la DNA, PUERTOS PUBLICOS/PRIVADOS/ DINAC y realizada la Apertura de Registro de Entrada en puerto y/o aeropuerto, el despachante deberá liberar los materiales de la Aduana en un plazo no mayor a setenta y dos horas (72) horas hábiles, salvo que existan algunos inconvenientes con los documentos y/o materiales en el momento de realizar el despacho, lo cual debe ser informado en forma urgente a través de correo electrónico al DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS.
-
- El despachante de Aduanas a partir de la recepción de los documentos de embarque, deberá confeccionar las notas requeridas para el despacho (Carta de Garantía de contenedor, nota para desbloqueo de conocimiento, formulario para desglose de factura, nota para exoneración de gravamen, y cualquier otra nota requerida) y remitir al DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS vía correo electrónico para su impresión en hoja membretada con la firma y sello correspondiente.
- En caso que el monto del despacho oficializado varié con relación al de la IMPRESIÓN PROVISORIA (kit proviso rio), excediendo el valor del cheque entregado, el Despachante de Aduanas deberá abonar la diferencia y presentar el comprobante de pago dentro del mes en que fue oficializad o el Despacho de importación, o en su efecto solicitar otro cheque complementario por un monto igual a la variación.
- Una vez liberado los bienes del recinto portuario, el Despachante de Aduanas deberá remitir vía correo electrónico en un plazo no mayor a (24) horas hábiles, copias del despacho oficializado y de la factura comercial, a los siguientes correos:
evelyn.parodi@inc.gov.py emiIce.pedrozo@inc.gov.py victor.sosa@inc.gov.py
-
- El Despachante de Aduanas en ningún caso realizará trámite alguno que no haya sido expresamente autorizado por el DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATOS vía correo electrónico o Nota escrita.
- El Despachante de Aduanas deberá presentar ante la Contratante la liquidación final del servicio efectuado conforme al formato establecido por la Sub Gerencia de Contabilidad de la Contratante, adjuntando los comprobantes y facturas de sus honorarios, el Despacho oficializado finiquitado con el sello de importador de la Contraloría de la DNA, factura original y demás documentos respaldatorios, en el periodo comprendido entre el 1º v el 24 de cada mes vigente, para los trámites de pago. Tener en cuenta que en el mes de diciembre se realizan los cortes administrativos y cierre del Ejercicio y en el mes de enero se aguarda la aprobación del Presupuesto General de la Nación, por tanto, el DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS informará vía correo electrónico los plazos de presentación de las liquidaciones y que pudieran estar pendientes de pago.
- La presentación de la liquidación de honorarios y demás documentos indicados en el numeral anterior deberá realizarse dentro del plazo máximo de (5) hábiles de finiquitado el despacho de importación.
- La Contratante reconocerá los siguientes gastos adicionales efectuados por el Despachante de Aduanas, para los cuales deberá presentar las documentaciones que avalen dichas tramitaciones:
Gastos adicionales Importe reconocido hasta
Tramite de desbloqueo de Conocimiento Gs 800.000
Tramite desglose de Factura Gs 300.000
Tramite desglose de Conocimiento Gs 300.000
Trámite ante DNA, ANNP, DINAC, puertos privados Gs 700.000
Tramite de Licencia y/o permisos Gs 500.000
Tramite Despacho fraccionado Gs 1.000.000
-
- Para el reembolso en concepto de pago de tasas portuarias y/o aeroportuarias establecidos en la Factura Contado de la ANNP/DINAC/PUERTOS PRIVADOS, el Despachante de Aduanas deberá presentar todos los comprobantes del procedimiento de pago realizado, efectuando las aclaraciones respectivas en la liquidación. Con antelación a la presentación de la liquidación, podrá a modo de conocimiento remitir un escaneado del mismo vía correo electrónico a los siguientes correos dentro de las (24) horas de la fecha de emisión de Ios comprobantes respectivos: evelyn.parodi@inc.gov.py; emilce.pedrozo@inc.gov.py; victor.sosa@inc.gov.py.
-
- Si la Contratante constatare defectos en la documentación de un despacho oficializado, el Despachante de Aduanas deberá efectuar las gestiones requeridas para corregir dichos defectos, a su cargo, hasta que la documentación este a entera satisfacción de la Contratante.
- En caso de incumplimiento de los numerales de las condiciones establecidas en la presente Especificaciones Técnicas por parte del Despachante de Aduanas, será amonestado conforme al punto 3.22.
- AMONESTACIONES: el Despachante de Aduanas será amonestado por escrito mediante Nota UOC firmada por la GERENCIA DE UOC, y en caso de más de tres (3) reiteraciones será informado por escrito mediante Nota firmada por la MAXIMA AUTORIDAD de la INC y podría ser causal de rescisión Contractual.
Las amonestaciones se aplicarán de la siguiente forma:
1º amonestación: multa del 0,1% sobre honorario.
