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Versión 6

Versión 7

Diferencias entre las versiones 6 y 7

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

a. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;

b. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;

c. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;

d. Certificado de Cumplimiento Tributario;

e. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;

f. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).

 

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes: Los proveedores adjudicados deberán habilitar una cuenta en el Banco Nacional de Fomento, a fin de realizar la acreditación del pago correspondiente y así agilizar el proceso de liquidación de cancelación de obligaciones del Banco, para el efecto serán exonerados los requisitos de mantenimiento de Cajas de Ahorros, consistente en el depósito inicial y saldo promedio mínimo requerido; además deberán presentar  documentos requeridos por la SEPRELAD según el Artículo 33 de la Resolución 70/2019 política de Conozca a su proveedor formulario Anexo 2 Perfil del cliente. Así mismo, se deberá adjuntar al legajo documentario copia de la nota de notificación de adjudicación emitida por la Gerencia Departamental Operativa de Contrataciones.

PAGO DESDE EL INICIO DEL CONTRATO DE FISCALIZACION: 80 % del monto total del contrato, dividido en cuotas iguales y sucesivas, por un periodo de 12 meses (1 mes antes del inicio de obra, más 10 meses del periodo de ejecución de obra, más 1 mes desde la notificación por escrito del oferente de la finalzacion de los trabajos de la obra), contra la presentación de los informes mensuales aprobados por el Gabinete de obras del BNF y las documentaciones respaldatorias.

 

PAGO DURANTE EL PERIODO DE GARANTIA: 10% del monto de contrato, dividido en 7 cuotas iguales y sucesivas por el periodo de garantía de la obra, pagados contra la presentación del informe mensual de dicho periodo y documentaciones respaldatorias.

 

SALDO: 10% del monto del contrato luego de la suscripción del Acta de Recepción Definitiva de todos los trabajos de Obra contratados y contra entrega del informe final aprobado por el Gabinete de Obras del BNF y documentaciones respaldatorias.

El pago final se hará solamente después de que el Fiscal de Obras haya entregado el informe final, y aprobado a satisfacción del BNF. Se considerará que los Servicios han sido terminados y finalmente aceptados por el BNF, salvo, que el BNF de aviso escrito al Fiscal de Obras donde especifique las deficiencias en los Servicios. Luego de lo cual, el Fiscal de Obras hará las correcciones necesarias y subsiguientemente se repetirá el proceso, hasta la satisfacción del Gabinete de Obras del BNF.

Los pagos no eximen al Fiscal de Obras de ninguna de sus obligaciones en virtud a los Servicios contratados.

En caso de paralización de la obra, los pagos a la fiscalización quedarán suspendidos por el mismo tiempo. Los pagos se reanudarán en cuanto se retomen los trabajos.

2. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

a. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;

b. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;

c. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;

d. Certificado de Cumplimiento Tributario;

e. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;

f. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).

 

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes: Los proveedores adjudicados deberán habilitar una cuenta en el Banco Nacional de Fomento, a fin de realizar la acreditación del pago correspondiente y así agilizar el proceso de liquidación de cancelación de obligaciones del Banco, para el efecto serán exonerados los requisitos de mantenimiento de Cajas de Ahorros, consistente en el depósito inicial y saldo promedio mínimo requerido; además deberán presentar  documentos requeridos por la SEPRELAD según el Artículo 33 de la Resolución 70/2019 política de Conozca a su proveedor formulario Anexo 2 Perfil del cliente. Así mismo, se deberá adjuntar al legajo documentario copia de la nota de notificación de adjudicación emitida por la Gerencia Departamental Operativa de Contrataciones.

PAGO DESDE EL INICIO DEL CONTRATO DE FISCALIZACION: 80 % del monto total del contrato, dividido en cuotas iguales y sucesivas, por un periodo de 11 meses (1 mes antes del inicio de obra, más 10 meses del periodo de ejecución de obra), contra la presentación de los informes mensuales aprobados por el Gabinete de obras del BNF y las documentaciones respaldatorias.

