Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
61 INCONSISTENCIA – Experiencia General de la Empresa Se observa que el CRITERIO DE EXPERIENCIA GENERAL DE LA EMPRESA se encuentra definido de dos maneras diferentes dentro de los documentos del procedimiento. En un apartado se establece que dicho criterio será evaluado en función del volumen anual de negocios alcanzado por la empresa, mientras que en otro se indica que será valorado conforme a la cantidad de contratos ejecutados de cierta dimensión o relevancia; lo que representa formas dispares de evaluar un mismo criterio, generando ambigüedad respecto a los parámetros reales de evaluación y la forma en que se asignará la puntuación correspondiente. Por ello, se solicita ACLARAR Y UNIFICAR LA REDACCIÓN, definiendo con precisión cuál será el criterio aplicable (ya sea el volumen de negocios o la cantidad de contratos ejecutados), a fin de garantizar la transparencia, equidad y objetividad del proceso de evaluación. 20-10-2025 21-10-2025
62 SIPE no aplicable En varios puntos del pliego se indica que la Convocante verificará el SIPE o Registro de Proveedores del Estado. Al respecto, se solicita eliminar el SIPE de la redacción atendiendo a que ya no se encuentra vigente y no es aplicable su obtención, constituyendo el documento requerible el Registro de Proveedores. 20-10-2025 21-10-2025
63 Experiencia General de Empresas. Contratos de monto superior En el apartado correspondiente a la evaluación de la Experiencia General de la Empresa, se establece que: por cada contrato de monto igual o mayor a Gs. 10.000.000.000 se asignará un máximo de 2 puntos por contrato, señalando además que para contratos con valores de facturación inferiores se aplicará un puntaje proporcional. Esa redacción, no contempla un tratamiento proporcional para contratos de valores superiores al umbral de Gs. 10.000.000.000, lo que genera una distorsión en la evaluación al equiparar contratos de gran envergadura con otros que apenas alcanzan el valor mínimo exigido. En consecuencia, se solicita corregir este criterio, estableciendo un mecanismo de asignación proporcional ascendente para contratos de valor superior a Gs. 10.000.000.000, de modo que el sistema de puntuación refleje adecuadamente la magnitud y relevancia de las experiencias empresariales, evitando penalizar a las empresas con mayor capacidad y trayectoria. 20-10-2025 21-10-2025
64 Experiencia General de Empresas. Contratos en Consorcio En el apartado correspondiente a la evaluación de la Experiencia General de la Empresa, se establece que: por cada contrato de monto igual o mayor a Gs. 10.000.000.000 se asignará un máximo de 2 puntos por contrato, señalando además que para contratos con valores de facturación inferiores se aplicará un puntaje proporcional. Al respecto, en caso de haber realizado el contrato como miembro de un Consorcio, se entiende que el monto a considerarse a efectos de la evaluación será el correspondiente a la participación del oferente en el mismo. Favor confirmar esta interpretación. 20-10-2025 21-10-2025
65 INCONSISTENCIA. Puntuación del criterio Cronograma de Actividades El sistema de puntuación de los criterios establecidos, indica para el apartado “2. Cronograma de Actividades (3 puntos)”, los siguientes componentes: “2.1. Cobertura de servicios requeridos (1,5 puntos)”, “2.2. Descripción de cómo se cumplirán las actividades (1 punto)”, “2.3. Identificación de riesgos y mitigación (0,5 puntos)” y “2.4. Mejoras adicionales (1 punto)”. Si se suman los puntajes asignables posibles, se verifica que el total es 1,5+1+0,5+1=4 puntos, no como determina el apartado 2, que indica como asignable 3 puntos. Se solicita aclarar esta inconsistencia. 20-10-2025 21-10-2025
66 INCONSISTENCIA. Criterios de asignación de puntaje de la Propuesta de Implementación de la Solución Para los criterios de asignación de puntaje de la Propuesta de Implementación de la Solución, como ser el “1.1. Cobertura de servicios requeridos” y el “2.1. Cobertura de servicios requeridos”, define como métrica de puntuación: 100% cuando “cubre todos los servicios requeridos”, 80% cuando “cubre todos los servicios pero con escaso detalle” y 50% cuando “cubre todos los servicios pero sin explicar cómo”. Al respecto, para los tres casos se “cubre todos los servicios requeridos”, que corresponde a un puntaje de 100%, pero no es clara la definición diferencial que hace que se pueda llegar a la totalidad del puntaje. Favor aclarar esta inconsistencia 20-10-2025 21-10-2025
67 INCONSISTENCIA. Criterios de asignación de puntaje de la Propuesta de Implementación de la Solución Para los criterios de asignación de puntaje de la Propuesta de Implementación de la Solución, como ser el “1.2. Descripción de cómo se cumplirán las actividades” y el “2.2. Descripción de cómo se cumplirán las actividades”, define como métrica de puntuación: 50% cuando “solo enuncia actividades sin explicar cómo”, 0% cuando “no presenta descripción”. Al respecto, para ambos casos no es clara la definición diferencial que hace que se pueda llegar a la totalidad del puntaje. Favor aclarar esta inconsistencia 20-10-2025 21-10-2025
68 Antigüedad desde obtención del título Hay cargos en los que define que la experiencia va a ser computada desde la obtención del título, y otro que indica que se contabilizará desde 1 año posterior a la obtención del título universitario. Al respecto, se solicita equiparar los criterios, ya que no hacen una diferencia importante, pero se presta a una diferenciación innecesaria. 20-10-2025 21-10-2025
69 Capacidad Financiera Referente a los Recursos Financieros.. Consultamos a la convocante si para llegar al 15% del monto total ofertado, se sumaran el total de Recursos Financieros de cada integrante del APCA sin importar el monto que presente c/u.? 20-10-2025 21-10-2025
70 Criterio de Puntuación de Experiencia General (Puntos 1 y 1.1) Solicitamos a la Convocante aclarar la fórmula exacta para la asignación de los 10 Puntos del ítem "Experiencia General de la Empresa", teniendo en cuenta que, en el punto 1 Experiencia General se establece un total de 10 puntos por la demostración de un volumen anual igual o mayor al 50% del monto ofertado, considerando esta redacción como el cumplimiento de los 10 puntos si el oferente cumple con el volumen establecido. Sin embargo, en el punto 1.1. donde se detalla la manera de asignación de los puntos de experiencia general, se verifica que se otorgará 2 puntos por cada contrato con monto igual o mayor a Gs. 10.000.000.000; dado que el propio Punto 1 establece un requisito de Volumen Anual de Negocio igual o mayor del 50% del monto ofertado y el Punto 1.1 asigna hasta 2 puntos por contrato comprobado. Solicitamos a la convocante aclarar ¿Cómo se ponderan y combinan ambos criterios (volumen de negocio vs. contratos específicos) para totalizar los 10 puntos máximos en esta sección?, teniendo en cuenta que la redacción actual genera una discrepancia entre el requerimiento general y los documentos para respaldar el cumplimiento y la asignación de puntajes, debido a que, conforme la redacción inicial del punto general con el cumplimiento del volumen anual se califica para la asignación de los 10 puntos; sin embargo, con la redacción de la asignación del puntaje, el requerimiento se cumple con la presentación de contratos que sumen un total de Gs. 50.000.000.000 (cinco contratos de mínimo Gs. 10.000.000.000), no siendo esto necesariamente el volumen anual de la empresa. Por este motivo, solicitamos la unificación del criterio, y la aclaración de cuál de los criterios será tomado para la real asignación de los 10 puntos. 20-10-2025 21-10-2025
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