2º amonestación: multa del 0,5% sobre honorario.
3º amonestación: multa del 1% sobre honorario.
Tener en cuenta que, de existir una 3ª. Amonestación, se cumplirá hasta el monto mínimo del contrato suscrito y en caso de haber superado el mismo, se establecerá hasta el último servicio realizado y cancelado en su totalidad sin llegar al monto máximo establecido.
-
- CARGA EN CONTENEDORES: el Despachante de Aduanas deberá informar por nota a la contratante la cantidad de días libres con lo que cuenta los contenedores. En caso de error y omisión (Ej. Informe tardío, informe no remitido, mal cálculo de los días) siempre y cuando los gastos locales ya hayan sido abonados, el pago de la sobreestadía por contenedor por día estará cargo del Despachante de Aduanas con la amonestación respectiva.
- PLAZO PARA OFICIALIZACION: El Despachante de Aduanas deberá informar por nota a la Contratante con (15) días de antelación, la fecha tope establecida para la oficialización del despacho del bien, para que la Contratante realice las gestiones administrativas y financieras que correspondan.
- El Despachante de Aduanas deberá brindar un informe semanal de estado actual de las cargas que le fueran asignadas por correo electrónico al DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS.
- Una vez que el despacho se encuentra oficializado el Despachante de Aduanas deberá brindar un informe con los siguientes datos, dentro de las (24) horas:
DESPACHO FINIQUITADO
Informamos el status de la carga en referencia correspondiente a:
- Régimen N°:
- Despacho de Importación N°:
- Conocimiento de Embarque N°:
- Factura N°:
- Proveedor:
- Mercadería:
- Permisos:
- Aduana:
- Ingreso a Puerto:
- Inicio de tramite:
- Fin de tramite:
- Canal:
- OBSERVACION:
-
- En caso de que las responsabilidades, obligaciones y competencias del profesional despachante no estén claramente establecidas en el presente llamado se recurrirá a lo estipulado en el CODIGO ADUANERO LEY N° 2422/2004.
- Datos del personal del Despachante de Aduanas
El Despachante de Aduanas deberá brindar un listado con los datos completos del personal a su cargo (Nombre, apellido, numero de cedula, números telefónicos y el grupo de correo electrónico de su despacho) que realizaran gestiones ante el DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS. En caso de cambios en su nómina presentada, deberán notificar al DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS en un plazo de 72 horas hábiles, a entera responsabilidad del Despachante de Aduanas
La contratante en ningún caso entregara documentos a personas que no estén debidamente autorizados por el Despachante de Aduanas.
- Relación entre las partes
Las relaciones entre el Despachante de Aduanas y la Contratante se mantendrán por vía correo electrónico, notas, teléfono y celular a través del DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS.
El Despachante de Aduanas deberá tener la disponibilidad de tiempo suficiente para realizar las gestiones ante la DNA, ANNP, DINAC, u otras instituciones, que sea requerida para los trámites del despacho.
HONORARIOS PROFESIONALES SEGÚN LEY 220/93 DE ARANCEL PROFESIONAL DE LOS DESPACHANTES DE ADUANAS Observación:
evaluación. Los precios (honorarios) se regirán conforme a lo establecido en la Ley 220/93 de Arancel Profesional de los Despachantes de Aduanas. |
Método de Adjudicación:
POR EL TOTAL CONTRATO ABIERTO POR MONTO MIN. Y MONTO MAX. - ABASTECIMIENTO SIMULTANEO
Monto mínimo: 650.000.000 guaraníes |
Monto máximo: 1.300.000.000 guaraníes |
ABASTECIMIENTO SIMULTANEO, en donde se adjudicará en mayor porcentaje al oferente que obtenga la calificación mínima requerida (75 puntos) y que presente el mayor porcentaje de descuento que debe constar en la Planilla de Arancel Profesional (Formulario Adicional Nº 1), adjunto en la Sección Formularios, hasta un máximo de 3 despachantes en total, siempre que estos oferentes acepten adecuar sus precios (descuentos) a los de la oferta evaluada como la más baja según el siguiente detalle:
- 3 despachantes: el primero 36%, los demás (2) 32% del contrato
En Caso de no ser posible de adjudicar a tres despachantes, se adjudicará a 2 despachantes según el siguiente detalle:
- 2 despachantes: el primero 60% y el segundo 40% del contrato, siempre que el segundo oferente acepte adecuar su precio (descuentos) a los de la oferta evaluada como la más baja
De contarse con un solo oferente, que cumpla con todos los requisitos del Pliego de Bases y Condiciones, y tenga la capacidad para ejecutar el Contrato, la Convocante podrá adjudicar a dicho oferente o declarar desierta la convocatoria
Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
No. De Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios Especificaciones Técnicas y Normas |
|
Solped N° 3000000092 Dpto. de Contratos y Garantías - UOC |
||
1 |
Servicios profesionales para despachos de importación |
Servicio de honorarios profesionales para:
|
- Objeto
Establecer las condiciones para la prestación del servicio de Despachos Aduaneros para la Contratante.