 

PAGO DURANTE EL PERIODO DE GARANTIA: 10% del monto de contrato, dividido en 7 cuotas iguales y sucesivas por el periodo de garantía de la obra, pagados contra la presentación del informe mensual de dicho periodo y documentaciones respaldatorias.

 

SALDO: 10% del monto del contrato luego de la suscripción del Acta de Recepción Definitiva de todos los trabajos de Obra contratados y contra entrega del informe final aprobado por el Gabinete de Obras del BNF y documentaciones respaldatorias.

El pago final se hará solamente después de que el Fiscal de Obras haya entregado el informe final, y aprobado a satisfacción del BNF. Se considerará que los Servicios han sido terminados y finalmente aceptados por el BNF, salvo, que el BNF de aviso escrito al Fiscal de Obras donde especifique las deficiencias en los Servicios. Luego de lo cual, el Fiscal de Obras hará las correcciones necesarias y subsiguientemente se repetirá el proceso, hasta la satisfacción del Gabinete de Obras del BNF.

Los pagos no eximen al Fiscal de Obras de ninguna de sus obligaciones en virtud a los Servicios contratados.

En caso de paralización de la obra, los pagos a la fiscalización quedarán suspendidos por el mismo tiempo. Los pagos se reanudarán en cuanto se retomen los trabajos.

2. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

a. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;

b. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;

c. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;

d. Certificado de Cumplimiento Tributario;

e. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;

f. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).

 

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes: Los proveedores adjudicados deberán habilitar una cuenta en el Banco Nacional de Fomento, a fin de realizar la acreditación del pago correspondiente y así agilizar el proceso de liquidación de cancelación de obligaciones del Banco, para el efecto serán exonerados los requisitos de mantenimiento de Cajas de Ahorros, consistente en el depósito inicial y saldo promedio mínimo requerido; además deberán presentar documentos requeridos por la SEPRELAD según el Artículo 33 de la Resolución 70/2019 política de Conozca a su proveedor formulario Anexo 2 Perfil del cliente. Así mismo, se deberá adjuntar al legajo documentario copia de la nota de notificación de adjudicación emitida por la Gerencia Departamental Operativa de Contrataciones.

PAGO DESDE EL INICIO DEL CONTRATO DE FISCALIZACION: 80 % del monto total del contrato, dividido en cuotas iguales y sucesivas, por un periodo de 12 meses (1 mes antes del inicio de obra, más 10 meses del periodo de ejecución de obra, más 1 mes desde la notificación por escrito del oferente de la finalzacion de los trabajos de la obra)11 meses (1 mes antes del inicio de obra, más 10 meses del periodo de ejecución de obra), contra la presentación de los informes mensuales aprobados por el Gabinete de obras del BNF y las documentaciones respaldatorias.

PAGO DURANTE EL PERIODO DE GARANTIA: 10% del monto de contrato, dividido en 7 cuotas iguales y sucesivas por el periodo de garantía de la obra, pagados contra la presentación del informe mensual de dicho periodo y documentaciones respaldatorias.

SALDO: 10% del monto del contrato luego de la suscripción del Acta de Recepción Definitiva de todos los trabajos de Obra contratados y contra entrega del informe final aprobado por el Gabinete de Obras del BNF y documentaciones respaldatorias.

El pago final se hará solamente después de que el Fiscal de Obras haya entregado el informe final, y aprobado a satisfacción del BNF. Se considerará que los Servicios han sido terminados y finalmente aceptados por el BNF, salvo, que el BNF de aviso escrito al Fiscal de Obras donde especifique las deficiencias en los Servicios. Luego de lo cual, el Fiscal de Obras hará las correcciones necesarias y subsiguientemente se repetirá el proceso, hasta la satisfacción del Gabinete de Obras del BNF.

Los pagos no eximen al Fiscal de Obras de ninguna de sus obligaciones en virtud a los Servicios contratados.

En caso de paralización de la obra, los pagos a la fiscalización quedarán suspendidos por el mismo tiempo. Los pagos se reanudarán en cuanto se retomen los trabajos.

2. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).