- Perfil del Despachante de Aduanas
Cada Despachante de Aduanas deberá contar indefectiblemente con
la siguiente infraestructura y recursos:
- Oficina debidamente registrada en la Dirección Nacional de Aduanas (DNA), conforme a la Resolución N° 71/2011 - Anexo N° 2.
- Archivo de Documentos conforme Art. 51 — Capitulo 4 del Código Aduanero.
- Equipos informáticos con el Kit del Sistema Sofía y lector de tarjeta.
- Conexión a Internet con disponibilidad de Correo electrónico.
- Grupo de Correo para las notificaciones y comunicaciones.
- Equipo de teléfono de línea baja.
- Celular/es.
- Un (1) Personal permanente disponible para atención en caso de emergencia y/o ausencia del Despachante de Aduanas.
- Servicio
- La Contratante a partir de la recepción de los documentos de embarque, ya sean originales o copias, procederá a la designación de un Despachante de Aduanas, para tal efecto la Jefatura del DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS designara un despachante de la Iista habilitante.
- En caso de que los documentos de embarque sean copias, los mismos serán remitidos al Despachante de Aduanas designado vía correo electrónico, debiendo confirmar la recepción del correo electrónico.
- El Despachante de Aduanas a partir de su designación y recepción de los documentos de embarque, ya sean originales o copias, debe realizar el análisis y la verificación de los mismos e informar en caso de que no se ajusten a las disposiciones vigentes de la Dirección Nacional de Aduanas u otras instituciones intervinientes.
- El Despachante de Aduanas una vez contado en su poder con los documentos de embarque (original y/c copia) deberá realizar la clasificación arancelaria de la mercadería con la impresión provisoria (kit provisorio) donde se detallara los tributos aduaneros aproximados a ser abonados, la cual deberá ser presentada por nota dentro de un plazo no mayor a (72) horas a la GERENCIA DE UOC — DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS para su análisis y posterior tramitación administrativa y financiera interna. La misma deberá estar acompañada de la captura de pantalla del saldo a favor de la INC en el sistema SOFIA. En caso de que la clasificación arancelaria conlleve un tiempo mayor, debe informar al DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS por correo electrónico.
- Si la clasificación arancelaria de la mercadería requiera de algún permiso o licencia especial de algún organismo del estado, el Despachante de Aduanas deberá informar en la brevedad para realizar las gestiones necesarias en el cumplimiento de las legislaciones vigentes. En tal sentido, deberá asesorar y realizar el seguimiento de los permisos y/o licencias requeridas para las cargas e informar el estado actual de las mismas. En caso de requerir otras documentaciones deberá informar en la brevedad vía correo al DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATO Y GARANTIAS.
- El Despachante de Aduanas realizará los trámites que correspondería ante los puertos públicos y/o privados, aeroportuarias como la DINAC a fin de efectuar un cálculo aproximado de las tasas portuarias y/o aeroportuarias aplicables, cual deberá ser presentada por nota dentro de un plazo no mayor a (72) horas a la GERENCIA DE UOC — DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS.
En la referida nota comunicará si cuenta con la solvencia suficiente para el pago en concepto de tasas portuarias / aeroportuarias considerando los plazos limitados de vigencia de las liquidaciones; en caso de no contar con la disponibilidad para pago la Contratante procederá a su tramitación administrativa y financiera interna.
-
- El Despachante de Aduanas deberá indicar la fecha de vencimiento de las tasas portuarias aeroportuarias y tributos aduaneros correspondientes al primer periodo normal; la fecha será tenida cuenta por la Contratante, para gestionar los cheques para pagos de tributos aduaneros, tasas portuarias y/o aeroportuarias. En caso de error u omisión (Ej. Fecha de vencimiento de la tasa aeroportuaria incorrecta), el pago de la diferencia con el primer periodo, estará cargo del Despachante de Aduana.
- La Contratante remitirá vía correo electrónico al Despachante de Aduanas los números de Autorización de mandato, Declaración de Valor Aduanero y otros a fin de dar cumplimiento al Artículo 24 y 114 de la Ley N° 2442/2004 del Código Aduanero. Estas documentaciones contaran con la firma digital del representante autorizado de la Contratante ante la DNA.
- La Contratante entregará los cheques para pagos de tributos aduaneros, conforme al monto indicado en la Impresión Provisoria del despacho, y para pagos de tasas portuarias y/o aeroportuarias tendrá en cuenta el monto declarado por el Despachante de Aduanas en su nota de presentación.
- El Despachante de Aduanas deberá realizar el depósito del/los cheque/s emitidos a la orden de la DNA y puertos púbIicos/privados/DINAC dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de haber recibido el referido cheque, siendo remitidos los comprobantes y/o boletas de dichos depósitos vía correo electrónico al DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS
-
- Una vez entrega dos los cheques para el pago a la DNA, PUERTOS PUBLICOS/PRIVADOS/ DINAC y realizada la Apertura de Registro de Entrada en puerto y/o aeropuerto, el despachante deberá liberar los materiales de la Aduana en un plazo no mayor a setenta y dos horas (72) horas hábiles, salvo que existan algunos inconvenientes con los documentos y/o materiales en el momento de realizar el despacho, lo cual debe ser informado en forma urgente a través de correo electrónico al DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS.
-
- El despachante de Aduanas a partir de la recepción de los documentos de embarque, deberá confeccionar las notas requeridas para el despacho (Carta de Garantía de contenedor, nota para desbloqueo de conocimiento, formulario para desglose de factura, nota para exoneración de gravamen, y cualquier otra nota requerida) y remitir al DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS vía correo electrónico para su impresión en hoja membretada con la firma y sello correspondiente.
- En caso que el monto del despacho oficializado varié con relación al de la IMPRESIÓN PROVISORIA (kit proviso rio), excediendo el valor del cheque entregado, el Despachante de Aduanas deberá abonar la diferencia y presentar el comprobante de pago dentro del mes en que fue oficializad o el Despacho de importación, o en su efecto solicitar otro cheque complementario por un monto igual a la variación.
- Una vez liberado los bienes del recinto portuario, el Despachante de Aduanas deberá remitir vía correo electrónico en un plazo no mayor a (24) horas hábiles, copias del despacho oficializado y de la factura comercial, a los siguientes correos:
evelyn.parodi@inc.gov.py emiIce.pedrozo@inc.gov.py victor.sosa@inc.gov.py
-
- El Despachante de Aduanas en ningún caso realizará trámite alguno que no haya sido expresamente autorizado por el DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATOS vía correo electrónico o Nota escrita.
- El Despachante de Aduanas deberá presentar ante la Contratante la liquidación final del servicio efectuado conforme al formato establecido por la Sub Gerencia de Contabilidad de la Contratante, adjuntando los comprobantes y facturas de sus honorarios, el Despacho oficializado finiquitado con el sello de importador de la Contraloría de la DNA, factura original y demás documentos respaldatorios, en el periodo comprendido entre el 1º v el 24 de cada mes vigente, para los trámites de pago. Tener en cuenta que en el mes de diciembre se realizan los cortes administrativos y cierre del Ejercicio y en el mes de enero se aguarda la aprobación del Presupuesto General de la Nación, por tanto, el DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS informará vía correo electrónico los plazos de presentación de las liquidaciones y que pudieran estar pendientes de pago.
- La presentación de la liquidación de honorarios y demás documentos indicados en el numeral anterior deberá realizarse dentro del plazo máximo de (5) hábiles de finiquitado el despacho de importación.
- La Contratante reconocerá los siguientes gastos adicionales efectuados por el Despachante de Aduanas, para los cuales deberá presentar las documentaciones que avalen dichas tramitaciones:
Gastos adicionales Importe reconocido hasta
Tramite de desbloqueo de Conocimiento Gs 800.000
Tramite desglose de Factura Gs 300.000
Tramite desglose de Conocimiento Gs 300.000
Trámite ante DNA, ANNP, DINAC, puertos privados Gs 700.000
Tramite de Licencia y/o permisos Gs 500.000
Tramite Despacho fraccionado Gs 1.000.000
-
- Para el reembolso en concepto de pago de tasas portuarias y/o aeroportuarias establecidos en la Factura Contado de la ANNP/DINAC/PUERTOS PRIVADOS, el Despachante de Aduanas deberá presentar todos los comprobantes del procedimiento de pago realizado, efectuando las aclaraciones respectivas en la liquidación. Con antelación a la presentación de la liquidación, podrá a modo de conocimiento remitir un escaneado del mismo vía correo electrónico a los siguientes correos dentro de las (24) horas de la fecha de emisión de Ios comprobantes respectivos: evelyn.parodi@inc.gov.py; emilce.pedrozo@inc.gov.py; victor.sosa@inc.gov.py.
-
- Si la Contratante constatare defectos en la documentación de un despacho oficializado, el Despachante de Aduanas deberá efectuar las gestiones requeridas para corregir dichos defectos, a su cargo, hasta que la documentación este a entera satisfacción de la Contratante.
- En caso de incumplimiento de los numerales de las condiciones establecidas en la presente Especificaciones Técnicas por parte del Despachante de Aduanas, será amonestado conforme al punto 3.22.
- AMONESTACIONES: el Despachante de Aduanas será amonestado por escrito mediante Nota UOC firmada por la GERENCIA DE UOC, y en caso de más de tres (3) reiteraciones será informado por escrito mediante Nota firmada por la MAXIMA AUTORIDAD de la INC y podría ser causal de rescisión Contractual.
Las amonestaciones se aplicarán de la siguiente forma:
1º amonestación: multa del 0,1% sobre honorario.
2º amonestación: multa del 0,5% sobre honorario.
3º amonestación: multa del 1% sobre honorario.
Tener en cuenta que, de existir una 3ª. Amonestación, se cumplirá hasta el monto mínimo del contrato suscrito y en caso de haber superado el mismo, se establecerá hasta el último servicio realizado y cancelado en su totalidad sin llegar al monto máximo establecido.
-
- CARGA EN CONTENEDORES: el Despachante de Aduanas deberá informar por nota a la contratante la cantidad de días libres con lo que cuenta los contenedores. En caso de error y omisión (Ej. Informe tardío, informe no remitido, mal cálculo de los días) siempre y cuando los gastos locales ya hayan sido abonados, el pago de la sobreestadía por contenedor por día estará cargo del Despachante de Aduanas con la amonestación respectiva.
- PLAZO PARA OFICIALIZACION: El Despachante de Aduanas deberá informar por nota a la Contratante con (15) días de antelación, la fecha tope establecida para la oficialización del despacho del bien, para que la Contratante realice las gestiones administrativas y financieras que correspondan.
- El Despachante de Aduanas deberá brindar un informe semanal de estado actual de las cargas que le fueran asignadas por correo electrónico al DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS.
- Una vez que el despacho se encuentra oficializado el Despachante de Aduanas deberá brindar un informe con los siguientes datos, dentro de las (24) horas:
DESPACHO FINIQUITADO
Informamos el status de la carga en referencia correspondiente a:
- Régimen N°:
- Despacho de Importación N°:
- Conocimiento de Embarque N°:
- Factura N°:
- Proveedor:
- Mercadería:
- Permisos:
- Aduana:
- Ingreso a Puerto:
- Inicio de tramite:
- Fin de tramite:
- Canal:
- OBSERVACION:
-
- En caso de que las responsabilidades, obligaciones y competencias del profesional despachante no estén claramente establecidas en el presente llamado se recurrirá a lo estipulado en el CODIGO ADUANERO LEY N° 2422/2004.
- Datos del personal del Despachante de Aduanas
El Despachante de Aduanas deberá brindar un listado con los datos completos del personal a su cargo (Nombre, apellido, numero de cedula, números telefónicos y el grupo de correo electrónico de su despacho) que realizaran gestiones ante el DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS. En caso de cambios en su nómina presentada, deberán notificar al DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS en un plazo de 72 horas hábiles, a entera responsabilidad del Despachante de Aduanas
La contratante en ningún caso entregara documentos a personas que no estén debidamente autorizados por el Despachante de Aduanas.
- Relación entre las partes
Las relaciones entre el Despachante de Aduanas y la Contratante se mantendrán por vía correo electrónico, notas, teléfono y celular a través del DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS.
El Despachante de Aduanas deberá tener la disponibilidad de tiempo suficiente para realizar las gestiones ante la DNA, ANNP, DINAC, u otras instituciones, que sea requerida para los trámites del despacho.
HONORARIOS PROFESIONALES SEGÚN LEY 220/93 DE ARANCEL PROFESIONAL DE LOS DESPACHANTES DE ADUANAS Observación:
|
Método de Adjudicación:
POR EL TOTAL CONTRATO ABIERTO POR MONTO MIN. Y MONTO MAX. - ABASTECIMIENTO SIMULTANEO
Monto mínimo: 650.000.000 guaraníes |
Monto máximo: 1.300.000.000 guaraníes |
ABASTECIMIENTO SIMULTANEO, en donde se adjudicará en mayor porcentaje al oferente que obtenga la calificación mínima requerida (75 puntos) y que presente el mayor porcentaje de descuento que debe constar en la Planilla de Arancel Profesional (Formulario Adicional Nº 1), adjunto en la Sección Formularios, hasta un máximo de 3 despachantes en total, siempre que estos oferentes acepten adecuar sus precios (descuentos) a los de la oferta evaluada como la más baja según el siguiente detalle:
- 3 despachantes: el primero 36%, los demás (2) 32% del contrato
En Caso de no ser posible de adjudicar a tres despachantes, se adjudicará a 2 despachantes según el siguiente detalle:
- 2 despachantes: el primero 60% y el segundo 40% del contrato, siempre que el segundo oferente acepte adecuar su precio (descuentos) a los de la oferta evaluada como la más baja
De contarse con un solo oferente, que cumpla con todos los requisitos del Pliego de Bases y Condiciones, y tenga la capacidad para ejecutar el Contrato, la Convocante podrá adjudicar a dicho oferente o declarar desierta la convocatoria
Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
No. De Artículo | Nombre de los Bienes o Servicios Especificaciones Técnicas y Normas | |
Solped N° 3000000092 Dpto. de Contratos y Garantías - UOC | ||
1 |
Servicios profesionales para despachos de importación | Servicio de honorarios profesionales para:
|
- Objeto
Establecer las condiciones para la prestación del servicio de Despachos Aduaneros para la Contratante.
- Perfil del Despachante de Aduanas
Cada Despachante de Aduanas deberá contar indefectiblemente con
la siguiente infraestructura y recursos:
- Oficina debidamente registrada en la Dirección Nacional de Aduanas (DNA), conforme a la Resolución N° 71/2011 - Anexo N° 2.
- Archivo de Documentos conforme Art. 51 — Capitulo 4 del Código Aduanero.
- Equipos informáticos con el Kit del Sistema Sofía y lector de tarjeta.
- Conexión a Internet con disponibilidad de Correo electrónico.
- Grupo de Correo para las notificaciones y comunicaciones.
- Equipo de teléfono de línea baja.
- Celular/es.
- Un (1) Personal permanente disponible para atención en caso de emergencia y/o ausencia del Despachante de Aduanas.
- Servicio
- La Contratante a partir de la recepción de los documentos de embarque, ya sean originales o copias, procederá a la designación de un Despachante de Aduanas, para tal efecto la Jefatura del DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS designara un despachante de la Iista habilitante.
- En caso de que los documentos de embarque sean copias, los mismos serán remitidos al Despachante de Aduanas designado vía correo electrónico, debiendo confirmar la recepción del correo electrónico.
- El Despachante de Aduanas a partir de su designación y recepción de los documentos de embarque, ya sean originales o copias, debe realizar el análisis y la verificación de los mismos e informar en caso de que no se ajusten a las disposiciones vigentes de la Dirección Nacional de Aduanas u otras instituciones intervinientes.
- El Despachante de Aduanas una vez contado en su poder con los documentos de embarque (original y/c copia) deberá realizar la clasificación arancelaria de la mercadería con la impresión provisoria (kit provisorio) donde se detallara los tributos aduaneros aproximados a ser abonados, la cual deberá ser presentada por nota dentro de un plazo no mayor a (72) horas a la GERENCIA DE UOC — DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS para su análisis y posterior tramitación administrativa y financiera interna. La misma deberá estar acompañada de la captura de pantalla del saldo a favor de la INC en el sistema SOFIA. En caso de que la clasificación arancelaria conlleve un tiempo mayor, debe informar al DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS por correo electrónico.
- Si la clasificación arancelaria de la mercadería requiera de algún permiso o licencia especial de algún organismo del estado, el Despachante de Aduanas deberá informar en la brevedad para realizar las gestiones necesarias en el cumplimiento de las legislaciones vigentes. En tal sentido, deberá asesorar y realizar el seguimiento de los permisos y/o licencias requeridas para las cargas e informar el estado actual de las mismas. En caso de requerir otras documentaciones deberá informar en la brevedad vía correo al DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATO Y GARANTIAS.
- El Despachante de Aduanas realizará los trámites que correspondería ante los puertos públicos y/o privados, aeroportuarias como la DINAC a fin de efectuar un cálculo aproximado de las tasas portuarias y/o aeroportuarias aplicables, cual deberá ser presentada por nota dentro de un plazo no mayor a (72) horas a la GERENCIA DE UOC — DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS.
En la referida nota comunicará si cuenta con la solvencia suficiente para el pago en concepto de tasas portuarias / aeroportuarias considerando los plazos limitados de vigencia de las liquidaciones; en caso de no contar con la disponibilidad para pago la Contratante procederá a su tramitación administrativa y financiera interna.
-
- El Despachante de Aduanas deberá indicar la fecha de vencimiento de las tasas portuarias aeroportuarias y tributos aduaneros correspondientes al primer periodo normal; la fecha será tenida cuenta por la Contratante, para gestionar los cheques para pagos de tributos aduaneros, tasas portuarias y/o aeroportuarias. En caso de error u omisión (Ej. Fecha de vencimiento de la tasa aeroportuaria incorrecta), el pago de la diferencia con el primer periodo, estará cargo del Despachante de Aduana.
- La Contratante remitirá vía correo electrónico al Despachante de Aduanas los números de Autorización de mandato, Declaración de Valor Aduanero y otros a fin de dar cumplimiento al Artículo 24 y 114 de la Ley N° 2442/2004 del Código Aduanero. Estas documentaciones contaran con la firma digital del representante autorizado de la Contratante ante la DNA.
- La Contratante entregará los cheques para pagos de tributos aduaneros, conforme al monto indicado en la Impresión Provisoria del despacho, y para pagos de tasas portuarias y/o aeroportuarias tendrá en cuenta el monto declarado por el Despachante de Aduanas en su nota de presentación.
- El Despachante de Aduanas deberá realizar el depósito del/los cheque/s emitidos a la orden de la DNA y puertos púbIicos/privados/DINAC dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de haber recibido el referido cheque, siendo remitidos los comprobantes y/o boletas de dichos depósitos vía correo electrónico al DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS
-
- Una vez entrega dos los cheques para el pago a la DNA, PUERTOS PUBLICOS/PRIVADOS/ DINAC y realizada la Apertura de Registro de Entrada en puerto y/o aeropuerto, el despachante deberá liberar los materiales de la Aduana en un plazo no mayor a setenta y dos horas (72) horas hábiles, salvo que existan algunos inconvenientes con los documentos y/o materiales en el momento de realizar el despacho, lo cual debe ser informado en forma urgente a través de correo electrónico al DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS.
-
- El despachante de Aduanas a partir de la recepción de los documentos de embarque, deberá confeccionar las notas requeridas para el despacho (Carta de Garantía de contenedor, nota para desbloqueo de conocimiento, formulario para desglose de factura, nota para exoneración de gravamen, y cualquier otra nota requerida) y remitir al DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS vía correo electrónico para su impresión en hoja membretada con la firma y sello correspondiente.
- En caso que el monto del despacho oficializado varié con relación al de la IMPRESIÓN PROVISORIA (kit proviso rio), excediendo el valor del cheque entregado, el Despachante de Aduanas deberá abonar la diferencia y presentar el comprobante de pago dentro del mes en que fue oficializad o el Despacho de importación, o en su efecto solicitar otro cheque complementario por un monto igual a la variación.
- Una vez liberado los bienes del recinto portuario, el Despachante de Aduanas deberá remitir vía correo electrónico en un plazo no mayor a (24) horas hábiles, copias del despacho oficializado y de la factura comercial, a los siguientes correos:
evelyn.parodi@inc.gov.py emiIce.pedrozo@inc.gov.py victor.sosa@inc.gov.py
-
- El Despachante de Aduanas en ningún caso realizará trámite alguno que no haya sido expresamente autorizado por el DPTO. ADMINISTRACION DE CONTRATOS vía correo electrónico o Nota escrita.
- El Despachante de Aduanas deberá presentar ante la Contratante la liquidación final del servicio efectuado conforme al formato establecido por la Sub Gerencia de Contabilidad de la Contratante, adjuntando los comprobantes y facturas de sus honorarios, el Despacho oficializado finiquitado con el sello de importador de la Contraloría de la DNA, factura original y demás documentos respaldatorios, en el periodo comprendido entre el 1º v el 24 de cada mes vigente, para los trámites de pago. Tener en cuenta que en el mes de diciembre se realizan los cortes administrativos y cierre del Ejercicio y en el mes de enero se aguarda la aprobación del Presupuesto General de la Nación, por tanto, el DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS informará vía correo electrónico los plazos de presentación de las liquidaciones y que pudieran estar pendientes de pago.
- La presentación de la liquidación de honorarios y demás documentos indicados en el numeral anterior deberá realizarse dentro del plazo máximo de (5) hábiles de finiquitado el despacho de importación.
- La Contratante reconocerá los siguientes gastos adicionales efectuados por el Despachante de Aduanas, para los cuales deberá presentar las documentaciones que avalen dichas tramitaciones:
Gastos adicionales Importe reconocido hasta
Tramite de desbloqueo de Conocimiento Gs 800.000
Tramite desglose de Factura Gs 300.000
Tramite desglose de Conocimiento Gs 300.000
Trámite ante DNA, ANNP, DINAC, puertos privados Gs 700.000
Tramite de Licencia y/o permisos Gs 500.000
Tramite Despacho fraccionado Gs 1.000.000
-
- Para el reembolso en concepto de pago de tasas portuarias y/o aeroportuarias establecidos en la Factura Contado de la ANNP/DINAC/PUERTOS PRIVADOS, el Despachante de Aduanas deberá presentar todos los comprobantes del procedimiento de pago realizado, efectuando las aclaraciones respectivas en la liquidación. Con antelación a la presentación de la liquidación, podrá a modo de conocimiento remitir un escaneado del mismo vía correo electrónico a los siguientes correos dentro de las (24) horas de la fecha de emisión de Ios comprobantes respectivos: evelyn.parodi@inc.gov.py; emilce.pedrozo@inc.gov.py; victor.sosa@inc.gov.py.
-
- Si la Contratante constatare defectos en la documentación de un despacho oficializado, el Despachante de Aduanas deberá efectuar las gestiones requeridas para corregir dichos defectos, a su cargo, hasta que la documentación este a entera satisfacción de la Contratante.
- En caso de incumplimiento de los numerales de las condiciones establecidas en la presente Especificaciones Técnicas por parte del Despachante de Aduanas, será amonestado conforme al punto 3.22.
- AMONESTACIONES: el Despachante de Aduanas será amonestado por escrito mediante Nota UOC firmada por la GERENCIA DE UOC, y en caso de más de tres (3) reiteraciones será informado por escrito mediante Nota firmada por la MAXIMA AUTORIDAD de la INC y podría ser causal de rescisión Contractual.
Las amonestaciones se aplicarán de la siguiente forma:
1º amonestación: multa del 0,1% sobre honorario.
2º amonestación: multa del 0,5% sobre honorario.
3º amonestación: multa del 1% sobre honorario.
Tener en cuenta que, de existir una 3ª. Amonestación, se cumplirá hasta el monto mínimo del contrato suscrito y en caso de haber superado el mismo, se establecerá hasta el último servicio realizado y cancelado en su totalidad sin llegar al monto máximo establecido.
-
- CARGA EN CONTENEDORES: el Despachante de Aduanas deberá informar por nota a la contratante la cantidad de días libres con lo que cuenta los contenedores. En caso de error y omisión (Ej. Informe tardío, informe no remitido, mal cálculo de los días) siempre y cuando los gastos locales ya hayan sido abonados, el pago de la sobreestadía por contenedor por día estará cargo del Despachante de Aduanas con la amonestación respectiva.
- PLAZO PARA OFICIALIZACION: El Despachante de Aduanas deberá informar por nota a la Contratante con (15) días de antelación, la fecha tope establecida para la oficialización del despacho del bien, para que la Contratante realice las gestiones administrativas y financieras que correspondan.
- El Despachante de Aduanas deberá brindar un informe semanal de estado actual de las cargas que le fueran asignadas por correo electrónico al DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS.
- Una vez que el despacho se encuentra oficializado el Despachante de Aduanas deberá brindar un informe con los siguientes datos, dentro de las (24) horas:
DESPACHO FINIQUITADO
Informamos el status de la carga en referencia correspondiente a:
- Régimen N°:
- Despacho de Importación N°:
- Conocimiento de Embarque N°:
- Factura N°:
- Proveedor:
- Mercadería:
- Permisos:
- Aduana:
- Ingreso a Puerto:
- Inicio de tramite:
- Fin de tramite:
- Canal:
- OBSERVACION:
-
- En caso de que las responsabilidades, obligaciones y competencias del profesional despachante no estén claramente establecidas en el presente llamado se recurrirá a lo estipulado en el CODIGO ADUANERO LEY N° 2422/2004.
- Datos del personal del Despachante de Aduanas
El Despachante de Aduanas deberá brindar un listado con los datos completos del personal a su cargo (Nombre, apellido, numero de cedula, números telefónicos y el grupo de correo electrónico de su despacho) que realizaran gestiones ante el DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS. En caso de cambios en su nómina presentada, deberán notificar al DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS en un plazo de 72 horas hábiles, a entera responsabilidad del Despachante de Aduanas
La contratante en ningún caso entregara documentos a personas que no estén debidamente autorizados por el Despachante de Aduanas.
- Relación entre las partes
Las relaciones entre el Despachante de Aduanas y la Contratante se mantendrán por vía correo electrónico, notas, teléfono y celular a través del DPTO. DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y GARANTIAS.
El Despachante de Aduanas deberá tener la disponibilidad de tiempo suficiente para realizar las gestiones ante la DNA, ANNP, DINAC, u otras instituciones, que sea requerida para los trámites del despacho.
HONORARIOS PROFESIONALES SEGÚN LEY 220/93 DE ARANCEL PROFESIONAL DE LOS DESPACHANTES DE ADUANAS Observación:
|
Método de Adjudicación:
POR EL TOTAL CONTRATO ABIERTO POR MONTO MIN. Y MONTO MAX. - ABASTECIMIENTO SIMULTANEO
Monto mínimo: 650.000.000 guaraníes | Monto máximo: 1.300.000.000 guaraníes |
ABASTECIMIENTO SIMULTANEO, en donde se adjudicará en mayor porcentaje al oferente que obtenga la calificación mínima requerida (75 puntos) y que presente el mayor porcentaje de descuento que debe constar en la Planilla de Arancel Profesional (Formulario Adicional Nº 1), adjunto en la Sección Formularios, hasta un máximo de 3 despachantes en total, siempre que estos oferentes acepten adecuar sus precios (descuentos) a los de la oferta evaluada como la más baja según el siguiente detalle:
- 3 despachantes: el primero 36%, los demás (2) 32% del contrato
En Caso de no ser posible de adjudicar a tres despachantes, se adjudicará a 2 despachantes según el siguiente detalle:
- 2 despachantes: el primero 60% y el segundo 40% del contrato, siempre que el segundo oferente acepte adecuar su precio (descuentos) a los de la oferta evaluada como la más baja
De contarse con un solo oferente, que cumpla con todos los requisitos del Pliego de Bases y Condiciones, y tenga la capacidad para ejecutar el Contrato, la Convocante podrá adjudicar a dicho oferente o declarar desierta la convocatoria